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MINISTERIO DE SALUD

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Visto, el Expediente N° 14-053093-001 que contiene el Informe N° 106-2014OGPP-OP/MINSA de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministe;-:e de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se expidió la Resolución Ministerial N° 810-2013/MINSA, de fecha 20 de diciembre de 2013 que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2014 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el articulo 38° del Texto Único Ordenado de la Ley General dél Sistema Nacional de Presupuesto, establece los límites y procedimientos mediante los cuales podrán ser modificados los créditos presupuestarios contenidos en los presupuestos del Sector Público; Que, el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42° del Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante Resolución del Titular de la Entidad cuando provengan de, entre otros, fuentes de financiamiento distintas a las de recursos ordinarios y recursos por operaciones oficiales de crédito que se produzcan durante el año fiscal; Que, el literal ii. del numeral 19.2 del artículo 19° de la Directiva N° 005-2010EF/76.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria', aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias, establece que las modificaciones presupuestarias a Nivel Institucional por incorporación de mayores fondos públicos, de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1 del articulo 42° del Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, proceden cuando se trate de recursos provenientes de Saldos de Balance y Donaciones y Transferencias; Que, el numeral 19.3 del artículo 19° de la precitada Directiva, establece el modelo y plazos de presentación de las resoluciones para la aprobación de la incorporación de mayores fondos públicos provenientes de Saldos de Balance y Donaciones y Transferencias;

Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 12.1 del artículo 12° de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se autoriza en el presente año fiscal, de manera excepcional, entre otras entidades, al Seguro Integral de Salud a realizar transferencias financieras entre entidades; Que, el numeral 12.2 del precitado artículo, establece que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 12.1 de dicho artículo se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose para tal efecto el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; Que, mediante Resolución Jefatural N° 102-2014/SIS, el Pliego 135: Seguro Integral de Salud autorizó transferencias financieras, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios correspondientes al mes de Abril del 2014, respectivamente, a favor de diversas Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud vinculadas al Seguro Integral de Salud; Que, mediante Resolución Ministerial N° 363-2014/MINSA, de fecha 15 de Mayo del 2014, se autorizó la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud, para veinte (20) Unidades Ejecutoras, hasta por la suma de DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS TREINTA MIL OCHOCIENTOS TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 19 530 803,00), monto autorizado en el mes de Abril del año 2014 por la Resolución Jefatural N° 102-2014/SIS, de acuerdo al Anexo 01, quedando pendiente de incorporación los recursos destinados a seis (06) Unidades Ejecutoras comprendidas en la transferencia; Que, a través del documento del visto la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto manifiesta que resulta necesario incluir en el Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud, los mayores fondos públicos transferidos por el Pliego 135: Seguro Integral de Salud — SIS para seis (06) Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud, que no pudieron ser incorporados a través de la Resolución Ministerial N° 3632014/MINSA, hasta por la suma de ONCE MILLONES SEISCIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 627 964,00), monto autorizado en el mes de Abril del año 2014, de acuerdo al Anexo 01 de Resolución Jefatural N° 102-2014/SIS; Que, la incorporación de los recursos financieros transferidos en el Presupuesto Institucional permitirán que las unidades ejecutoras del Pliego 011: Ministerio de Salud, cumplan con desarrollar de manera adecuada y efectiva las actividades programadas en el presente año fiscal; Estando a lo informado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y con las visaciones del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y, De conformidad con b previsto en el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y a lo dispuesto en el artículo 10° literal c) del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°- Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de ONCE MILLONES SEISCIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 627 964,00), de acuerdo al detalle siguiente:

MINISTERIO DE SALUD

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(4 MAyo

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INGRESOS: FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS Rubro: 13 Donaciones y Transferencias (En Nuevos Soles) 1.4 1.4.1.3.1.1

DONACIONES Y TRANSFERENCIAS Del Gobierno Nacional Seguro Integral de Salud TOTAL INGRESOS:

11 627 964,00 11 627 964,00 11 627 964 00 11 627 964,00

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EGRESOS: (En Nuevos Soles)

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SECCION PRIMERA PLIEGO PROGRAMA PRESUPUESTARIO PRODUCTO ACTIVIDAD

A. PONÜCAMERO

GOBIERNO CENTRAL 011 Ministerio de Salud 0001 Programa Articulado Nutricional 3033255 Niños con CRED Completo Según Edad 5000018 Atención a Niños con Crecimiento y Desarrollo - CRED Completo para su Edad

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

130 946,00

PRODUCTO

3033256

ACTIVIDAD

5000019

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

Niños con Suplemento de Hierro y Vitamina A Administrar Suplemento de Hierro y Vitamina A

35 863,00

PRODUCTO ACTIVIDAD

Infecciones de : 3033311 Atención Respiratorias Agudas : 5000027 Atender a niños con Infecciones Respiratorias Agudas

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios PRODUCTO ACTIVIDAD

119 577,00 3033312 Atención de Enfermedades Diarreicas Agudas 5000028 Atender a Niños con Enfermedades Diarreicas Agudas

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

20 436,00

GASTOS CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros PRODUCTO ACTIVIDAD

870,00

3033317. Gestante con Suplemento de Hierro y Ácido Fólico 5000032. Administrar Suplemento de Hierro y Ácido Fólico a Gestantes

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios PRODUCTO ACTIVIDAD

263 454,00 3033414. Atención de Niños y Niñas con Parasitosis Intestinal 5000035. Atender a Niños y Niñas con Diagnóstico de Parasitosis Intestinal

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios PRODUCTO ACTIVIDAD

14 727,00 : 3033313. Atención de infecciones respiratorias agudas con complicaciones 5000029. Atender a Niños con Diagnóstico de Infecciones Respiratorias Agudas con Complicaciones

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios PRODUCTO ACTIVIDAD

73 952,00 3033314. Atención de Enfermedades Diarréicas Agudas con Complicaciones 5000030. Atender a Niños con Diagnóstico de Enfermedad Diarréica Aguda Complicada

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

15 794,00

TOTAL PROGRAMA PRESUPUESTARIO 0001

PROGRAMA PRESUPUESTARIO PRODUCTO ACTIVIDAD

0002 : 3033172 : 5000037

675 619,00

Salud Materno Neonatal Atención Prenatal Reenfocada Brindar Atención Prenatal Reenfocada

MINISTERIO DE SALUD

9,3zOCA DeL

No

389

201111hinsoq

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