seceje-dirrehum-b - Grupo Ascenso PNP

31 may. 2017 - Yurimaguas en la SEDE IV – TARAPOTO. 2. Bagua y Utcubamba en la SEDE XXII – AMAZONAS. 3. Moquegua en la SEDE XIX – TACNA. 4.
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“AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO”

DIRECTIVA Nº 01-07-2017-DIRGEN/SECEJE-DIRREHUM-B R.D. N°290 -2017-DIRGEN/DIRCOAS-PNP

Lima, 31MAY2017

“NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS QUE GARANTICEN LA CORRECTA EJECUCIÓN DEL PROCESO DE ASCENSOS POR CONCURSO DE OFICIALES DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ DEL AÑO 2017 – PROMOCIÓN 2018” I.

OBJETO Establecer normas y procedimientos administrativos que garanticen la correcta ejecución del Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2017 - Promoción 2018.

II.

FINALIDAD A. Proporcionar un instrumento técnico - normativo que oriente la organización, ejecución, control y evaluación del Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2017 - Promoción 2018, determinando las responsabilidades de las dependencias y personal de la Policía Nacional del Perú comprometidos en su ejecución. B. Difundir oportunamente las normas y procedimientos establecidos en la directiva, al personal de la Policía Nacional del Perú comprometido en su ejecución y a los postulantes. C. Garantizar la transparencia, eficiencia y eficacia del referido proceso.

III.

ALCANCE Las prescripciones de la presente directiva rigen para todos los órganos y personal de la Policía Nacional del Perú, comprometidos en el Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2017 - Promoción 2018.

IV.

BASE LEGAL A. Constitución Política del Perú. B. Ley Nº 30558, Ley de Modificación del literal f del inciso 24 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú, del 09 mayo de 2017. C. Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, del 18 de diciembre de 2016. D. Decreto Legislativo Nº 1149, Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, del 11 de diciembre de 2012. E. Decreto Legislativo Nº 1268, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, del 19 de diciembre de 2016. F. Decreto Legislativo N° 1175, Ley del Régimen de Salud de la Policía Nacional del Perú, del 7 de diciembre del 2013. G. Decreto Legislativo N° 1218, que regula el uso de las cámaras de Video Vigilancia en bienes de dominio público, del 24 de setiembre de 2015. H. Decreto Legislativo N° 1230, que modifica el 1149, Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, del 25 de setiembre de 2015. I. Decreto Legislativo N° 1242, que modifica el Decreto Legislativo Nº 1149, Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, del 20 de octubre de 2016. 1-42

J.

K.

L. M. N.

V.

DISPOSICIONES GENERALES A. El Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2017 – Promoción 2018, está a cargo de la comisión y juntas institucionales, nombradas por resolución de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú. No constituye concurso público. B.

VI.

Decreto Legislativo Nº 1318, que regula la Formación Profesional de la Policía Nacional del Perú y en sus disposiciones complementarias modifica el Decreto Legislativo Nº 1267 y 1268, del 03 de enero de 2017. Decreto Supremo N° 016-2013-IN, del 18 de noviembre de 2013, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1149, modificado por Decretos Supremos N° 018-2013-IN, del 28 de diciembre de 2013 y el N° 001-2014-IN del 4 de enero de 2014. Decreto Supremo N° 005-2017-IN, del 08 de marzo de 2017, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1268. Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, del 20 de marzo del 2017, Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Directiva Nº 01-23-2015-DIRGEN-PNP/DIREJEPER-B, aprobada por RD Nº 807-2015-DIRGEN/EMG de 17OCT2015, que norma los procedimientos que regulan el uso de tatuajes por el Personal de la Policía Nacional del Perú.

En el Anexo 1, se establece el cronograma de las fechas y plazos para el desarrollo del proceso.

DISPOSICIONES ESPECÍFICAS A.

ASCENSO POR CONCURSO El presente proceso se ejecuta hasta el ascenso a los grados de Coroneles de Armas, de Servicios y Personal con Estatus de Oficial.

B.

REQUISITOS Son declarados aptos para postular al grado inmediato superior, los Oficiales de Armas, de Servicios y Personal con Estatus de Oficial, que reúnan los requisitos siguientes: 1. Tener el tiempo mínimo de servicios reales y efectivos en sus respectivos grados, considerados al 31 de diciembre de 2017, conforme a las escalas siguientes: a.

Oficial de Armas - Alférez - Teniente - Capitán - Mayor - Comandante

: : : : :

5 años 5 años 5 años 5 años 5 años.

Los Oficiales de Armas deberán contar como mínimo, con los siguientes años de servicios como Oficial para postular al grado inmediato superior: - Para Teniente : 5 años. - Para Capitán : 10 años. - Para Mayor : 15 años. - Para Comandante : 20 años. - Para Coronel : 25 años. 2-42

b.

Oficial de Servicios - Capitán - Mayor - Comandante

: : :

6 años. 6 años. 6 años.

Obtenida la efectividad en el grado, el período de asimilación de DOS (2) años, se acumula como tiempo de servicios para postular al grado inmediato superior. Asimismo, los Oficiales de Servicios deberán contar, como mínimo, con los siguientes años de servicios como Oficial para postular al grado inmediato superior: - Para Mayor : 6 años. - Para Comandante : 12 años. - Para Coronel : 18 años. 2. 3.

4.

5.

6.

7.

