2016 - Diputación de Sevilla

20 jun. 2016 - drados, aproximadamente La planta principal se compone de hall de entrada, sala, comedor-estar, cuatro dormitorios, ..... Isla Menor, s/n.
457KB Größe 50 Downloads 101 vistas
Publicación diaria, excepto festivos

Depósito Legal SE-1-1958

Número 141

Lunes 20 de junio de 2016

S

u

m

a

r

i

o

JUNTA DE ANDALUCÍA: — Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio: Delegación Territorial en Sevilla: Expedientes para la concesión de terrenos del dominio público marítimo terrestre . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS DEL MINISTERIO DE FOMENTO: — Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental: Expediente de expropiación forzosa. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA: — Área de Hacienda.—Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal: Servicio de Recaudación / Coordinación Voluntaria: Anuncio de cobranza en periodo voluntario. . . . . . . . . . . . . . . . 4 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: — Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.— Sevilla: Sala de lo Social: Recursos núms. 549/15 y 2401/14 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 — Juzgados de lo Social: Sevilla.—Número 1: autos 46/16; número 2: autos 1518/12, 1161/13 y 161/15; número 3: autos 287/15; número 6: autos 202/14; número 7: autos 79/16; número 9: autos 42/14; número 10: autos 866/13 y 1647/13; número 11: autos 1283/14. . . . . . . 5 Huelva.—Número 2: autos 125/14. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12 — Juzgados de Vigilancia Penitenciaria de Andalucía.—Sevilla: Juzgado número 11: Expediente 5812/15. . . . . . . . . . . . . . . . . . 12 AYUNTAMIENTOS: — Sevilla: Convocatoria de ayudas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13 Gerencia de Urbanismo: Notificación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18 — Aguadulce: Modificación de la plantilla de personal. . . . . . . . . 20 — Burguillos: Notificación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20 — Coria del Río: Padrones fiscales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20 — Coripe: Convocatoria para la provisión del puesto de Juez de Paz sustituto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21

— El Cuervo de Sevilla: Expediente de modificación de créditos . 21 — Huévar del Aljarafe: Convocatoria para la provisión del puesto de Juez de Paz titular.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21 — Los Palacios y Villafranca: Expediente de concesión administrativa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21 — Palomares del Río: Derogación de ordenanza . . . . . . . . . . . . . . 21 — La Puebla de Cazalla: Corrección de errores . . . . . . . . . . . . . . . 22 — Tomares: Anuncio de licitación.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22 — Valencina de la Concepción: Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . 24 — Villaverde del Río: Expediente de baja de oficio en el Padrón municipal de habitantes.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24

Lunes 20 de junio de 2016



Número 141

JUNTA DE ANDALUCÍA ————

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ———— Delegación Territorial en Sevilla En esta Delegación Territorial, con número de expediente CNC02-15-SE-0004, se tramita, a instancia de la Comunidad de Regantes La Puebla del Río, S.C.A. - La Isleta, solicitud de concesión administrativa para la ocupación de terrenos de dominio público marítimo terrestre en la margen derecha de la ría del Guadalquivir, con motivo de la ejecución de las obras del «Proyecto de captación y estación de bombeo de La Isleta», en el término municipal de La Puebla del Río (Sevilla). De conformidad con lo previsto en el artículo 152.8 del Reglamento General de Costas, se anuncia que la documentación referida a dicho expediente se encuentra en el Servicio de Protección Ambiental de esta Delegación Territorial, sita en la avenida de Grecia, s/n., edificio Los Bermejales, de Sevilla, a disposición de quienes quieran consultarla y formular alegaciones, durante un plazo de veinte (20) días hábiles. Sevilla a 17 de diciembre de 2015.—La Delegada Territorial, Dolores Bravo García. 7W-12313-P ———— Delegación Territorial en Sevilla En esta Delegación Territorial, con número de expediente CNC02-14-SE-0028, se tramita, a instancia de don Manuel Romero Bernal, en representación de «Comunidad de Regantes La Puebla del Río–Los Moriscos», solicitud de concesión administrativa para la ocupación de terrenos de dominio público marítimo terrestre, en la margen derecha de la ría del Guadalquivir, con motivo de la ejecución de las obras del «Proyecto de captación y estación de bombeo de Los Moriscos», en el término municipal de La Puebla del Río (Sevilla). De conformidad con lo previsto en el artículo 152 del Reglamento de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, se anuncia que la documentación referida a dichos expedientes se encuentra en el Servicio de Protección Ambiental de esta Delegación Territorial, sita en la avenida de Grecia, s/n., edificio Los Bermejales, de Sevilla, a disposición de quienes quieran consultarla y formular alegaciones, durante un plazo de veinte (20) días hábiles. Sevilla a 17 de diciembre de 2015.—La Delegada Territorial, Dolores Bravo García. 7W-12319-P ———— Delegación Territorial en Sevilla En esta Delegación Territorial, con número de expediente CNC02-14-SE-0027, se tramita, a instancia de don Manuel Romero Bernal, en representación de «Comunidad de Regantes La Puebla del Río–La Vadera», solicitud de concesión administrativa para la ocupación de terrenos de dominio público marítimo terrestre, en la margen derecha de la ría del Guadalquivir, con motivo de la ejecución de las obras del «Proyecto de captación y estación de bombeo de La Vadera», en el término municipal de La Puebla del Río (Sevilla). De conformidad con lo previsto en el artículo 152 del Reglamento de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, se anuncia que la documentación referida a dichos expedientes se encuentra en el Servicio de Protección Ambiental de esta Delegación Territorial, sita en la avenida de Grecia, s/n., edificio Los Bermejales, de Sevilla, a disposición de quienes quieran consultarla y formular alegaciones, durante un plazo de veinte (20) días hábiles. Sevilla a 17 de diciembre de 2015.—La Delegada Territorial, Dolores Bravo García. 7W-12322-P

DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS DEL MINISTERIO DE FOMENTO ————

Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental Pago de tasaciones motivados por expedientes de expropiación forzosa. Recibidos los libramientos para los pagos acordados en las obras que se especifican, se avisa a los interesados que se relacionan a continuación a fin de que se personen en el lugar y fechas que se indican: Ayuntamiento de Dos Hermanas: Día 8 de julio de 2016. 11-SE-4720. Justiprecio del Jurado. «Duplicación de la carretera N-IV, p.k. 558 al 566 + 500. Tramo: Dos Hermanas-Los Palacios y Villafranca». — 10.00 horas. Finca: 41-190.0044, doña Josefa Chacón Millán y herederos de don Francisco Ramírez Fernández. Se deberá aportar Nota Simple actual del Registro de la Propiedad relativa a la finca objeto de la expropiación. Deberán comparecer todos los titulares de derecho afectados con su D.N.I. (Documento Nacional de Identidad); en caso de no poder asistir al acto de pago podrán ser representados por persona provista de poder notarial, ya sea general o especial para este acto, identificándose la persona con la documentación oportuna (Documento Nacional de Identidad), como previene el artículo 49.4 del Reglamento, de 26-4-1954, de la Ley de Expropiación Forzosa.

4

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 141

Lunes 20 de junio de 2016

En caso de herederos, se acreditará su calidad como tales con los Documentos Públicos (testamento, declaración de herederos, escritura de partición, etc.) y estar todos ellos presentes o contar con el apoderamiento de los ausentes, así como haber pagado el Impuesto sobre Sucesiones. En caso de ser arrendatario, deberá presentar contrato de arrendamiento y últimos recibos de pago de dicho arrendamiento. Se le significa que si la finca estuviera gravada por alguna carga, deberá ser acreditada su liberalización antes del pago. En el caso de que deseen cobrar por transferencia, deberán solicitarlo y enviar la documentación acreditativa que le corresponda debidamente compulsada por Organismo competente, así como certificado del banco indicando que existe la cuenta a nombre del titular del expediente, debiendo ser recibido antes de la fecha indicada para el pago. Sevilla a 9 de junio de 2016.—El Jefe del Servicio de Actuación Administrativa, Rafael Pajarón Sotomayor. 7D-4350

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA ————

Área de Hacienda.—Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal ———— Servicio de Recaudación/Coordinación Voluntaria Anuncio de cobranza en voluntaria. Teniendo este Organismo delegadas las competencias de gestión recaudatoria de las tasas devengadas por la recogida de basuras de la Mancomunidad Sierra Norte, correspondientes al tercer trimestre de 2016, se pone en conocimiento de los contribuyentes obligados al pago y público en general, que el periodo de ingreso en voluntaria será desde el 1 de julio de 2016 hasta el 1 de septiembre de 2016, ambos inclusive. Los municipios afectados son los siguientes: Alanís de la Sierra, Almadén de la Plata, Cazalla de la Sierra, Constantina, Guadalcanal, Las Navas de la Concepción, La Puebla de los Infantes, El Real de la Jara y San Nicolás del Puerto. Medios y lugares de pago: 1. En las entidades financieras de la provincia que se detallan, previa presentación de la carta aviso de pago que se envía al domicilio de los interesados (no tiene carácter de notificación): Entidades colaboradoras cabeceras: BBVA y Caja Rural del Sur. Resto entidades colaboradoras: Unicaja, Banesto, Caja Rural de Utrera, Banco Mare Nostrum, Banco Popular, Banco Sabadell Atlántico, Banco de Santander y La Caixa. 2. En las páginas web de Banesto, B.B.V.A., Banco Popular, Banco de Santander, Unicaja y La Caixa y en los cajeros de BBVA, La Caixa y Unicaja, con la carta aviso de pago que se envía al domicilio de los interesados (no tiene carácter de notificación). 3. En los casos de no recibir las cartas avisos de pago o por extravío o deterioro de las mismas, puede solicitar un duplicado en cualquiera de las Oficinas del OPAEF o realizar el pago en la Oficina de Atención al Contribuyente de los Servicios Centrales del OPAEF, sita en Sevilla, calle Alejo Fernández, número 13, durante el periodo de ingreso en voluntaria, de lunes a viernes, en horario de 9.00 a 14.00 horas. En el resto de las Oficinas de Atención al Contribuyente sólo se admitirá el pago mediante tarjeta o cheque bancario. 4. A través de la página www.opaef.es, con tarjeta de crédito/débito bancario, con usuario de banca electrónica de las entidades colaboradoras o, con certificado digital o DNI electrónico mediante cargo en cuenta en las entidades financieras adheridas. Recaudación ejecutiva: El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber hecho efectivo su importe determina el inicio del periodo ejecutivo, con la exigencia de los intereses de demora; los recargos del 5%, 10% y 20%, y en su caso, de las costas del procedimiento de apremio, en los términos y condiciones establecidos en los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. El periodo de cobro puede ser modificado anunciándose oportunamente. Si en las cartas avisos de pago que reciben los contribuyentes en sus domicilios, apareciese una fecha límite de pago posterior al anunciado, prevalecerá sobre el general, por ser más favorable a éste. Lo que se hace público para general conocimiento. Sevilla a 13 de junio de 2016.—La Vicepresidenta, María Concepción Ufano Ramírez. 6W-4317

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA ————

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.—Sevilla ———— SALA DE LO SOCIAL Don Alonso Sevillano Zamudio, Letrado de la Administración de Justicia de la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Hace saber: Que en el recurso de suplicación número 549/15-AC, se ha dictado sentencia por esta Sala, con fecha 11 de febrero de 2016, resolviendo recurso de suplicación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número seis de Sevilla, en procedimiento número 83/14.

