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MINISTERIO DE SALUD JS3

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j e/ 2019

Visto, el Expediente N° 14-010333-003 que contiene el Informe N° 154-2014OGPP-OP/MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado con Decreto Supremo N° 304-2012EF, y de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se expidió la Resolución Ministerial N° 810-2013/MINSA, de fecha 20 de diciembre de 2013 que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2014 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el artículo 38° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los límites y procedimientos mediante los cuales podrán ser modificados los créditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos del Sector Público; Que, el numeral 40.1 del artículo 40° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que son modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fiscal; Que, el numeral 40.2 del artículo 40° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa;

Que, el inciso i) del literal a) del numeral 20.1 del artículo 20° de ie Directiva N° 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 030- 2010-EF/76.01 y sus modificatorias, establece el modelo de dispositivo para modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, entre unidades ejecutoras; Que, mediante Resolución Ministerial N° 014-2014/MINSA de fecha 09 de enero de 2014, se delega en la Secretaría General del Ministerio de Salud, durante el Ejercicio Presupuestario 2014, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, mediante Memorándum N° 392-2014-DARES/MINSA, la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud — DARES, solicita la habilitación de presupuesto para la adquisición de vacunas contra el Virus de Papiloma Humano — VPH; Que, mediante Memorándum N° 423-2014-DARES/MINSA, la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud — DARES, solicita la habilitación de recursos para la adquisición de Sachets de Multimicronutrientes para el año 2015, en el marco del Plan de Desnutrición Crónica Infantil y la Prevención de la Anemia en el País 2014-2016; Que, mediante Memorándum N° 1610-2014-0GA/MINSA, la Oficina General de Administración, informa que existen recursos hasta por la suma de S/. 15 000 000,00 que pueden ser reorientados para la adquisición de la vacuna contra el Virus Papiloma Humano — VPH; Que, mediante el Informe de Visto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que ha verificado que la Unidad Ejecutora 001: Administración Central-MINSA, cuenta con recursos hasta por la suma de S/. 5 600 000.00, destinados a la adquisición de Sachets de Multimicronutrientes para el año 2015; Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe del Visto, es necesario efectuar modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático entre Unidades Ejecutoras, en el Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud a fin de financiar la adquisición de vacunas contra el Virus de Papiloma Humano — VPH y de Sachets de Multimicronutrientes, hasta por la suma de VEINTE MILLONES SEISCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20 600 000,00); Que, conforme a lo expresado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, las modificaciones presupuestarias propuestas se ciñen a las limitaciones establecidas en los artículos 41° y 80° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y en la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Estando a lo informado por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y con las visaciones del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y

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