Tener un promedio no menor de SESENTA Y CINCO (65) puntos en el factor rendimiento profesional, correspondiente al grado que ostenta. Haber concluido el examen médico anual (FEMA) en la Dirección de Sanidad Policial, hasta el 31 de mayo de 2017 y encontrarse físicamente apto. Encontrarse en situación de actividad en cuadros desde el 1 de enero de 2016 y durante el año del proceso, incluyendo al postulante que retorna de la situación de disponibilidad. Los postulantes que hayan retornado a la situación de actividad por mandato judicial – medida cautelar, deberán contar con sentencia judicial consentida o ejecutoriada. No registrar en el año 2017 sentencia judicial consentida o ejecutoriada, con condena de pena privativa de la libertad, efectiva o inhabilitación para el cargo. No estar sometido a juicio con detención en el año 2017; en caso de levantarse la medida judicial antes de la ejecución del examen de conocimiento, el postulante recobrará su aptitud y podrá continuar en el proceso.

El postulante que después de haber sido declarado apto, estuviera comprendido en las prescripciones de los numerales 6 y 7, será declarado inapto, siendo excluido del proceso de ascensos, aun cuando esté considerado en el cuadro de méritos respectivo. C.

FACTORES DE EVALUACIÓN Los factores desempeño profesional, formación académica, experiencia para el servicio policial y moral y disciplina, serán evaluados por las Juntas Selectoras, con la información que obra en la base de datos de la Dirección de Recursos Humanos PNP, contrastando con la información que obra en el legajo personal, considerando los méritos acumulados hasta el 31 de julio de 2017. Las condecoraciones de la Orden al Mérito de la Policía Nacional del Perú, para los Oficiales de Armas, de Servicios y Personal con Estatus de Oficial, son reconocidas en el año 2017, hasta DIEZ (10) días antes de la aprobación de los cuadros de méritos por resolución de la Dirección General PNP y su publicación en la página web “Águila 6” de la Dirección de Recursos Humanos PNP, de conformidad al cronograma respectivo. 3-42

Los cursos de perfeccionamiento para los Oficiales de Armas son reconocidos en el año 2017, hasta DIEZ (10) días antes de la aprobación de los cuadros de méritos por resolución de la Dirección General PNP y su publicación en la página web “Águila 6” de la Dirección de Recursos Humanos PNP, de conformidad al cronograma respectivo. Los deméritos impuestos son descontados hasta el 31 de diciembre de 2017; a excepción de los contemplados en la tabla de infracciones y sanciones leves del Decreto Legislativo N° 1268, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú y su reglamentación, que serán descontados hasta DIEZ (10) días antes de la aprobación de los cuadros de méritos por resolución de la Dirección General PNP y su publicación en la página web “Águila6” de la Dirección de Recursos Humanos PNP, de conformidad al cronograma respectivo. 1.

Factor Desempeño Profesional: Coeficiente TRES (3). Alcanza CIEN (100) puntos. Se obtiene del promedio aritmético centesimal de las notas anuales de desempeño profesional, correspondiente a los años anteriores al año 2017, conforme a los diferentes grados: a. b.

Comandantes, Mayores, Capitanes, Tenientes y Alféreces de Armas: años 2016, 2015, 2014 y 2013. Comandantes, Mayores y Capitanes de Servicios: años 2016, 2015, 2014, 2013 y 2012.

A falta de UNA (1) o más notas anuales de desempeño profesional, la Dirección de Recursos Humanos PNP, de conformidad al acta formulada por la Junta de Aptitud, resolverá administrativamente mediante resolución directoral, asignando a los postulantes las notas correspondientes, la cual se registrará en la base de datos de la DIRREHUM PNP. 2.

Factor Formación Académica: Coeficiente DOS (2). Alcanza CUARENTA (40) puntos, de acuerdo a la tabla siguiente: a. Para Oficiales de Armas (1) Cursos de perfeccionamiento y primer quinto de egreso.

Puntuación para ascender a: Coronel Comandante Mayor Capitán Curso de Oficial de Estado Mayor 10 10 X X (COEM). Curso Avanzado para Capitanes X X 10 X (CAC). Curso Básico de Tenientes (CBT). X X X 10 Primer quinto en el cuadro de méritos de egreso del último curso de 3 3 3 3 perfeccionamiento. Primer quinto en el cuadro de méritos de egreso de la Escuela de Oficiales 2 2 2 2 PNP. SUBTOTAL

15 4-42

15

15

15

La administración y otorgamiento de puntaje por el concepto “primer quinto”, la efectuará la Dirección de Recursos Humanos PNP, en base a los respectivos cuadros de méritos formulados por la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial. Se considera como primer quinto en el cuadro de méritos de egreso del último curso de perfeccionamiento: * COEM, para Comandantes que postulan a Coronel y para Mayores que postulan a Comandante. * CAC, para Capitanes que postulan a Mayor. * CBT, para Tenientes que postulan a Capitán. Se otorgará puntaje por los cursos de perfeccionamiento extra institucionales culminados satisfactoriamente hasta el 31 de diciembre de 2016, siempre y cuando cuenten con la autorización previa a su realización, por parte del Director General de la Policía Nacional del Perú y hayan sido convalidados con la resolución respectiva. (2)

Grados académicos y títulos universitarios e institucionales, reconocidos por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), obtenidos después de ser dados de alta como Oficial, son excluyentes entre sí.

Puntuación para ascender a : Coronel Comandante Mayor Capitán Título (máximo 1) no obtenido en la 5 5 15 15 Escuela de Oficiales PNP. Maestría (máximo 1) no obtenido en 10 10 X X la Escuela de Posgrado PNP. Maestría institucional (máximo 1). 15 15 X X SUBTOTAL 15 15 15 15 (3)

Cursos institucionales de capacitación y especialización.

Puntuación para ascender a : Coronel Comandante Mayor Capitán Por curso de capacitación en el 3 3 3 3 grado (máximo 1). Por curso de especialización (máximo 1 en la jerarquía de Oficial 7 7 7 7 Subalterno y 1 en la jerarquía de Oficial Superior) son excluyentes. SUBTOTAL 10 10 10 10 TOTAL 40 40 40 40

b.

