Descentralización N° 256-2011-PCM/SD, se acreditó a los Gobiernos Regionales de Huancavelica, Huánuco, Junín, Pasco y Tumbes; y, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 354-2011-PCM/SD se acreditó al Gobierno Regional Tacna; para efectos que reciban la función específica establecida en el literal g) del artículo 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, materia de Vivienda y Saneamiento; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y los Gobiernos Regionales de Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali, han suscrito las respectivas Actas de Entrega y Recepción, Actas Sustentatorias e Informes Finales, previstos en la etapa de efectivización del proceso de transferencia, por lo que es necesario emitir la Resolución Ministerial que declare haber concluido el proceso de transferencia de la función prevista en el literal g) del artículo 58 de ta Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en ,materia de vivienda y saneamiento, a los Gobiernos Regionales antes mencionados; . De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27792, la Ley N° 27867, la Ley N° 28273, el Decreto Supremo N° 049-2008-PCM, el Decreto Supremo N° 047-2009-PCM, el Decreto Supremo N° 044-2011-PCM, el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA y la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 044-2008-PCM/SD; SE RESUELVE:
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Artículo 1°._ Declarar concluído el proceso de transferencia de la función establecida en el literal g) del artículo 58 de la N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de vivienda y saneamiento, considerada en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008", aprobado mediante Decreto Supremo W 049-2008-PCM, a los Gobiernos Regionales de Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali; al haberse suscrito las respectivas Actas de Entrega y Recepción previstas en la etapa de efectivización del proceso de transferencia.
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Artí~ulo 2°,,_ Establecer q,ue a p~rtir de la fecha, I~s Gobiernos Regionale~ de Huancavellca, Huanuco, Ica, Junln, La Libertad, Madre de DIOS, Moquegua, Paseo, Plura, o~~:;ii;¡¡;Iu~'''o/ San Martín, Ta~na, Tum~es y Ucayali, son competentes para el ejercicio de la función a que '. _/ se refiere el articulo anterior.
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Regístrese, comuníquese y publíquese.
........................................ JUAN S RMIENTO SOTO Minist o de Vivienda, Construc i6n y Saneamiento