Lunes 20 de junio de 2016

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 141 5

Del contenido de la sentencia podrá tener conocimiento mediante comparecencia en esta Sala, haciéndosele saber que contra la misma podrá preparar recurso de casación para la unificación de doctrina en el plazo de los diez días siguientes a la presente notificación. Y para que conste y sirva de notificación a «Fundación Seifas para la Formación e Investigación, Fundación Afies», cuyo actual paradero es desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia. En Sevilla a 25 de abril de 2016.—El Letrado de la Administración de Justicia, Alonso Sevillano Zamudio. 8W-3059 ———— SALA DE LO SOCIAL N.I.G.: 4109144S20130007108. Negociado: AC. Recurso: Recursos de suplicación 2401/2014. Juzgado origen: Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla. Procedimiento origen: Despidos/ceses en general 647/2013. Recurrente: Don José Antonio Carmona Pacheco, Fogasa, don José Luis García Guijo y Escaso Lobato, S.L. Recurrido: Don José Antonio Carmona Pacheco, Fogasa, don José Luis García Guijo y Escaso Lobato, S.L. Don Alonso Sevillano Zamudio, Letrado de la Administración de Justicia de la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Hace saber: Que en el recurso de suplicación número 2401/14, se ha dictado sentencia por esta Sala, con fecha 24 de septiembre de 2015, resolviendo recurso de suplicación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla, en procedimiento número 647/13. Del contenido de la sentencia podrá tener conocimiento mediante comparecencia en esta Sala, haciéndosele saber que contra la misma podrá preparar recurso de casación para la unificación de doctrina en el plazo de los diez días siguientes a la presente notificación. Y para que conste y sirva de notificación a «Escaso Lobato, S.L.», cuyo actual paradero es desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia. En Sevilla a 26 de abril de 2016.—El Letrado de la Administración de Justicia, Alonso Sevillano Zamudio. 8W-3063 ————

Juzgados de lo Social ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 1 N.I.G.: 4109144S20130003439. Procedimiento: 325/13. Ejecución n.º 46/2016. Negociado: A. De: Don Arturo Amuedo Núñez. Contra: «Talleres Gandul», S.L. El Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número uno de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 46/2016, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancia de don Arturo Amuedo Núñez contra «Talleres Gandul», S.L., en la que con fecha 1 de abril de 2016 se han dictado auto y decreto, cuyo encabezado y parte dispositiva son del tenor literal siguiente: Auto.—En Sevilla a 1 de abril de 2016. Dada cuenta y; … Parte dispositiva S.Sª. Ilma. acuerda: Despachar ejecución a favor de don Arturo Amuedo Núñez, contra «Talleres Gandul», S.L., por la suma de 18.346,90 € en concepto de principal (incluye el 10% de interés por mora), más la de 3.669,38 € calculados para intereses y costas y gastos. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de tres días ante este Juzgado, en los términos referidos en el fundamento tercero de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad. Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Santander, sucursal de calle José Recuerda Rubio n.º 4, de Sevilla, cuenta n.º 4020-0000-64-0046-16, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «Concepto» que se trata de un recurso, seguido del código «30» y «Social-reposición», de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 451, 452 y concordantes LEC y la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banco de Santander con IBAN: ES5500493569920005001274 (en formato electrónico) o IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 (en formato papel), indicando el «beneficiario», Juzgado de lo Social n.º 1 de Sevilla, y en «concepto» se consignarán, en un solo bloque y éste separado por espacios de todo lo demás que se ponga en el campo, los 16 dígitos –antes expresados– de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial. Así, por este auto, lo acuerda, manda y firma la Ilma. señora doña Aurora Barrero Rodríguez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número uno de Sevilla. Doy fe. La Magistrada–Juez.—El Letrado de la Administración de Justicia. Decreto.—Sr. Letrado de la Administración de Justicia, don Reynaldo Carlos Carmona Argüelles. En Sevilla a 1 de abril de 2016.

6

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 141

Lunes 20 de junio de 2016

Parte dispositiva Acuerdo: Se decreta embargo de los saldos de cuentas en entidades financieras de la titularidad de la ejecutada, «Talleres Gandul», S.L., en cuanto fuere suficiente a cubrir la suma de las cantidades reclamadas. Para ello, tramítese la oportuna orden a través de la aplicación Cuentas de Consignación de Depósitos. Procédase por este Juzgado a la averiguación patrimonial integral a través del Punto Neutro Judicial, para la localización y averiguación de los bienes y derechos de la ejecutada que consten en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Dirección General de Tráfico, Catastro y Servicio de Índices del Colegio Nacional de Registradores de la Propiedad. Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 155.5 de la LEC, si cambiasen su domicilio, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la oficina judicial durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente a la misma. Notifíquese esta resolución a la ejecutada, junto con el auto de orden general de ejecución, con entrega de copia de la demanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento para que, en cualquier momento, pueda personarse en la ejecución. Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles, contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Santander, sucursal de calle José Recuerda Rubio n.º 4, de Sevilla, cuenta n.º 4020-0000-64-0046-16, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «Concepto» que se trata de un recurso, seguido del código «31» y «Social-revisión», de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 451, 452 y concordantes LEC y la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banco de Santander con IBAN: ES5500493569920005001274 (en formato electrónico) o IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 (en formato papel), indicando el «beneficiario», Juzgado de lo Social n.º 1 de Sevilla, y en «concepto» se consignarán, en un solo bloque y éste separado por espacios de todo lo demás que se ponga en el campo, los 16 dígitos –antes expresados– de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «31» y «Social-revisión». Así lo acuerdo y firmo. Doy fe. Y para que sirva de notificación en forma a «Talleres Gandul», S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto, que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa. En Sevilla a 1 de abril de 2016.—El Letrado de la Administración de Justicia. (Firma ilegible.) 7W-2471 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2 Doña María Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de Sevilla. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1518/2012 a instancia de la parte actora doña Ana María García Baquero Mendoza contra Pequelandia Aljarafe, S.L., sobre social ordinario, se ha dictado resolución de fecha 19 de mayo de 2015 del tenor literal siguiente: Fallo: Que estimando la demanda sobre reclamación de cantidad interpuesta por la parte actora frente a la demanda, debo condenar y condeno a la empresa Pequelandia Aljarafe, S.L., a que abone a doña Ana María García Baquero Mendoza la suma reclamada de 2.157,47 € en concepto de indemnización por extinción de la relación laboral a instancias de la trabajadora, al amparo del art. 41.3 del ET, más el interés legal que se devengará desde la fecha de interposición de la papeleta de conciliación hasta la fecha de la presente sentencia. Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación al demandado Pequelandia Aljarafe, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletin Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 27 de noviembre de 2015.—La Letrada de la Administración de Justicia, María Fernanda Tuñón Lázaro. 258-12021 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2 Doña M. Consuelo Picazo García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número dos de Sevilla. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1161/2013 a instancia de la parte actora don Carlos Calero León contra Aplicaciones Energéticas Andaluzas, S.L. y Servicio Público de Empleo Estatal, sobre Seguridad Social en materia prestacional, se ha dictado resolución de fecha del tenor literal siguiente: Decreto. Secretaria Judicial señora doña M.ª Fernanda Tuñón Lázaro. En Sevilla a 31 de octubre de 2013. Antecedentes de hecho. Primero.—Don Carlos Calero León, presentó demanda de frente a Servicio Público de Empleo Estatal y Aplicaciones Energéticas Andaluzas, S.L.

Lunes 20 de junio de 2016

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 141 7

Segundo.—La demanda ha sido turnada a este Juzgado y registrada con el número 1161/2013. Fundamentos de derecho. Primero.—Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en el art. 82,1 de la L.R.J.S procede su admisión a trámite y su señalamiento por la Sra. Secretaria Judicial. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, Parte dispositiva. Dispongo: —Admitir la demanda presentada. —Señalar el próximo 27 de junio de 2016, a las 9:50 horas, para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este Juzgado sito en Avda. de la Buhaira, 26, 5.ª planta, edificio Noga, sala de vistas 1.º planta, para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación y celebrar ante la Secretaria Judicial el mismo día (10 minutos antes), en la Oficina este Juzgado sita en planta quinta del mencionado edificio. —Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía. —Se tiene por hecha la manifestación de la parte actora de acudir al juicio asistida/representada de Letrado o representada por Graduado Social lo que pone en conocimiento de la/s demandada/s a los efectos del art. 21.3 de la LPL. —Dar cuenta a S.S.ª de los medios de prueba propuestos por la parte actora en su escrito de demanda (interrogatorio y documental), a fin de que se pronuncie sobre los mismos. —Dar cuenta a S.S.ª del señalamiento efectuado a los efectos del art. 182 LEC. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Y para que sirva de notificación al demandado Empresa Aplicaciones Energéticas Andaluzas, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 15 de junio de 2016.—La Letrada de la Administración de Justicia, M. Consuelo Picazo García. 258-4384 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2 Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 161/2015. Negociado: 7R. N.I.G.: 4109144S20140004064. De: Don Santos Ramos Solís y don Javier Geniz Rey. Contra: «Suministros Industriales Fernando y Pedro», S.A., y Fogasa. Doña M. Consuelo Picazo García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número dos de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 161/2015, a instancia de la parte actora, don Santos Ramos Solís y don Javier Geniz Rey, contra «Suministros Industriales Fernando y Pedro», S.A., y Fogasa, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha 4 de mayo de 2016, del tenor literal siguiente: Decreto n.º 256/16. Letrada de la Administración de Justicia, doña M. Consuelo Picazo García. En Sevilla a 4 de mayo de 2016. Antecedentes de hecho. Primero: Don Santos Ramos Solís y don Javier Géniz Rey han presentado demanda de ejecución frente a «Suministros Industriales Fernando y Pedro», S.A. Segundo: Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 16 de julio de 2015 por un total de 32.724,87 euros en concepto de principal, más la de 6.544,97 euros calculados provisionalmente para intereses y costas. Tercero: No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial, sin que por el citado organismo se haya presentado escrito de oposicion o designado nuevos bienes de la ejecutada. Fundamentos de derecho. Único.—Disponen los artículos 250 y 276 de la Ley 36/2011 (LRJS), que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes de la ejecutada en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes, y de ser infructuosas, total o parcialmente, el Secretario Judicial de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación. Parte dispositiva. Acuerdo: Declarar a la ejecutada, «Suministros Industriales Fernando y Pedro», S.A., en situación de insolvencia por un total de 32.724,87 euros en concepto de principal, más la de 6.544,97 euros calculados provisionalmente para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

