Documento no encontrado! Por favor, inténtelo de nuevo

2015 - Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

8 may. 2015 - Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 12 de la Ley. N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, ...
77KB Größe 0 Downloads 1 vistas
0LICA DEL p en,

0



133

-2015-VIVIENDA

Lima, 1 8 MAYO 2015 CONSIDERANDO: co Que, mediante la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se definen las funciones generales y la estructura orgánica de los Ministerios, precisando en el último párrafo de su artículo 25, que los Ministros de Estado pueden delegar, en 94% los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean % t privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 12 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en adelante la LOF del MVCS, el Ministro puede delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; Que, el segundo párrafo del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado, señala que el Titular de la Entidad podrá delegar mediante Resolución la autoridad que dicha norma le otorga, salvo los casos expresamente previstos en la referida normativa; Que, mediante el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 425-2007VIVIENDA, se autoriza la participación del Director Nacional de Saneamiento en la suscripción de los Contratos de Explotación, en su calidad de órgano de línea del Viceministerio de Construcción y Saneamiento; Que, de acuerdo a la estructura orgánica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establecida por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, es necesario delegar las diversas funciones asignadas al Titular de la Entidad en los diferentes órganos, Proyectos y Programas de este Ministerio, que no sean privativas a la función del Ministro de Estado; así como, consolidar las delegaciones efectuadas con anterioridad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 048-2015-VIVIENDA, el Titular de la Entidad delegó diversas funciones a los funcionarios de este Ministerio, resultando necesario delegar otras funciones conforme a la estructura orgánica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo establecido en la Ley N°29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de ' Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda,

Construcción y Saneamiento, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015- , VIVIENDA; SE RESUELVE: • I.

1

Artículo 1.- Modificar el literal c) del artículo 4 de la Resolución Ministerial N°048-2015-VIVIENDA, con el texto siguiente: "Artículo 4.- Delegación de facultades en el (la) Secretario (a)

Delegar en el (la) Secretario (a) General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, las facultades siguientes:

( c) Aprobar las Directivas cuya aplicación corresponda a más de un órgano, programa y/o proyecto del Ministerio, a excepción de aquellas que orrespondan a la Oficina General de Administración y a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos". Artículo 2.- Modificar el literal n) del numeral 6.1 del artículo 6 e incluir el literal i) en el numeral 6.2 del artículo 6 de la Resolución Ministerial N° 048-2015VIVIENDA, con los textos.siguientes: "Artículo 6.- Delegación de facultades en el (la) Director(a) General de la Oficina General de Administración Delegar en el (la) Director(a) General de la Oficina General de Administración, respecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, a excepción de lo dispuesto en el articulo 9 de la presente Resolución, las facultades siguientes: (• ) 6.1 En materia de Contrataciones del Estado ( • .) n) Suscribir convenios interinstitucionales para encargar procesos de selección a entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, u organismos internacionales, así como aprobar el expediente de contratación y las bases en calidad de entidad encargante.

heLICA DEL. p

e-

( ) 6.2 En materia administrativa ( ) O Aprobar Directivas Generales relacionadas con los sistemas administrativos a su cargo, de alcance a más de un órgano, programa y/o proyecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento — Administración General". Artículo 3.- Incluir el literal f) en el artículo 8 de la Resolución Ministerial N° 048-2015-VIVIENDA, con el siguiente texto: "Articulo 8.- Delegación de facultades en el (la) Director(a) General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos Delegar en el (la) Director (a) de la Oficina General de Gestión de • Recursos Humanos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, las siguientes facultades: ( .) O Aprobar Directivas Generales relacionadas con el sistema administrativo a su cargo, de alcance a más de un órgano, programa y/o proyecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Administración General". Artículo 4.- Incluir el literal e) en el artículo 11 de la Resolución Ministerial N° 048-2015-VIVIENDA, con el siguiente texto: Artículo 11.- Delegación de facultades en el (la) Director(a) General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento Delegar en el (la) Director (a) General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Viceministerio de Construcción y Saneamiento, las facultades siguientes: ( e) Suscribir en condición de interviniente los contratos de explotación y sus respectivas adendas, a que se refiere el numeral 7 del artículo 4 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 023-2005-VIVIENDA.

Artículo 5.- Modificar el artículo 12 de la Resolución Ministerial N° 0482015-VIVIENDA, con el siguiente texto: "Artículo 12.- Delegación de la facultad de certificar la documentación que sea requerida por los usuarios externos y por los usuarios internos Delegar en el (la) Director (a) de la Oficina de Gestión Documentaria y Archivo, y en el (la) Asesor II, Plaza N° 49 de la Secretaría General, la facultad de certificar la documentación que sea requerida por los usuarios externos; así como por los usuarios internos, de conformidad con la normatividad legal vigente sobre la materia". Artículo 6.- Derogar el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 425'Ç \ 2007-VIVIENDA. Regístrese y comuníquese

............................ ............... Milton von Nesse La Serflft Minittro de Vivienda , Construcción y Saneamiento