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MINISTERIO DE SALUD

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No 241- 2015 MI PISA _

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Visto, el Expediente N° 15-016766-001, que contiene el Informe N° 005-2015ONDT/MINSA, de la Organización Nacional de Donación y Trasplante, CONSIDERANDO:

A. Velásquez

Que, de acuerdo a lo estipulado en los literales a) y d) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; son funciones rectoras del Ministerio de Salud, el formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno y obtención de resultados alcanzados de las políticas, planes y programas en materia de su competencia, en los niveles nacionales, regionales y locales, así como a otros actores del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud en todo el territorio nacional y adoptar las acciones que se requieran, de acuerdo a Ley; Que, el artículo 47 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, establece que la Organización Nacional de Donación y Trasplante es responsable de las acciones de rectoría, promoción, coordinación y control, de los aspectos relacionados a la donación y trasplante de órganos y tejidos en el territorio nacional; Que, mediante documento del visto, la Organización Nacional de Donación y Trasplante ha sustentado la necesidad de conformar una Comisión Sectorial que se encargue de elaborar una propuesta legislativa que establezca la creación del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, de conformidad con lo estipulado en el numeral 1 del artículo 36° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, en tal sentido, resulta necesario dictar el acto resolutivo que disponga la constitución de la precitada Comisión Sectorial; Estando a lo propuesto por la Organización Nacional de Donación y Trasplante;

J. ?.avala S.

Con el visado de la Directora General de Salud de las Personas, de la Directora Ejecutiva de la Organización Nacional de Donación y Trasplantes, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y del Viceministro de Salud Pública; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Conformación de la Comisión Sectorial Conformar la Comisión Sectorial de naturaleza temporal, encargada de elaborar una propuesta legislativa que establezca la creación del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, la cual estará integrada por: • • • • •

A. Velásquez

• • •

Un representante del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, quien lo presidirá. Un representante del Despacho Viceministerial de Salud Pública. Un representante de Secretaría General del Ministerio de Salud. Dos representantes de la Organización Nacional de Donación y Trasplante. Un representante de la Dirección General de Salud de las Personas - Programa Nacional de Hemoterapia y Bancos de Sangre. Un representante de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto. Un representante de la Oficina General de Asesoría Jurídica. Un representante del Instituto de Gestión de Servicios de Salud.

Los representes serán acreditados mediante documento oficial dirigido al Presidente de la Comisión. Artículo 2.- Instalación La Comisión Sectorial deberá instalarse en un plazo no mayor de dos (2) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Del asesoramiento y colaboración La Comisión Sectorial podrá convocar la participación de otros profesionales, así como entidades públicas y privadas expertas en el tema para que brinden asesoramiento, colaboración y opinión especializada. Los órganos del Ministerio de Salud están obligados a brindar la información y el apoyo técnico que requiera los miembros de la Comisión Sectorial. Artículo 4.- Del Informe Final La Comisión Sectorial deberá elaborar y presentar en un plazo de sesenta días (60) contados a partir de su instalación, un Informe final dirigido al Ministro de Salud, que contemple el encargo encomendado.

N. Reyes P

J. Zavala S.

Artículo 5.- De la Secretaría Técnica La Secretaría Técnica de la Comisión Sectorial estará a cargo de la Organización Nacional de Donación y Trasplante.

MINISTERIO DE SALUD

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Artículo 6.- De los Gastos La instalación y el desarrollo de las actividades de la Comisión Sectorial no generarán gastos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 7.- De la publicación Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud en la dirección electrónica: http://www.minsa.qob.pe/portal/transparencia/normas.asp Regístrese y comuníquese.

ANÍBAL VELÁSQUE VALDIVIA Ministro de Salud

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S. RUIZ Z.

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