8

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 141

Lunes 20 de junio de 2016

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 de la Ley 36/2011 (LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en el n.º de cuenta de este Juzgado, debiendo indicar en el campo concepto la indicación recurso, seguida del código « ». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso», seguida del «código». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos. Y para que sirva de notificación a la demandada, «Suministros Industriales Fernando y Pedro», S.A., actualmente en paradero desconocido, expido el presente, para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 4 de mayo de 2016.—La Letrada de la Administración de Justicia, M. Consuelo Picazo García. 7W-3410 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 3 Doña María Auxiliadora Ariza Fernández, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número tres de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue procedimiento sobre ejecución de títulos judiciales 287/15 de los autos 365/12 a instancia de la ejecutante Alicia Francés González contra José Joaquín Díaz García (Mundo Regalo JJ García) en la que con fecha 12 de mayo de 2016 se ha dictado Decreto n.º 358/2016 de insolvencia cuya parte dispositiva extractada contiene los siguientes extremos, advirtiéndole a la ejecutada que los originales se encuentran a su disposición en el Juzgado todo ello de conformidad con la Circular 6/12 de la Secretaría de Estado de la Administración de Justicia: Parte dispositiva. Declarar al demandado ejecutado José Joaquín Díaz García (Mundo Regalo JJ García) con NIF n.º 28.893.353-V, en situación de insolvencia con carácter provisional, por importe de 4.500 euros de principal, más 900 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación. Expídanse a la parte ejecutante los oportunos testimonios necesarios para su aportación al FGS, remitiéndose los mismos junto con la presente resolución. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso directo de revisión (art. 188 de la Ley 36/2011) ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Para la admisión del recurso de la empresa ejecutada, deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en el Banco Santander n.º 4022-0000-64-036512, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo «concepto» que se trata de un recurso seguido del código «30» y «Social-reposición», de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta del Banco Santander n.º ES55-0049-3569920005001274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social n.º 3 de Sevilla, y en «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «30» y «Social-reposición». Si no manifiestan alegación alguna se procederá al archivo provisional de las actuaciones. De conformidad con el artículo 276.5 de la Ley 36/11, en la redacción dada por la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, procédase a la anotación de la presente insolvencia en el Registro Mercantil Central. Lo acuerdo y mando. La Letrada de la Administración de Justicia. Y para que sirva de notificación en forma a José Joaquín Díaz García (Mundo Regalo JJ García) cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla conforme a la instrucción n.º 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia en relación con la Ley de Protección de Datos, con la prevención de que las citadas resoluciones se encuentran a su disposición en el Juzgado para que sean consultadas, así como la advertencia de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa. En Sevilla a 12 de mayo de 2016.—La Letrada de la Administración de Justicia, María Auxiliadora Ariza Fernández. 6W-3578 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6 Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 202/2014. Negociado: J. N.I.G.: 4109144S20120015338. De: Doña Cristina Guzmán González. Contra: Tapicería y Decoración San Eloy, S.L. Doña Rosa María Sánchez Carretero, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número seis de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 202/2014-J a instancia de la parte actora doña Cristina Guzmán González, contra Tapicería y Decoración San Eloy, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 6 de abril de 2016 del tenor literal siguiente:

Lunes 20 de junio de 2016

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 141 9

Parte dispositiva. Acuerdo: 1.— Tener como parte en esta ejecución al Fondo de Garantía Salarial. 2.— Requerir a los trabajadores afectados o a sus representantes por término de quince días para que manifiesten si desean constituirse como ejecutantes en la parte no satisfecha por el Fogasa. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. La Letrada de la Administración de Justicia. Y para que sirva de notificación al demandado Tapicería y Decoración San Eloy, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 6 de abril de 2016.—La Letrada de la Administración de Justicia, Rosa María Sánchez Carretero. 6W-2640 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 7 Procedimiento: 247/12. Ejecución de títulos judiciales 79/2016. De: Fundación Laboral de la Construcción. Abogado: José Luis León Marcos. Contra: Guclaje Obra Civil, S.L. Doña María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número siete de los de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 79/2016, a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Guclaje Obra Civil, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 3 de mayo de 2016 del tenor literal siguiente: «Dispongo: Dar orden general de ejecución contra Guclaje Obra Civil, S.L., a instancias de Fundación Laboral de la Construcción, por Importe de 498,92 euros de principal más otros 200 euros presupuestados provisionalmente y sin perjuicio de ulterior liquidación para intereses y costas. Se autoriza la consulta de las bases de datos de las aplicaciones informáticas instaladas en este Juzgado de la Administración Tributaria, la Dirección General de Tráfico y demás integradas en el Punto Neutro Judicial, a fin de recabar información sobre los bienes que aparezcan como de la titularidad de la ejecutada sobre los que trabar embargo o localización de la misma. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de tres días, conforme a lo establecido en el artículo 239.4 de la LRJS. Así, por este auto, lo acuerdo mando y firma el ilustrísimo Sr. don Carlos Mancho Sánchez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número siete de los de esta capital y su provincia. Doy fe.» Asimismo se dictó decreto de 5 de mayo de 2016 que contiene el siguiente tenor literal: «Acuerdo: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad del demandada Guclaje Obra Civil, S.L., por la suma de 498,92 euros en concepto de principal, más la de 200 euros calculados para intereses y gastos, por la que se ha despachado esta ejecución en el anterior auto, y al encontrarse el mismo en paradero desconocido requiérase a la parte ejecutante a fin de que en el plazo de diez días señale bienes, derechos o acciones propiedad de dichas ejecutadas que puedan ser objeto de embargo. Sin perjuicio de lo anterior, habiéndose practicado la averiguación patrimonial se decreta el embargo de los siguientes bienes: — Se decreta el embargo sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otros productos bancarios, que la demandada mantenga o pueda contratar con la entidades bancarias que aparecen en la base de datos instalada en este Juzgado, y concretamente con Caixabank, S.A., Banco Popular Español, S.L., Caja Rural del Sur, Sdad. Coop. de Crédito y Cajasur Banco, S.A., efectuándose telemáticamente el embargo a través del punto neutro judicial hasta cubrir el principal e intereses y costas. Igualmente, se decreta el embargo de las cantidades que a la ejecutada le deban ser devueltas por Hacienda como consecuencia de la liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido o cualquier otro impuesto, debiendo quedar retenidas hasta cubrir las cantidades adeudadas y transferidas a la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, efectuándose este embargo a través de la aplicación telemática correspondiente. Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 155.5 de la LEC, si cambiasen su domicilio, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares siempre que estos últimos esté siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la oficina judicial durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente a la misma. Notifíquese esta resolución al ejecutado junto con el auto de orden general de ejecución, con entrega de copia de la demanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que, en cualquier momento pueda personarse en la ejecución. Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe interponer recurso directo de revisión, que deberá interponerse en el plazo de cinco días mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiere incurrido, (art. 454 bis LEC). El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente y, deberá constituir y acreditar al tiempo de la interposición el depósito para recurrir de veinticinco euros, mediante su ingreso en la cuenta de consignaciones número 40260000640079/16 del Juzgado de lo Social número siete de Sevilla, salvo que el recurrente sea: Beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los arts. 451, 452 y concordantes LEC y la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ.

10

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 141

Lunes 20 de junio de 2016

Y para que sirva de notificación al demandado Guclaje Obra Civil, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 5 de mayo de 2016.—La Letrada de la Administración de Justicia, María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas. 4W-3342 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 9 Doña Gracia Bustos Cruz, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 9 de Sevilla. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 42/2014, a instancia de la parte actora doña Rocío Redondo Vega contra Najurkos, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales se han dictado las siguientes resoluciones del tenor literal siguiente: Diligencia de ordenación de la Secretaria Judicial Sra. doña Gracia Bustos Cruz. En Sevilla a 5 de mayo de 2014. Visto el contenido de la anterior diligencia y habiéndose transferido la cantidad de 2,66 euros como consecuencia del embargo trabado en las presentes actuaciones, procede hacer pago a la parte ejecutante de dicha cantidad en concepto de parte de principal, una vez firme la presente resolución, a cuyo efecto deberá comparecer en la Secretaría de este Juzgado a fin de serle entregado mandamiento de devolución por el citado importe, de lunes a viernes en horas de 9.00 a 13.00 horas, advirtiéndosele que de no efectuarlo, transcurrido un año desde la notificación de la presente, se entenderá abandonada dicha cantidad y se transferirá su importe al tesoro público, quedando reducido el principal a 730,19 euros. Asimismo constando tener el ejecutado otras posiciones financieras en Banco Santander y Catalunya Caixa, procede librar oficio de embargo a dichas entidades, y habiendo sido devuelto el oficio de fecha 2-04-14, remitido a Doñana Cosmetics, S.L., con la nota «ausente reparto», procede reitararlo a través del servicio de Chrono Expres. Notifíquese esta resolución a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de reposición ante la Secretaria Judicial, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Así lo acuerda y firma la Sra. Secretaria de este Juzgado. Diligencia de ordenación de la Letrada Judicial Sra. doña Gracia Bustos Cruz. En Sevilla a 1 de octubre de 2015. Visto el estado de las presentes actuaciones y habiéndose dictado insolvencia en el Juzgado Social núm. 6 de Sevilla, procede dar audiencia al Fogasa y a la parte ejecutante para que en el plazo de quince días insten las diligencias que a su derecho convengan a los efectos previstos en el artículo 276 de la LRJS. Notifíquese esta resolución a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de reposición ante la Secretaria Judicial, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Así lo acuerda y firma la Sra. Secretaria Judical de este Juzgado. Doy fe. Decreto núm. 183/16. En Sevilla a 2 de marzo de 2016. Parte dispositiva. S.S.ª la Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social núm. 9 de Sevilla doña Gracia Bustos Cruz, acuerda: Declarar al ejecutado Najurkos, S.L., en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 730,19 euros, más 117,56 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento y archivar las actuaciones una vez firme la presente resolución. Expedir a la parte ejecutante los oportunos testimonios necesarios para su aportación al Fogasa, que serán entregados en la Secretaría de este Juzgado. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición ante la Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en Grupo Santander núm. 4028.0000.69.0145,14, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «Concepto» que se trata de un recurso y «Social-reposición», de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Grupo Santander IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274, indicando el beneficiario, Juzgado de lo Social núm. 9 de Sevilla, y en «Observaciones» se consignarán 4028.0000.69.0145,14, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «69» y «Social-Reposición». Así por este Decreto, lo acuerda, manda y firma la Sra. Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social núm. 9 de Sevilla. La Letrada Judicial. Y para que sirva de notificación al demandado Najurkos, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 2 de marzo de 2016.—La Letrada de la Administración de Justicia, Gracia Bustos Cruz. 253W-1804

Lunes 20 de junio de 2016

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 141 11

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 10 Procedimiento: Seguridad Social en materia prestacional 866/2013. Negociado: LM. N.I.G.: 4109144S20130009398. De: Doña Manuela Hidalgo Sabido Contra: INSS y TGSS y María del Carmen Castaño Tena. Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número diez de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 866/2013, se ha acordado citar a doña María del Carmen Castaño Tena como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 19 de julio de 2016, a las 9:40 horas para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Avda. de la Buhaira número 26, edificio Noga, planta 6.ª, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de confesión judicial. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a doña María del Carmen Castaño Tena, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia y para su colocación en el tablón de anuncios. En Sevilla a 30 de noviembre de 2015.—La Letrada de la Administración de Justicia, Rosa María Rodríguez Rodríguez. 2W-11984 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 10 Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número diez de Sevilla. Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 1647/2013, a instancia de don Francisco Javier Raposo Esmoris, contra don Nicolás Troncoso Lobato, Diseño y Manufactura Decoración, S.A. y Servicio Público de Empleo Estatal, se ha acordado citar a Diseño y Manufactura Decoración, S.A., como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el próximo día 21 de junio de 2016, a las 10:00 horas, para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en avenida de la Buhaira número 26, edificio Noga, planta 6ª, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Igualmente, se le cita para que en los mismos día y hora, la referida parte realice prueba de confesión judicial. Se pone en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición, en la Secretaría de este Juzgado de lo Social, copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a Diseño y Manufactura Decoración, S.A., se expide la presente cédula de citación para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia y para su colocación en el tablón de anuncios. En Sevilla a 16 de junio de 2016.—La Letrada de la Administración de Justicia, Rosa María Rodríguez Rodrígue. 258-4427 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 11 N.I.G.: 4109144S20140013833. Procedimiento: 1283/14. Despidos/ceses en general. Negociado: 5. De: José María Jurado Sánchez. Contra: Utrebur, S.L. La Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número once de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en este Juzgado, se siguen autos núm. 1283/2014, sobre despidos/ceses en general, a instancia de José María Jurado Sánchez, contra Utrebur, S.L., en la que con fecha 26 de abril de 2016 se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva dice lo siguiente: Fallo. Que estimando la demanda interpuesta por don José María Jurado Sánchez, contra Utrebur, S.L., en reclamación por despido, debo declarar y declaro el mismo como improcedente y asimismo declaro extinguida la relación laboral a fecha de 6 de diciembre de 2014, condenando a estar y pasar por esta declaración debiendo abonar la empresa al actor, la cantidad de 45.479,25 euros en concepto de indemnización por despido, calculada a fecha de esta sentencia. Todo ello sin hacer expreso pronunciamiento, por ahora, respecto del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) pero sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos en que fuera legalmente procedente, de acuerdo con lo establecido en el fundamento jurídico tercero de esta resolución. Notifíquese esta sentencia a las partes y se les advierte que contra ella cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciable en el plazo de cinco días hábiles siguientes a tal notificación, por escrito, o comparecencia o mediante simple manifestación al notificarle la presente, ante este Juzgado de lo Social. También se advierte a la Empresa condenada que si recurre deberá acreditar al anunciar el recurso el ingreso del importe de su condena en la cuenta de depósitos y consignaciones ES 55 4071-0000-65-1283-14 abierta a nombre de este Juzgado en el Santander, oficina 1652, mediante la presentación en la Secretaría del oportuno resguardo, pudiendo sustituirse dicha consignación por aval bancario suficiente que habrá de presentarse junto con el mencionado escrito de anuncio del recurso. Al anunciar el recurso, deberá acreditar, además, el ingreso del depósito de 300 euros en la cuenta citada.

