Se solicita urgente atención para la reparación y

ELlZABETH, GUEVARA CASTRO IVAN OSVALDO, GUZMAN SANCHEZ DULCE ... RAMIREZ ARELLANO VIOLETA SARAHI, RAMIREZ LOPEZ DAVID, VEGA ... Mexicanos; 3e de la Convención sobre los Derechos del Niño. ratificada por ...
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Asunto:

Se solicita

reparación María

y mantenimiento Dolores

llDPR3538E, riesgo

urgente

atención

la

de la escuela pública

Hernández

Torres

ya que las instalaciones

la integridad

para

y seguridad

C.C.T

ponen

física

de

en los

alumnos.

Lic. Diego Sinhue Rodríguez

Vallejo

Gobernador

del Estado de Guanajuato

Constitucional

Presente.

Los que comparecemos,

ARENAS VELAZQUEZ CARLOS ISAAC, ESCOBAR ACEVEDO DAYANA JOHARI,

GUTIERREZ MARTINEZ ANDREA JOSELlN, HERNANDEZ BANDERAS ARIANE OCTAVIANA,

HERNANDEZ

GUTIERREZ ALEJANDRO DE JESUS, ROCHA RAMIREZ ANGEL ALEXIS, SANCHEZ PEREZ BAYRON JASSIEL, AVIÑA

VILLALOBOS

ALEXANDER, MAÑON

ALEXIS GIOVANNI,

CENTENO VELEZ AXEL LEONEL, FLORES SOLlS BRANDON

RANGEL ALAN EDUARDO, PONCE MALDONADO

CALEB, RICO MORENO ABRIL

ALEJANDRA, TORRES AGUILAR ANDREA DANIELA, FUENTES MORENO CARMEN MARITZA GUADALUPE, LOPEZ IBARRA AARON EMILlANO, SANCHEZ AMERICA GUADALUPE,

IRAZU,

OLIVA FRANCO BRYAN SEBASTIAN, RIVERA RAMIREZ BRISIA ABRIL,

CASTILLO VILLALOBOS

GRECIA JOCELYN, GUTIERREZ AYALA

NEGRETE ALVAREZ DANTE DANIEL, PADILLA SAUL JAVIER, RIVERA GUZMAN

JESUS, RIVERA PEREZ HECTOR ENRIQUE, RODRIGUEZ RAMIREZ DULCE MARIA,

ISABEL JOSE DE

ALMONACI

LOPEZ

GRECIA ALEJANDRA, CONTRERAS VAZQUEZ GABRIEL BALTAZAR, GONZALEZ ZERMEÑO ESMERALDA GUADALUPE,

HERNANDEZ AMAYA CINTIA GUADALUPE,

PADILLA CIENEGA CINTHYA SUJEY, PADILLA

SAUL ESMERALDA DE LOS ANGELES, VELAZQUEZ MONJARAZ GRECIA YZETL, GASCA ORTIZ DANIELA ELlZABETH, GUEVARA CASTRO IVAN OSVALDO, RAMIREZ VALDOVINO

DIEGO

LEONARDO,

QUIROZ

GUZMAN

PEREZ PEREZ FIDEL,

HASHLY JOSELYNE, MARTINEZ

SANCHEZ DULCE MILAGROS,

RODRIGUEZ

GUTIERREZ

DIAZ DIEGO HUMBERTO,

DAMAR GUADALUPE, RODRIGUEZ CASTILLO ClNTHIAJIMENA,

GIOVANI

MARQUEZ OSMAR,

MORALES TORRES

TORRES OLIVA ERICK SIMON, VERA SOLlS

CHRISTIAN GUADALUPE, VILLANUEVA CASTILLO ALEXIS ADRIAN, AYALA LUNA MARIO ALBERTO, FLORES LOPEZ MILAGROS GUADALUPE, FEDERICO,

