3 de marzo de 2014 - Suprema Corte de Justicia de la Nación

3 mar. 2014 - Justicia de la Nación realizará próximo jueves, a las 12, en la Sala de Audiencias del .... solicitud de transmitir el proceso por televisión y radio.
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Coordinación de Derechos Humanos y Asesoría de la Presidencia 3 de marzo de 2014 Año XI, no. 2,320

Reporte sobre la Magistratura en el Mundo (Reserva de Derechos: 04-2011-102610220300-102)

Día Mundial de la Naturaleza

Estados Unidos (You Tube): •

Sesión de argumentos orales de la Corte Suprema es grabada en secreto por un asistente del público. No está permitido el ingreso de cámaras a las sesiones de argumentos orales de la Corte Suprema. El video capta el momento en que un espectador interrumpe la sesión diciendo: "Overturn Citizens United!”. El último incidente similar, con alguien del público alzando la voz se dio hace más de 8 años, em un caso relacionado con el aborto. Únicamente existen 2 fotografías de la Corte Suprema sesionando, en la década de los 30, con cámaras que fueron introducidas furtivamente en el salón de Plenos. Al momento, no ha habido una explicación oficial acerca del ingreso de la cámara que captó en video, por primera vez en la historia, la sesión de argumentos orales

http://bit.ly/NAnvxi

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Guatemala (La Crónica): •

Muere por aparente suicidio magistrado de la Corte Suprema. El magistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de Guatemala, César Barrientos Pellecer, murió en un aparente suicidio, informaron fuentes de la policía. Barrientos Pellecer fue internado por un disparo de bala en la cabeza y murió este domingo en un hospital de la sureña ciudad de Mazatenango, departamento de Suchitepéquez (a 160 kilómetros de la capital). Fuentes allegadas a la familia indicaron que el magistrado de la CSJ se habría disparado en la sien en el interior de su vehículo, que era conducido por su chofer, acompañado de dos guardias de seguridad. El vehículo del magistrado se encontraba en San Francisco Zapotitlán, Suchitepéquez, cuando el jurista pidió a su personal que se alejara para realizar una llamada telefónica y en ese momento se disparó. Los colaboradores del magistrado llevaron al funcionario judicial gravemente herido a un hospital de Mazatenango, capital del departamento de Suchitepéquez, donde falleció. La Policía Nacional Civil (PNC) informó que investiga el aparente suicidio, que habría sido confirmado por colegas y familiares de Barrientos Pellecer. Jorge Barrientos Pellecer, alcalde de Quetzaltenango –segunda ciudad en importancia de Guatemala- se presentó al hospital de Mazatenango donde permanecía el cuerpo de su hermano, pero no hizo mayores comentarios a la prensa que lo abordó. El magistrado de la CSJ es padre de César Barrientos Aguirre, quien estuvo en prisión y es procesado por el delito de actividades sexuales remuneradas con menores de edad. El hijo del funcionario del poder Judicial fue capturado en julio de 2013 acusado por el Ministerio Público de vínculos con un grupo del crimen organizado que ofrecía los servicios sexuales de niños y niñas menores de edad. César Barrientos Pellecer fungió como presidente de la CSJ, magistrado de Sala de la Corte de Apelaciones, secretario específico de la Presidencia del Organismo Judicial. De acuerdo con la prensa local, dictó más de 400 conferencias a operadores de la justicia en Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Costa Rica, Panamá, República Dominicana, Paraguay, Argentina y España, entre otros países, de 1992 a la fecha. Se desempeñó como consultor, planificador, director, secretario, coordinador y asesor de programas de fortalecimiento del estado de derecho de organismos internacionales como Naciones Unidas y de la Organización de Estados Americanos. Fue coordinador de Escuelas y facultades de Derecho en Guatemala y México, miembro del Consejo del Ministerio Público de Guatemala, entre otros cargos. El magistrado de la CSJ era doctor en Derecho por la Universidad Jaime I, de España (2005-2008), abogado y notario en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de San Carlos de Guatemala.

