Seguridad ciudadana. Obstaculos y experiencias ... - CEUR-USAC

COACCIÓN ARTÍCULO 214 CÓDIGO PENAL. • COHECHO ACTIVO ARTÍCULO 442 CÓDIGO PENAL. • ESTAFA PROPIA ARTICULO 263 CÓDIGO PENAL ...
948KB Größe 28 Downloads 86 vistas
CIENCIA - VERDAD - JUSTICIA

1

CIENCIA - VERDAD - JUSTICIA

2

Regulado en el Código Penal Título VI De los Delitos contra el Patrimonio Capítulo IV

Artículo 261 CIENCIA - VERDAD - JUSTICIA

3

Artículo261.Extorsión.Quién,paraprocurarunlucroinjusto, para defraudarlo o exigirle cantidad de dinero alguna, con violencia obajoamenazadirectaoencubierta,oportercera persona y mediante cualquier medio de comunicación obligueaotroaentregardineroobienes;igualmentecuando conviolencialoobligareafirmar,suscribir,otorgar,destruir o entregar algún documento , será sancionado con prisión de seis(6)adoce(12)añosinconmutables. CIENCIA - VERDAD - JUSTICIA

4

OTROS DELITOS • CHANTAJE ARTÍCULO 262 CÓDIGO PENAL • COACCIÓN ARTÍCULO 214 CÓDIGO PENAL • COHECHO ACTIVO ARTÍCULO 442 CÓDIGO PENAL • ESTAFA PROPIA ARTICULO 263 CÓDIGO PENAL

CIENCIA - VERDAD - JUSTICIA

5

CIENCIA - VERDAD - JUSTICIA

6

CIENCIA - VERDAD - JUSTICIA

7

CIENCIA - VERDAD - JUSTICIA

8

CIENCIA - VERDAD - JUSTICIA

9

CIENCIA - VERDAD - JUSTICIA

10

LEY CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA • Artículo 1.Objeto y Naturaleza. La presente Ley tiene por objeto establecer las conductas delictivas atribuibles a los integrantes y/o participantes de las organizaciones criminales; el establecimiento y regulación de los métodos especiales de investigación y persecución penal así como todas aquellas medidas con el fin de prevenir, combatir, desarticular y erradicar la delincuencia organizada de conformidad y con lo dispuesto en la Constitución Política de la República, los tratados internacionales suscritos y ratificados por Guatemala y leyes ordinarias. CIENCIA - VERDAD - JUSTICIA

11

LEY CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA • Artículo 4.ASOCIACIÓN ILICITA. Comete el delito de asociación ilícita, quien participe o integre asociaciones del siguiente tipo: 1.Las que tengan por objeto cometer algún delito o después de constituidas, promuevan su comisión; y, 2.Las agrupaciones ilegales de gente armada, delincuencia organizada o grupos terroristas. Este delito será sancionado con pena de seis a ocho años de prisión, sin grupos terroristas. Este delito será sancionado con pena de seis a ocho años de prisión, sin perjuicio de las penas asignadas a los delitos cometidos. CIENCIA - VERDAD - JUSTICIA

12

LEY CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA • Artículo 10. Exacciones Intimidatorias. Quien agrupado en la delincuencia organizada, organización criminal o asociación ilícita, en abierta provocación o de forma intimidatoria solicite o exija la entrega de dinero u otro beneficio en la vía pública o en medios de transporte, será sancionado con prisión de seis a ocho años.

CIENCIA - VERDAD - JUSTICIA

13

LEY CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA • Artículo 11. Obstrucción extorsiva de tránsito. Quien agrupado en la delincuencia organizada, organización criminal o asociación ilícita, en abierta provocación o de forma intimidatoria solicite u obtenga dinero u otro beneficio de conductores de cualquier medio de transporte por permitirle circular en la vía pública, sin estar legalmente autorizado, será sancionado con prisión de seis a ocho años. CIENCIA - VERDAD - JUSTICIA

14

INVESTIGACIÓN MEDIANTE SEGUIMIENTO Y DOCUMENTACIÓN

CIENCIA - VERDAD - JUSTICIA

15

CIENCIA - VERDAD - JUSTICIA

16

CIENCIA - VERDAD - JUSTICIA

17

CIENCIA - VERDAD - JUSTICIA

19

CIENCIA - VERDAD - JUSTICIA

20

CIENCIA - VERDAD - JUSTICIA

21