RODRIGUEZ

HERNANDEZ VAZQUEZ OMAR

BELMONTES

MIGUEL

ANGEL,

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EMMANUEL,

VAZQUEZ

PRIETO

LOPEZ IBARRA PABLO OSWALDO

MICHAEL,

EMMANUEL,

RIOS GOMEZ

HARLEY RAFAEL, RIVERA GUZMAN

LUIS ANTONIO,

SANCHEZ RODRIGUEZ

JOSUE, SEGURA GONZALEZ LEONEL ALEJANDRO, TRUJILLO CRUZ HASLlNN HARUMI, PABLO BLADIMIR,

GALVAN

SUAREZ JOSE LUIS, GONZALEZ

HUERTA

VAZQUEZ JESUIT YARETH, LOPEZ PEREZ LlLIANA GUADALUPE, GONZALEZ

PABEL,

ZERMEÑO

GIOVANNI

ALEJANDRO,

CARRANZA MARTIN,

SANDOVAL

GUADALUPE,

SAFIR,

CONCHA

AMERICA

RAMOS

SERGIO

TORRES GLORIA SIMONE,

ESTRELLA ABIGAIL,

CARRANZA

CRUZ ARELLANO

HERNANDEZ

MACIAS TORRES JHON KEVIN, MORENO

HERNANDEZ

AMEZQUITA

RIVERA JESUS EMILlANO,

LOPEZ VANESSA RANGEL

BARBOSA JOCELlNE,

AGUNDIS MUÑOZ

NESTOR DANIEL,

RAMIREZ

CANO

BARBOSA SARA BEATRIZ, CERVANTES

RAMOS

MACIAS

SALVADOR,

VILLALOVOS

LlZETH,

CORTES OSCAR,

MATA CABALLERO MARTIN

PEREZ MEDINA AMAYA

SANTIAGO

MORENO

BARUK,

VICTOR

SAUL DE JESUS, OLIVA ZERMEÑO CARRERAS

LESLYE VANESA,

, JONATHAN

AGUSTIN,

PEDRO ANTONIO,

GUTIERREZ

GUADALUPE,

RAMIREZ

GUADALUPE,

GUERRERO GALLEGOS QUINBERLI VIANEY, MANRIQUEZ

CANO

MARCO

GONZALEZ

JULlAN,

TORRES

MAURICIO

ALEJANDRO,

VALADEZ

SANTIAGO

MUÑOZ ZOE ARACELI, MARTINEZ

TORRES RAMIREZ XIMENA

MUÑOZ

ALEJANDRA

RODRIGUEZ

BERENICE, GUTIERREZ HERNANDEZ

HERNANDEZ BRICEIDA

RANGEL CARLOS MIGUEL,

IRAZU,

RAMIREZ

BANDERAS ARIANE OCTAVIANA,

CORTES ANGEL ABDUL, GONZALEZ

CAMBRON

BRENDA DANIELA,

AMAYA

VAZQUEZ

CASTRO VELARDE ERICK IVAN,

CARLOS

ULlSES, VALDOVINO

IBARRA ANGEL YAEL, MARTINEZ

QUIROZ

ANDREA JOSELlN,

HERNANDEZ GUTIERREZ ALEJANDRO DE JESUS, AMARO BRITANNY

GONZALEZ

LANGO MARTINEZ

CAMBRON

LIRA LOPEZ CRISTOPHER EMMANUEL,

CRISTOPHER JOSAFAT, ARENAS VELAZQUEZ CARLOS ISAAC, GUTIERREZ MARTINEZ HERNANDEZ

JOEL,

HERNANDEZ AVILA NAYELI ELlZABETH, HERNANDEZ VALADEZ XIMENA ABIGAIL,

YUNUEN,

AZPEITIA

GALVAN

NAVARRO GUERRERO

ROCHA ARIAS SAYRA KARINA DEL ROCIO, RODRIGUEZ VERA PABLO ANGEL, GONZALEZ MENDEZ

PICON