Costa Rica (La Nación): •

Pena máxima de 50 años no bajó la criminalidad. La reforma al Código Penal que aumentó de 25 a 50 años el tiempo máximo que un delincuente puede estar en prisión, no disminuyó la criminalidad en el país, como esperaban sus impulsores. Al contrario, tras 20 años de instaurado el cambio, la delincuencia más bien ha tenido incrementos importantes. La variación de los artículos 51 y 76 de ese Código se aplicó en 1994, cuando la tasa de homicidios en el país era de 5,8 por 100.000 habitantes. Para el 2009 había llegado a 11,1. Aunque desde el 2010 bajó hasta llegar el año pasado a 8,6 por cada 100.000 habitantes, los expertos afirman que la mejora no se debe a condenas más severas. Un informe de la Sección de Estadística del Poder Judicial detalló que, entre los años 2000 y 2012, la tasa de criminalidad se duplicó al pasar de 90 delitos por cada 100.000 habitantes a 173,6. Las cifras toman en cuenta los delitos que atentan contra la vida, como homicidios. La tasa de delincuencia (delitos contra la propiedad) pasó de 876,5 por 100.000 habitantes, en el 2000, a 1.510,7 para el 2012. En este tiempo, el sistema carcelario del país ha alcanzado un hacinamiento del 40%, con una población total de alrededor 13.000 reos. El problema se agrava en centros como San Sebastián, donde la sobrepoblación es del 80%. La incidencia en la saturación de las cárceles fue advertida en 1994 por los opositores a la reforma. Datos de Adaptación Social, del Ministerio de Justicia, indican que a enero pasado había 1.020 reclusos con penas mayores a 25 años. Rechazo. La iniciativa que modificó el Código Penal fue propuesta en 1990 por el entonces diputado del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), Eliseo Vargas. Entre los argumentos indicó que “el límite máximo que se tiene establecido, no corresponde al crecimiento actual de la delincuencia y se requiere de mayores exigencias en este sentido, con el fin de que la población sienta mayor confianza en el sistema de la pena”. El plan no recibió apoyo de conocedores en el tema, como el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Luis Paulino Mora ; la ministra de Justicia, Elizabeth Odio y del especialista Fernando Cruz, hoy magistrado de la Sala Cuarta. Mora apuntó la inexistencia de fundamentos psicológicos y sociológicos que fundamentaran que penas más altas bajaran la criminalidad, en tanto Odio señaló que “la pena privativa de libertad sanciona, segrega, estigmatiza, pero no da –en términos generales– oportunidad de que después de un

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prolongado encierro, en las condiciones en que esas penas se cumplen en los sistemas penitenciarios, que de allí salga un mejor ser humano”. La entonces ministra impulsó sanciones alternativas, como el pago de multas y el trabajo. Por su parte, Cruz dijo que el encierro del individuo por largos periodos causaba su desocialización. Pese a esos criterios, el proyecto fue aprobado. En las actas del Congreso consta el apoyo de legisladores del PUSC, como Ovidio Pacheco, Rafael Sanabria y Flory Soto, así como del Partido Liberación Nacional (PLN), entre ellos Tomás Poblador y Santana Esquivel. Fracaso. José Manuel Arroyo, vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia, destacó que “estudios criminológicos a nivel mundial confirman que la mayor o menor delincuencia en una sociedad no depende de las penas más severas”. Aunque en Costa Rica no existen análisis similares, Arroyo dijo que “la realidad indica que estas penas tan altas no han impedido que haya mayor y más grave criminalidad en los últimos 20 años”. “Las causas están en otras partes y bien harían la sociedad y el Estado en conocer a fondo las razones y tratar de impactarlas”, añadió. Un criterio parecido expresó el magistrado Cruz, al estimar que la pena de 50 años tiene “más un carácter simbólico, porque a las personas les da la impresión de que se cumple la ley de la compensación, pero puede ser que sea excesivo”. Gerardo Villalobos, exdirector de Adaptación Social y criminólogo, afirmó que “ningún delincuente piensa en la pena que le impondrán si es detenido”. “Un país que quiera prevenir el delito, debe mejorar en educación, vivienda y trabajo”, enfatizó.

Argentina (CIJ): •

La Corte Suprema realizará este jueves el acto de apertura del año judicial. La Corte Suprema de Justicia de la Nación realizará próximo jueves, a las 12, en la Sala de Audiencias del cuarto piso del Palacio de Tribunales, el acto de apertura del año judicial. Será encabezado por el presidente del Máximo Tribunal, Ricardo Lorenzetti, y participarán ministros de la Corte Suprema. El Centro de Información Judicial transmitirá todas las instancias del acto a través de CIJ TV.

