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MINISTERIO DE SALUD

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Y„;itta, 22 ae Nouishaat ed 2012 Visto, el expediente N° 12-104658-039 que contiene la Nota Informativa N° 3642012-DGE/MINSA, emitida por el Director General de la Dirección General de Epidemiología del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Cuenca, República del Ecuador, se realizará el Encuentro Presidencial y VI Gabinete Binacional de Ministros Perú-Ecuador, el 23 de noviembre de 2012; Que, con documento OF. RE (SUD) N° 22-6-BB/128 de fecha 29 de octubre de 2012, el Ministro de Relaciones Exteriores de la República del Perú informa al Ministerio de Salud sobre la realización del Encuentro Presidencial y VI Gabinete Binacional de Ministros Perú-Ecuador; Que, el mencionado evento tiene como objeto evaluar el balance de las acciones desarrolladas en el ámbito bilateral y formular iniciativas y proyectos conjuntos que, en consonancia con políticas nacionales, permitan profundizar la integración sobre la base de cuatro ejes temáticos: Seguridad, Defensa y Confianza Mutua; Asuntos Productivos y Ambientales; Agenda Social; Infraestructura y Conectividad;

ís.

Que, mediante el documento del visto el Director General de la Dirección General de Epidemiología del Ministerio de Salud, solicita autorizar el viaje del Médico Cirujano Juan Carlos Arrasco Alegre, Director Ejecutivo de la Dirección de Vigilancia Epidemiológica de la Dirección General a su cargo, para que participe en el mencionado evento, señalando que la Organización Panamericana de la Salud financiará los gastos correspondientes; Que, con el Informe N° 223-2012-ECN-ODRH-OGGRH/MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos emitió opinión favorable respecto de la participación del citado profesional en el evento antes mencionado, señalando que procede por encontrarse dentro de las normas que regulan la materia;

M. De Hablch

Que, el articulo 11° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM establece que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente;

Que, el artículo 82° del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece que el encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Sólo procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva con niveles de carrera superior a la del servidor; Que, en tal sentido, considerando la importancia para el Ministerio de Salud de participar en el Encuentro Presidencial y VI Gabinete Binacional de Ministros PerúEcuador, resulta necesario autorizar la participación del citado profesional en el evento antes mencionado; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, y en uso de la facultad señalada en el literal I) del artículo 8° de la Ley N° 27657 — Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del Médico Cirujano Juan Carlos Arrasco Alegre, Director Ejecutivo de la Dirección de Vigilancia Epidemiológica de la Dirección General de Epidemiología del Ministerio de Salud, a la ciudad de Cuenca, República de Ecuador, para que participe en el Encuentro Presidencial y VI Gabinete Binacional de Ministros Perú-Ecuador, del 22 al 24 de noviembre de 2012. Artículo 2°.- Encargar las funciones de Director Ejecutivo de la Dirección de Vigilancia Epidemiológica de la Dirección General de Epidemiología del Ministerio de Salud, al Médico Cirujano Luis Revilla Tafur, profesional de la citada Dirección General a partir del 23 de noviembre de 2012 y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 3°.- Disponer que el Médico Cirujano Juan Carlos Arrasco Alegre, dentro de los quince (15) días posteriores a su retomo remita a la Alta Dirección, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en el evento al que acudirá. Artículo 4°.- El cumplimiento de la presente Resolución no irrogará gasto al Estado ni otorgará derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese y comuníquese.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud