2014@152@2014 PoA Panama S


698KB Größe 4 Downloads 8 vistas
3/11/2014

PoA-ISS

Panama

2013 Sección 1: Centros de contacto

Program a de Acción, II.4

Program a de Acción, II.5, 24

Instrum ento internacional de localización, 25

1. ¿Ha establecido su país un organismo de coordinación nacional u otro órgano encargado de la orientación normativa, investigación y supervisión de las actividades encaminadas a prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y armas ligeras en todos sus aspectos?

No

2. ¿Dispone su país de un centro de contacto nacional que sirva de enlace en lo relativo a la aplicación del Programa de Acción de las Naciones Unidas sobre las armas pequeñas? 2.1. Datos: : Director (a) de la Dirección Institucional en Asuntos de Seguridad Publica (DIASP) a) Nombre : Dirección Institucional en Asuntos de Seguridad Publica b) Organismo u órgano : Balboa, Calle Las Cruces, Edificio No.746, Ciudad de Panamá c) Dirección : 507-514-0354; 507-514-0355 d) Número(s) de teléfono : 507-514-0360 e) Número de fax : [email protected]; [email protected] f) Correo electrónico 2.2

Si

Si

¿Se encarga también el centro señalado en la pregunta anterior de intercambiar información y servir de enlace en lo relativo al Instrumento internacional de localización?

Inform e del Grupo 3. ¿Se encarga también el centro de contacto nacional indicado en la pregunta 2 o 2.3 de intercambiar de Expertos información y servir de enlace en lo relativo a la intermediación ilícita en armas pequeñas y armas ligeras? Gubernam entales, párr. 63 ix)

3.1

No

Si no es así, ¿dispone su país de un centro de contacto nacional encargado de intercambiar información y servir de enlace en lo relativo a la intermediación ilícita en armas pequeñas y armas ligeras?

No

Sección 2: Fabricación

Program a de Acción, II.2

4. ¿Dispone su país de leyes, reglamentos y / o procedimientos administrativos para ejercer un control efectivo sobre la producción de armas pequeñas y armas ligeras?

No

Program a de Acción, III.6

5. ¿Desea su país solicitar asistencia para la elaboración de leyes y reglamentos o procedimientos administrativos relativo a la fabricación de armas pequeñas y armas ligeras?

No

Sección 3: Transferencias internacionales

Program a de 6. ¿Dispone su país de leyes, reglamentos o procedimientos administrativos para ejercer un control efectivo Acción, II.2, 12 sobre la exportación, la importación, el tránsito o la reexpedición de armas pequeñas y armas ligeras? Program a de Acción, II.11

Si

6.1. Sírvase enumerar las leyes, los reglamentos o los procedimientos administrativos que se aplican para ejercer un control efectivo sobre la exportación, la importación, el tránsito o la reexpedición de armas pequeñas y armas ligeras. Ley 57 de 27 de mayo de 2011 y el reglamento esta por ser aprobado. Fecha aun por definir.

http://www.poa-iss.org/reporting/Reporting/ReportingTemplatePrintES.aspx?ReportingPoA_Id=356

1/8

3/11/2014

PoA-ISS

Program a de Acción, II.11

6.2. ¿Se exige a las personas o entidades que transfieren armas pequeñas y armas ligeras una licencia u otra forma de autorización para transferir dichas armas desde su país o a su país?

Si

Program a de Acción, II.3

Si

Program a de Acción, II.11

6.3. ¿Está tipificado como delito en su país el comercio de armas ligeras y armas pequeñas sin licencia o autorización, o el comercio de esos tipos de armas en contravención de lo dispuesto en la licencia o autorización? 6.4. Sírvase indicar los compromisos internacionales pertinentes que su Gobierno aplica o considera al evaluar las solicitudes de autorización de exportación.

Program a de Acción, II.12

6.5. ¿Qué tipo de documentación exige su país antes de autorizar la exportación de armas pequeñas y armas ligeras a otro país? a) Certificado del usuario final del país importador b) Otro tipo de documentación sobre el usuario final:

no exportamos armas

No

no exportamos armas

6.6. En relación con las exportaciones, ¿impone su país algún tipo de restricción sobre la reexportación de armas pequeñas y armas ligeras? En caso afirmativo, ¿qué restricciones se imponen sobre la reexportación? a) Sólo se permite la reexportación previa notificación

Si No No

b) Sólo se permite la reexportación previa autorización 6.7. ¿Se encarga su país de verificar o autenticar los certificados del usuario final u otra documentación sobre el usuario final? 6.8. ¿Ha adoptado su país medidas para prevenir la falsificación o el uso indebido de los certificados del usuario final u otra documentación sobre el usuario final?

