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solicita se resuelva derechamente y con urgencia

12 jun. 2019 - antecedentes expuestos en su oportunidad, vengo en solicitar se resuelva derechamente -y con la urgencia que el caso requiere- la solicitud ...
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SOLICITA SE RESUELVA DERECHAMENTE Y CON URGENCIA SOLICITUD DE ALZAMIENTO DE MEDIDA CAUTELAR DECRETADA

ILUSTRE TERCER TRIBUNAL AMBIENTAL DE VALDIVIA

MARIO GALINDO VILLARROEL, en representación de Minera Invierno S.A., tercero independiente en autos sobre Recurso de Reclamación caratulados “Gabriela Simonetti Grez y otros con Servicio de Evaluación Ambiental”, rol de ingreso R–77–2018, ante este Ilustre Tribunal Ambiental respetuosamente digo:

Como es de su conocimiento S.S. Ilustre decretó, con fecha 27 de marzo del presente, la medida cautelar de prohibición de tronaduras que por diseño, ubicación y profundidad de banco a tronar puedan alcanzar profundidades inferiores a los 100 m.s.n.m. Fundadamente, mi representada solicitó su alzamiento con fecha 12 de abril del presente y la audiencia de revisión de dicha medida se llevó a efecto con fecha 24 de abril del presente. No obstante, hasta la fecha no se ha dictado resolución sobre la solicitud de alzamiento ya referida. Esta incertidumbre está generando graves consecuencias para mi representada y sus trabajadores, por lo que resulta necesario que S.S. Ilustre. dicte resolución a la brevedad. En efecto, derivada de la medida cautelar decretada y la no resolución de la solicitud de alzamiento, mi representada atraviesa por una crítica situación operacional que la ha llevado a detener parte de la flota de equipos de extracción de estéril. Esta situación se agravó el martes 11 de junio del presente cuando Minera Invierno S.A., producto de las restricciones impuestas y demora ya referidas, detuvo nuevamente equipos de la flota de extracción de estéril. Esta nueva detención de equipos unida a la realizada con anterioridad, implica que actualmente 2/3 de la flota

de extracción de estéril se encuentra detenida, estimándose la detención total de los equipos de extracción de material estéril restantes en operación, a finales del mes de junio del año en curso. Es relevante señalar al tribunal que la flota de extracción de material estéril está compuesta de 3 palas hidráulicas Caterpillar modelo 6060. La operación de cada una de ellas requiere de 5 camiones Komatsu modelo 830 EAC, 2 bulldozer Caterpillar modelo D 10, 2 excavadoras Caterpillar (1 Caterpillar modelo 329 DL y 1 Caterpillar modelo 323 DL) y 1 wheeldozer Caterpillar modelo 834H, es decir 10 equipos mineros mayores. Cada equipo minero mayor, a su vez, contempla una dotación de 4,5 operadores y 2,5 mantenedores para su adecuado funcionamiento. En este sentido, la actividad desarrollada por la compañía que requiere o demanda una mayor cantidad de recursos es la extracción de material estéril, la que permite despejar el carbón, ya que por cada tonelada de carbón extraída es necesario remover en promedio aproximadamente 5,5 metros cúbicos de material estéril. La detención total de la flota de extracción de estéril a fines del mes en curso, implicará que Mina Invierno no podrá realizar el desarrollo necesario para producir carbón durante el año 2020, situación que conduce inevitablemente a la paralización total de la empresa. Debido a lo anterior, al no poder realizar desarrollo de carbón para el próximo año, sólo se continuará extrayendo el carbón ya despejado en Fase 10 con la flota de extracción de carbón (principalmente una pala hidráulica 6018 y un máximo de 8 camiones HD 785) para cumplir compromisos comerciales existentes hasta fines de octubre de 2019, fecha a partir de la cual se estima dejar una dotación aproximada de 50 personas para hacer labores propias de una fase de paralización programada. Todo lo anterior es ya insostenible para mi representada por lo que, por los antecedentes expuestos en su oportunidad, vengo en solicitar se resuelva derechamente -y con la urgencia que el caso requiere- la solicitud de alzamiento de medida cautelar oportunamente solicitada. POR TANTO:

A S.S. Ilte. solicito acceder a lo pedido y resolver derechamente y de manera urgente la solicitud de oposición y alzamiento de la medida cautelar decretada con fecha 27 de marzo del presente año.

MARIO ALBERTO GALINDO VILLARRO EL

Firmado digitalmente por MARIO ALBERTO GALINDO VILLARROEL Fecha: 2019.06.12 19:38:30 -04'00'