Zin, 2 - Minsa

Z•nice, 2 (4 vi /si o. Á/ 2019. Artículo 2°.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la. Oficina de Presupuesto del Pliego 011: Ministerio.
68KB Größe 0 Downloads 1 vistas
MINISTERIO DE SALUD

No

33G- 2oicipi;ms-„q

ICA DEL "'\fl,u

Zin, 2

1-111 ‘113

Visto, el Expediente N° 14-045735-001 que contiene el Informe N° 085-2014OGPP-OP/MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,

CONSIDERANDO: Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se expidió la Resolución Ministerial N° 810-2013/MINSA, de fecha 20 de diciembre de 2013 que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2014 del Pliego 011 Ministerio de Salud; Que, mediante el artículo 1° de la Ley N° 30126 se autorizó al Ministerio de Salud, sus organismos públicos y unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, a culminar el proceso de nombramiento de los profesionales médicos cirujanos dispuesto en la Ley 29682, Ley que autoriza el nombramiento de médicos cirujanos contratados por Ministerio de Salud, sus organismos públicos y direcciones regionales de salud de los gobiernos regionales;

A. PORTOC SHA C.

Que, mediante el artículo 1° de la Ley N° 30175, Ley para el financiamiento de actividades en materia de salud, educación, trabajo y otros en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal y dicta otras disposiciones, se estableció el plazo de treinta (30) días desde su entrada en vigencia, para culminar con el proceso de nombramiento de los profesionales médicos cirujanos a los que se refiere el artículo 1° de la Ley N° 30126; autorizando al Ministerio de Salud para que, en el referido plazo, realice las modificaciones presupuestarias a nivel institucional correspondientes a favor de sus organismos públicos y de las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, a través decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, a propuesta de éste último; Que, mediante el artículo 1° del Decreto Supremo 087-2014-EF, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de DIECISIETE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 17 269 890,00), del Pliego 011: Ministerio de Salud a favor de los Pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto

J. Zavala S.

20/11

Nacional de Enfermedades Neoplásicas y Gobiernos Regionales, destinada a financiar la implementación de la culminación del proceso de nombramiento de los médicos cirujanos dispuesto en el artículo 1° de la Ley N° 30175; Que, el numeral 2.1 del artículo 2° del Decreto Supremo N° 087-2014-EF establece que los titulares de los pliegos comprendidos en los alcances del Decreto Supremo, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos a que se refiere el artículo 1° de la precitada norma, a nivel programático; Que, en ese sentido resulta necesario emitir el acto correspondiente y autorizar la desagregación de los recursos habilitados mediante el Decreto Supremo N° 087-2014-EF a favor del Pliego 131: Instituto Nacional de Salud, Pliego 136: Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y Gobiernos Regionales, en la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, hasta por la suma de DIECISIETE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 17 269 890,00); Que, mediante Informe de Visto la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite la opinión técnica presupuestal, que sustenta la necesidad de emitir la Resolución Ministerial que autoriza la desagregación de recursos dispuesta en el Decreto Supremo N° 087-2014-EF; Con el visto del Director General de la Oficina General Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y, De conformidad con lo previsto en el literal c) del artículo 10° del Decreto Legislativo 1161 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, así como en el Decreto Supremo N° 087-2014-EF;

SE RESUELVE: Artículo 1°.- Apruébese la desagregación de los recursos aprobados mediante el Decreto Supremo N° 087-2014-EF por un monto de DIECISIETE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 17 269 890,00), de acuerdo al siguiente detalle: (En Nuevos Soles)

EGRESOS:

Gobierno Central 011 Ministerio de Salud 001 Administración Central MINSA

SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA ACCIONES CENTRALES SIN PRODUCTO A. PURO' nRERD

ACTIVIDAD

5000001 Planeamiento y Presupuesto

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

1- Recursos Ordinarios

GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales

17 269 890,00 TOTAL PLIEGO

17 269 890,00

MINISTERIO DE SALUD

\)saLl CA DEL

No

33G-2014 iniNsA

*.9

Z•nice, 2 (4 vi /si o

Á/ 2019

Artículo 2°.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Presupuesto del Pliego 011: Ministerio Salud, instruirá a ia; unidad ejecutora 001: Administración Central, para que elabore la correspondiente "Nota para Modificación Presupuestaria" que se requiera como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3°.- Copia del presente dispositivo se remite a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 3042012-EF. Regístrese y comuníquese.

A. PORTOCA RHO G.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOS Ministra de Salud