Para Oficiales de Servicios (1) Grados académicos y títulos universitarios, segunda especialidad profesional, reconocidos por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU); obtenidos después de haber logrado la efectividad en el grado como Oficial de Servicios. 5-42

Son excluyentes entre sí, los puntajes que se otorgan por el Curso de Oficial de Estado Mayor (COEM) y los grados académicos de Maestría y Doctorado. Puntuación para ascender a:

Coronel Comandante Mayor

Curso de Oficial de Estado Mayor (Solo para los egresados del COEM-ESUPOL). Segunda Especialidad (máximo 1) relacionado con la especialidad que originó su alta como Oficial de Servicios. Maestría (máximo 1) relacionada con la profesión que originó su alta en la PNP. Doctorado (máximo 1) relacionado con la profesión que originó su alta en la PNP. SUBTOTAL (2)

3.

20

20

X

10

10

10

20

20

20

20

20

X

30

30

30

Para la ponderación de los cursos de capacitación y especialización, se otorgan los mismos puntajes considerados para los Oficiales de Armas.

Factor Experiencia para el Servicio Policial: Coeficiente DOS (2). Alcanza SESENTA (60) puntos, de acuerdo a la tabla siguiente: a.

Para Oficiales de Armas y de Servicios (1) Condecoración de la Orden al Mérito de la Policía Nacional del Perú, por la causal servicios meritorios.

Puntuación para ascender a : Por la causal servicios meritorios en los grados de Caballero, Oficial, Comendador y Gran Oficial (máximo 4) Cinco (5) puntos para cada una. SUBTOTAL (2)

Coronel Comandante Mayor Capitán

20

15

10

5

20

15

10

5

Felicitaciones en el grado por hechos calificados que exceden el normal cumplimiento del deber, basado en un expediente administrativo.

Puntuación para ascender a : Coronel Comandante Mayor Resolución Suprema en el grado 3 3 3 (máximo 1) Resolución Ministerial de Interior 2 2 2 en el grado (máximo 1)

Capitán 3 2

Resolución Directoral de la Dirección General en el grado (máximo 2) un punto cada una.

2

2

2

2

SUBTOTAL

7

7

7

7

(3)

Servicios prestados en el grado en unidades administrativas, operativas y zonas declaradas en Estado de Emergencia. 6-42

Para obtener el puntaje como Comisario o Jefe de Unidad se requiere un mínimo de NUEVE (9) meses de tiempo de servicios ininterrumpidos, con cargo asignado mediante resolución de cambio de colocación.

Para obtener el puntaje por unidad administrativa u operativa se requiere un mínimo de NUEVE (9) meses de tiempo de servicios ininterrumpidos, con cargo asignado mediante resolución de cambio de colocación.

Para obtener puntaje en zona de emergencia, se requiere un mínimo de NUEVE (9) meses de tiempo de servicios ininterrumpidos, con cargo asignado mediante la respectiva resolución de cambio de colocación.

Excepcionalmente, se otorgará puntaje al personal de la Dirección de Operaciones Especiales y Dirección de Inteligencia PNP, que por la naturaleza de su función se encuentra destacado o en comisión del servicio en zonas de emergencia y que haya acumulado en el grado DIECIOCHO (18) meses de servicios.

Se considera zona de emergencia, cuando es declarada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Interior. Puntuación para ascender a : Comisario o Jefe de Unidad Unidades administrativas Unidades operativas Zona de emergencia SUBTOTAL

Coronel

Comandante

Mayor

Capitán

5 4 6 5 20

6 4 8 7 25

6 3 12 9 30

8 X 14 10 32

Se otorga puntaje: (a) Al Comisario: de las comisarías dependientes de las Regiones y Frentes Policiales, que tengan un mínimo de NUEVE (9) meses de tiempo de servicios ininterrumpidos en el cargo (Artículo 24° del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú). (b) Al Jefe de Unidad: en Lima a los Jefes de las Divisiones de Investigación Criminal de la Dirección de Investigación Criminal; y, a nivel nacional a los Jefes de los Departamentos de Investigación Criminal de las Regiones y Frentes Policiales, que tengan un mínimo de NUEVE (9) meses de tiempo de servicios ininterrumpidos en el cargo.

7-42

(c) A las unidades administrativas:  Dirección General. * Órgano de Control Institucional dependientes de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú. * Órganos Consultivos, Comisiones Consultivas, Consejos Consultivos. * Secretaría General. * Comité de Asesoramiento.  Sub Dirección General. * Dirección de Asuntos Internacionales. * Dirección de Aviación Policial. * Dirección de Inteligencia. * Dirección de Criminalística. * Dirección de Sanidad Policial.  Inspectoría General. * Dirección de Inspecciones. * Dirección de Investigaciones.  Escuela Nacional de Formación Profesional Policial.  Secretaría Ejecutiva. * Dirección de Asesoría Jurídica. * Dirección de Planeamiento Institucional. * Dirección de Administración. * Dirección de Recursos Humanos. * Dirección de Bienestar y Apoyo al Policía. * Dirección de Tecnología de la Información. (d) A las unidades operativas:  Dirección Nacional de Investigación Criminal. * Dirección de Medio Ambiente. * Dirección Antidrogas. * Dirección Contra el Terrorismo. * Dirección de Investigación Criminal. * Dirección de Investigaciones de Lavado de Activos. * Dirección contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes. * Dirección Contra la Corrupción. * Dirección de Policía Fiscal.  Dirección Nacional de Orden y Seguridad. * Dirección de Seguridad del Estado. * Dirección de Operaciones Especiales. * Dirección de Seguridad Integral. * Dirección de Tránsito y Seguridad Vial. * Dirección de Seguridad Ciudadana. * Dirección de Turismo.  Región Policial Lima.  Región Policial Callao.  Macro Regiones. * I Macro Región Policial Piura. * II Macro Región Policial Lambayeque. * III Macro Región Policial La Libertad. * IV Macro Región Policial Loreto. * V Macro Región Policial Huánuco. * VI Macro Región Policial Huancayo. 8-42

* * * * * * (4)

VII Macro Región Policial Cusco. VIII Macro Región Policial Ayacucho. VIII Macro Región Policial Ayacucho. IX Macro Región Policial Arequipa. X Macro Región Policial Puno. Frente Policial VRAEM.