12

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 141

Lunes 20 de junio de 2016

En el caso de que el ingreso se efectúe por transferencia bancaria, 0049-3569-92-00050012-74, poniendo en «concepto» la cuenta del Juzgado 4071 y número de procedimiento. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación en forma a Utrebur, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa. En Sevilla a 26 de abril de 2016.—La Letrada de la Administración de Justicia. (Firma ilegible.) 6W-3105 ———— HUELVA.—JUZGADO NÚM. 2 El Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número dos de esta ciudad. Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue los autos núm. 125/2014, sobre procedimiento ordinario, a instancia de Cinta de Prado Rodríguez, contra Servicios Integrales de Apoyo Domiciliario S.L., Dintel Asistencial, S.L. y Fogasa, en la que con fecha 27 de abril de 2016 se ha dictado sentencia que sustancialmente dice lo siguiente: Fallo: Que estimando la demanda iniciadora de los autos nº 125/14, condeno a Dintel Asistencial, S.L., y a Servicios Integrales de Apoyo Domiciliario, S.L., a que abonen de forma solidaria a doña Cinta del Prado Rodríguez la cantidad de mil trescientos cuarenta y nueve con seis euros (1.349,06 euros), más la suma de doscientos noventa y seis con cinco euros (296,05 euros) de intereses moratorios. Notifíquese esta sentencia a las partes con información de que contra dicha resolución no caben recursos algunos por ser firme. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación en forma a Servicios Integrales de Apoyo Domiciliario, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa. En Huelva a 27 de abril de 2016.—El Letrado de la Administración de Justicia. (Firma ilegible.) 6W-3283 ————

Juzgados de Vigilancia Penitenciaria de Andalucía.—Sevilla ———— JUZGADO NÚMERO 11 Sevilla.

Doña María José de Góngora Macías, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de

Doy fe y testimonio: Que en el procedimiento expedientes sobre trabajos en beneficio comunidad n° 5812/15, seguido ante este Juzgado se ha dictado la siguiente resolución: Auto 631/16. En Sevilla a 28 de enero de 2016. Hechos. Primero.—En fecha 22/01/2016, se dictó auto por el que se tomaba conocimiento del plan de ejecución de la pena de Trabajos en Beneficio de la Comunidad (TBC) elaborado y aprobado por el Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas en ejecución de la pena impuesta al penado Alonso Torilo Carrero. Segundo.—Con posterioridad, el Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas de Sevilla ha comunicado a este Juzgado de Vigilancia Penitenciaria que el penado no ha cumplido la condena ni alegado causa alguna que justifique sus ausencias. Segundo.—Conferido traslado al Ministerio Fiscal, por este se informa en el sentido de interesar la deducción de testimonio por delito de quebrantamiento de condena. Razonamientos jurídicos. Único.—Conforme a lo prevenido en el artículo 49.6 del Código Penal y visto el informe emitido por la Administración Penitenciaria del que destaca la ausencia del penado sin causa que la justifique y su desinterés en cumplir la pena impuesta, procede declarar incumplida la pena de trabajos en beneficio de la comunidad y deducir testimonio para proceder contra el penado de conformidad con el artículo 468 del mismo texto legal. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación. Dispongo: Se declara incumplida la pena, procediendo el archivo del presente expediente judicial ante el incumplimiento por el penado don Alonso Torilo Carrero de la pena impuesta en la causa que se detalla en el encabezamiento de la presente resolución; dedúzcase testimonio del presente expediente para su remisión al Juzgado de Guardia de Sevilla y particípese la presente resolución al Juzgado sentenciador a los efectos oportunos, llevándose a efecto todo lo anterior, una vez sea firme la presente resolución. Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal, y al penado, informándoles que contra la misma cabe recurso de reforma ante este Juzgado, en el plazo de tres días a contar desde el siguiente al de su notificación.; comuniqúese al Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas para su conocimiento y a los efectos oportunos. Así lo manda y firma la Ilma. Sra. Magistrado Juez del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria núm. 11 de Andalucía, con sede en Sevilla; doy fe. Y para que conste y sirva de notificación en forma al penado don Alonso Torilo Carrero , actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, en cumplimiento de lo mandado, expido y firmo el presente. En Sevilla a 23 de mayo de 2016.—La Letrada de la Administración de Justicia, María José de Góngora Macías. 253W-3875

Lunes 20 de junio de 2016

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 141 13

AYUNTAMIENTOS ————

SEVILLA La Excma. Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla por acuerdo de fecha 10 de junio de 2016, aprobó la convocatoria pública de ayudas para la Promoción de la Lectura entre la Juventud del Excelentísimo Ayuntamiento de Sevilla a través del Área de Igualdad, Juventud y Relaciones con la Comunidad Universitaria-Servicio de Juventud, cuyo tenor literal es como sigue: CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA PROMOCIÓN DE LA LECTURA ENTRE LA JUVENTUD

Primero: Fundamentación. La Constitución en su art. 9.2 encomienda a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. El art. 48 del texto constitucional establece además como principio rector de la política social y económica, entre otros, la obligación de los poderes públicos de promover las condiciones para la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural. El art. 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el mismo artículo de la Ley 27/2013, del 27 de diciembre de Racionalización y sostenibilidad de la Administración Local establece que el Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal. Dicho artículo en su apartado m) hace referencia a la competencia municipal en la promoción de la cultura y equipamientos culturales. Por ello, la Delegación de Igualdad, Juventud y Relaciones con la Comunidad Universitaria entiende que la lectura de libros es una forma de desarrollo personal, cultural y social para la juventud sevillana, propiciando el desarrollo efectivo de la competencia lectora y con ello la formación como individuos y como entes sociales y culturales, apoyando a los jóvenes con ayudas económicas para la adquisición de libros. Segundo: Objeto y finalidad. La presente convocatoria tiene como objeto regular la concesión en régimen de concurrencia competitiva (publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación) de ayudas económicas para la adquisición de libros con la finalidad de potenciar entre los jóvenes hábitos de lectura y el acceso a la cultura. Podrán ser objeto de estas ayudas las adquisiciones de libros realizadas desde el 19 de marzo al 31 de diciembre de 2016. En la presente convocatoria solo se admitirán los libros en modalidad impresa, quedando excluido cualquier libro en soporte digital: libros electrónicos, descargas internet…etc. Tampoco serán subvencionables ningún tipo de publicaciones, revistas o análogos. Tercero: Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas que reúnan los siguientes requisitos: 1. Estar empadronados en Sevilla capital con un mínimo de 1 año anterior a la fecha de la publicación de esta convocatoria. 2. Tener la edad comprendida entre los 16 y 26 años durante el año 2016. Cuarto: Financiación y cuantía a subvencionar. La cuantía total del gasto del gasto para esta convocatoria asciende a la cantidad de 30.000,00 euros cuyo crédito se haya consignado en el presupuesto del Excelentísimo Ayuntamiento de Sevilla. Asimismo, el Ayuntamiento abonará mediante transferencia bancaria a la cuenta de la que el solicitante sea titular, la cantidad de 100 euros correspondiente a la ayuda que se conceda. Esta cantidad se abonarán como pago anticipado o a cuenta, debiéndose justificar en los términos que establece la base undécima, y en un plazo de tres meses a partir del 1 de enero de 2017. Quinto: Solicitudes. 1. Las solicitudes dirigidas a la Delegación de Igualdad, Juventud y Relaciones con la Comunidad Universitaria, Servicio de Juventud, se presentarán según modelo incluido en Anexo I de esta convocatoria, desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial» de la provincia hasta el día 15 de julio inclusive. El modelo de solicitud se podrá obtener en la página Web del Ayuntamiento www.sevilla.org y en el Servicio de Juventud, sito en Plaza de Monte Pirolo s/n, 1.ª planta, 41010 Sevilla. 2. Las solicitudes se podrán presentar: a) Preferentemente, en el Registro General del Ayuntamiento de Sevilla, sito en Plaza San Sebastián, n.º 1. Edificio Estación de Autobuses. (41004 – Sevilla) de esta ciudad, en los Registros Auxiliares de los Distritos Municipales, o a través del Registro Telemático del Servicio de Juventud, sin perjuicio de los demás medios de presentación previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicos y del Procedimiento Administrativo Común. Los registros municipales están ubicados en: — Cerro-Amate: Avda. San Juan de la Cruz. Esq. Avda. Juan XXIII, s/n, 41006. — Sur: C/. Jorge Guillén s/n, 41013 Sevilla. — Bellavista-La Palmera: Avda. de Jerez 61, 41014 Sevilla. — Triana: C/. San Jacinto 33, 41010 Sevilla. — Los Remedios: Avda. República Argentina, 27-B, 1.ª planta 41011 Sevilla. — Casco Antiguo: C/. Crédito 11, 41002 Sevilla. — Macarena: C/. Manuel Villalobos s/n, 41009 Sevilla. — Norte: C/. Estrella Proción número 8 41015 Sevilla. — Nervión: Avda. Cruz Campo, 38 A, 41005 Sevilla. — San Pablo - Santa Justa: C/ Jerusalén s/n, 41007 Sevilla. — Este-Alcosa-Torreblanca: Núcleo Rcial. Los Minaretes, Pta. Baja. Conecta con calle Cueva de Menga, 41020. b) En el supuesto de que no se presentara en el Registro Municipal o Registros Auxiliares, el solicitante vendrá obligado a comunicar al Servicio de Juventud, mediante correo electrónico en la dirección [email protected], acreditación de su presentación, dentro del plazo otorgado al efecto.