Croacia/Serbia (El País): •

La demanda de Croacia contra Serbia por genocidio llega al Tribunal de la ONU. Croacia ha pedido a la Corte Internacional de Justicia que decida si Serbia cometió genocidio, en territorio croata, durante la guerra de los Balcanes (1991-2001). En 1999, Zagreb interpuso una demanda contra Belgrado por violación de la Convención para la Prevención y Sanción del Genocidio (aprobada por la propia ONU en 1948). En su comparecencia de este lunes, Vesna Crnic-Grotic, representante croata, ha hecho votos para que el caso “contribuya a la paz y la reconciliación en la región”. También ha dicho que su presencia en La Haya, sede de la CIJ, “responde a la búsqueda de justicia ante la única corte que puede establecer principios morales irrefutables que no están al alcance del Tribunal para la antigua Yugoslavia, o de las jurisdicciones locales”. La demanda croata exige asimismo a las autoridades serbias que castiguen a los autores de crímenes de guerra, devuelvan los bienes culturales robados de iglesias y museos e indemnicen por los daños causados. Serbia presentó una contra demanda similar en 2010, esta vez acusando a Croacia de genocidio contra sus civiles, que se verá a partir de la próxima semana. Croacia espera demostrar que las tropas comandadas por Belgrado asesinaron a más de 10.000 croatas para despejar el camino hacia la Gran Serbia, promovida por el fallecido presidente serbio Milosevic. Han pasado casi dos décadas, pero en los últimos meses “el actual presidente serbio, Tomislav Nikolic, ha negado que en Srebrenica hubiera un genocidio”, ha añadido Crnic-Grotic. “Por eso estamos aquí, y pedimos al Tribunal que decida si lo ocurrido en Vukovar fue un genocidio”. En 1999, esa ciudad croata fue sometida por soldados serbios a un sitio de tres meses. De gran importancia estratégica para reforzar el control serbio sobre la región de Eslavonia, la muerte de unos 300 heridos, soldados, médicos y enfermeros y activistas políticos sacados del hospital urbano se conoce como la Masacre de Vukovar. El caso forma parte a su vez de lo tratado por el Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia. Lo mismo que Srebrenica, donde perecieron unos 8.000 varones musulmanes a manos de soldados serbios en 1995. Cuando llegue el turno de Serbia, sus delegados esperan probar que la “Operación militar Tormenta”, llevada a cabo en 1995 por militares croatas contra los serbios de la región, mostraba la intención criminal de Zagreb de expulsarlos de forma permanente”. Más de 200.000 serbocroatas huyeron de Croacia a consecuencia del ataque. En 2007, la CIJ dictaminó que Serbia violó la legislación internacional al no prevenir las muertes de Srebrenica. Aunque sí lo calificó de genocidio, añadió que no podía ser atribuido a los órganos estatales serbios. A pesar de que Zagreb y Belgrado están seguras de ganar sus casos, el genocidio sigue siendo el crimen más difícil de demostrar.

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España (Aranzadi): •

El TS rebaja la pena a una mujer que gastó con otro parte de los 787,000 euros de la pensión de invalidez de su marido. El Tribunal Supremo ha rebajado de cuatro a dos años de cárcel la condena impuesta a una mujer que se apropió de los 787.000 euros de la pensión de invalidez otorgada a su marido, después de que sufriera un grave accidente de tráfico que le dejó con un 95 por ciento de minusvalía. La acusada gastó con su nueva pareja parte del dinero de la pensión. El Supremo ha estimado el recurso que presentó Catalina P. contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Álava, que le condenó a cuatro años y tres meses de prisión por un delito agravado de apropiación indebida y otro de incumplimiento de los deberes legales de asistencia inherentes a su condición de tutela. Además, le ordenó devolver 694.984 euros a la víctima. La Sala de lo Penal ha anulado la agravante por abuso de relaciones personales porque la "formal" existencia del matrimonio determinó que la acusada actuara como guardadora de hecho y tutora, aunque "difícilmente" puede hablarse de relaciones personales entre ellos. La sentencia, con ponencia del magistrado Carlos Granados, declara probado que la pareja se casó cuando contaban con 21 y 22 años de edad. Diez años después, en octubre de 1999, el hombre comentó a un compañero de trabajo su intención de consultar con un abogado su separación matrimonial y le contó el reciente incidente que había tenido cuando una vecina le dijo que su mujer le engañaba con su esposo. Poco después, el hombre sufrió un gravísimo accidente de tráfico cuando acabó su jornada laboral y el vehículo, en el que viajaba de copiloto, impactó con un camión. El choque le provocó un 95 por ciento de minusvalía y secuelas intelectuales, precisando de la ayuda de terceras personas y siendo ingresado en una residencia. BESABA A SU NUEVA PAREJA DELANTE DEL MARIDO. La acusada comenzó visitándole una vez casi todas las semanas, pero pronto empezó a "poner excusas", a sustituir sus visitas por llamadas telefónicas, llevando ocasionalmente a los hijos a verle y prohibiendo a los padres y a las hermanas de su marido que le sacaran de la residencia, ni siquiera en Navidad. Cuando ocasionalmente acudía a la residencia lo hacía acompañada de su nueva pareja, a quien besaba delante de la víctima y "haciendo comentarios sobre lo que habían hecho y los lugares donde habían estado, lo cual provocaba la irritación" de su marido. En 2001, la acusada compró una vivienda familiar en Almuñecar, la puso a su "exclusivo" nombre y se fue a vivir allí con su nueva pareja. Amuebló el domicilio sin tener en consideración la discapacidad física de su marido, a quien trasladó a una residencia de ancianos contra el criterio de los psicólogos. Tras constatar que la acusada destinaba la pensión a su uso personal, desatendió sus deberes de tutora como llevarle ropa o abonar la estancia en la residencia, la directora del centro denunció la situación de "desamparo" del paciente en un Juzgado en 2007. En aquella época, el hombre se encontraba aislado socialmente y se mostraba triste con baja autoestima y pesimista, según la resolución. Una hermana de la víctima también denunció a la mujer y el Juzgado decretó la remoción de la acusada por haber incumplido los deberes de su cargo de tutora. El nuevo tutor trasladó de nuevo a la víctima a una residencia adecuada a sus necesidades e instó la declaración de divorcio del matrimonio.

