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MINISTERIO DE SALUD

~J .l~ .. ¿ .... ~.r;J.~~.9. ...... .ck/...+.9.f.Z Visto, el Informe N° 014-2012-0GPP-OP/MINSA, elaborado por la Oficina de

Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,

CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de

Presupuesto, y de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año

Fiscal 2012, se expidió la Resolución Ministerial N° 946-2011/MINSA, de fecha 28 de

diciembre de 2011, en la cual se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para

el Año Fiscal 2012 del Pliego 011 Ministerio de Salud;

Que, el artrculo 38° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de

Presupuesto, establece los limites y procedimientos mediante los cuales podrán ser

modificados los créditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos del Sector Público;

Que, el literal d), del numeral 42.1 del artículo 42° de la Ley N° 28411, Ley General

del Sistema Nacional de Presupuesto y sus modificatorias, establece que los recursos

financieros distintos a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios que no se hayan

R:Jtilizado al 31 de diciembre del año fiscal constituyen saldos de balance y son registrados financieramente cuando se determine su cuantra. Durante la ejecución presupuestaria, dichos recursos se podrán incorporar para financiar la creación o modificación de metas presupuestarias de la entidad, que requieran mayor financiamiento. Los recursos financieros incorporados mantienen la finalidad para los cuales· fueron asignados en el marco de las disposiciones legales vigentes, pudiendo incorporarse en el Presupuesto de la Entidad mediante Resolución del Titular; Que, el literal ii. del numeral 19.2 del artfculo 19° de la Directiva N° 005-2010­ EFn6.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria aprobada por Resolución Directoral N°

030-2010-EFI76.01 Y su modificatoria, establece que las modificaciones presupuestarias a

Nivel Institucional por incorporación de mayores fondos públicos, de acuerdo a lo establecido

en el numeral 42.1 del artrculo 42° de la Ley N° 28411, proceden cuando se trate de recursos

provenientes de Saldos de Balance y Donaciones y Transferencias;

F.GARC~G.

Que, er numerar 19.3 del artículo 19° de la precitada Directiva N° 005-2010-EFI76.01 UDirectiva para la Ejecución Presupuestaria", establece el modelo y plazos de presentación de las Resoluciones para la aprobación de la incorporación de mayores fondos públicos provenientes de Saldos de Balance de Donaciones y Transferencias; Que, mediante Oficio N° 0009-2012-PARSALUD/CG, la Coordinadora General del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD, solicita la incorporación de créditos presupuestarios con cargo a los saldos de balance del año fiscal 2011 de la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, que corresponden al proyecto "Haciendo la diferencia: Consolidando una respuesta amplia e integral contra la Tuberculosis en el Perú" ­ de la Octava Ronda del Fondo Mundial y al Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable UFortalecimiento de la Supervisión y Regulación en el Aseguramiento de Salud" financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo - BID; Que, la solicitud de incorporación del saldo de balance mencionado en el párrafo precedente, permitirá otorgar el crédito presupuestario que requiere la Unidad Ejecutora 123 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD del Pliego 011 Ministerio de Salud, para el desarrollo de sus actividades programadas en el presente Ejercicio Presu puestario; Contando con la opinión favorable de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, contenida en el Informe N° 014-2012-0GPP-OP/MINSA y con el visado de la Directora General (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Jurídica y del Viceministro de Salud; 0

De conformidad con lo previsto en el literal d) del numeral 42.1 del artículo .42 de fa Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y sus modificatorias, y lo dispuesto en el artículo 8° literal 1), de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:

Artículo 10 ._ Objeto Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos·en el Presupuesto Institucional del Pliego 011 Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de DIEZ MILLONES CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL CIENTO DIECIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (SI. 10429 118,00), de acuerdo al siguiente detalle:

En Nuevos Soles

JNGRESOS

F. GARcIAG.

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS SALDOS DE BALANCE SALDOS DE BALANCE SALDOS DE BALANCE SALDOS DE BALANCE Saldos de Balance

S. Yancourt R.

TOTAL INGRESOS

10429 118,00 10429 118,00 10429 118,00 10 ~29 118,00 10429 118,00

10429 118,00

----_ .... -._--.--­ -----------_ ...