No

6.9. ¿Permite su país la exportación de armas pequeñas y armas ligeras sin licencia o mediante procedimientos simplificados en determinadas circunstancias?

No

6.10. En relación con las exportaciones, ¿exige su país un certificado de verificación de la entrega para confirmar que las armas pequeñas y las armas ligeras han llegado al usuario final previsto o al importador previsto en el Estado importador?

No

No

6.11. Después de la exportación, ¿se encarga su país de verificar o autenticar los certificados de verificación de la entrega presentados? No

6.12. En relación con las importaciones, ¿permite su país que el Estado exportador realice controles físicos en el punto de entrega?

Instrum ento internacional de localización, 8b

6.13. ¿Exige su país que se marquen las armas pequeñas y las armas ligeras importadas en el momento de su importación?

No

Si

6.13.1. ¿Quién se encarga de marcar las armas pequeñas y las armas ligeras? todas las armas deben venir marcadas de fabrica

6.13.2. ¿Qué información se incluye en la marcación de las importaciones? (Seleccione las opciones correspondientes) a) País de importación b) Año de importación c) Otros datos

PTY, seguida del numero de serie (PTY=PANAMA)

6.13.3. ¿Existen excepciones a la obligación de marcar las armas pequeñas y las armas ligeras importadas?

Si

6.13.3.1. En caso afirmativo, sírvase proporcionar información al respecto.

si se trata de armas de colección tipo curio, o de armas con un alto valor comercial, serán evaluadas en su momento si serán marcadas o no con el PTY

6.13.4. Si las armas pequeñas y las armas ligeras importadas por su país no presentan una marca única en el momento de la entrega, ¿exige su país que se les aplique dicha marca?

Si

6.13.4.1 Sírvase proporcionar información al respecto:

toda arma debe venir marcada de fabrica, de no ser posible, el fabricante deberá certificar por que no se pudo marcar, esto en el caso de las iniciales PTY.

Program a de 6.14. ¿Exige su país a los exportadores y a los importadores de armas pequeñas y armas ligeras que Acción, II.9; mantengan registros de sus actividades? Instrum ento internacional de localización, 12

http://www.poa-iss.org/reporting/Reporting/ReportingTemplatePrintES.aspx?ReportingPoA_Id=356

Si

2/8

3/11/2014

PoA-ISS 12

6.14.1. ¿Qué información se debe incluir en el registro? (Seleccione las opciones correspondientes) a) Cantidad de armas pequeñas y armas ligeras objeto de comercio b) Tipo o modelo de armas pequeñas y armas ligeras objeto de comercio c) Marcas que aparecen en las armas pequeñas y las armas ligeras transferidas d) Transacciones i) Identidad del comprador y el vendedor ii) País en que se efectuará la entrega o la adquisición de las armas pequeñas y las armas ligeras iii) Fecha de entrega e) Otros datos 6.14.2. ¿Cuánto tiempo deben mantenerse los registros relativos a las transferencias?

Otros plazos

10 años

Program a de Acción, II.6

6.15. ¿Se han adoptado medidas durante el período sobre el que se informa contra grupos o individuos que participan en la transferencia ilícita de armas pequeñas y armas ligeras (p. ej., su enjuiciamiento)?

Si

6.15.1 Sírvase proporcionar información al respecto. se le abren los respectivos procesos para su investigación y deslindar responsabilidades.

Program a de Acción, III.6

7. ¿Desea su país solicitar asistencia en la elaboración de leyes, reglamentos o procedimientos administrativos Si para ejercer un control efectivo sobre la exportación, la importación, el tránsito o la reexpedición de armas pequeñas y armas ligeras? 7.1. ¿Que tipo de asistencia necesita? toda la asistencia que sea necesaria y se pueda brindar.

7.2. ¿Ha elaborado su país un proyecto de solicitud de asistencia?

No

Sección 4: Intermediación

Program a de Acción, II.14

8.

¿Dispone su país de leyes, reglamentos y/ o procedimientos administrativos adecuados para regular las actividades de los intermediarios en el comercio de armas pequeñas y armas ligeras?

