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SERGIO MANUEL MUÑOZ GAJARDO MARIA EUGENIA SANDOVAL GOUET. MINISTRO. MINISTRA. Fecha: 12/09/2018 13:33:56. Fecha: 12/09/2018 13:49:55.
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C()RTE SUPREMA

CHILE

OFICIO N° 22.238-2018 LGM TERCER TRIBUNAL AMBIENTAL

REF: COMUNICA FALLO

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Santiago, 20 de Septiembre de 2018

CHILE

En cumplimiento con lo ordenado por esta Corte Suprema, comunico a UD., que por resolución de doce de septiembre del año en curso, el Recurso de Contienda De Competencia Rol N° 22.075-2018, de esta Corte Suprema, ingreso de la Corte de Apelaciones de Coyhaique Rol N° 207-2018, interpuesto por

"René Osvaldo Afinco Bustos";

se declara

"que es competente para conocer de estos autos a la Corte de Apelaciones de Coyhaique". Se adjunta copia de la referida sentencia. Saluda atentamente a US.

AL SEÑOR PRESIDENTE TERCER TRIBUNAL AMBIENTAL General Lagos N° 837. VALDIVIA.//

JORGE EDUARDO SAEZ MARTIN Fecha: 20/09/2018 16:46:38

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Santiago, doce de septiembre de dos mil dieciocho. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes; teniendo presente que el inciso 1' del artículo 20 de la Constitución Política de la República permite la interposición de la acción constitucional de protección frente a privaciones, perturbaciones o amenazas en el legítimo ejercicio de ciertos derechos y garantías, "sin perjuicio de los demás derechos que pueda hacer valer -el afectado- ante la autoridad o los tribunales competentes"; considerando que, en la especie, el actor dedujo el recurso ante la Corte de Apelaciones de Coyhaique; y teniendo presente que el artículo 17 de la Ley N° 20.600 no contempla de forma alguna la posibilidad que los Tribunales Ambientales puedan conocer de acciones como la aquí incoada; se declara que es competente para conocer

de estos

autos la Corte de

Apelaciones de Coyhaique, a quien deberán remitírseles, debiendo ésta proseguir la tramitación del procedimiento desde el estado en que se encuentra. Comuníquese lo resuelto a la Corte de Apelaciones de Coyhaique y al Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia. Regístrese y devuélvase. Rol N° 22.075-2018.

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SERGIO MANUEL MUÑOZ GAJARDO MARIA EUGENIA SANDOVAL GOUET MINISTRO MINISTRA Fecha: 12/09/2018 13:33:56 Fecha: 12/09/2018 13:49:55

CARLOS RAMON ARANGUIZ ZUÑIGA ARTURO JOSE PRADO PUGA MINISTRO MINISTRO Fecha: 12/09/2018 13:49:56 Fecha: 12/09/2018 13:49:56

ALVARO HERNAN QUINTANILLA PEREZ ABOGADO INTEGRANTE Fecha: 12/09/2018 14:50:04

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Pronunciado por la Tercera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros (as) Sergio Manuel Muñoz G., Maria Eugenia Sandoval G., Carlos Ramon Aranguiz Z., Arturo Prado P. y Abogado Integrante Alvaro Quintanilla P. Santiago, doce de septiembre de dos mil dieciocho. En Santiago, a doce de septiembre de dos mil dieciocho, se incluyó en el Estado Diario la resolución precedente.

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