SHERLYN; CLETO HERNANDEZ ZURIEL ULlSES, ESTRADA FLORES MARIA ALONDRA,

VANESSA

GAEL

YARETZI CITLALI, ESCALERA GUERRERO SAMARIA

EMILlANO,

SUAREZ YUDIT ZARAHI GUADALUPE,

OLIVA

ESMERALDA,

ZERMEÑO

CORNEJO FUNES ERIK ISAIAS,

CESAR GAEL, GUADIAN

MONTENEGRO

DAIRA JOSELlNE, LARA NEAVE DANIELA GUADALUPE,

GUTIERREZ EDGAR SANTIAGO,

LOPEZ

MARES NAVA ALISO N ESTEFANIA,

PEREZ VARGAS ALEXIS JASSIEL, SEGURA GONZALEZ ANGEL GABRIEL, TORRES ROCHA EDNA MELISA, VEGA DIAZ DIANA ESCOBEDO NATALY,

GENESIZ, AYALA ALMAGUER

BRENDA

RENATA,

HERNANDEZ

ANA

VIRIDIANA, ANDRADE

MANRIQUEZ

PABLO CESAR, AVILA

FRANCISCO VAZQUEZ SOFIA,

MUÑOZ

HURTADO

CRISTIAN ARMANDO,

ALEXANDER, ELlZABETH,

ZAMORA

ALVARADO ARENAS

LUNA MARIA

MORALES

EDWIN TADEO, ARMENTA

ARMENTA JUAN

GUADALUPE,

CASTRO IAN MATEO,

YOSELYN LlZBHET, MATEHUALA LEONARDO,

GUZMAN

LOPEZ COLUNGA

RODRIGUEZ PALOMARES

VICTOR MONJARAZ

MARES

MIGUEL GIOVANI,

DASHA

LUNA

ALlSON

ORNELAS

RAYAS

RAMIREZ

LOPEZ DAVID, VEGA

AVALOS

JIMENEZ

AYA LA LUNA MARCO, AMAYA

PABLO, ALMEIDA

RAMIREZ RAUL EMILlANO,

AGUIRRE

FLORES AGUIRRE

NAVARRO PONCE DULCE GUADALUPE,

PEREZ ENRIQUE,

JONATHAN

MORENO

AMEZQUITA

MICHEL

RODRIGUEZ

AGUIRRE ESCOBEDO ERIKA VIOLETA, AGUIRRE

NAVARRO RENATA VIOLETA, BARRERA RIVERA EDGAR DONOVAN, GUEVARA

ANGEL,

VIOLETA SARAHI,

CYNTHIA

FERNANDA,

PEREZ DOMINIC,

VANESSA,

RICO ALBERICK

ARTURO JOSAFAT, RAMIREZ ARELLANO

DIAZ ALICIA JOSSELlN,

ANDREA

MATEO

ALEXANDER, OLVERA

GARCIA RODRIGEZ JOSE EMANUEL,

ALEXANDER,

LOPEZ RODRIGUEZ

RAMIREZ

GRECIA, RAMOS VILLANUEVA

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HERNANDEZ

LUIS MILTON, MARISOL,

MARLEN ORTIZ

GUTIERREZ GERALDI, GONZALEZ

RIOS GOMEZ HANSEL

KARIM, RIVERA PEREZ JOSE MANUEL,

RIVERA PEREZ JOSE MANUEL,

SANCHEZ MENDEZ MELlSSA JOSELlNE, SANCHEZ OLMEDO

ROCHA RAMIREZ JOSE ENRIQUE,

MARTHA SOFIA, SANCHEZ PEREZ KALEB

MATEO, SANDOVAL RIVERA ESMERALDA GUADALUPE, TORRES AGUILAR NALLELY BERENICE, VARGAS LOPEZ JONATHAN representados MONZON,

OSVALDO, VALADEZ MARTINEZ

por nuestros

ROSA MARIA