Si

8.1. Enumere las leyes o los procedimientos administrativos de su país que regulan las actividades de los intermediarios en el comercio de armas pequeñas y armas ligeras. Ley 57 de 27 de mayo de 2011 y su reglamento el cual esta por ser aprobado.

8.1.1 ¿Forman parte las leyes y los procedimientos citados del sistema nacional de control de las exportaciones? 8.2. ¿Exige su país el registro de los intermediarios en el comercio de armas pequeñas y armas ligeras? 8.3 Inform e del Grupo de Expertos Gubernam entales, párr. 44

¿Exige su país una licencia, un permiso u otro tipo de autorización para cada actividad de intermediación? 8.3.1 . ¿Se examinan caso por caso las solicitudes de licencias, permisos u otras autorizaciones? 8.3.2. ¿Existen excepciones a la obligación de obtener una licencia o autorización para las actividades de intermediación?

8.3.2.1. Sírvase proporcionar información al respecto (p. ej., si la actividad se realiza en nombre de la policía, las fuerzas armadas u otras autoridades gubernamentales). 8.3.3 . 8.4

Si Si Si Si No

¿Qué criterios se aplican para conceder una licencia, un permiso u otra autorización?

ser mayor de 18 años, hacer la solicitud mediante abogado, no haber sido condenado penalmente y pagar la tasa de la licencia.

¿Ha adoptado su país medidas para verificar la autenticidad de la documentación presentada por el intermediario? 8.4.1 Sírvase describir esas medidas.

Si

8.5

¿Está tipificado como delito en su país participar en actividades de intermediación de armas ligeras y armas pequeñas sin licencia o autorización, o hacerlo en contravención de las condiciones de la licencia o autorización?

Si

8.6

¿Comparte su país con otros Estados la información relativa a la inhabilitación de intermediarios y la revocación de su registro?

No

8.7

¿Regula su país las actividades directamente relacionadas con la intermediación de armas ligeras y armas pequeñas? 8.7.1. En caso afirmativo, sírvase indicar cuáles de las siguientes actividades están reguladas. (Seleccione las opciones correspondientes)

Si

los documentos deben ser debidamente autenticados ante las autoridades competentes.

http://www.poa-iss.org/reporting/Reporting/ReportingTemplatePrintES.aspx?ReportingPoA_Id=356

3/8

3/11/2014

PoA-ISS a) Actuar como intermediario o agente en el comercio de armas pequeñas y armas ligeras b) Ofrecer asistencia técnica c) Actividades de capacitación d) Actividades de transporte e) Expedición de carga f) Almacenamiento g) Financiación h) Actividades aseguradoras i) Servicios de mantenimiento j) Servicios de seguridad k) Otras actividades

8.8 ¿Qué penas o sanciones impone su país por actividades ilícitas de intermediación? no se han establecido penas o sanciones para las actividades ilícitas de intermediación.

8.9 ¿Se han adoptado medidas durante el período sobre el que se informa contra grupos o individuos que participan en actividades ilícitas de intermediación (p. ej., su enjuiciamiento)?

Program a de Acción, III.6

No

9. ¿Desea su país solicitar asistencia en la elaboración de leyes, reglamentos o procedimientos administrativos Si para regular la intermediación de armas pequeñas y armas ligeras? 9.1. ¿Que tipo de asistencia necesita? toda asistencia posible

9.2. ¿Ha elaborado su país un proyecto de solicitud de asistencia?

No

Sección 5: Gestión de las existencias

Program a de 10. ¿Dispone su país de normas y procedimientos en relación con la gestión y la seguridad de las armas Acción, II.17 pequeñas y las armas ligeras en poder de las fuerzas armadas, la policía y todo otro órgano autorizado para

Si

tener esas armas? Program a de Acción, II.17

10.1. En caso afirmativo, ¿cuáles de las siguientes disposiciones están incluidas en esas normas y procedimientos? (Seleccione las opciones correspondientes) a) Locales apropiados para el almacenamiento b) Medidas de seguridad física c) Control del acceso a los arsenales d) Gestión de existencias y control contable e) Capacitación del personal f) Seguridad, contabilización y control de las armas pequeñas y las armas ligeras en poder de las unidades operacionales o el personal autorizado o transportadas por ellos g) Procedimientos y sanciones en caso de robo o pérdida h) Otras disposiciones

Program a de Acción, II.18

10.2. ¿Existen sistemas para examinar los arsenales de armas pequeñas y armas ligeras de las fuerzas armadas, la policía y otros órganos autorizados y determinar cuáles son excedentarias u obsoletas?