Desempeño de labor docente en las Escuelas de Formación, Escuela de Educación Continua o Escuela Posgrado del Sistema Educativo Policial.

Puntuación para ascender a : Doce (12) meses acumulables como mínimo en el grado. Doce (12) meses acumulables como mínimo en otros grados. SUBTOTAL

Coronel

Comandante

Mayor

Capitán

3

3

3

3

2

2

2

2

5

5

5

5

(5) Servicios prestados en las Escuelas de Formación del Sistema Educativo Policial y en hospitales.

Puntuación para ascender a : Oficiales de Armas como Jefes de Batallón, Compañía y Sección, nueve (9) meses ininterrumpidos como mínimo en el grado Profesionales de la salud en hospitales (este puntaje es excluyente otorgado para unidades administrativas) SUBTOTAL TOTAL

-

4.

Coronel

Comandante

Mayor

Capitán

X

8

8

11

8

8

8

X

8 60

8 60

8 60

11 60

Son considerados profesionales de la salud, los Oficiales de Servicios de la Policía Nacional del Perú, en las profesiones de: Asistenta social, biología, enfermería, laboratorista clínico, médico, nutricionista, ginecología, obstetricia, odontólogo, psiquiatría, psicología, químico farmacéutico, radiología, tecnología médica en rehabilitación y terapia.

Factor Moral y Disciplina: Coeficiente TRES (3). Se inicia con CIEN (100) puntos, y se efectúa el descuento del puntaje para Oficiales de Armas y de Servicios, conforme a la tabla siguiente:

9-42

Descuento por demérito para todos lo grados: Por cada día de sanción simple Por cada día de sanción de rigor Haber sido separado de cursos de escuelas o centros de estudio de la Policía Nacional del Perú, Fuerzas Armadas y otros de nivel análogo en el país o en el extranjero, autorizados por la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, por deficiente rendimiento académico o medida disciplinaria. Por pena privativa de la libertad o limitativa de derechos. Pase a la situación de disponibilidad, por medida disciplinaria.

puntaje 0.10 2

20

30 30

El postulante que obtenga menos de SESENTA Y CINCO (65) puntos, será eliminado del proceso de ascensos. El postulante que durante el proceso de ascensos se encuentre involucrado en una falta muy grave prevista en el Decreto Legislativo N° 1268, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, será suspendido en su ascenso hasta que el órgano disciplinario correspondiente adopte una decisión en instancia final. El descuento del puntaje debe realizarse conforme al detalle siguiente: -

Comandante, Mayor, Capitán y Teniente de Armas: por los demerito de los años: 2017, 2016, 2015, 2014 y 2013. Comandante, Mayor y Capitán de Servicios: por los deméritos de los años: 2017, 2016, 2015, 2014, 2013 y 2012.

D.

NOTA FINAL DE LOS FACTORES DE EVALUACIÓN Se obtiene de la suma de los puntajes de cada factor de evaluación multiplicados por su coeficiente correspondiente y dividido entre DIEZ (10).

E.

EXÁMEN DE CONOCIMIENTO Es obligatorio para los Oficiales de Armas, de Servicios y Personal con Estatus de Oficial de la Policía Nacional del Perú, desde el grado de Teniente hasta el grado de Comandante, declarados aptos, el cual consiste en lo siguiente: 1.

2.

Una evaluación de tipo objetiva, con respuestas de selección múltiple, obtenida a través de un proceso automatizado virtual en línea (vía INTERNET - INTRANET), con el empleo de un aplicativo informático creado para dicho propósito. Se formula en base a las materias determinadas por una “Junta de Formulación del Examen de Conocimiento”; aprobadas por resolución de la Dirección General PNP, que serán consideradas para la 10-42

3.

4.

5. 6. 7. F.

PROGRESIÓN PARA RENDIR EL EXAMEN DE CONOCIMIENTO OBLIGATORIO. 1.

2. 3.

4.

5. 6.

G.

formulación del examen de conocimiento en línea con un banco de CINCO MIL (5000) preguntas. Las preguntas serán seleccionadas a través de un sorteo aleatorio ejecutado por el aplicativo informático autorizado (Sistema de Examen de Conocimiento Policial - SIECOPOL). El tiempo de duración del examen es de DOS (2) horas o CIENTO VEINTE (120) minutos y consta de CIEN (100) preguntas, tanto para Oficiales de Armas, de Servicios y Personal con Estatus de Oficial de la Policía Nacional del Perú. Cada respuesta correcta tiene un valor de UN (1) punto, lo que equivale a CIEN (100) puntos como nota máxima. La nota mínima aprobatoria es de CINCUENTA Y CINCO (55) puntos, que significa CINCUENTA Y CINCO (55) respuestas correctas, no habiendo puntos en contra por respuestas incorrectas. Los resultados son inimpugnables.

