transportes y comunicaciones - MTC

6 nov. 2017 - Modifican la R.VM. Nº 086-2004-MTC/03, que aprobó ... que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas ...
569KB Größe 13 Downloads 7 vistas
El Peruano / Lunes 6 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y sus modificatorias; y, en la Resolución Ministerial Nº 1342015-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora FRESSIA MERCEDES MUNÁRRIZ INFANTE al cargo de Directora II de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora YOLANDA BERTHA ERAZO FLORES en el cargo de Directora II de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1583459-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Modifican la R.VM. Nº 086-2004-MTC/03, que aprobó Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión en Frecuencia Modulada de diversas localidades del departamento de Ayacucho resolución viceministerial nº 1156-2017-mtc/03 Lima, 30 de octubre de 2017 VISTO, el Informe N° 2276-2017-MTC/28 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; CONSIDERANDO: Que, el artículo 11 de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7 del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial;

11

Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 086-2004-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM), para distintas localidades del departamento de Ayacucho; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 2276-2017MTC/28, propone la incorporación de las localidades de CANAYRE, CHILCAYOC, SANCOS, SAN JAVIER DE ALPABAMBA - SAN FRANCISCO DE RAVACAYCO - PACAPAUSA, OCROS, HUAYNACANCHA y ORONCCOY a los planes de canalización y asignación del servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de Ayacucho; e indica que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; De conformidad con la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, y sus modificatorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212007-MTC, y; Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 086-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión en Frecuencia Modulada (FM), para distintas localidades del departamento de Ayacucho, a fin de incorporar los planes de las localidades de CANAYRE, CHILCAYOC, SANCOS, SAN JAVIER DE ALPABAMBA - SAN FRANCISCO DE RAVACAYCO PACAPAUSA, OCROS, HUAYNACANCHA y ORONCCOY; conforme se indica a continuación: Localidad: CANAYRE

Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz) 205 88.9 209 89.7 213 90.5 217 91.3 290 105.9 294 106.7

Total de canales: 6 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.10 KW. Localidad: CHILCAYOC

Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz) 214 90.7 218 91.5 226 93.1 230 93.9 250 97.9 254 98.7

Total de canales: 6 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.10 KW.

12

NORMAS LEGALES Localidad: SANCOS

Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz) 204 88.7 208 89.5 212 90.3 220 91.9 224 92.7 228 93.5

Total de canales: 6 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.10 KW. Localidad: SAN JAVIER DE ALPABAMBA - SAN FRANCISCO DE RAVACAYCO PACAPAUSA

Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz) 219 91.7 223 92.5 227 93.3 231 94.1 235 94.9 239 95.7 243 96.5 247 97.3

Total de canales: 8 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.25 KW. Localidad: OCROS

Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz) 206 89.1 210 89.9 242 96.3 246 97.1 278 103.5 282 104.3

Total de canales: 6 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.10 KW. Localidad: HUAYNACANCHA

Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz) 238 95.5 250 97.9 258 99.5 290 105.9 294 106.7

Total de canales: 5 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.10 KW. Localidad: ORONCCOY

Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz) 209 89.7 213 90.5 217 91.3



Lunes 6 de noviembre de 2017 /

El Peruano

Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz) 223 92.5 227 93.3 231 94.1

Total de canales: 6 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.10 KW. Artículo 2.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modificación de características técnicas observará su estricto cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALDEZ VELÁSQUEZ-LÓPEZ Viceministro de Comunicaciones 1583228-1

ORGANISMOS EJECUTORES

SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS Designan responsable de remitir ofertas de empleo de la SUTRAN al Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 15-2017-SUTRAN/01.2 Lima, 27 de octubre de 2017 VISTOS: El Informe Nº 125-2017-SUTRAN/05.1.4 de fecha 18 de octubre de 2017 de la Unidad de Recursos Humanos, el Memorando Nº 629-2017-SUTRAN/05.1 de fecha 18 de octubre de 2017 de la Oficina de Administración y el Informe Nº 159-2017-SUTRAN/04.1 de fecha 25 de octubre de 2017 de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29380, se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN-, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, encargada de normar, supervisar, fiscalizar y sancionar las actividades del transporte de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional y las actividades vinculadas con el transporte de mercancía en el ámbito nacional; Que, el Decreto Legislativo Nº 1057 regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) como una modalidad especial propia del derecho administrativo y estructura orgánica del Estado; Que, el artículo 3° de la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios — CAS y otorga derechos laborales, incorpora, entre otros, el artículo 8° al Decreto Legislativo N° 1057, el cual en su segundo párrafo señala que la convocatoria de concurso público se realiza a través del Portal Institucional de la