Si

10.3. ¿Con qué frecuencia o periodicidad se llevan a cabo estos exámenes? anualmente Program a de Acción, II.18

10.4. Cuando se identifican excedentes de armas, ¿qué medidas adopta el país en relación con esos excedentes? (Seleccione las opciones correspondientes) a) Se declaran oficialmente como excedentes b) Se retiran del servicio c) Se registran por tipo, lote, partida y número de serie

http://www.poa-iss.org/reporting/Reporting/ReportingTemplatePrintES.aspx?ReportingPoA_Id=356

4/8

3/11/2014

PoA-ISS c) Se registran por tipo, lote, partida y número de serie d) Se almacenan por separado e) Otras medidas 10.5. ¿Cuáles de los siguientes métodos se utilizan para deshacerse de los excedentes? (Seleccione las opciones correspondientes) a) Destrucción b) Venta a otro Estado c) Donación a otro Estado d) Transferencia a otro organismo oficial e) Venta a civiles f) Venta o transferencia a personas jurídicas (p. ej., museos, empresas de seguridad privadas, etc.) g) Otros métodos

se guardan en depósitos hasta que sea autorizada su destrucción.

10.5.1. Si se seleccionó la opción a) (Destrucción) en la pregunta 10.5, ¿cuáles de los siguientes métodos se utilizan? (Seleccione las opciones correspondientes) i) Quema o fundido ii) Detonación a cielo abierto iii) Corte o trituración iv) Doblado o aplastado v) Lanzamiento al mar vi) Enterramiento vii) Otros métodos

Program a de Acción, II.19

10.6. ¿Ha destruido su país durante el período sobre el que se informa algún excedente de armas?

Program a de 11. ¿Desea su país solicitar asistencia en la elaboración de normas y procedimientos relativo a la gestión de Acción, II.29; existencias? III.6

No

Si

11.1. ¿Que tipo de asistencia necesita? toda asistencia posible

11.2.¿Ha elaborado su país un proyecto de solicitud de asistencia? Program a de 12. ¿Desea su país solicitar asistencia para el fomento de la capacidad relativa a la destrucción de las armas? Acción, III.6; 14

No Si

12.1. ¿Que tipo de asistencia necesita? asistencia sobre los diferentes métodos actuales para la destrucción de armas y municiones

12.2. ¿Ha elaborado su país un proyecto de solicitud de asistencia?

No

Sección 6: Confiscación, expropiación y recogida

Program a de 13. ¿Ha descubierto, expropiado o confiscado su país durante el período sobre el que se informa algún tipo de Acción, II.23a armas pequeñas y armas ligeras en su jurisdicción? Program a de Acción, II.23a

13.1 ¿Cuántas armas pequeñas y armas ligeras se encontraron, expropiaron o confiscaron?

Program a de Acción, II.16

13.2. ¿Qué medidas se adoptaron en relación con las armas pequeñas y las armas ligeras encontradas, expropiadas o confiscadas? (Seleccione las opciones correspondientes)

Si

información no disponible en esta momento.

a) Almacenamiento en condiciones seguras en

http://www.poa-iss.org/reporting/Reporting/ReportingTemplatePrintES.aspx?ReportingPoA_Id=356

5/8

3/11/2014

PoA-ISS a) Almacenamiento en condiciones seguras en espera de nuevas medidas b) Marcaje c) Inclusión en registros o inventarios d) Destrucción e) Otras medidas

14. ¿Ha recogido su país durante el período sobre el que se informa algún tipo de armas pequeñas y armas ligeras? Program a de Acción, II.21

Si

14.1. ¿Cuál fue la naturaleza de la operación de recogida? a) Un programa de compra de armas pequeñas y armas ligeras en poder de civiles b) Una amnistía por la entrega de armas pequeñas y armas ligeras en poder de civiles c) Un proceso de desarme, desmovilización y reintegración d) Un programa de recogida de armas a cambio de proyectos de desarrollo 14.2. ¿Cuántas armas pequeñas y armas ligeras se recogieron? aproximadamente 550 armas entre cortas y largas mediante el programa de armas por comida.

