SERVIR, como ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de

los principales servicios prestados por la entidad y de la carga de trabajo. b) Propuesta de reorganización: incluyendo la simplificación, definición de nuevos ...
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DEL PROVECTO DE LA DIRECTIVA "NORMAS PARA LA FORMULACIÓN V APROBACIÓN DEl CUADRO DE PUESTOS DE LA ENTIDAD - CPE"

La Autoridad Nacional del Servicio Civil- SERVIR, como ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, tiene entre sus objetivos generar un cambio de enfoque en la gestión de los recursos humanos en las entidades públicas, en el cual el desarrollo de las personas configure la estrategia de la organización para el logro de los resultados institucionales. En esta línea, con fecha 4 de julio de 2013 se publicó en el Diario Oficiai"EI Peruano" la Ley W 30057, Ley del Servicio Civil, que tiene como objetivo establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, indicándose que la implementación del régimen del servicio civil se realizará progresivamente, concluyendo en un plazo máximo de seis (6) años. Así, la implementación de la Ley del Servicio Civil implica que las entidades públicas cumplan, como mínimo, los siguientes pasos: a) Análisis situacional : incluyendo el mapeo actual de puestos de la entidad, el análisis de los principales servicios prestados por la entidad y de la carga de trabajo. b) Propuesta de reorganización: incluyendo la simplificación, definición de nuevos perfiles de puesto y la cantidad de personal necesario para ejercer sus funciones adecuadamente, realizada en coordinación con SERVIR. e) Valorización de los puestos de la entidad pública en coordinación con SERVIR y el Ministerio de Economía y Finanzas. En ese sentido, la Autoridad Nacional del Servicio Civil emitió la Resolución de Presidencia Ejecutiva W 160-2013-SERVIR/PE, que aprobó los "Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen del servicio civil", en los cuales se establecieron 4 etapas: Preparación, Análisis situacional, Mejora interna e Implementación del nuevo régimen. En cuya etapa de Mejora interna, se ha establecido que se aprueba, entre otros documentos de gestión, el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE). La Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley del Servicio Civil estableció que el CPE reemplaza al Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y al Presupuesto Analítico de Personal (PAP). Asimismo, el artículo 128º del Reglamento General de la mencionada Ley establece que el CPE es el instrumento de gestión en donde las entidades establecen los puestos, la valorización de los mismos y el presupuesto asignado a cada uno de ellos, incluidos los puestos vacantes presupuestados, entre otra información. También se establecieron las responsabilidades de SERVIR y el MEF respecto a la evaluación y aprobación del CPE de las entidades públicas. Además, se indica que SERVIR en coordinación con el MEF, emitirá una directiva para la elaboración del CPE por parte de las entidades, la cual es de obligatorio cumplimiento, bajo responsabilidad del titular de la entidad. Es en cumplimiento de este mandato que SERVIR en coordinación con el MEF ha elaborado el presente proyecto de Directiva "Normas para la Formulación y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE".

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las instancias responsables de la evaluación y aprobación del CPE. Por lo cual, el proyecto de directiva regula: el contenido del CPE, el procedimiento y las competencias para su elaboración, su aprobación, su modificación o su actualización y el reordenamiento de puestos. . Por lo tanto, la necesidad de la emisión de la directiva propuesta se encuentra en establecer las ._c,IONAto {:J~~.r;;\ normas que regulen el documento de gestión que contiene los puestos y el presupuesto ~ Vo o ~. asignado a cada uno de ellos, el cual se inserta como un paso indispensable en el proceso de ~ M. ZA }·' trán~i~o ~u~ las entidades públicas deben llevar a cabo para implementar el nuevo régimen del ·cosRt( _.-/

serviCIO CIVIL

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