El examen de conocimiento es de carácter eliminatorio, los postulantes desaprobados serán eliminados del Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales PNP, del año 2017 – Promoción 2018. Se realizará en forma descentralizada, vía INTERNET – INTRANET (en línea), en las fechas programadas a nivel nacional y en el extranjero. Será ejecutado a través de un equipo de cómputo (PC) instalados en las respectivas sedes: Lima, Macro Regiones, Regiones Policiales, Frente Policial VRAEM o donde se encuentre comisionado en servicio (extranjero) el postulante, dándose inicio en horarios simultáneos. Será monitoreado mediante un proceso automatizado virtual en línea, a cargo de la Dirección de Tecnología de la Información PNP, en la fecha indicada en el cronograma. Por ningún motivo habrá examen de rezagados. Las sedes y los procedimientos para solicitar cambio de sede, se determinan en el anexo 3.

NOTA FINAL DEL PROCESO DE ASCENSOS POR CONCURSO La puntuación obtenida del promedio de los factores desempeño profesional, formación académica, experiencia para el servicio policial y moral y disciplina, tienen coeficiente SIETE (7), resultado que se suma a la nota del examen de conocimiento que tiene coeficiente TRES (3). La nota final es obtenida de la sumatoria de los puntajes obtenidos de los factores de evaluación y nota de examen de conocimiento multiplicados por sus respectivos coeficientes, divididos entre DIEZ (10).

H.

ASCENSO AL GRADO DE TENIENTE DE ARMAS Se evalúan los factores rendimiento profesional y moral y disciplina. Es eliminado del presente proceso de ascenso: -

-

El Alférez de Armas que registra sanción de rigor o sanciones simples que acumuladas excedan CIENTO VEINTE (120) días, durante los años: 2013, 2014, 2015, 2016 hasta el 31 de diciembre de 2017. A los Alféreces que fueron eliminados por esta causal, en el Proceso de Ascenso por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del 11-42

año 2016 – Promoción 2017, solo se le debe considerar en la evaluación para el presente proceso de ascenso por concurso, las sanciones correspondientes al año 2017. I.

DEL PERSONAL CON ESTATUS DE OFICIAL Para el Proceso de Ascenso por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2017 – Promoción 2018, se rigen de acuerdo a los requisitos establecidos para los Oficiales de Armas, de conformidad a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1149, Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú.

J.

JUNTAS INSTITUCIONALES Son las siguientes: 1. Junta General 2. Junta de Aptitud. 3. Junta de Formulación del Examen de Conocimiento. 4. Juntas Examinadoras del Examen de Conocimiento. 5. Junta de Verificación y Control de Calificación del Examen de Conocimiento. 6. Juntas Selectoras. 7. Junta Revisora. Sus integrantes son propuestos por la Dirección de Recursos Humanos PNP y nombrados mediante resolución de la Dirección General PNP. Su organización y funciones se determinan en el anexo 4.

K.

COMISIÓN ESPECIAL La Dirección de Recursos Humanos PNP, nombrará mediante resolución una Comisión Especial de la División de Promoción, Nombramiento, Incentivos, Beneficios y Producción de Planillas, que se encargará de atender y resolver las solicitudes de reclamo presentadas por los postulantes, sobre los puntajes obtenidos en los factores de evaluación.

L.

EQUIPO DE APOYO TÉCNICO DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN DEL EXAMEN DE CONOCIMIENTO VIRTUAL Se nombrará un equipo de soporte técnico, cuyos integrantes son propuestos por la Dirección de Recursos Humanos PNP, ratificados mediante resolución de la Dirección General PNP. Su organización y funciones se determinan en el anexo 4.

M.

DE LAS VACANTES. 1. Se declaran y publican el año 2017, de acuerdo al cronograma respectivo, mediante resolución de la Dirección General PNP. 2. Sólo tienen validez para el Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2017 - Promoción 2018. 3. Una vez declaradas y publicadas no podrán ser reducidas. 4. Para el ascenso al grado de Teniente de Armas PNP la declaratoria de vacantes se hará en un número igual al de Alféreces de Armas PNP, que postulen y que hayan sido declarados aptos. 12-42

N.

VII.

CUADROS DE MÉRITOS. 1. Son los documentos en los cuales se inscribe a los postulantes, por categorías y grados, en orden decreciente desde el máximo al mínimo puntaje alcanzado en las notas finales del proceso de ascenso. 2. Son inscritos en los respectivos cuadros de méritos, todos los postulantes siempre que hayan aprobado los exámenes y que no han sido eliminados del presente proceso de ascenso. 3. Se publican en la página web “Águila 6”, de la Dirección de Recursos Humanos PNP, en la fecha establecida en el cronograma respectivo. 4. Tendrán vigencia únicamente para el Proceso de Ascenso por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2017 – Promoción 2018.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS. A. Los Oficiales de Armas, de Servicios y Personal con Estatus de Oficial de la Policía Nacional del Perú, postulantes en el presente proceso de ascenso, observarán estricto cumplimiento a las responsabilidades establecidas, garantizando el normal desarrollo de las actividades programadas en la directiva. B. Los órganos de la Policía Nacional del Perú comprometidos en la ejecución de la directiva, deberán mantener una línea de coordinación permanente en cumplimiento a los plazos y términos establecidos. C. En caso de que se derogue cualquier norma legal que tenga relación con las materias establecidas, consignadas dentro de la presente directiva, se eliminará del banco de preguntas las relacionadas con dicha materia; no obstante, el examen de conocimiento tendrá las CIEN (100) preguntas establecidas. D. La presente directiva entrará en vigencia a partir de su aprobación.

VIII. DISPOSICIONES FINALES A.

SUB DIRECCION GENERAL Supervisara el cumplimiento de las normas, responsabilidades establecidas en la directiva.

B.

procedimientos

y

INSPECTORÍA GENERAL PNP 1.

2.

3.