padres en ejercicio

MARITZA GUADALUPE,

de la patria

menores

de nombres

ACEVEDO SANTOS, ERIKA ALVAREZ, ALEJANDRA

LAURA BANDERAS GUTIERRES, MARIA GUADALUPE BELMONTES,

potestad,

todos

de edad,

MAYRA MENDEZ

CONCHA GARCIA, ANA

LUNA JUAREZ, MAYRA ALEJANDRA RODRIGUEZ

ESMERALDA PONCE CALLEJES, CARMEN LOPEZ PEREZ, MARIA DEL CARMEN CASTILLO

MURILLO, ALAMA RODRIGUEZ RUIZ, MIRIAM LOPEZ, CLAUDIA FABIOLA MARTINEZ, CHRISTIAN

GUEVARA

ALEJANDRA

VILLANUEVA

OLAEZ,

MONSERAT RODRIGUEZ RUIZ, ADRIANA FABIOLA FUNES

FATIMA CIENEGA RANGEL, YULlANA

MARIA

DE JESUS FLORES MARTINEZ,

MARTINEZ,

MA LOURDES HERNANDEZ,

ITSEL PEREZ ZARAGOSA,

LUCIA GUTIERREZ,

ROCIO

TERESA DE JESUS VERA SO LIS,

JUANA INES RAMIREZ SANCHES, LETICIA CABALLERO, CRUZ ARTURO MARTINEZ SERVIN, GUADALUPE MUÑOZ

ALVAREZ, ADRIANA

MILAGROS ARMENTA

CASTILLO, RAYMUNDOMORENO

LOPEZ, MA. DE

LOURDES ARELLANO PAZ, JANET DE JESUS VELAZQUEZ, ALEJANDRO CONTRERAS SEGURA, LEONEL, ALEJANDRO SEGURA, ANGEL GABRIEL SEGURA, BRENDA DANIELA GUADIAN PALOMARESMONJARAZ,

VIRGINIA GARCIA

LOS ANGELES CORTES R., FERNANDA ALISO N VIRIDIANA RAMON

CAROLINA

BLANCA

GUADALUPE

OLlVIA

FlANCO, CARMEN

FUENTES MORENO,

LUNA ORNELAS, EDGAR BERRERA RIVERA, ZURIEL ULlSES CLETO HERNADEZ, JUAN

GONZALES CASTILLO, ALMA

GUADALUPE

MONTENEGRO,

LOZOYA, NURY YERDDID JIMENEZ RODRIGUEZ, MA. DE

MARES

AMARO,

DE JESUS ROCHA SALAZAR , CLAUDIA LlLIANA OLlVIA, MARIA

MARIA

DE LOURDES SUAREZ

HERNANDEZ VALDEZ , LETICIA MARTINEZ

LUEVANO,

GLORIA

SANCHEZ, ELVIA SOLlS, MARIA

AVILA

AVILA,

CRUZ RIVERA

MUÑOZ,

ESMERALDA DE LOS ANGELES, EDGAR SANTIAGO MARTINEZ GUTIERREZ, ALAN EDUARDO

MAÑON

RANGEL,

MUÑOZ,

LIDIA ISABEL GOMEZ

OLVERA

RAMIREZ,

ALEXIS GIOVANNI, DAIRA

ARAN DA VILLALOBOS,

SANCHEZ, MARIA

JOSELlN

LANGO,

MAURICIO

ALEJANDRO

DEL ROCIO ZERMEÑO

MARTINEZ,

PLABLO

RAMIREZ,

BLADIMIR

GUTIERREZ

LUIS MILTON

AGUNDIS

MUÑOZ,

OSWALDO VAZQUEZ PRIETO, LEONEL CENTENENO VELEZ, DOLORES VERA SOLIS, BEATRIZ ADRIANA CASTILLO VERA, MARIA DE LOURDES PEREZ RAMIREZ, DIANA VEGA, ERIKA GUADALUPE, MARTINEZ,