14

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 141

Lunes 20 de junio de 2016

Sexto: Documentación. Las solicitudes conforme al modelo que se adjunta a la presente convocatoria como Anexo I, se cumplimentarán con los datos personales del solicitante y deberán ir acompañadas, de los siguientes documentos, según las circunstancias: — Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte o tarjeta de residencia, en vigor. En caso de menores, también Fotocopia del DNI del menor. — Certificado oficial de empadronamiento colectivo, actualizado o autorización al Área de Igualdad, Juventud y Relaciones con la Comunidad Universitaria del Ayuntamiento de Sevilla para recabar datos del Padrón Municipal (Anexo I (2). — Autorización para recabar datos de la Agencia Tributaria y el Ayuntamiento de Sevilla de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y Declaración Jurada de no encontrarse en los supuestos que impiden ser beneficiario de subvenciones recogidos en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Anexo II). — Autorizaciones de notificación vía Fax o Correo Electrónico y para el envío de información (Anexo III). — Registro de Terceros Designación de cuenta bancaria (Anexo VI). Séptimo: Subsanación de las solicitudes. Si la documentación presentada no reuniera los requisitos exigidos en la presente convocatoria, se requerirá al solicitante para que proceda a la subsanación de la misma en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la petición, con apercibimiento de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución, de conformidad con lo establecido en el art. 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Dicha subsanación se solicitará por correo electrónico, debiendo subsanar el solicitante a través de los Registros Municipales. Octavo: Procedimiento de concesión y criterios de valoración. La instrucción del procedimiento se realizará por el Director General de Juventud y Relaciones con la Comunidad Universitaria. El examen y valoración de las solicitudes presentadas se realizará por una comisión de valoración nombrada al efecto y formada por: Presidenta: La Delegada de Igualdad, Juventud y Relaciones con la Comunidad Universitaria o persona en quien delegue. Secretaria: La Jefa de Sección Administrativa de Juventud o Jefa de Negociado Administrativo de Juventud. Vocales: Jefa del Servicio de Juventud, Jefa de Sección de Información, Formación y Movilidad, y un Técnico del Servicio de Juventud. Dicha comisión valorará las solicitudes presentadas confeccionando una lista provisional en función de los puntos obtenidos, según los criterios de valoración que se detallan a continuación: Tabla de ingresos familiares. Total 7 puntos. N.º miembros unidad familiar

Renta anual igual o menor (brutos)

Puntos

1 ó 2 miembros

7.455,14 €

7

3 miembros

8.200,65 €

7

4 miembros

9.020,71 €

7

5 ó más

9.922,78 €

7

Renta mayor en

Puntos

2.000 € 4.000 € 6.000 € + 6.000 € 2.000 € 4.000 € 6.000 € + 6.000 € 2.000 € 4.000 € 6.000 € + 6.000 €

6 5 4 3 6 5 4 3 6 5 4 3

2.000 € 4.000 € 6.000 € + 6.000 €

6 5 4 3

Por cada miembro afectado por minusvalía se reducirá la renta de la unidad familiar en un 25%. Miembros de la unidad familiar a considerar en el cálculo de la renta familiar: * A los efectos del cálculo de la renta familiar, se considerarán miembros computables de la unidad familiar, los siguientes: el padre y la madre, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, en su caso; el solicitante, los hermanos solteros que convivan en el domicilio familiar, siempre que los justifiquen documentalmente, así como los ascendentes de los padres, siempre que en el certificado de empadronamiento conste tal convivencia. * En el caso de solicitantes que constituyan unidades familiares independientes, dent4ro de un mismo domicilio, se consideran miembros computables el cónyuge o, en su caso, la persona a la que se halle unido por análoga relación, así como los hijos si los hubiere. * En el caso de divorcio, separación legal o de hecho de los padres no se considerará miembro computable aquél de ellos que no conviva con el solicitante, sin perjuicio de que en la renta familiar se incluya su contribución económica. Tendrá, no obstante, la consideración de miembro computable, en su caso, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación, cuyas rentas y patrimonio familiares se incluirán dentro del cómputo de la renta familiar. Para la valoración de este apartado se ha de presentar la última declaración de la renta de cada uno de los miembros computables que tengan ingresos de la unidad familiar. En caso de no estar obligado, si así lo considera, se debe autorizar a la Delegación de Igualdad, Juventud y Relaciones con la Comunidad Universitaria para recabar datos sobre las imputaciones tributarias (I.R.P.F.) a la Agencia Tributaria Estatal (Anexo IV). De no aportarse estos documentos se valorará este apartado con 0 puntos. Zona de residencia. Total 3 puntos. • Domicilio habitual en una de las zonas declaradas de Actuación Preferente por la Junta de Andalucía: 3 puntos. • Otras zonas de Sevilla: 2 puntos.

Lunes 20 de junio de 2016

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 141 15

Las zonas de Actuación Preferente son: — El Vacie. — Torreblanca. — Tres Barrios-Amate (Cerro-Amate, Los Pajaritos, Santa Clara, Atlántico y Cantábrico). — Sur (Avda. de la Paz, Polígono Sur Ntra. Sra. De la Oliva, Las Letanías. — Norte (La Bachillera, El Cerezo, El Torrejón, Hermandades, la Carrasca, La Palmilla, Doctor Marañón, La Paz, Las Golondrinas, Las Avenidas, Los Príncipes, La Fontanilla, Polígono Norte, Santa Justa y Rufina, Parque Miraflores y Villegas. Total de puntos a obtener en esta baremación: 10 puntos. Terminada la valoración, se expondrán las relaciones de solicitantes con su puntuación total provisional en el tablón de edictos Electrónicos de la página Web del Ayuntamiento y en el tablón de anuncios del Servicio de Juventud, abriéndose un plazo de diez días para la presentación de eventuales reclamaciones, en la forma establecida en el art. 24.4 de la Ley General de Subvenciones. Resueltas las posibles reclamaciones se procederá, en caso de que se viera afectada la lista provisional, a elaborar la propuesta de lista definitiva de puntuaciones obtenidas clasificadas de mayor a menor puntuación. En caso de empate en esta clasificación, se procederá a sorteo entre los grupos de la misma puntuación por la Comisión de Valoración para elaborar dicha lista, que se publicará en el tablón de edictos Electrónicos Municipal. En un plazo de diez días, el interesado deberá formular la aceptación (Anexo V), junto con los datos bancarios (Anexo VI). Noveno: Resolución y publicación de las listas definitivas. Analizadas por la Comisión de Valoración las alegaciones presentadas, el órgano instructor formulará propuesta de resolución definitiva, que incluirá la relación de solicitantes para los que se propone la ayuda de 100 euros para la adquisición de libros, los solicitantes excluidos y la lista de espera a la Delegada de Igualdad, Juventud y Relaciones con la Comunidad Universitaria para su aprobación por la Junta de Gobierno. La resolución con la lista definitiva será publicada en el tablón de edictos Electrónicos Municipal y en el tablón de anuncios del Servicio de Juventud sito en Plaza Monte Pirolo s/n, 1.ª planta, 41010 Sevilla, en los términos previstos en el artículo 59.6 b) de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sustituyendo dicha publicación a la notificación personal y surtiendo sus mismos efectos. Décimo: Criterios de exclusión. Quedan excluidas aquellas solicitudes: 1. Que habiéndose requerido para su subsanación, ésta no se cumplimentase en los términos exigidos. 2. No estar al corriente de las obligaciones tributarias. 3. No haber presentado el documento de aceptación y el modelo de Registro de Terceros designando cuenta bancaria dentro del plazo establecido. Undécimo: Justificación. La cantidad concedida deberá aplicarse exclusivamente para la finalidad para la que ha sido otorgada. La justificación tendrá lugar mediante la presentación, desde el 1 de enero al 1 de abril de 2017, (ambos inclusive), de la correspondiente cuenta justificativa formada por los Anexos VII, VIII, IX y X de la Convocatoria y los siguientes documentos: — Factura acreditativa de la realización del gasto. — Justificante de abono (recibí; fotocopia de talón o movimiento de cuenta bancaria). El gasto deberá efectuarse desde el 19 de marzo al 31 de diciembre de 2016. De conformidad con lo establecido en el art. 6 del Real Decreto 1619/2012, los requisitos mínimos que debe contener una factura son los siguientes: 1. Número de factura y en su caso, serie. 2. La fecha de factura. 3. Nombre y apellidos o Razón Social del empresario que expide la factura y el destinatario. 4. NIF del empresario y del destinatario. 5. Domicilio fiscal del empresario y destinatario. 6. Descripción de la operación. 7. Tipos de IVA aplicable/s. 8. Desglose entre base y cuota de IVA. 9. Fecha de realización de la operación si es distinta a la fecha de expedición de la factura. 10.  En el caso de que se emita una factura exenta o no sujeta a IVA es necesario indicar el precepto de la Ley que lo recoja. En caso de presentarse factura simplificada, al amparo de lo dispuesto en el citado Reglamento, ésta deberá recoger el contenido mínimo señalado en el art. 7 de la referida norma, indicando además el nombre y apellido del destinatario de la operación. De conformidad con el art. 71 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones, cuando se aprecie la existencia de defectos subsanables en la justificación presentada se concederá un plazo de diez días hábiles para su corrección a contar desde la notificación del requerimiento. Transcurrido dicho plazo sin haberse subsanado los errores, se procederá a instruir el correspondiente expediente de reintegro. Asimismo, procederá el reintegro de la cantidad percibida y del correspondiente interés de demora, cuando el beneficiario incumpla la obligación de justificar transcurrido el plazo señalado, cuando la cantidad no se haya aplicado a la finalidad para la que fue concedida y en los demás supuestos previstos en la Ley General de Subvenciones y resto de normativa aplicable. En el supuesto de que la cantidad justificada fuese inferior a la percibida, procederá el reintegro de la cantidad no aplicada (reintegro parcial). Duodécimo: Forma y secuencia del pago. El pago del 100% de la subvención se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta que el solicitante haya facilitado. La materialización del pago tendrá lugar una vez que el órgano competente haya adoptado acuerdo definitivo para la concesión de las subvenciones y la Intervención Municipal realice los trámites oportunos para hacer efectivo el pago. No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro, salvo que se haya aplazado o fraccionado el importe de la deuda o se hubiera acordado su suspensión (art. 10.4 Ordenanza General). No podrá proponerse el pago a beneficiarios que no hayan justificado en tiempo y forma otras subvenciones concedidas con anterioridad por este Ayuntamiento (art. 10.6 Ordenanza General).

16

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 141

Lunes 20 de junio de 2016

Decimotercero: Sometimiento a la convocatoria. La participación en la convocatoria implica la aceptación de la misma en su totalidad. Todas las incidencias no contempladas en la convocatoria serán resueltas por el Instructor de la convocatoria. En todo lo no previsto en esta convocatoria será de aplicación lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ordenanza por la que se aprueban las Bases de las Subvenciones del Ayuntamiento en régimen de concurrencia competitiva de 14 de julio de 2005 en lo que sean compatibles con la naturaleza de las becas. Decimocuarto: Publicidad y tratamiento de datos. El Servicio de Juventud hará la publicidad adecuada para garantizar el régimen de concurrencia competitiva, bajo los principios de publicidad, transparencia, competitividad, objetividad y no discriminación. Así mismo publicitará los resultados de dicha convocatoria en los medios y por los procedimientos que estime oportuno. En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, el Servicio de Juventud informa que los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de la solicitud podrán ser incorporados para su tratamiento a un fichero automatizado de datos, declarado e inscrito ante la Agencia Española de Protección de datos, cuyo responsable es el propio Servicio de Juventud, con la finalidad de tramitar su inscripción y participación en este programa, así como realizar las estadísticas correspondientes y a efectos de difusión de la información generada por el mismo. Al inscribirse en esta convocatoria, el participante consiente expresamente en el tratamiento antes descrito. Puede ejercerse el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante correo electrónico dirigido a la siguiente dirección programas. [email protected], o bien por escrito, dirigido al Servicio de Juventud, junto con una fotocopia de su DNI, a través del Registro General, sito en Prado de S. Sebastián 1, Edificio de la Estación de Autobuses, 41004 Sevilla y demás registros. Anexo I Número de solicitud … Solicitud de ayudas a la promoción de la lectura entre la juventud. 1. Datos del solicitante: (Mayores de edad o tutores legales de los menores). Primer apellido: … Segundo apellido: … Nombre: … D.N.I/pasaporte: … Fecha de nacimiento: … Domicilio (calle, plaza y número): … C.P.: … Teléfono fijo: … Teléfono móvil: … E-mail: … 2. Datos del/la menor de edad. Primer apellido: … Segundo apellido: … Nombre: … D.N.I/pasaporte: … Tfno. Móvil: … E-mail: … 3. Documentación general a presentar por el interesado/a: — Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte o tarjeta de residencia, en vigor. En caso de menores, también Fotocopia del DNI del menor. — Certificado oficial de empadronamiento colectivo, actualizado o autorización para recabar datos del Padrón Municipal (anexo I (2)). — Anexo II Declaración Responsable y Autorizaciones. — Anexo III Autorización notificaciones vía Fax o correo electrónico. — Anexo IV Autorización para recabar datos sobre imputaciones tributarias IRPF. El/la abajo firmante como interesado/a, o en su caso, como representante legal arriba indicado, solicita participar en este programa de ayudas para promoción de la lectura entre la juventud, aceptando las normas que rigen el mismo. Así mismo, declara que son ciertos los datos consignados en ella, asumiendo en su totalidad el cumplimiento de las obligaciones que legalmente le corresponden, aceptando las normas del programa. En Sevilla, a … de … de 2016. Firma del/la interesado/a o representante legal: … . Los datos personales contenidos en este impreso podrán ser incluidos en un fichero para su tratamiento por la Delegación de Igualdad, Juventud y Relaciones con la Comunidad Universitaria del Excelentísimo Ayuntamiento de Sevilla, en el uso de las funciones propias que tiene atribuidas en el ámbito de sus competencias, pudiendo dirigirse a cualquier órgano de la misma para ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición, según lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter Personal («Boletín Oficial del Estado» núm. 298, de 14 de diciembre de 1999). Ilma. Teniente de Alcalde. Delegada de Igualdad, Juventud y Relaciones con la Comunidad Universitaria

