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MINISTERIO DE SALUD
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252- 20 1511- INsA
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Visto, el expediente N° 15-013085-001 que contiene la Nota Informativa N° 026-2015/DG/DIGESA, emitida por la Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO:
A. Velásquez
Que, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, se llevará a cabo la "Duodécima Reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Basilea, la Séptima Reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Estocolmo, y la Séptima Reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Rotterdam", del 4 al 15 de mayo de 2015; Que, mediante documento de fecha 27 de noviembre de 2014, el Secretario Ejecutivo de los Convenios de Basilea, Estocolmo y Rotterdam y el Secretario Ejecutivo del Convenio de Rotterdam de la Organización de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente invitan a representantes del gobierno peruano a participar en los mencionados eventos; señalando que la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura — FAO y la Organización de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente financiarán los gastos de participación correspondientes;
S. Ruiz z
Que, a través del Oficio Múltiple N° 002-2015-MINAMNMGA/DGPNIGA, la Directora General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental del Viceministerio de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente, solicita se designe a representantes del Ministerio de Salud para participar en la Reunión de las Partes del Convenio de Basilea; Que, el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente — PNUMA fue creado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en respuesta a las recomendaciones de la Conferencia de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), sobre Medio Ambiente Humano, celebrada en Estocolmo, cuya misión ha consistido en promover la cooperación internacional en materia medioambiental; coordinar el desarrollo de las actividades medioambientales dentro del sistema de la ONU; analizar el estado del medio ambiente mundial para informar y advertir sobre amenazas inminentes y futuras al mismo, entre otros;
Que, las temáticas de los Convenios citados son afines, toda vez que el Convenio de Basilea está referido al control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación, el Convenio de Estocolmo está referido a contaminantes orgánicos persistentes y el Convenio de Rotterdam tiene por objeto el procedimiento de consentimiento fundamentado previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional; los cuales en conjunto abarcan los elementos fundamentales de la gestión de los productos químicos peligrosos desde su producción hasta su eliminación, siendo la regulación más exhaustiva, la de los contaminantes orgánicos persistentes, contemplados por los tres convenios; Que, los citados eventos tienen como objetivo considerar la aplicación, el desarrollo y la mejora del enfoque estratégico para la gestión internacional de productos químicos; así como identificar los riesgos a la salud y al ambiente generados por productos químicos; Que, con el documento de visto, la Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud solicita se autorice su viaje para que participe en los eventos antes indicados; Que, mediante Informe N° 085-2015-EGC-ODRH-OGGRH/MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, señala que la participación de la citada funcionaria se enmarca dentro de las normas que regulan la materia, no ocasionará gastos al Ministerio de Salud y cuenta con la autorización de la Alta Dirección del Ministerio de Salud; A. Velásquez
Que, el artículo 11° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y atendiendo a la temática y los objetivos de los eventos antes señalados resulta de interés institucional autorizar el viaje de la citada funcionaria;
S. RUiz.z,
Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y de la Secretaria General del Ministerio de Salud, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la MBA Mónica Patricia Saavedra Chumbe, Uy/la s. Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 2 al 17 de mayo de 2015, para que participe en representación del Ministerio de Salud en la "Duodécima Reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Basilea, la Séptima Reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Estocolmo, y la Séptima Reunión de
MINISTERIO DE SALUD
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la Conferencia de las Partes en el Convenio de Rotterdam", por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°- Disponer que la MBA Mónica Patricia Saavedra Chumbe, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, remita a la Alta Dirección, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en los eventos a los que acudirá. Artículo 3°.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no irrogará gasto al Estado ni otorgará derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese y comuníquese.
S. RUIZ Z.
J. Zav/.1:-.1
907> ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA MINISTRO DE SALUD