so{uciónáe Secretaria generar

4 ago. 2016 - Visto; el Informe N.o265-2016-MINAM-SG-OPP, del 03 de agosto de 2016, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y el Memorando ...
139KB Größe 0 Downloads 1 vistas
~so{ución áe Secretaria generar :J{O 051 -2016-9dIN.Jl9d Lima,

O 4 AGO. 2016

Visto; el Informe N.o 265-2016-MINAM-SG-OPP, del 03 de agosto de 2016, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y el Memorando N.o 492-2016-MINAM/SGOAJ, del 03 de agosto de 2016, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Legislativo W 1013 se creó el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; y constituyendo un pliego presupuestal; Que, mediante Resolución de Secretaría General N.o 003-2016-MINAM, se aprobó la Directiva N.o 01-2016-MINAM/SG "Disposiciones que regulan el trámite documentario en el Ministerio del Ambiente"; Que, por razones de celeridad administrativa, resulta necesario modificar el último párrafo del numeral 6.1.11 de la Directiva precitada; Con el visado de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

" OE(.". EAhllSNTO ~rn y SUPUESTO ~

11]

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N.o 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo N.o 007-2008-MINAM, que aprueba su Reglamento de Organización y Funciones; y la Directiva N.o 08-2014-MINAM/SG "Normas para la Formulación, Actualización y Aprobación de Directivas en el Ministerio del Ambiente", aprobada por Resolución de Secretaría General N.O058-2014-MINAM; SE RESUELVE:

INA~'

Artículo 1.- Modificar el último párrafo del numeral 6.1.11 de la Directiva N.o 01-2016-MINAM/SG "Disposiciones que regulan el trámite documentario en el Ministerio del Ambiente", aprobada por Resolución de Secretaría General N.o 0032016-MINAM, el cual quedará redactado de acuerdo al siguiente texto:

"(. ..) Al término del registro y digitalización en el STO, los documentos se derivan a los órganos del MINAM que aparecen como destinatarios, sin perjuicio de lo señalado en los numerales 7. 8 al 7. 13 de la presente directiva. Corresponde la elevación de los documentos dirigidos al Despacho Ministerial, acompañado de la Hoja de Ruta respectiva, a la Secretaría General para su derivación." Artículo 2.- Modificar el formato del Anexo 4: Flujogramas - Recepción Documentos Externos, de la Directiva N.o 01-2016-MINAM/SG "Disposiciones regulan el trámite documentario en el Ministerio del Ambiente", aprobada Resolución de Secretaría General N. o 003-2016-MINAM, el que será reemplazado el formato que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Transcribir Ministerio del Ambiente.

la presente .

resolución

a todos

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Kitty Trinidad Secretaria General

o

los Órganos

de que por por

del

Ministerio del Ambiente

ANEXO 4. FLUJOGRAMA

A - RECEPCiÓN DE DOCUMENTOS EXTERNOS

Equipo de Trámite Documentaño

Administrado

Órgano del MINAM

No

¿TUPA?

Si ¿OK?

Se observa el documento (artículo 12S de la ley N. 27444)

Se

entrega

Destinatario,

el documento

al

ya la Secretaria

General en caso del Despacho

Ministerial

Disp.Complementarias

¿SE lEVANTO OBSERVACION?

Prepararrespuesta

osegún