Anexo I (2) Autorización al Área de Igualdad, Juventud y Relaciones con la Comunidad Universitaria del Ayuntamiento de Sevilla para recabar datos del padrón municipal D/D.ª … con DNI: …, y domicilio en … Autorizo a la Delegación de Igualdad, Juventud y Relaciones con la Comunidad Universitaria del Ayuntamiento de Sevilla, a solicitar del Servicio de Estadística Municipal los datos relativos a su situación personal y familiar en el Padrón Municipal de Habitantes del Ayuntamiento de Sevilla, para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos para obtener, percibir y mantener la subvención y/o ayuda solicitada. Sevilla, a … de … de 2016. Fdo.: … Nota: La autorización concedida por cada firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido a la ilustrísima Teniente de Alcalde Delegada de Igualdad, Juventud y Relaciones con la Comunidad Universitaria. Anexo II Declaración responsable y autorizaciones para recabar datos sobre obligaciones tributarias D/D.ª … con DNI: …, y domicilio en … Declaro bajo mi responsabilidad que no estoy incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones y en especial declaro no ser deudor de ningún Organismo Oficial de ámbito local, autonómico ni estatal y autorizo a la Delegación de Igualdad, Juventud y Relaciones con la Comunidad Universitaria del Ayuntamiento

Lunes 20 de junio de 2016

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 141 17

de Sevilla, a solicitar de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Tesorería Municipal de los datos relativos al cumplimiento de sus obligaciones tributarias para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos para obtener, percibir y mantener la subvención y/o ayuda. La presente autorización se otorga en aplicación de lo dispuesto en la disposición Adicional Cuarta de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, por la que se permite, previa autorización del interesado, la cesión de los datos tributarios que precisen las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones. Sevilla, a … de … de 2016. Fdo.: … Nota: La autorización concedida por cada firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido a la ilustrísima Teniente de Alcalde Delegada de Igualdad, Juventud y Relaciones con la Comunidad Universitaria. Anexo III Autorización de notificaciones vía correo electrónico D/D.ª … con DNI … Declaro que en el presente procedimiento las notificaciones de cualquier acto que se dicten en el mismo y que se dirijan a mi persona, podrán efectuarse por correo electrónico a la dirección: … Entendiéndose que si el envío de correo electrónico resulta positivo, se entenderá el acto notificado y surtirá todos los efectos previstos en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Sevilla, a … de … de 2016. Fdo.: … Autorización (en caso de estar interesado/a). Autorizo al Servicio de Juventud para que me sea remitida información de otras actividades organizadas por la Delegación de Igualdad, Juventud y Relaciones con la Comunidad Universitaria del Excelentísimo Ayuntamiento de Sevilla, de otras Delegaciones Municipales y/o de otros Organismos públicos oficiales. Nombre y Apellidos: … DNI: … e-mail: … Sevilla, a … de … de 2016. Fdo.: … Anexo IV Autorización para recabar datos sobre imputaciones tributarias (IRPF) (a suscribir por todos los miembros de la unidad familiar) D/D.ª … con DNI: …, y domicilio en … D/D.ª … con DNI: …, y domicilio en … D/D.ª … con DNI: …, y domicilio en … Autorizo a la Delegación de Igualdad, Juventud y Relaciones con la Comunidad Universitaria del Ayuntamiento de Sevilla, a solicitar de la Agencia Estatal de Administración Tributaria los datos relativos a las Imputaciones Tributarias para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos para obtener, percibir y mantener la subvención y/o ayuda del Programa de Ayudas para la Promoción de la Lectura entra la Juventud. La presente autorización se otorga exclusivamente a efectos del reconocimiento, seguimiento y control, en aplicación de lo dispuesto en la Orden aplicación de lo dispuesto en la Orden de 18 de noviembre de 1999 por la que se regula el suministro de información tributaria de las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones. Sevilla, a … de … de 2016.—Fdo.: … Fdo.: … Fdo.: … Nota: La autorización concedida por cada firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido a la ilustrísima Teniente de Alcalde Delegada de Igualdad, Juventud y Relaciones con la Comunidad Universitaria. Anexo V Documento aceptación D./D … e-mail … En calidad de representante legal del o la menor … con CIF: … y domicilio: … Teléfono: … Declaro por el presente documento:  Aceptar.  No aceptar. La ayuda propuesta por el órgano instructor, consistente en 100 euros para la adquisición de libros, condicionado a su aprobación por la Junta de Gobierno Local del Excelentísimo Ayuntamiento de Sevilla, aceptando todas y cada una de las obligaciones inherentes a su concesión, y posterior justificación. Sevilla, a … de … de 2016.—El/La interesado/a o representante legal, Fdo.: … DNI: … Anexo VI Registro de terceros designación de cuenta bancaria Titular de la cuenta (en caso de menores, el representante legal). DNI: … Apellidos y nombre: … Domicilio: … Municipio: … Provincia: … Código postal: … Teléfono móvil: … Teléfono fijo: …

18

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 141

Lunes 20 de junio de 2016

Datos bancarios: IBAN

Código entidad

Código Sucursal

D.C.

Número de cuenta

Firma y sello del Banco o Caja: Certificando la existencia de la cuenta, Fdo.: … Fecha: … Firma del/la titular: Fdo.: … — La presentación de esta declaración ante la Tesorería Municipal es requisito imprescindible para ordenar pagos a favor de las personas o entidades que se relacionan por primera vez con el Ayuntamiento de Sevilla y también si desean modificar los datos existentes para cobrar a través de otra entidad. Anexo VII Cuenta justificativa D./Dña. … e-mail … Con DNI … a la que el Excelentísimo Ayuntamiento de Sevilla le concedió subvención por importe de 100 euros para la adquisición de libros, deposita la cuenta justificativa y facturas de los gastos correspondientes a la misma, elevándose los gastos totales a justificar a la cantidad de (expresar en cifras y letras) … Sevilla, a … de … de … Sello, firma, nombre apellidos y DNI Anexo VIII (Incluya y enumere el número de página que considere oportuno) Relación de facturas: Nombre y apellidos del beneficiario: Importe concedido: 100 euros. Relación facturas que se adjuntan: Fecha

Nombre de la empresa y NIF

Importe

Descripción del gasto

… … … … … … … … … … … … … … … … Anexo IX (Incluya y enumere el número de página que considere oportuno) Documentos de abonos efectivos Nombre y apellidos del beneficiario: … Importe concedido: … Relación de documentos de abonos efectivos que se adjuntan: Documento aportado: Fecha Número de talón / transferencia bancaria/ recibí … …

Importe …

Descripción del gasto …

Anexo X Declaración responsable D/D.ª … e-mail … con domicilio en … y con CIF: …, declara bajo su responsabilidad que la cantidad recibida por importe de 100 euros, correspondiente al expediente número …… del Servicio de Juventud, para la adquisición de libros, ha sido aplicada íntegramente a la finalidad para la que se concedió la subvención. Sevilla, a … de … de … Fdo.: Lo que se comunica para general conocimiento. En Sevilla a 13 de junio de 2016.—La Jefa de Servicio de Juventud, Concepción Baus González. 4W-4312 ———— SEVILLA Gerencia de Urbanismo El Consejo de Gobierno de la Gerencia de Urbanismo, en sesión celebrada el 19 de mayo de 2016, se ha servido aprobar una propuesta del Sr. Gerente que literalmente dice así: «La Gerencia de Urbanismo, en virtud del artículo 4.2.ñ, v y z, de sus Estatutos, tiene atribuida la competencia para ejercer las funciones de policía de edificación, en particular cuanto concierne a la obligación de conservación de edificios, al régimen de declaración de ruina de los mismos, así como la gestión del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, correspondiéndole, en general, el control del cumplimiento de los deberes urbanísticos en los plazos que la Ley y, en su caso, el planeamiento o la Ordenanza Municipal establecen, asumiendo a tales efectos todas las facultades que las disposiciones reguladoras atribuyen a los Ayuntamientos.