CLAUDIA RODRIGUEZ ARMENTA,

HECTOR URIEL VALADEZ CATES, ROSARIO RODRIGUEZ

SANCHEZ, ERIKA DEL ROCIO AGUIRRE ALVARADO, CRISTINA MUÑOZ

MATA, ELSA MA.

como

representada

representante

por su madre,

común

La Alameda,

de notificación, Luis Noé Muñoz

RAMIREZ, EMILlA SANCHEZ PEDROZA, respectivamente, Rodríguez

Ramírez

Cardona;

y ofrecer

cualquier

Rodríguez.

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Rodríguez,

señalando

en el ubicado en Calle Manuel

en la ciudad de León, Guanajuato,

así como para consultar

ANA

TOMAS JUAREZ ALCALA, SERGIO NAVARRO

a la niña Perla Nailea

la Sra. Perla Noemí

oír y recibir toda clase de notificaciones, de la colonia

GRECIA YOCELYN CASTILLO VILLALOBOS,

AYALA ALMAGUER,

RAMIREZ, JUAN JOSE LlZANDRO MARQUEZ señalando

ARMENTA

autorizando

que a su vez es

como domicilio

García y Moyeda

número

para recibir cualquier

clase de prueba,

al licenciado

para 101, clase

en derecho

Mexicanos; 3e de la Convención sobre los Derechos del Niño. ratificada por México V publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 1991; y, los numerales 32, 42, 62 y 72 de la Ley para la Protección

de los Derechos de Niñas, Niños V Adolescentes,

salvaguarda del principio reparación

y

de interés superior

mantenimiento

en aplicación estricta y

del menor, se solicita atención

de la escuela PÚblica

urgente

para la

María Dolores Hernández Torres

m

llDPR3538E ZONA 149 SECTOR02 número SIN, ubicada en la calle San Eleazar, de la colonia Santa Rosa de Lima de la ciudad de León, Guanajuato.

Previo a señalar las causas y motivos que dan vida a la presente petición, es necesario señalar una breve referencia de lo que implica el principio del interés superior del menor.

El interés superior de los niños, niñas y adolescentes implica que el desarrollo de éstos y el ejercicio pleno de sus derechos deben ser considerados como criterios rectores para la elaboración de normas y la aplicación de éstas en todos los órdenes relativos a su vida.

Así, todas las autoridades

deben asegurar y garantizar que en todos los asuntos, decisiones y

políticas públicas en las que se les involucre, todos los niños. niñas v adolescentes tengan el disfrute

y goce de todos sus derechos humanos. especialmente

de aquellos que permiten

su óptimo

desarrollo, esto es. los gue aseguran la satisfacción de sus necesidades básicas como alimentación, vivienda, salud física y emocional, el vivir en familia con lazos afectivos, la edUcaciÓn y el sano esparcimiento. elementos -todos- esenciales para su desarrollo integral.

En ese sentido, el principio del interés superior del menor de edad implica que la protección de sus derechos debe realizarse por parte de las autoridades a través de medidas reforzadas o agravadas en todos los ámbitos que estén relacionados

directa o indirectamente

con los nll;os, nUlas V

adolescentes, ya que sus intereses deben protegerse siempre con una mayor intensidad.