Controlará el cumplimiento de las normas, procedimientos y responsabilidades establecidas en la directiva, así como la ejecución en línea del examen de conocimiento, dictando las disposiciones que sean pertinentes. En las sedes de las Macro Regiones, Regiones policiales y Frente Policial VRAEM, en donde se ejecute dicho examen, ejercerá sus funciones a través del órgano de control respectivo. Controlará el cumplimiento del cronograma para el examen médico, estableciendo la responsabilidad disciplinaria correspondiente, en aquellos postulantes que no cumplan con pasar el examen médico anual, hasta el 31 de mayo de 2017, efectuando las coordinaciones del caso con las Direcciones de Recursos Humanos y de Sanidad Policial. Recabará de la sede central de monitoreo del examen de conocimiento y de las sedes a nivel nacional, las cintas de video sobre las filmaciones del desarrollo en línea del examen de conocimiento, en el plazo de CUARENTA Y OCHO (48) horas después de su culminación, dando cuenta de las novedades a la Dirección General PNP.

13-42

4.

Remitirá a la Dirección General PNP el informe correspondiente, en el plazo de CINCO (5) días luego de concluido el examen de conocimiento.

C.

SECRETARÍA EJECUTIVA 1. Coordinará oportunamente con la Dirección de Tecnología de la Información, Dirección de Administración, Dirección de Recursos Humanos, Escuela Nacional de Formación Profesional Policial u otras Unidades Policiales, el correspondiente apoyo técnico profesional, económico y cualquier otro tipo de requerimiento, relacionado a infraestructura (local) o logísticos (equipos y dispositivos periféricos), para la adecuada ejecución del examen de conocimiento en línea; así como para el funcionamiento en la sede Lima y a nivel nacional de las comisiones y juntas institucionales nombradas. 2. Coordinará con los Directores de las Macro Regiones, Regiones Policiales y el Jefe del Frente Policial VRAEM, a fin que prevean la debida implementación de salas de cómputo con equipos informativos y dispositivos periféricos en las sedes policiales bajo su mando, para la correcta ejecución del examen de conocimiento en línea (vía INTERNET – INTRANET) a nivel nacional, debiendo preverse las pruebas de funcionabilidad y medidas de contingencia para superar fallas de energía u otros problemas que pudieran presentarse. 3. Verificará que la Dirección de Tecnología de la Información PNP y el Equipo de Apoyo Técnico del Sistema de Evaluación del Examen de Conocimiento Policial, realicen pruebas de funcionalidad en cada sede, en condiciones análogas al evento oficial, a efecto de revisar los procedimientos y capacidad técnica a operar durante el desarrollo del examen virtual. 4. Impartirá las recomendaciones e instrucciones de detalle a los Directores de las Macro Regiones, Regiones Policiales y el Jefe del Frente Policial VRAEM; así como, a los presidentes de la comisión y juntas institucionales.

D.

DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS PNP 1. Es el órgano encargado del Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2017 – Promoción 2018, a través de la comisión y juntas institucionales nombradas por la Dirección General PNP, para cada una de las fases establecidas en el cronograma respectivo. 2. Formulará y publicará la directiva del referido proceso, en la página web “Águila 6”, para conocimiento de los interesados a nivel nacional y en el extranjero. 3. Publicará en la página web “Águila 6”, a través de la División de Sistematización de la Información de la Carrera Policial y Administración de Legajos - DIRREHUM-PNP, la relación nominal de postulantes aptos e inaptos, con indicación de las causales de inaptitud, por categorías y grados, en estricto orden alfabético, a fin de facilitar su ubicación, de conformidad al cronograma respectivo. 4. Recibirá las solicitudes de reclamo por inaptitud presentadas por los postulantes, remitiéndolas a la Junta de Aptitud en los plazos establecidos en el cronograma respectivo. 14-42

5.

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17.

Publicará en la página web “Águila 6” las materias comunes, de especialidad y por profesiones para la formulación del examen de conocimiento, determinadas por la Junta de Formulación del Examen de Conocimiento. Publicará en la página web “Águila 6” el simulador del aplicativo informático, con el respectivo banco de preguntas formuladas por la “Junta de Formulación del Examen de Conocimiento”, para consulta y debida adaptación al empleo del mismo, por parte de los postulantes al presente proceso, hasta antes de la ejecución del examen de conocimiento. Nombrará una Comisión Especial de la División de Promoción, Nombramiento, Incentivos, Beneficios y Producción de Planillas, encargada de atender y resolver las solicitudes de reclamo presentadas por los postulantes, sobre los puntajes obtenidos en los factores de evaluación, publicados en la página web “Águila 6”. Expedirá y publicará las respectivas resoluciones directorales en la página web “Águila 6”, con los resultados de dicha comisión. Designará como coordinador a un Oficial Superior de Armas, a fin que cumpla la función de enlace con la Junta Examinadora de la sede Lima, cuando ésta se instale. Formulará las relaciones nominales de los postulantes aptos por sedes, categorías, grados y especialidades, para su distribución oportuna a las juntas correspondientes, para rendir el examen de conocimiento. Solicitará a las Juntas Examinadoras para que luego de haber culminado sus funciones, y al término de la distancia, remitan los resultados de los exámenes de conocimiento en línea, de acuerdo al cronograma establecido. Solicitará a la Junta de Verificación y Control de Calificación del Examen de Conocimiento, para que luego de haber culminado sus funciones, remitan los resultados a fin de publicarlos en la página web “Águila 6”, de acuerdo al cronograma establecido. Formulará el proyecto de resolución de la Dirección General PNP, eliminando del presente proceso de ascenso a los postulantes que hayan sido desaprobados en el examen de conocimiento y de aquellos que no se hayan presentado a rendirlos. Formulará los proyectos de resolución de la Dirección General PNP, disminuyendo el puntaje promedio final de los cuadros de méritos, que se produzca en los factores de desempeño profesional, formación académica, experiencia para el servicio policial y moral y disciplina; así como la exclusión de dichos cuadros de los postulantes que se encuentren incursos en las diversas causales de inaptitud o por el factor moral y disciplina; de conformidad con las actas levantadas por las respectivas juntas selectoras. Formulará los proyectos de resolución de la Dirección General PNP, con los resultados que brinden las diferentes juntas institucionales nombradas; publicando en la página web, de acuerdo al cronograma establecido. Evaluará y analizará los informes formulados por los presidentes de la comisión y juntas institucionales nombradas, a efectos de tomar en cuenta las recomendaciones para futuros procesos de ascensos. Informará por escrito a la Dirección General PNP, en el plazo de QUINCE (15) días, sobre la ejecución y el cumplimiento estricto de lo estipulado en la directiva.

