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DE SALUD
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Visto, ellnforme N° 589-2015-ERP-ByP, de fecha 10 de abril del 2015, contenido en el Expediente W 15-028477-001, sobre subsidio por gastos de sepelio, solicitado por donautsrqonmligedcaZYWVUTSRQPONMLJIH JESUS LAURA VIRGINIA JUSTO ROJAS VDA. DE MARES; CONSIDERANDO:
Que, con escrito de fecha 23 de marzo del 2015, dona JESUS LAURA VIRGINIA JUSTO ROJAS VDA. DE MARES, identificada con D.N.I N° 08205297, solicita el subsidio por gastos de sepelio de su senora madre dona PETRONILA LAURA ROJAS ZEGARRA DE JUSTO, presentando para tal efecto, copia certificada del Acta de Defunci6n W 07119896, expedido por el Registro Nacional de Identificaci6n y Estado Civil - RENIEC, San Borja, que obra a fojas 06, donde se senala como fecha de fallecimiento el dia 06 de marzo del 2015; Que, mediante Boletas de Venta N° 0014629 Y N° 0025969, emitidos por la CIA Administradora EI Parque SA "COAPSA" y Operaciones Funerarias SA "OFSA", que obran a fojas 05 y 04, respectivamente, se acredita que dona JESUS LAURA VIRGINIA JUSTO ROJAS VDA. DE MARES, sufrag6 los respectivos gastos de sepelio de su senora madre;
.i MENJOZAR
Que, de acuerdo al Informe Situacional Actual N° 952-2015-SERL-EIE-OARH-OGGRH, expedido con fecha 27 de marzo del 2015, por el Equipo de Ingreso y Escalaf6n, que obra a fojas 01, la causante dona PETRONILA LAURA ROJAS ZEGARRA DE JUSTO, fue pensionista de la Sede Central del Ministerio de Salud, con el cargo de Tecnico en Estadistica I, Nivel STA; Que, el inciso j) del articulo 142 del Reglamento del Decreto Legislativo W 276, aprobado por Decreto Supremo W 005-90-PCM, dispone el otorgamiento de subsidio POf gastos de sepelio, y el articulo 145 dispone el otorgamiento de dos remuneraciones totales por gastos de sepelio, a quien haya efectuado los mismos; 0
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Que, no obstante de la lectura del precitado articulo, se colige que este solo se aplica a los servidores activos de la Administraci6n Publica, de tal manera que el articulo 1490 del mismo dispositivo legal, ha extendido los alcances de dicho subsidios a los cesantes, al senalar que "Los funcionarios, servidores contratados y personal cesante de la entidad tendran acceso a los programas de bienestar y/o incentivos en aspectos que correspondan"; Que, mediante Resoluci6n de Sala Plena W 001-2011-SERVIR/TSC, publicada el18 de junio del 2011, en el Diario Oficial "EI Peruano", el Tribunal del Servicio Civil acord6 establecer, como precedente administrativo de observancia obligatoria, la aplicaci6n de la Remuneraci6n Total, para el calculo de beneficios, bonificaciones, subsidios y asignaciones por servicios al Estado;
pago y base de calculo de derechos, del regimen de carrera administrativa regulado por el Decreto Legislativo W 276; Que, mediante Informe Tecnico W 356-2014-SERVIRfGPGSC de fecha 06 de junio del 2014, emitido por la Gerencia de Poifticas de Gesti6n del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, ente rector del Sistema Administrativo de Gesti6n de Recursos Humanos, senalayvtrponmljifecbaUTSRPONMLJIEDCBA 10 siguiente: Los precedentes administrativos establecidos por el Tribunal del Servicio Civil en la Resoluci6n de Sala Plena W 001-2011-SERVIRfTSC son exigibles a todas las entidades publicas comprendidas en el ambito del Sistema Administrativo de Gesti6n de Recursos Humanos a partir del 18 de junio del 2011, debiendo las entidades tener en cuenta los criterios senalados en el Informe Legal W 524-2012SERVIRfGPGSC, mediante el cual se complement6 10 indicado en el precedente vinculante del Tribunal, estableciendo los conceptos que integran la remuneraci6n total; Que, de acuerdo a 10 expuesto, en el Informe del Visto, emitido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones, la remuneraci6n total de la mencionada ex - pensionista asciende a Sf. 130.08 Nuevos Soles, por 10 que corresponde reconocer a favor de dona JESUS LAURA VIRGINIA JUSTO ROJAS VDA. DE MARES, el equivalente ados (02) remuneraciones totales mensuales, ascendente a Sf. 260.16 Nuevos Soles, por concepto de subsidio por gastos de sepelio; Con los visados del Jefe de Equipo de Remuneraciones y Pensiones, y del Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Gesti6n de Recursos Humanos; y, De conformidad con 10 establecido en el Decreto Legislativo W 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo W 005-90-PCM, Y la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; SE RESUELVE: ARTicULO 1°._ RECONOCER a favor de dona JESUS LAURA VIRGINIA JUSTO ROJAS VDA. DE MARES, la suma de DOSCIENTOS SESENTA CONyvtronlkjihfedbaZWSRPOMJIHGDCBA 16/100 NUEVOS SOLES (S/. 260.16), por concepto de subsidio por gastos de sepelio de su senora madre dona PETRONILA LAURA ROJAS ZEGARRA DE JUSTO, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resoluci6n. ARTicULO 2°._ EI egreso que demande el cumplimiento de la presente resoluci6n, estara supeditado a la disponibilidad existente en la Especifica de Gasto: 2.2.23.43 de la Meta: 0133, de la Unidad Ejecutora 001, Pliego 11 - Ministerio de Salud. ARTicULO 3°._ La Oficina General de Administraci6n a traves de la Oficina de Economia, es la encargada de dar cumplimiento a la presente resoluci6n. ARTicULO 4°._ NOTIFICAR la presente resoluci6n en el domicilio de la beneficiaria, sito en Calle Murillo N° 122, distrito de San Borja. ARTicULO 5°._ Encargar al Archivo Central, la incorporaci6n de la presente resoluci6n en el legajo personal de dona PETRONILA LAURA ROJAS ZEGARRA DE JUSTO. Registrese
y Comuniquese,