Lunes 20 de junio de 2016

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 141 19

Por el Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos, se tramita el expediente relativo a la finca sita en la C/ Fernando IV n.º 20 de esta ciudad, que fue incluida en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas por acuerdo de la Comisión Ejecutiva de 28 de enero de 2015, en virtud de la declaración de edificación deficiente, y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 150.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación y artículos 2.4 y 3.3 de la Ordenanza Reguladora del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, advirtiéndole del plazo de un año para el cumplimiento del deber de edificar/restaurar. Dicho acuerdo es firme en vía administrativa, sin que conste interpuesto recurso jurisdiccional, habiéndose practicado nota al margen de la inscripción 11ª de la finca 2.371 del Registro de la Propiedad n.º 2 de Sevilla. Una vez transcurrido este último plazo para el cumplimiento del citado deber sin que por la propiedad se hubiese solicitado ni tan siquiera la preceptiva licencia de obras, se inició mediante resolución del Gerente de Urbanismo 1345 de fecha 11 de marzo de 2016 el procedimiento para la declaración del incumplimiento del deber de edificar y la opción de venta forzosa para su ejecución por sustitución. Notificada dicha resolución a la entidad titular registral de la presente finca -la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, S.A., Sareb- en fecha 31 de marzo de 2016, y efectuadas las publicaciones previstas en el artículo 15 en relación con el 25 del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa, no se han presentado alegaciones. En consecuencia, procede que por el órgano competente se declare el incumplimiento de este deber urbanístico y, conforme al artículo 150.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, optar por la colocación del inmueble en situación de venta forzosa para su ejecución por sustitución del propietario incumplidor, habiéndose de iniciar, de oficio o a instancia de parte, el correspondiente concurso público. Por todo ello, el Gerente que suscribe en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 27.33º de los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo es de parecer y así se honra en proponer la adopción de los siguientes acuerdos: Primero.— Declarar el incumplimiento del deber de edificar para la finca con edificación deficiente que se describe a continuación, de conformidad con lo dispuesto con el artículo 150.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Expte. 5/2014 R.M.S. Situación: C/ Fernando IV n.º 20. Descripción: Urbana.— Edificio de tres plantas, señalado con el número veinte de la calle Fernando IV de esta ciudad. Se comprende de planta baja, planta principal y planta segunda. La planta baja está compuesta de zaguán de entrada y arranque para las plantas superiores, garaje y local comercial, con entrada totalmente independiente. Tiene una extensión superficial de ciento ochenta metros cuadrados, aproximadamente. La planta principal se compone de hall de entrada, sala, comedor-estar, cuatro dormitorios, cocina, despensa y lavadero, y está dotada de una terraza. Mide la superficie de ciento ochenta metros cuadrados aproximadamente. La planta segunda se compone de un castillete de salida a la azotea. Su superficie es de dieciocho metros cuadrados, aproximadamente. Sus linderos son: Por su frente, a la calle de su situación; por la derecha, con la casa señalada con el número dieciocho; por la izquierda, con la casa señalada con el número veintidós, ambas de la propia calle Fernando IV, y por el fondo, con patios de un inmueble de calle Padre Damián. Referencia catastral: 4507111TG3440N0002pe. Titular registral: Sareb. Titular catastral: Liberbank, S.A. Cargas: No constan. Arrendamientos: No constan. Inscripción registral: Registro de la propiedad n.º 2, finca n.º 2371, tomo 1.573, libro 964, folio 92. Clasificación y calificación: Urbano consolidado. Edificación en manzana (M). Inscripción en el libro del registro municipal de solares y edificaciones ruinosas: Libro n.º 40, folios 177 a 184, finca n.º 1.178. Segundo.— Optar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por la venta forzosa del inmueble para su ejecución por sustitución del propietario incumplidor. Tercero.— Notificar y publicar los presentes acuerdos de conformidad con los artículo 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 15.1.c), 15.2 y 25.2 del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares y expedir certificación de los mismos para su remisión al Registro de la Propiedad, a los efectos de que se practique la anotación registral procedente, en virtud de los artículos 87 y ss. del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio. Cuarto.— Comunicar a la propiedad de la finca que tras la entrada en vigor el pasado 24 de septiembre de 2012 de la nueva redacción del artículo 18 de la Ordenanza Reguladora del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla n.º 201 de fecha 8 de septiembre de 2012, una vez declarado el incumplimiento del deber de edificar/rehabilitar, y antes de la convocatoria del concurso público para la venta forzosa, mediante Convenio entre el Ayuntamiento y el propietario se podrá permitir por parte de éste su edificación siempre que la asuma con compromisos de plazos ciertos para su ejecución. El incumplimiento de los plazos establecidos para el inicio y terminación de las obras de edificación o rehabilitación en el citado Convenio será constitutivo de infracción urbanística grave en los términos y con las consecuencias sancionadoras previstas en el art. 78.3.b) del Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía (Decreto 60/2010, de 16 de marzo). Quinto.— Facultar ampliamente al Teniente Alcalde Delegado de Hábitat Urbano, Cultura y Turismo y al Gerente que suscriben, para la ejecución de los anteriores acuerdos, indistintamente y con carácter solidario, en el ámbito de sus respectivas competencias.» Lo que se hace público para general conocimiento de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 15.1 c) y d), en relación con el 15.2 y 25.2 del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro de Solares. Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Igualmente podrán interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus derechos. Sevilla a 27 de mayo de 2016.—El Secretario de la Gerencia, P.D. La Jefe del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos (Resolución n.º 658, de 22 de febrero de 2007, completada el 14 de julio de 2015), María Luisa Arcos Fernández. 6W-3902

20

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 141

Lunes 20 de junio de 2016

AGUADULCE Por el presente, se expone al público por plazo de quince días la modificación de la plantilla de personal del Ayuntamiento de Aguadulce aprobada inicialmente por acuerdo Plenario de fecha 26 de mayo de 2016, consistente en amortización de plaza de personal laboral fijo, Limpiadora, vacante en la plantilla de personal desde 2001. La documentación se encuentra a disposición de los interesados en Secretaría Intervención, Casa Consistorial, Plaza Ramón y Cajal número 1. Lo que se hace público a efectos de que por los interesados presenten las reclamaciones que estimen procedentes, dentro del plazo indicado. En el supuesto de que no se presentare ninguna alegación, el acuerdo se entenderá definitivamente aprobado. En Aguadulce a 3 de junio de 2016.—La Alcaldesa-Presidenta, Estrella Montaño García. 4W-4017 ———— BURGUILLOS Don Valentín López Fernández, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de esta villa. Hace saber: Que no habiéndose podido llevar a cabo notificación conforme a lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, por mantenerse ausentes de sus domicilios en horas de reparto o ser desconocidos en los mismos, por medio del presente edicto se hace pública la notificación de dichos expedientes, haciéndose constar que para conocimiento íntegro de las mismas, el expediente que se cita obra en el Área de Urbanismo, plaza de la Constitución Española n.º 1. — Interesados/as: «Nuevo Burguillos Procon», S.L.; «Atema», S.L.; doña Silvia Noguerol Reina, don Esteban Luis Soriano Valdés, don Cristiliano Romero Campo, doña Sandra Ortiz Suárez, don Javier Blanco Burgos, doña M.ª del Coral Ortega Chavero, don Félix Márquez Valero, doña M.ª Nieves Ramos Donderi, don Juan Rosado Melgar, don Francisco Antonio Moreno Bautista y don Jonathan González Figueroa. Acto que se notifica: Comunicación de tramitación de la modificación puntual n.º 1 del sector PP-OE-R3. Mediante acuerdo de Pleno de fecha 15 de enero de 2015, se aprobó inicialmente el documento de modificación n.º 1 del PPOE-R3, que afecta al artículo 20, redactado por el Arquitecto don Francisco Martínez Ávila y promovido a instancia del Ayuntamiento de Burguillos. Asimismo, se acordó la apertura del trámite de información pública durante el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la notificación. Durante dicho período quedará el expediente a disposición pública para su examen. A estos efectos el documento de Modificación Puntual podrá ser examinado en las dependencias municipales, en el Departamento de Urbanismo, de lunes a viernes, en horario de 10.00 a 13.30, a fin de que los interesados puedan presentar sugerencias y alegaciones. El presente documento fue publicado en el «Boletín Oficial» de la provincia en fecha 30 de enero de 2015 y en el periódico «ABC» en fecha 2 de febrero de 2015. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999), se inserta el presente anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia y se hace público en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento durante el plazo de quince días habiles, para que sirva de notificación personal en legal forma a los interesados «Nuevo Burguillos Procon», S.L.; «Atema», S.L.; doña Silvia Noguerol Reina, don Esteban Luis Soriano Valdés, don Cristiliano Romero Campo, doña Sandra Ortiz Suárez, don Javier Blanco Burgos, doña M.ª del Coral Ortega Chavero, don Félix Márquez Valero, doña M.ª Nieves Ramos Donderi, don Juan Rosado Melgar, don Francisco Antonio Moreno Bautista y don Jonathan González Figueroa, ya que el último domicilio a efectos de notificaciones es ausente en reparto, y a cualquier otra persona que tenga la calidad de interesada en el procedimiento. Asimismo, se advierte a los interesados que, si transcurrido quince días hábiles desde la publicación del presente anuncio sin personarse el interesado o su representante en el expediente, se le tendrá por notificado a todos los efectos legales desde el día siguiente del vencimiento de dicho plazo para comparecer. Burguillos a 9 de junio de 2016.—El Alcalde, Valentín López Fernández. 7W-4214 ———— CORIA DEL RÍO Por resolución del señor Concejal–Delegado de Hacienda, Régimen Interior y Dehesa del Ayuntamiento de Coria del Río número 1334/2016, de 3 de junio y 1335/2016, de 3 de junio, han sido aprobados, respectivamente, los siguientes padrones para el ejercicio 2016: 1. Padrón tasa por entradas de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo. 2. Padrón tasa ocupación de terrenos por quioscos. Durante el plazo de un (1) mes, contado desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, los citados padrones fiscales podrán ser examinados en el departamento de rentas de este Ayuntamiento. Contra los padrones fiscales y las liquidaciones a él incorporadas se podrá interponer recurso de reposición, previo al recurso contencioso-administrativo, ante el órgano que los ha aprobado en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente al de la finalización del periodo de exposición pública a que se refiere este anuncio, de conformidad con lo establecido en los artículos 14.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, 52 y 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El periodo voluntario de pago de estos tributos es desde el 1 de septiembre hasta el 4 de noviembre de 2016. Lo que se hace público a los efectos de notificación colectiva a los contribuyentes u obligados al pago del referido tributo, y para general conocimiento. Coria del Río a 8 de junio de 2016.—El Alcalde-Presidente, Modesto González Márquez. 4W-4174

Lunes 20 de junio de 2016

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 141 21

CORIPE Presentada renuncia por don Antonio Javier Mateos Rojas, Juez de Paz sustituto de esta localidad y para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 101 y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículos 5.1 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, por medio de la presente se concede un plazo de quince días hábiles para que todos los interesados que cumplan con los requisitos establecidos formulen su solicitud ante este Ayuntamiento, haciendo constar que el expediente completo se encuentra en las dependencias de la Secretaría, donde podrá ser examinado. A la solicitud deberá acompañarse la siguiente documentación: • Fotocopia compulsada del DNI. • Certificado de antecedentes penales. • Certificado médico de no padecer enfermedad que le incapacite para el ejercicio del cargo de Juez de Paz. • Declaración jurada de no estar incurso en causas de incapacidad o incompatibilidad. Lo que se hace público para general conocimiento. En Coripe a 7 de junio de 2016.—El Alcalde-Presidente, Antonio Pérez Yázquez. 4W-4113 ———— EL CUERVO DE SEVILLA En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 12 de mayo de 2016, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 3/2016, que se hace público resumido por capítulos: Aplicación

Descripción

87000 04.011.91301

Remanente Tesorería para gastos generales 589.090,63 € Amortización préstamos a L/P

Ingresos

Gastos

589.090,63 €

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado. En El Cuervo de Sevilla a 10 de junio de 2016.—El Alcalde, Francisco Cordero Ramírez. 7W-4277 ———— HUÉVAR DEL ALJARAFE Doña Áurea María Borrego Moreno Alcaldesa-Presidenta del Excelentísimo Ayuntamiento de esta villa. Hace saber: Que en la comisión celebrada el día 3 de mayo de 2016, por el Tribunal Superior de Justicia, se acuerda aceptar la renuncia formulada por el Juez de Paz titular, declarando su cese, conforme al art. 28.1 b) del Reglamento número 3/95, de 7 de junio, de los Jueces de Paz. Corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir a la persona para ser nombrada Juez de Paz de este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículos 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz. Se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas y reúnan las condiciones legales, lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía. En la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, etc. Caso de no haber solicitantes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el acuerdo al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción. Lo que se publica para general conocimiento. En Huévar del Aljarafe a 30 de mayo de 2016.—La Alcaldesa, Áurea María Borrego Moreno. 4W-3983 ———— LOS PALACIOS Y VILLAFRANCA Aprobado mediante decreto de Alcaldía de fecha 31 de mayo de 2016, expediente y pliego de condiciones administrativas particulares, en relación con procedimiento abierto y concurso público de la explotación de bar ambigú sito Apeadero de Autobuses sito en avenida de Cádiz de Los Palacios y Villafranca, por el presente se solicita se someta a información pública, durante el plazo de veinte días, al objeto de su conocimiento general y, en su caso, formulación de las reclamaciones oportunas. Los Palacios y Villafranca a 31 de mayo de 2016.—El Alcalde, Juan Manuel Valle Chacón. 4W-4038 ———— PALOMARES DEL RÍO Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de mayo de 2016, aprobó inicialmente la «derogación de la Ordenanza reguladora del registro de uniones de hecho del Ayuntamiento de Palomares del Río», en el ejercicio de las competencias atribuidas por los artículos 22.2 d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 55 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local.