15-42

E.

DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN PNP 1.

DIVISIÓN DE LOGÍSTICA PNP a. Contratará los servicios relacionados a la asignación de apoyo técnico profesional y cualquier otro tipo de requerimiento que garanticen la implementación y validación integral del Sistema de Evaluación del Examen de Conocimiento Virtual Policial. b. Contratará en caso de ser requerido los servicios varios relacionados a infraestructura (sede apropiada) que cuente con los equipos informáticos, dispositivos periféricos y otros, en cantidades suficientes para el óptimo desarrollo del aplicativo informático y la plena ejecución del proceso automatizado virtual del examen de conocimiento; previo establecimiento de costos, de conformidad a disposiciones de seguridad y normas legales vigentes. c. Resolverá cualquier imprevisto, proporcionando el apoyo logístico que soliciten los órganos comprometidos en la ejecución del presente proceso, que permita el óptimo funcionamiento en la sede Lima y a nivel nacional de las comisiones y juntas institucionales nombradas; teniendo en cuenta las disposiciones legales en vigencia. d. Pondrá a disposición de las comisiones y juntas institucionales nombradas, en caso lo soliciten, los equipos informáticos (computadoras) del stock de su parque informático, con sus correspondientes dispositivos periféricos, impresoras, siendo responsable de su traslado e instalación. e. Remitirá un informe a la Dirección General PNP al término del proceso de ascenso detallando el apoyo logístico brindado.

2.

DIVISIÓN DE ECONOMÍA PNP a.

Atenderá los pagos relacionados a: 1.

b.

Contratación de servicios varios (infraestructura, equipos informáticos, dispositivos periféricos y otros) en cantidades suficientes que garanticen la óptima ejecución del proceso automatizado virtual del examen de conocimiento. 2. Contratación de servicios relacionados a la asignación de apoyo técnico profesional y cualquier otro tipo de requerimiento, solicitados para la implementación integral y validación del Sistema de ejecución del examen de conocimiento en línea, así como para el funcionamiento en la sede Lima y a nivel nacional, de las comisiones y juntas institucionales nombradas. 3. Indemnización de gastos de viaje, pasajes y bagajes por comisión del servicio, para los integrantes de las juntas o representantes de la Dirección General PNP que tengan la necesidad por instrucción, capacitación o control de trasladarse a las sedes del interior del país; formulando las liquidaciones respectivas. 4. Gastos de instalación y alimentación de los integrantes de las juntas institucionales, en la sede Lima y a nivel nacional. Resolverá todos los imprevistos económicos que resulten como consecuencia de lo dispuesto en la directiva.

16-42

c.

F.

Remitirá el informe correspondiente a la Dirección General PNP, en el plazo de CINCO (5) días después de concluido el examen de conocimiento.

DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN PNP 1. Dispondrá que desde su sede principal, se desarrolle el monitoreo del examen de conocimiento en línea, asumiendo las responsabilidades siguientes: a. Acondicionará y brindara las facilidades a la “Junta de Formulación del Examen de Conocimiento, Junta Examinadora y Junta de Verificación y Control de Calificación del Examen de Conocimiento”, brindándoles los ambientes, equipos informáticos y dispositivos periféricos necesarios para el desempeño de sus funciones. b. Adoptará las acciones necesarias de seguridad que permitan el normal y correcto desarrollo de los exámenes de conocimiento en línea. c. Pondrá a disposición equipos informáticos, con sus respectivos dispositivos periféricos e impresoras, en cantidades suficientes, para la implementación de la “Sala Informática de Monitoreo” en su sede principal; siendo la OFAD-DIRTEINF responsable de su traslado, disponiendo a su vez las acciones para su custodia y resguardo. 2. Brindará el apoyo profesional, técnico y especializado que requieran las comisiones y juntas institucionales, para el cumplimiento de sus funciones en la sede Lima y a nivel nacional, debiendo para tal efecto designar como coordinadores a Oficiales Superiores de Armas o de Servicios, que no postulen en el presente proceso. 3. Instalará y operará desde su sede principal, la central de cómputo y telefonía para sistematizar las comunicaciones, debiendo comunicar los números respectivos a la Dirección de Recursos Humanos PNP. 4. Instalará en la “Sala Informática de Monitoreo” un servidor exclusivo para tal propósito; debiendo adoptarse las previsiones de equipamiento, conectividad (INTERNET - INTRANET PNP) y configuración integral con el aplicativo informático con el que se ejecutará el examen de conocimiento. 5. Programará en coordinación con el Equipo de Apoyo Técnico del Sistema de Evaluación del Examen de Conocimiento Policial pruebas de funcionalidad en cada sede, en condiciones análogas al evento oficial, a efecto de revisar los procedimientos y capacidad técnica a operar durante el desarrollo del examen virtual. 6. Impartirá las instrucciones técnicas de detalle para la implementación de los ambientes (Sala Informática de Monitoreo) en las sedes a nivel nacional; coordinando se prevea la instalación de una cámara digital (WEBCAM) o dispositivo de video - vigilancia, para velar por la transparencia del proceso; asimismo adoptando las acciones y medidas de contingencia para superar fallos de energía, problemas lógicos (software) o físicos (hardware) y componentes técnicos de reemplazo. 7. Promoverá acciones con los recursos disponibles, para garantizar el óptimo funcionamiento del aplicativo informático que generará el examen de conocimiento en línea, así como implementar mecanismos para la conectividad y seguridad informática. 8. Será responsable de la capacitación del personal PNP que integran los Equipos Técnicos de coordinación nombrados por las Macro Regiones, 17-42

9.