Rusia (Novosti): •

Expertos advierten sobre uso selectivo de nuevas leyes antiterroristas. Un nuevo paquete de leyes antiterroristas, aprobado en primera lectura por la Duma rusa, podría convertirse en un instrumento de represalias y ajuste de cuentas, advierten expertos citados hoy por el diario Novie Izvestia. Además de endurecer y ampliar las sanciones por delitos terroristas, las nuevas leyes buscan restringir las transferencias anónimas por internet y reforzar el control del Estado sobre la información que se publica en la web. Uno de los proyectos obligaría a los propietarios de sitios web, bajo pena de multa, a notificar el inicio de operaciones a la agencia supervisora de los medios, Roskomnadzor, así como almacenar durante seis meses y desvelar a petición de autoridades los metadatos del intercambio de textos, sonidos e imágenes en la red. Analistas del Centro Sova califican de “excesivas” estas medidas, pues no permitirán realizar un seguimiento exhaustivo de los flujos financieros, pero sí podrían poner en peligro la libertad de expresión, la privacidad y la actividad económica de los ciudadanos. “Son absolutamente inviables. No entiendo cómo es posible controlar un fenómeno tan masivo como el surgimiento de sitios web. Con requisitos tan inviables podemos dar por seguro que se aplicarán selectivamente”, señaló el director del centro, Alexandr Verjovski. En su opinión, “habrá quienes lo usen contra oponentes políticos o personas que les caigan mal, o con fines estrictamente estadísticos”.

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Afganistán (EP): •

Liberan a doce talibán tras recibir una carta falsa de excarcelación. Las autoridades penitenciarias de la provincia afgana de Kandahar (sur) fueron engañadas a través de una carta falsa para proceder a la liberación esta semana de doce combatientes talibán, según ha informado la cadena de televisión británica BBC. El jefe de seguridad de Kandahar, Rahmatulá Atrafi, ha detallado que la carta fue enviada a la prisión el martes para reclamar la liberación de 30 prisioneros. Pese a que 18 debían ser liberados, la excarcelación de los otros doce no estaba contemplada. "En esa carta se agregó a doce prisioneros, lo que era falso", ha dicho Atrafi. Las autoridades han indicado que desde entonces dos de ellos han sido capturados. Por su parte, los talibán han asegurado estar detrás del engaño, que sólo fue descubierto una vez que los presos fueron liberados, y ha denunciado que en la principal prisión de la provincia "se llevan a cabo malos tratos, torturas y se cometen todo tipo de brutalidades contra los detenidos".

China (Xinhua): •

Sancionan a 829 jueces y empleados judiciales corruptos en 2013. China investigó y sancionó a 829 jueces y a otro personal judicial por corrupción en 2013, 42,3 por ciento más anualmente, dijo hoy el Tribunal Popular Supremo (TPS). De los 829 funcionarios judiciales, 157 fueron remitidos a órganos judiciales para ser procesados, 294 fueron castigados por infringir la disciplina del Partido y 531 fueron castigados por transgredir la disciplina gubernamental, dijo el TPS. El TPS dijo que en 2013, 683 jueces y empleados judiciales entregaron ingresos ilegales incluidos efectivo, valores y documentos de pago, por un valor de 3,32 millones de yuanes (540.000 dólares USA). La autoridad continuará la "postura intransigente" en el combate de la corrupción judicial, agregó el TPS.

