TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN ATRIBUCIONES, RESPONSABILIDADES Y/O FUNCIONES
NOMBRE DEL PUESTO: TITULAR DE ARCHIVO JURISDICCIONAL
Reglamento Interno del TEPJF Artículo 21 (Reformado [N.E. Republicado primer párrafo] mediante decreto publicado el 29 de diciembre de 2016) Para el eficaz y debido desempeño de sus funciones, la Secretaría General contará con las áreas de apoyo siguientes: (Reformada [N.E. Republicada] mediante decreto publicado el 29 de diciembre de 2016) [… VIII. Archivo Jurisdiccional. …] (Reformado mediante decreto publicado el 29 de diciembre de 2016) Las personas titulares de las referidas áreas deberán reunir los requisitos que exige el artículo 215 de la Ley Orgánica; con excepción del titular de la Unidad de Apoyo Jurisdiccional, quien podrá ostentar algún otro título en el área de su especialidad o materia afín a las labores a desempeñar, expedido legalmente con una antigüedad mínima de tres años. Su designación se orientará por el principio de paridad de género. Artículo 22 (Reformado [N.E. Republicado primer párrafo] mediante decreto publicado el 29 de diciembre de 2016) Las áreas de apoyo de la Secretaría General precisadas en el artículo que antecede tendrán, en el ámbito de su competencia, las siguientes facultades: I. Mantener actualizado el sistema electrónico de consulta interna y externa; II. Informar permanentemente a las personas titulares de la Secretaría General y Subsecretaría General de Acuerdos, respecto del funcionamiento y del desahogo de los asuntos del área a su cargo; III. Auxiliar a la persona titular de la Secretaría General en la elaboración del proyecto del manual de organización y funcionamiento del área a su cargo; IV. Colaborar y mantener la debida coordinación con los Órganos de Transparencia, dando seguimiento interno y respuesta oportuna a los requerimientos que se les formulen; V. Elaborar semestralmente y mantener actualizado por rubros, un índice de la información clasificada como reservada;
TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN ATRIBUCIONES, RESPONSABILIDADES Y/O FUNCIONES VI. Proporcionar y mantener actualizada con base en sus facultades y responsabilidades, la información a la que se refiera la normativa en materia de transparencia, para que esté a disposición del público a través del portal de Internet; VII. Clasificar como reservada o confidencial la información de acuerdo a los criterios que marca la normativa en materia de Transparencia y este Reglamento; VIII. Organizar los expedientes de su competencia, a través de la integración de los documentos que los conforman, su ordenamiento y catalogación, así como la guarda y custodia de los mismos, de conformidad a los lineamientos correspondientes; (Reformada mediante decreto publicado el 29 de diciembre de 2016) IX. Formular las respuestas a las solicitudes de acceso a la información y de protección de datos personales que les turne la Unidad de Transparencia; X. Las demás que les confieran las disposiciones aplicables. Artículo 37 El Archivo Jurisdiccional se encarga del registro, control, resguardo y la conservación de los expedientes resueltos por las Salas del Tribunal Electoral, durante los plazos legales. Artículo 39 La persona titular del Archivo Jurisdiccional tendrá las facultades siguientes: I. Recibir, concentrar y conservar los expedientes jurisdiccionales de las Salas del Tribunal Electoral, conforme a la normativa aplicable; II. Llevar el archivo jurisdiccional y los registros correspondientes conforme a lo dispuesto por este Reglamento y el manual respectivo; III. Revisar que los expedientes que remitan las Salas estén firmados, foliados y sellados; IV. Hacer del conocimiento de las personas titulares de la Secretaría y de la Subsecretaría General de Acuerdos de la Sala Superior, cualquier defecto o irregularidad que advierta en los expedientes o documentos que reciba para su archivo, a fin de que, de ser material y técnicamente posible se corrija; V. Implementar las medidas que juzgue convenientes para el registro, resguardo y consulta de los expedientes; VI. Proponer a la persona titular de la Secretaría General la remisión de los expedientes al Archivo Histórico de conformidad con las disposiciones aplicables; VII. Coadyuvar en la expedición de las certificaciones de los documentos relativos a los expedientes que obran en el archivo bajo su responsabilidad, por disposición expresa de la autoridad correspondiente; VIII. Levantar el inventario anual de los expedientes de los medios de impugnación, el cual se comunicará a la persona titular de la Secretaría General; IX. Proponer los criterios aplicables, según la naturaleza e importancia como precedente judicial con valor histórico de los documentos de los expedientes jurídicos;
TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN ATRIBUCIONES, RESPONSABILIDADES Y/O FUNCIONES X. Coordinar los procedimientos de valoración y destino final de los expedientes, con base en la normativa, previo acuerdo de la persona titular de la Secretaría General con la Presidencia del Tribunal Electoral; XI. Supervisar los instrumentos de consulta y control, así como de conservación electrónica del propio Archivo, de conformidad con el manual respectivo; XII. Autorizar la consulta de los expedientes, la toma de fotografías o filmaciones de los documentos resguardados en los expedientes, así como la salida de los mismos del Archivo sede de su resguardo; XIII. Proponer a la persona titular de la Secretaría General las medidas pertinentes sobre sistemas de archivo, seguridad y modernización en la organización y funcionamiento del Archivo Jurisdiccional; y XIV. Emitir la constancia, al final de cada expediente, del número de fojas, cuadernos y anexos que lo integran, precisando el folio respectivo.