22

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 141

Lunes 20 de junio de 2016

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se abre un periodo de información pública por plazo de treinta días, durante el cual el expediente quedará a disposición de cualquiera que quiera examinarlo, pudiendo ser presentadas las alegaciones pertinentes. En Palomares del Río a 30 de mayo de 2016.—La Secretaria General, Inés Piñero González–Moya. 8W-3848 ———— LA PUEBLA DE CAZALLA Corrección de errores Don Antonio Martín Melero, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa. Hace saber: Que por esta Alcaldía-Presidencia, en el expediente que se tramita para la convocatoria de cuatro subvenciones de Residencia Artística en La Puebla de Cazalla, con fecha 26 de mayo de 2016, ha dictado la resolución número 507/2016, que dice como sigue: «En La Puebla de Cazalla, a fecha de firma electrónica. Dada cuenta del expediente que se tramita para la convocatoria de cuatro subvenciones de Residencia Artística destinadas al fomento del arte y la cultura en su dimensión más social, como base integradora y de acercamiento a la población, que se desarrollarán en este Ayuntamiento. Resultando: — Que, la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en la sesión celebrada con carácter ordinario el pasado día 3 de marzo de 2016, acordó convocar la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de cuatro subvenciones de Residencia Artística a desarrollar en los departamentos del Centro Ocupacional y Museo de Arte Contemporáneo José María Moreno Galván de este Ayuntamiento, así como las bases por las cuales se regirá la convocatoria. — Que en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla número 80, de 8 de abril de 2016, tuvo lugar la publicación del anuncio de la convocatoria y las bases que fueron aprobadas por la Junta de Gobierno Local con fecha 3 de marzo de 2016. — Que, por los Sres. Concejales delegados de Cultura y Servicios Locales de este Ayuntamiento, teniendo en cuenta la tardía publicación del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial» de la provincia, que impiden el poder cumplir los plazos establecidos para la resolución de la concesión de las subvenciones, se ha propuesto a esta Alcaldía acuerde la modificación del plazo de ejecución del Proyecto de Residencia Artística, que estaría comprendido entre los días 15 de junio y 15 de julio, ambos inclusive, del presente año 2016. Visto lo anterior, el decreto de esta Alcaldía número 795/2015, de 2 de julio de 2015, por el que se acordó delegar en la Junta de Gobierno Local las competencias de la Alcaldía para incoar los procedimientos para otorgar subvenciones, premios y becas, así como su concesión, incluyendo la autorización del gasto y el reconocimiento de las obligaciones de ellas derivadas, y Considerando lo establecido en las Bases del Concurso, he resuelto: Primero.—Rectificar las bases de la convocatoria para la concesión de subvenciones de Residencia Artística en este Ayuntamiento, que fueron aprobadas por la Junta de Gobierno Local en la sesión celebrada el pasado día 3 de marzo de 2016, y publicadas en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla número 80, de 8 de abril de 2016, en el sentido siguiente: Base primera.—Objeto. Donde dice: «durante el mes de junio de 2016», debe decir: «durante el periodo comprendido entre el 15 de junio y el 15 de julio, ambas fechas inclusive, del año 2016.» Base tercera.­—Financiación. Donde dice: «para la realización del proyecto durante el mes de junio de 2016», debe decir: «para la realización del proyecto en el periodo comprendido entre el 15 de junio y el 15 de julio, ambas fechas inclusive, del año 2016» Décima.—Condiciones y desarrollo de la estancia de los artistas seleccionados. Donde dice: «Los cuatro artistas seleccionados convivirán durante el mes de junio en La Puebla de Cazalla», debe decir: «Los cuatro artistas seleccionados convivirán durante el periodo de ejecución del proyecto en La Puebla de Cazalla (Sevilla)». Donde dice: «Durante el proceso de subvención, en el último tramo del mes de junio se organizarán unas jornadas de puertas abiertas», debe decir «Durante el proceso de subvención, en la semana del 11 al 15 de julio se organizarán unas jornadas de puertas abiertas». Segundo.—Proceder a la publicación de dichas rectificaciones en el «Boletín Oficial» de la provincia. Tercero.—Dar cuenta de esta resolución a la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento en la próxima sesión que celebre para su ratificación. Cuarto.—Dar cuenta de esta resolución a las Concejalías de Cultura y Servicios Sociales, así como a la Intervención Municipal de Fondos y Tesorería Municipal a los efectos oportunos. Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente, lo que como Secretario certifico a los efectos de fe pública.» Lo que se hace público para general conocimiento. La Puebla de Cazalla a 27 de mayo de 2016.—El Alcalde-Presidente, Antonio Martín Melero. 4W-3997 ———— TOMARES Anuncio para la licitación de la contratación de la prestación del servicio de edición integral (diseño, edición, montaje, e impresión) de un periódico de información local.  1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Ayuntamiento de Tomares. b) Dependencia que tramita el expediente: Vicesecretaría General/Contratación.

Lunes 20 de junio de 2016

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 141 23

c) Órgano gestor: Delegación de Presidencia, Seguridad Ciudadana, Comunicación y Protección Civil. d) Obtención de documentación e información: — Entidad: Ayuntamiento de Tomares. — Domicilio: Calle De la Fuente n.º 10. — Localidad y código postal: 41940 Tomares (Sevilla). — Teléfono: 954-159210. — Telefax: 954-153854. — Correo electrónico: [email protected]. — Dirección de Internet del perfil del contratante: www.tomares.es/servicios de interés/perfil de contratante. — Fecha límite de obtención de documentos e información: 10 días antes al de la finalización del plazo establecido en la publicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia. e) Número de expediente: PEA 11/2016.  2. Objeto del contrato: a) Tipo: Servicios. b) Descripción del objeto: Prestación del servicio de edición integral (diseño, edición, montaje e impresión) de un periódico de información local. c) División por lotes y/o número: No procede. d) Lugar de ejecución/entrega: Término municipal de Tomares. e) Plazo de ejecución: Un (1) año. El plazo se computará a partir del día siguiente a la formalización del contrato en documento administrativo. f) Admisión de prórroga: Sí, hasta un (1) año de duración. g) Establecimiento de un acuerdo marco: No. h) Sistema dinámico de adquisición: No. i) CPV (referencia de nomenclatura): 79810000-5 Servicios de Impresión; 79810000-2 Servicios de Impresión y Servicios Conexos; categoría 15 servicios editoriales y de imprenta, por tarifa o por contrato, del Anexo II del TRLCSP.  3. Tramitación y procedimiento: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Subasta electrónica: No. d) Criterios de adjudicación: — Proposición económica: Hasta 60 puntos. — Memoria técnica: Hasta 25 puntos. — Memoria de mejoras: Hasta 15 puntos.  4. Valor estimado del contrato: 112.000,00 €, excluido IVA.  5. Presupuesto base de licitación: a) Importe neto máximo del servicio: 56.000,00 €, IVA excluido. b) Total: 67.760,00 €, IVA incluido.  6. Garantías: a) Garantía provisional: 1.120,00 €. b) Garantía definitiva: 5% del precio de adjudicación, excluido el impuesto sobre el valor añadido (IVA).  7. Requisitos específicos del contratista. Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: Los establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP).  8. Presentación de las ofertas: a) Fecha límite de presentación: Veinte (20) días naturales, contados a partir del siguiente a aquel en que se publique el anuncio de licitación del contrato en el «Boletín Oficial» de la provincia (BOP). No obstante, si el último día de presentación de proposiciones fuera sábado o festivo, el plazo de finalización se trasladará al primer día hábil siguiente. En todo caso, el último día del plazo de presentación será hasta las 14.00 horas. b) Modalidad presentación: Según Anexo I del PCAP. c) Documentación que integrará las ofertas: Sobres 1, 2 y 3, en la forma que se indica en la cláusula 9.ª del pliego de cláusulas administrativas (PCAP). d) Lugar de presentación: — Dependencia: Registro del Ayuntamiento de Tomares. El horario del Registro General es el publicado en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla n.º 69, de 23 de marzo de 2012. — Domicilio: Calle de la Fuente n.º 10. — Localidad y código postal: 41940 Tomares (Sevilla). e) Admisión de variantes, si procede: Variantes, no; mejoras, sí. f) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: 2 meses, a partir de la fecha de apertura de las proposiciones.  9. Apertura de las ofertas: a) Entidad: Ayuntamiento de Tomares. b) Domicilio: Calle de la Fuente n.º 10.

24

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 141



Lunes 20 de junio de 2016

c) Localidad: 41940 Tomares (Sevilla). d) Hora y fecha: Sesión no pública el 3.er día hábil posterior al último de la presentación de ofertas.

10. Gastos de anuncios: Todos los gastos de publicación, y otros de formalización que así lo estimara conveniente el licitador, serán por cuenta del adjudicatario. Tomares a 6 de junio de 2016.—El Alcalde, José Luis Sanz Ruiz. 7W-4103-P ———— VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN De conformidad con lo dispuesto en los arts. 59.4 y 61 de la Ley 30/92 , de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación sobre notificación de inicio de expedientes sancionadores instruidos por la Policía Local del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar. Los correspondientes expedientes obran en el Departamento de Sanciones del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción, ante los cuales les asisten el derecho de interponer recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto que se impugna, dentro del plazo de un mes, contado desde el siguiente al de la publicación del presente en el «Boletín Oficial» de la provincia. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular las alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, se dictarán las oportunas resoluciones. Expte. 6/16. Denunciada: Pasky-Susan S.L. Identificación: B71183966. Domicilio: C/ Plaza San Francisco, 2 Olite 31390 Navarra. Fecha: Denunciada 21 de noviembre de 2015. Cuantía: 200 euros. Precepto R.G.C u Ordenanzas municipales. Art. 94, opc. 5X. En Valencina de la Concepción a 10 de marzo de 2016.—El Alcalde, Antonio M. Suárez Sánchez. 2W-1832 ———— VILLAVERDE DEL RÍO En el Negociado de Estadística del Ayuntamiento de Villaverde del Río (Sevilla) se tramita expediente para la baja de oficio en el Padrón de Habitantes (artículo 72 RPDTCL) de la persona que a continuación se indica, por no residir en el domicilio que se indica o en el municipio. Ante la imposibilidad de realizar la notificación de forma directa y al desconocerse su domicilio actual, se hace público este anuncio durante quince días, para su conocimiento, y para que manifieste su conformidad con la baja, indicando, en su caso, el nuevo domicilio donde reside habitualmente, en donde habrá de solicitar el alta en su padrón si se trata de otro municipio. Nombre y apellidos: José Luis Moreno Cortés. DNI: 34.591.761-Z. Último domicilio: Bda. Aguas Santas n.º 24. Villaverde del Río a 16 de mayo de 2016.—El Alcalde, José María Martín Vera. 7W-3563

TASAS CORRESPONDIENTES AL «BOLETÍN OFICIAL» DE LA PROVINCIA DE SEVILLA

Inserción anuncio, línea ordinaria . . . . . . . . . . . 2,10 Inserción anuncio, línea urgente . . . . . . . . . . . . 3,25

Importe mínimo de inserción . . . . . . . . . . . . . . 18,41 Venta de CD’s publicaciones anuales . . . . . . . 5,72

Las solicitudes de inserción de anuncios, así como la correspondencia de tipo administrativo y económico, se dirigirán al «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, avenida Menéndez y Pelayo, 32. 41071-Sevilla. ——— Dirección del «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla: Ctra. Isla Menor, s/n. (Bellavista), 41014-Sevilla. Teléfonos: 954 554 133 - 34 - 35 - 39. Faxes: 954 693 857 - 954 990 649. Correo electrónico: [email protected]

Diputación Provincial - Imprenta