14.3. ¿Qué medidas se adoptaron en relación con las armas pequeñas y las armas ligeras recogidas? (Seleccione las opciones correspondientes) a) Almacenamiento en condiciones seguras en espera de nuevas medidas b) Marcaje c) Inclusión en registros o inventarios d) Destrucción e) Otras medidas Program a de 15. ¿Cuántas de las armas pequeñas y las armas ligeras encontradas, expropiadas o confiscadas, conforme a lo Acción, II.23a indicado en las preguntas 13.1 y 14.2, se destruyeron? en el periodo mencionado no se han destruido armas ya que se encuentran en sus respectivos procesos.

Program a de 16. ¿Desea su país solicitar asistencia para el fomento de la capacidad relativa a la confiscación y la Acción, III.6 expropiación de armas pequeñas y armas ligeras ilícitas?

Si

16.1. ¿Que tipo de asistencia necesita? en materia de capacitación, compra de equipos y recursos tecnológicos.

16.2. ¿Ha elaborado su país un proyecto de solicitud de asistencia?

No

Sección 7: Marcaje y registro

Program a de Acción, II.8

17. ¿Aplica su país medidas para prevenir la fabricación, la acumulación, la transferencia y la posesión de armas Si pequeñas y armas ligeras sin marca o mal marcadas? 17.1. Sírvase proporcionar información al respecto. toda arma que se vaya a registrar en la Republica de Panamá deberá contar con sus marcas generales de fabrica.

Instrum ento 18. ¿Adopta su país medidas para asegurar que todas las armas pequeñas y las armas ligeras en poder de las internacional fuerzas armadas y de seguridad del Estado para su propio uso estén debidamente marcadas? de localización, 8d

Si

18.1. 18.1 Sírvase describir las marcas que se aplican a las armas en poder de las fuerzas armadas y de seguridad del Estado.

las armas utilizadas por los estamentos de seguridad deben tener sus marcas generales de fabrica y en ciertas ocasiones le estampan el escudo de la institución y/o de la Republica.

Instrum ento internacional de localización, 8c

18.2. Cuando se transfieren armas del Estado a civiles o a empresas privadas dentro de su territorio, ¿se marcan dichas armas para indicar que su país ha efectuado la transferencia?

Instrum ento 19. ¿Alienta su país a los fabricantes de armas pequeñas y armas ligeras a elaborar medidas contra la internacional supresión o la alteración de las marcas? de localización, 8e

http://www.poa-iss.org/reporting/Reporting/ReportingTemplatePrintES.aspx?ReportingPoA_Id=356

No

No

6/8

3/11/2014

PoA-ISS

Program a de Acción, II.9

20. ¿Dispone su país de normas y procedimientos en relación con el mantenimiento de registros de todas las armas pequeñas y las armas ligeras marcadas en su territorio?

Si

20.1. ¿Qué registros mantiene el Estado en relación con las armas pequeñas y las armas ligeras? (p. ej., fabricación, intermediación, licencias concedidas para la importación y la exportación, ventas a otros Estados, armas ligeras y armas pequeñas en poder de organismos estatales, como las fuerzas armadas, etc.) se deben registrar las actividades de intermediación, licencias de importación, certificaciones de tenecia y licencias de porte.

Instrum ento internacional de localización, 12a, b Instrum ento internacional de localización, 13

20.2. ¿Cuánto tiempo conserva el Estado o el Gobierno estos registros? [Sírvase proporcionar información al respecto] mínimo 10 años.

No 20.3. En el caso de que cesen en su actividad, ¿se exige a las empresas que operan con armas pequeñas y armas ligeras (p. ej., fabricación, importación, exportación, etc.) que entreguen todos los registros en su poder al Estado?

Program a de 21. ¿Desea su país solicitar asistencia para el fomento de la capacidad en materia de registro? Acción, III.6; Instrum ento internacional de localización, 27

Si

21.1. ¿Que tipo de asistencia necesita? toda la asistencia que se nos pueda brindar en materia de registros.

21.2. ¿Ha elaborado su país un proyecto de solicitud de asistencia?

No

Sección 8: Localización internacional

Program a de 22. ¿Dispone su país de procedimientos de rastreo para localizar las armas pequeñas y las armas ligeras? Acción, II.10; Instrum ento internacional de localización, 14, 24

No

Program a de 23. ¿Ha colaborado su país durante el período sobre el que se informa con la Organización Internacional de Acción, II.37; Policía Criminal (INTERPOL)? Instrum ento internacional de localización, 33

Si

Instrum ento internacional de localización, 35a Instrum ento internacional de localización, 35b

23.1 En caso afirmativo, ¿en qué esferas? a) Facilitación de las operaciones de rastreo realizadas en el marco del Instrumento internacional de localización. b) Investigaciones para identificar y rastrear armas pequeñas y armas ligeras ilícitas. c) Fomento de la capacidad nacional para presentar solicitudes de rastreo y atenderlas.