No.Q.Y.'?:.39.t?.Jn.lf'l Stl

MINISTERIO DE SALUD

2:ma

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EGRESOS

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SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA CATEGORIA PRESUPUESTAL : PRODUCTO ACTIVIDAD

FUENTE DE FINANCIAMIENTO:



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En Nuevos Soles

Gobierno Central Ministerio de Salud Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD Programa Presupuestal 0016 TBC-VIH/SIDA 3043950 Monitoreo, Supervisión, Evaluación y Control de VIH/SIDA -Tuberculosis 5000060 Acciones de Monitoreo, Supervisión, Evaluación, y Control del Programa Enfermedades Transmisibles (TBC y VIH/SIDA)

011 123

4

Donaciones y Transferencia

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

253650,00

GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros

334,00

TOTAL ACTIVIDAD 5000060

253984,00

TOTAL PRODUCTO 3043950

253984,00

f. CARel" G.

PRODUCTO

3043951 Desarrollo de Normas y Guías Técnicas VIH/SIDA y Tuberculosis 5000061 Desarrollar Normas y Guías Técnica~. VIH/SIDA y Tuberculosis

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

1 262275,00

GASTOS DE CAPITAL 2.6

Adquisición de Activos no Financieros

999403,00

TOTAL ACTIVIDAD 5000061

2 261 678,00

TOTAL PRODUCTO 3043951

2261 678,00

PRODUCTO ACTIVIDAD

3043957 Adecuada Bioseguridad en los Servicios de Atención de Tuberculosis 5000067 Mejoramiento de la Bioseguridad en los Servicios de Atención de Tuberculosis

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

!tJ1~ ~

668570,00

TOTAL PRODUCTO 3043957

668570,00

PRODUCTO ACTIVIDAD

d-­

¡

TOTAL ACTIVIDAD 5000067

s. ~e

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GASTOS CORRIENTES 2 . 3 Bienes y Servicios

3669 301,00

GASTOS DE CAPITAL 2.6

Adquisición de Activos no Financieros

1 071 092,00

TOTAL ACTIVIDAD 5000074

4 740 393,00

TOTAL PRODUCTO 3043964

4740393,00

PRODUCTO

ACTIVIDAD

s. Yancourt R.

3043964 Diagnostico de Casos de Tuberculosis 5000074 Diagnosticar Casos de Tuberculosis

3043965 Persona que accede al EESS y recibe tratamiento oportuno para Tuberculosis Esquemas 1,2, No Multidrogo Resistente y Multidrogo Resistente 5000075 Brindar Tratamiento oportuno para Tuberculosis Esquemas 1,2, No MiJltidrogo Multidrogo Resistente y Resistente

No.o.~.:?.:..? º'.~.}.~.I.~ S tl

MINISTERIO DE SALUD

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

461 581.00

TOTAL ACTIVIDAD 5000075

461 581,00

TOTAL PRODUCTO 3043965

461 581,00

PRODUCTO ACTIVIDAD

con Comorbilidad recibe 3043974 Persona Tratamiento para Tuberculosis 5000084 Brindar Tratamiento para Tuberculosis a Personas con Comorbilidad

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

1 546 236,00

GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros TOTAL ACTIVI DAD 5000084

1 550709,00

TOTAL PRODUCTO 3043974

1 550 709,00

TOTAL PROGRAMA PRESUPUESTAL 0016

9 936 915,00 .' : ~-.

-----------... _-­ ----~~

CATEGORIA PRESUPUES'TAL : PRODUCTO ACTIVIDAD

9001 Acciones Centrales 3999999 Sin Producto 5000002 Conducción y Orientación Superior

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

492 203,00

TOTAL ACTIVIDAD 5000002

492 203,00

S.yanceurtP----~·--------------------------------------------------------

TOTAL PRODUCTO 3999999

492203,00

TOTAL ACCIONES CENTRALES 9001

-----_-._-­ ---_.-------­ RESUMEN

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

8 353 816,00

GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros

2.075 302,00

TOTAL EGRESOS

10429 118,00

..----­

----~-----------~-­

Artículo 2°.- Codificación La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Oficina de Presupuesto del Pliego 011 Ministerio de Salud, solicitará a la Dirección General de~­ Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

Artículo 3°._ Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Oficina de Presupuesto, del Pliego 011 Ministerio de Salud, instruirá a la Unidad Ejecutora 123 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran. como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 4°._ Presentación de la Resolución Copia de la presente Resolución se presenta dentro de los cinco (5) días de aprobada a los Organismos señalados en el articulo 23° numeral 23.2 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

Regístrese y Comuniquese.

s. YancGurt R. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud

E. Jacoby M.