Sirve de apoyo a lo antes expuesto, la tesis de jurisprudencia número 1a./J. 25/2012 (9a.), sostenida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consultable en el Semanario Judicial

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Sirve de apoyo a lo antes expuesto, la tesis de jurisprudencia

número la.fJ. 25/2012 (9a.), sostenida

por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consultable en el Semanario Judicial de la Federación y suGaceta,

Décima Época, libro XV, tomo 1, del mes de diciembre de 2012, que es

del rubro y texto siguiente:

"INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR. SU CONCEPTO. En términos de los artículos 40., párrafo octavo, de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por México y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 1991; y 3, 4, 6 Y 7 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, los tribunales, en todas las medidas que tomen relacionadas con los menores, deben atender primordialmente al interés superior del niño; concepto que interpretó la Corte Interamericano de Derechos Humanos (cuya competencia contenciosa aceptó el Estado Mexicano el16 de diciembre de 1998) de la siguiente manera: "la expresión 'interés superior del niño' oo. implica que el desarrollo de éste y el ejercicio pleno de sus derechos deben ser considerados como criterios rectores para la elaboración de normas y la aplicación de éstas en todos los órdenes relotivos a la vida del niño"."

De igual manera, resulta aplicable a lo antes expuesto, la tesis de jurisprudencia 1.50.C.J/14, sostenida por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, consultable en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XXXIII,del mes de marzo de 2011, que es del rubro y texto siguiente:

"INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR. ALCANCES DE ESTEPRINCIPIO. El sistema jurídico mexicano establece

diversas prerrogativas de orden personal y social en favor de los menores, lo que se refleja tanto a nivel constitucional como en los tratados internacionales y en las leyesfederales y locales, de donde deriva que el interés superior del menor implica que en todo momento las políticas, acciones y toma de decisiones vinculadas a esa etapa de la vida humana, se realicen de modo que, en primer término, se busque el beneficio directo del niño o niña a quien van dirigidos."

Una vez analizado el concepto y alcance del principio del interés superior del menor, así como la obligación que tienen las autoridades de atender con prontitud a su salvaguarda y garantizar su

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afectados los derechos humanos de todos los menores de edad que acudimos en el presente escrito, que además todos somos alumnos de la escuela indicada en la parte inicial del presente escrito.

Efectivamente, las y los niños que nos encontramos estudiando en las instalaciones de la escuela primaria

Maria Dolores Hernández Torres CCT llDPR3538E, sentimos vulnerados los derechos

humanos de educación y sano esparcimiento, ya que no tenemos un pleno disfrute y goce de los mismos, ello por las carencias estructurales y de mantenimiento

que tiene la escuela referida, pues

inclusive dichas carencias ponen en riesgo nuestras vidas y seguridad física.

Para comprender mejor la petición, se indican a continuación las carencias con la cuales se puede ilustrar la afectación de los derechos humanos de los menores de edad que acudimos a esa instancia administrativa, que corresponden a las siguientes:

1. Remodelación total de los baños, ya que presentan deterioro en tuberías, mingitorios, escusados pues tienen

30 años sin mantenimiento,

carencias que provocan afectaciones higiénicas que

repercuten en la salud de los menores.

2. El mantenimiento para un tramo de la barda perimetral, ya que está inconclusa y es por allí donde

se meten a vandalizar la escuela, generando una afectación en la seguridad de los menores.

3. Mantenimiento

a la cancha, ya que se encuentra deteriorada

con el piso levantado que ha

ocasionado accidentes a los menores.

4. los pizarrones en mal estado, impidiendo un adecuado aprendizaje en los menores, ya que no se cuentan con elementos adecuados de apoyo para los maestros.

5. Mantenimiento

a las instalaciones eléctricas, ya que se encuentran en mal estado, teniendo

inclusive en horarios de invierno a los niños sin electricidad en los salones, que además genera estado de inseguridad, ya que en la periferia de la escuela se tiene mucha delincuencia y sin electricidad se elevan los índices de delincuencia.

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5. Mantenimiento

a las instalaciones

eléctricas,

ya que se encuentran

inclusive en horarios de invierno a los niños sin electricidad

en mal estado, teniendo

en los salones, que además genera estado

de inseguridad, ya que en la periferia de la escuela se tiene mucha delincuencia y sin electricidad

se

elevan los índices de delincuencia.