Instrum ento internacional de localización, 35c Program a de Acción, III.9

23.2. ¿Apoya o utiliza su país el Sistema Internacional de Rastreo de Armas de la INTERPOL (antes conocido como IWeTS) para la localización de armas pequeñas y armas ligeras?

Si

Program a de Acción, II.36; III.6; Instrum ento

24. ¿Desea su país solicitar asistencia para la elaboración de procedimientos de rastreo de armas pequeñas y armas ligeras?

Si

http://www.poa-iss.org/reporting/Reporting/ReportingTemplatePrintES.aspx?ReportingPoA_Id=356

7/8

3/11/2014

PoA-ISS Instrum ento internacional de localización, 27

24.1. What kind of assistance do you require? se necesita asistencia en asesoría, equipamiento, capacitación y tecnología.

24.2. ¿Ha elaborado su país un proyecto de solicitud de asistencia? Program a de 25. ¿Ha considerado su país la posibilidad de prestar asistencia para examinar tecnologías que contribuyan a Acción, III.10; mejorar el rastreo y la detección de armas pequeñas y armas ligeras ilícitas, así como medidas para facilitar Instrum ento la transferencia de esas tecnologías? internacional de localización, 28

No No

Sección 9: Cooperación y asistencia internacionales

Program a de Acción, III.3, 6

26. Durante el período sobre el que se informa, además de la asistencia solicitada o recibida que se menciona en No las secciones 2 a 8 anteriores, ¿ha solicitado, recibido o prestado su país asistencia para la aplicación del Programa de Acción y el Instrumento internacional de localización?

Sírvase señalar cualquier otra observación adicional sobre el Programa de Acción o el Instrumento internacional de localización, incluidas las dificultades y las oportunidades ligadas a su aplicación. [Sírvase proporcionar información al respecto]

Actualmente esta en vigencia la Ley 57 de 27 de mayo de 2011, pero, su reglamentación aun no es aprobada. su fecha esta por definir. La Republica de Panamá se encuentra desarrollando los proyectos contenidos en la estrategia de Seguridad de Centroamérica dentro de dos pilares específicos: El represivo y el preventivo. El primero abarca lo relacionado al marcaje de armas y controles para su venta y comercialización y la creación de una base de datos. La segunda comprende programas de prevención social tales como el intercambio de armas por comida.

Si es necesario puede cargar/adjuntar información adicional:

SECTION 10: VIEWS AND INFORMATION TO BE SUBMITTED

27. In the 2012 Review Conference Outcome document on the International Instrument to Enable States to Trace, in a Timely and Reliable Manner, Illicit Small Arms and Light Weapons (International Tracing Instrument), States undertook to “provide further information in their national reports, and to request the Secretary-General to submit an initial report, drawing on views of States, on experiences on the following issues, for their consideration at relevant future meetings decided upon at this Conference” (A/CONF.192/2012/RC/4, Annex II, B. 3(g)): a)

The implications of recent developments in small arms and light weapons manufacturing, technology and design for effective marking, record-keeping and tracing; en la República de Panamá no se permite la importación de armas que no tengan sus marcas de fabrica; tales como, marca, modelo, calibre y numero de serie.

b)

Practical steps to ensure the continued and enhanced effectiveness of national marking, record-keeping and tracing systems in the light of such developments;

c)

Relevant practices in relation to international assistance and capacity-building, including ways to support the transfer, uptake and effective utilization of relevant tools and technologies. en estos momentos Panamá esta finalizando la creación de un software para mejorar el control sobre las importaciones y registro de armas y municiones.

Additional information may be uploaded/attached, if necessary:

28. Pursuant to paragraph 31 of the International Tracing Instrument, States will provide the Secretary-General with the following information, updating it when necessary: a) National marking practices related to marking used to indicate country of manufacture and/or country of import as applicable. la Republica de Panamá solo permite la importación de armas con su marcaje general de fabrica.

Additional information such as images and illustrations may be uploaded/attached, if necessary:

Note: Relevant information might have been provided in questions 4.2.1, 4.2.2 and 18.1 in this report.

http://www.poa-iss.org/reporting/Reporting/ReportingTemplatePrintES.aspx?ReportingPoA_Id=356

8/8