3 1 MAYO 2U13 - Transparencia - Ministerio de Cultura

1 may. 2013 - 2013, personal técnico de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano DEL. Ministerio de Cultura evaluó el expediente ...
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N° 114-2013-DPHCR-DGPC/MC

Lima,

3 1 MAYO 2U13

Visto el Expediente N° 10066-2013,y; CONSIDERANDO: Que, mediante el expediente del visto, la empresa Wu Ediciones S.A, solicita inspección ocular para autorización de trámite de licencia de funcionamiento del local ubicado en Av. Sáenz Peña N° 129, del distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima; Que, el inmueble ubicado en Av. Sáenz Peña N° 129, del distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima, forma integrante del Ambiente Urbano Monumental de la Alameda Sáenz Peña cuadras 1, 2 Y 3, declarado mediante Resolución Ministerial N° 0928-80-ED de fecha 23 de julio de 1980, asi mismo, se emplaza dentro de los límites de la Zona Monumental de Barranco declarada mediante Resolución Suprema N° 2900-72-ED de fecha 28 de diciembre de 1972, y Redefinida mediante Resolución Directoral Nacional N° 465/INC de fecha 01 de abril de 2008, Que, mediante Informe Técnico N° 946-2013-DPHCR-DGPC/MC de fecha 10 de mayo de 2013, personal técnico de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano DEL Ministerio de Cultura evaluó el expediente presentado, dando cuenta que el local comercial es de dos pisos de factura contemporánea, compuesto estructuralmente por columnas, vigas, muros de ladrillo y techo aligerado. Hacia la fachada del inmueble presenta un gran vano cubierto con vidrio transparente . El local comercial está conformado en el primer piso por dos salas de exhibición, medio baño, dos áreas de oficinas, depósitos, servicios higiénicos; en el segundo piso presenta ambientes de área de exhibición, servicio higiénico, oficina y depósito. El inmueble se ubica en el área de tratamiento C-2, y el uso propuesto de galería de arte, se encuentra conforme con el índíce de usos propuestos para la Zona Monumental de Barranco aprobado mediante Ordenanza N° 1076-MML del 27 de setiembre de 2007, y publicado en el diario oficial El Peruano el 08 de octubre de 2007. Cabe señalar que, el inmueble cuenta con un proyecto de remodelación y ampliación de taller de arte con exposición, aprobado por el Instituto Nacional de Cultura mediante Resolución Ejecutiva N° 842/1 NC de fecha 17 de noviembre de 1998, constatándose que la unidad inspeccionada, se encuentra acorde al proyecto aprobado, por lo que se concluye que es procedente otorgar la autorización para el trámite de licencia de funcionamiento; Que, de la revisión, evaluación y análisis correspondiente, la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano del Ministerio de Cultura considera procedente otorgar la autorización para el trámite de licencia de funcionamiento ante la Municipalidad de Barranco, del local comercial uso de Galería de Arte, en el inmueble ubicado en Av. Sáenz Peña N° 129, Barranco, por cuanto cumple con la reglamentación específica; Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2013-PCM publicado en el diario oficial El Peruano el 10 de enero de 2013, se aprueba la relación de autorizaciones sectoriales de las Entidades del Poder Ejecutivo, que deben ser exigidas como requisito previo para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento, de acuerdo a la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento;

Que, mediante Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura, y a través del Decreto Supremo N° 001-201 O-MC, se aprobó la fusión de, entre otros, el Instituto Nacional de Cultura en el citado Ministerio, por lo que toda referencia normativa al INC se debe entender al Ministerio de Cultura; Que, por medio del Decreto Supremo N° 001-2011-MC de fecha 13 de mayo de 2011, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, donde se autoriza a la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano aprobar los anteproyectos y proyectos presentados, así como también a expedir resoluciones en el ámbito de su competencia; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 163-2011-MC, de fecha 17 de mayo de 2011, se designó al Arquitecto David de Lambarri Samanez como Director de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano del Ministerio de Cultura; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 001-2010-MC, Fusiones de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley N° 27580, Ley que dispone medidas de protección que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecución de obras en Bienes Culturales Inmuebles; la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General modificado por Decreto Legislativo N° 1029, publicado el 24 de junio de 2008; el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; el Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA, Reglamento Nacional de Edificaciones; el Decreto Supremo N° 001-2011-MC que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1°,_ AUTORIZAR la emisión de la Licencia de Funcionamiento del local comercial para uso de Galería de Arte, en el inmueble ubicado en Av. Sáenz Peña N° 129 del distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima; por los considerandos expuestos en la presente resolución, Articulo 2°,_ Disponer que la empresa Wu Ediciones SA, propietaria del inmueble ubicado en Av. Sáenz Peña N° 129 del distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima; proceda a implementar las características del vano exterior de fachada ubicado en el primer nivel de acorde con los vanos del segundo nivel, a fin de que guarde relación según diseño aprobado mediante Resolución Ejecutiva N° 842/INC de fecha 17 de noviembre de 1998. Artículo 3°,_ Los aspectos técnicos normativos reglamentarios referidos a cálculo de aforo, dotación de servicios, sistemas de evacuación, seguridad, entre otros, deberán ser evaluados por las áreas competentes de la Municipalidad Distrital de Barranco. Artículo 4°,_ La autorización que se emite mediante la presente Resolución, no tiene carácter de licencia de funcionamiento, la misma que corresponde ser otorgada por la Municipalidad Distrital de Barranco. Artículo 5°,_ Publíquese la presente Resolución en el Portal de Internet del MiFlisterio de Cultura. REGíSTRESE, COMUNíQUESE YPUBLlQUESE.

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