6. Mantenimiento

para que se apoye en podar árboles, ya que están a punto de caer sobre el cable

eléctrico, lo que repercute gravemente

7. Se requiere

mantenimiento

en la integridad de los menores.

para la escuela en general, en el tema de la pintura

en interior

y

exterior para dignificar el espacio.

8. Adquisición

de mobiliario,

ya que se cuentan con sillas y escritorios en mal estado, afectando con

ello el buen ánimo de los menores para una mejor enseñanza.

9. Se requiere

que se tenga techado

de patio cívico para realizar actividades

pedagógicas al aire libre, ya que el clima afecta gravemente los cuales deben soportar altas temperaturas,

Para demostrar

lluvias o fríos extremos.

lo anterior, se acompaña evidencia documental

Es por ello que se solicita atención urgente para la remediación sin limitación

niñas y adolescentes llDPR3538E,

y

la salud de los menores, pues hay días en

que contiene fotografías de todos los

lugares y riesgos que se corren con las graves carencias estructurales

esa autoridad,

cívico- culturales

que se tienen en la escuela.

de las carencias anotadas, para que

alguna, dé atención y salvaguarde los derechos humanos de los niños,

que estudiamos

en la escuela primaria

para que con ello se respete el principio

María Dolores Hernández Torres CCT

de interés superior del menor y con ello se

permita un óptimo desarrollo de los menores de edad y que se asegure con ello la satisfacción de sus

necesidades básicas. principalmente

en el tema de la educación y el sano esparcimiento.

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No pasa por alto que, el Estado de Guanajuato demuestra ahora

la capacidad económica

titular

consideración

del ejecutivo

del

ha mantenido

para poder eliminar Estado, en periodo

finanzas sanas y ello sin duda

la contingencia de campaña

expuesta, pues inclusive el expuso

que se pondría

la aplicación de la recaudación del impuesto sobre nóminas, siendo éste un ámbito en

el cual, sin duda alguna, puede aplicarse, ya que no debe olvidarse que las contribuciones recauden por la Federación, los Estados y los Municipios, colectividad,

en

de conformidad

que se

son para satisfacer las necesidades de la

a lo dispuesto en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución

Política de

los Estados Unidos Mexicanos.

Por eso, los menores de edad que acudimos con la presentación del escrito que se ocupa, exigimos el respeto de nuestros derechos humanos y en aplicación estricta del principio de interés superior del menor, exigimos se cumplan los requerimientos

de reparación y mantenimiento

de las instalaciones

de la escuela primaria María Dolores Hernández Torres CCT llDPR3538E.

Por lo anteriormente

expuesto y fundado, atentamente

solicitamos:

Único. Se atienda la petición expuesta y se otorgue respuesta precisando las fechas en las cuales se harán las reparaciones

y actividades

de mantenimiento

de la escuela primaria

María

Dolores

Hernández Torres CCT llDPR3538E

Protestamos león, Guanajuato,

lo necesario

a 06 de noviembre

los padres de los menores de edad mencionados,

de 2018

que acudimos en ejercicio de la patria potestad

de los menores hijos y que se adjunta hoja con firmas.

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Con copia para:

------_------•

Secretario General del Congreso del Estado de Guanajuato. Para su conocimiento y vigilancia de la aplicación de la normativa correspondiente al cuidado y protección de los derechos de los menores.



Lic. José Raúl Montero de Alba. Procurador de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato. Para su conocimiento y seguimiento para la salvaguarda de los derechos humanos de los menores de edad.



Héctor Salgado Banda. Secretario de Finanzas, Inversión y Administración. Para su conocimiento y atención en el ámbito presupuestario.



Yoloxóchitl Bustamante Diez. Secretaria de Educación del Estado de Guanajuato. Para su conocimiento y atención en el ámbito competencial de la ubicación de la escuela primaria, así como para que brinde

instrucciones para la reparación y mantenimiento de la escuela primaria.

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