Sudáfrica (AP): •

Al aire, canal de TV sobre juicio de Pistorius. Un canal de televisión por cable dedicado exclusivamente al juicio de Oscar Pistorius por homicidio comenzó el domingo por la noche sus transmisiones en Sudáfrica, mostrando imágenes de la modelo rubia del atleta, abatida a tiros hace un año. El video incluyó escenas en que la joven, quien murió en casa de Pistorius, juega con delfines en un estanque. El canal, que transmitirá durante las 24 horas del día, comenzó sus emisiones apenas 12 horas antes de que Pistorius deba presentarse ante la corte para el inicio del proceso. Parte de las primeras emisiones del canal, dedicado por completo al juicio, se enfocó en la vida de Reeva Steenkamp, la modelo y estrella de un programa de realidad simulada, a quien Pistorius mató en el Día de San Valentín de 2013, al abrir fuego por entre la puerta de un baño en la vivienda. En un video grabado por una cámara de seguridad se ve a Steenkamp, sonriente, cuando llega al vecindario donde residía Pistorius, horas antes de que la joven muriera. Se apreciaron también imágenes en las que Steenkamp nada con delfines mientras grababa un programa para la televisión sudafricana. Dos delfines tocan con sus hocicos las mejillas de la modelo, como si la besaran, en una de las escenas. Durante el juicio que comienza el lunes, se transmitirán imágenes en directo desde la corte de North Gauteng, en Pretoria, luego que un juez otorgó un permiso para ello. Los abogados de Pistorius se opusieron a la solicitud de transmitir el proceso por televisión y radio. El canal se transmite mediante el servicio de cable más popular en Sudáfrica. Se trata de una de tres empresas que solicitaron al juez el permiso para cubrir en directo el juicio. Se han instalado tres cámaras a control remoto dentro del tribunal. Pistorius dice que disparó contra Sttenkamp al pensar que se trataba de un intruso en la vivienda.

Véalo aquí: http://oscartrialstream.dstv.com/

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De nuestros archivos: archivos: 14 de abril de 2008 Unión Europea (EP) •

El TUE confirma que Adidas tiene los derechos exclusivos sobre la marca formada por tres franjas. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) confirmó hoy que el fabricante alemán de artículos deportivos Adidas tiene los derechos exclusivos sobre la marca formada por tres franjas verticales paralelas y rechazó los argumentos de empresas rivales --entre ellas Marca Mode, H&M y C&A-- que querían usar como motivo en sus productos dos franjas paralelas. Adidas había presentado un recurso ante la justicia holandesa haciendo valer su derecho a prohibir a cualquier tercero el uso de un signo que pudiera provocar riesgo de confusión. Marca Mode y el resto de rivales invocaban por su parte el principio de disponibilidad (es decir, que las franjas y los motivos basados en franjas deben estar disponibles para todos) para usar el motivo basado en dos bandas sin el consentimiento de Adidas. El caso llegó al Tribunal Supremo de Países Bajos, que se dirigió al TUE solicitando aclaraciones. En su sentencia, el Tribunal de Justicia de la UE rechaza en primer lugar el argumento utilizado por los competidores de Adidas y deja claro que "el hecho de que para los operadores económicos exista la necesidad de que el signo esté disponible no forma parte de los factores pertinentes" para examinar si existe o no un riesgo de confusión. "Los competidores de Adidas no pueden estar autorizados a vulnerar el motivo de tres franjas registrado por esta última mediante la colocación sobre las prendas deportivas y de ocio que comercializan motivos a franjas tan parecidos al registrado por Adidas que den lugar a un riesgo de confusión en el público", subraya la sentencia. Es el juez nacional el que debe determinar si el consumidor medio puede confundir los productos. A continuación, el TUE recuerda que las marcas con especial renombre, como Adidas, gozan de una protección específica que ni siquiera exige la existencia de un riesgo de confusión entre el signo y la marca. El simple hecho de que el público establezca un vínculo entre los dos que permita al rival aprovecharse indebidamente del prestigio de la marca ya es suficiente para no conceder la autorización. Tampoco en este caso se puede aplicar el principio de disponibilidad.

No procede

Elaboración: Dr. Alejandro Anaya Huertas [email protected]

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