09 de noviembre de 2012. - Ministerio de Vivienda, Construcción y

9 nov. 2012 - 2012, por motivos personales;. Que, en ese sentido, resulta necesario designar en calidad de suplente al funcionario que ejercerá dicho cargo ...
45KB Größe 0 Downloads 1 vistas


249~-2012-VIVIENDA

Lima,

09 de noviembre de 2012.

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial W 165-2011-VIVIENDA, se designó al señor Jesús Roddy Vidalón Orellana, en el cargo de Jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, el citado funcionario requiere ausentarse del país del 12 al 16 de noviembre de 2012, por motivos personales; Que, en ese sentido, resulta necesario designar en calidad de suplente al funcionario que ejercerá dicho cargo, en tanto dure la ausencia del titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley W 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; la Ley W 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo W 047-2002-PCM, que aprobó las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo W 002-2002-VIVIENDA, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar al señor Jesús Roddy Vida Ión Orellana, Jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para ausentarse del país durante el período comprendido del 12 al 16 de noviembre de 2012. Artículo 2.- Designar, en calidad de suplente, al señor Manuel Balcázar Vásquez, en el cargo de Jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por el período comprendido del 12 al 16 de noviembre de 2012, yen tanto dure la ausencia del titular. Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución no irrogará gasto alguno al Estado, ni otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese y co uníquese.