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4 sept. 2018 - Que, en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, se llevará a cabo la. "Reunión del Comité Técnico Regional" del 04 al 07 ...
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MINISTERIO DE SALUD

2:vmaJ .A ... a!e.. Af??!?-!.~ ..........del. ..?;?.lf?. Visto, el expediente W 16-028134-001, que contiene la Nota Informativa W 055-20160GTI-ODT/MINSA, emitida por el Director General de la Oficina General de Tecnologías de la Información; y, CONSIDERANDO:

Que, en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, se llevará a cabo la "Reunión del Comité Técnico Regional" del 04 al 07 de abril de 2016, así como la "Reunión de Intercambio Técnico entre Perú y Uruguay", el 08 de abril de 2016, en el marco de la Red para el Desarrollo de la Historia Clínica Electrónica en América Latina y el Caribe;

Ve\ásquez

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S.RUIZZ.

Que, mediante comunicación de fecha 18 de marzo de 2016, la Directora Ejecutiva de la Fundación Julio Ricaldoni, invita al bachiller en computación Juan José Castillo Cueva, profesional de la Oficina General de Tecnologías de la Información, para participar en los mencionados eventos en representación del Ministerio de Salud, señalando que cubrirá los gastos de viaje correspondientes; Que, los mencionados eventos tienen como objetivos analizar y evaluar las propuestas técnicas que se presentarán para la elaboración de estudios y documentos técnicos en distintas temáticas para el desarrollo de la Historia Clínica Electrónica y de materiales didácticos para la ejecución de cursos virtuales en esas temáticas; Que, con el documento de Visto, el Director General de la Oficina General de Tecnologías de la Información, solicita se autorice el viaje del bachiller en computación Juan José Castillo Cueva, profesional de la citada Oficina General, para que participe en los mencionados eventos; señalando que dicho viaje no ocasionará gasto alguno al Estado; Que, mediante lnfonme W 080-2016-EGC-ODRH-OGRH/MINSA, la Oficina General de Recursos Humanos señala que la participación del citado profesional se enmarca dentro de las normas que regulan la materia, no ocasionará gastos al Ministerio de Salud y cuenta con la autorización de la Alta Dirección;

l. g,



a.

Que, el artículo 11 del Decreto Supremo W 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente;

Que, en mérito a las consideraciones expuestas y atendiendo a la temática y los objetivos de los eventos antes señalado resulta de interés institucional autorizar el viaje del citado profesional; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal mediante Nota Informativa No 308-2016-0GAJ/MINSA; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N" 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N" 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo N" 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del bachiller en computación Juan José Castillo Cueva, profesional de la Oficina General de Tecnologías de la Información, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 03 al 09 de abril de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2- Disponer que el citado profesional, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, remita a la Alta Dirección, con copia a la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en los eventos a los que acudirá. Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no irrogará gasto al Estado ni otorgará derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese y comuníquese.