Regiones Policiales y el Frente Policial VRAEM, a fin que coadyuven en el correcto funcionamiento del aplicativo informático y la ejecución del proceso automatizado virtual en línea del examen de conocimiento en sus respectivas sedes. Remitirá el informe correspondiente a la Dirección General PNP en el plazo de CINCO (5) días después de concluido el examen de conocimiento.

G.

ESCUELA NACIONAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL POLICIAL 1. Dispondrá y controlará que la Escuela Técnica Superior PNP Puente Piedra, considerada como sede Lima para el examen de conocimiento, asuma las responsabilidades siguientes: a. Adopte las acciones necesarias a fin que las respectivas salas de cómputo cuenten con los equipos informáticos (computadoras) instaladas en red, con sus correspondientes dispositivos periféricos, impresoras; debiendo adoptarse las previsiones de equipamiento, conectividad (INTERNET - INTRANET PNP) y configuración con el aplicativo informático con el que se ejecutará el examen de conocimiento. b. Acondicionará y facilitará a las Juntas de Formulación del Examen de Conocimiento, Juntas Examinadoras y Junta de Verificación y Control de Calificación del Examen de Conocimiento, los ambientes necesarios para el desempeño de sus funciones. c. Pondrá a disposición de las comisiones y juntas institucionales nombradas, de ser solicitado, los equipos informáticos (computadoras) del stock de su parque informático, con sus correspondientes dispositivos periféricos, impresoras, siendo responsable de su traslado e instalación. d. Adoptará las acciones necesarias de seguridad que permitan el normal desarrollo del examen de conocimiento en línea. 2. Impartirá las instrucciones pertinentes que permitan y faciliten el uso de sus instalaciones a nivel nacional (Escuelas Técnicas Superior PNP) en el caso de ser requeridas por las Macro Regiones o Regiones Policiales como sedes para el examen de conocimiento, poniendo a disposición sus respectivas salas de cómputo, con los equipos informáticos, dispositivos periféricos, impresoras y otros. 3. Remitirá el informe respectivo a la Dirección General PNP en el plazo de CINCO (5) días después de concluido el examen de conocimiento.

H.

DIRECCIÓN DE SANIDAD POLICIAL 1. Cumplirá estrictamente con el cronograma establecido en la presente directiva, en lo relacionado a la ejecución del examen médico anual hasta el 31 de mayo de 2017. 2. Instruirá al personal encargado, a fin de que el examen médico anual 2017, se realice conforme a lo dispuesto en la Directiva DGPNP Nº 1834-2004-DIRSAL-PNP del 9 de setiembre de 2004. 3. Remitirá un informe a la Dirección de Recursos Humanos PNP, acompañando la relación nominal de los postulantes que han pasado el examen médico anual hasta el 31 de mayo de 2017, a nivel nacional, señalando la aptitud “A”, “B” , “C” o sometido a la Ley N° 12633 según corresponda; con indicación de las categorías, grados, nombres, apellidos y número de carné de identidad personal, adjuntando dicha información en medios magnéticos para su procesamiento por la 18-42

4.

5.

6.

División de Sistematización de la Información de la Carrera Policial y Administración de Legajos de dicha Dirección. Otorgará el informe médico a los postulantes que se encuentren en estado de gestación, el acta de la junta médica a quienes han sido declarados con aptitud “B” o “C”, o sometidos a la Ley N° 12633, indicando las causas, así como la enfermedad o lesión que padece. Brindará apoyo profesional en caso ser necesario en la sede Lima y a través de sus respectivas dependencias a nivel nacional, en donde se desarrollarán los exámenes de conocimiento en línea; a fin de prestar el auxilio médico urgente e inmediato, ante cualquier incidente o eventualidad que se presente. Remitirá el informe correspondiente a la Dirección General PNP en el plazo de CINCO (5) días después de concluido el examen médico anual 2017.

I.

MACRO REGIONES POLICIALES 1. Serán responsables de prever la implementación de salas de cómputo con sus respectivos equipos (PC y accesorios) en cantidades suficientes, en proporción al número de postulantes, pudiendo emplear para tal fin las instalaciones de las Escuelas Técnicas Superiores PNP u otras sedes de las Regiones Policiales bajo su mando, para la realización del examen de conocimiento en línea (vía INTERNET – INTRANET), desde su inicio hasta el término del mismo. 2. En caso de no contar en algunas de sus sedes con capacidad suficiente de equipos y accesorios que cubra la necesidad del número de postulantes en el presente proceso, preverá con la debida anticipación el requerimiento y la implementación correspondiente, gestionando instalaciones y recursos logísticos en cantidades adecuadas para tal propósito en todas las sedes bajo su mando. 3. Coordinarán con la Dirección de Administración PNP (División de Economía y Finanzas y la División de Logística) y las respectivas Unidades Ejecutoras de cada sede, la asignación de apoyo técnico profesional, equipos de cómputo y cualquier otro tipo de requerimiento logístico y técnico, para el óptimo funcionamiento de las salas de cómputo. 4. Conformarán un Equipo Técnico de Coordinación, al mando de un Oficial Superior e integrado por Suboficiales de Armas o de Servicios, que no postulen en el presente proceso, quienes serán debidamente capacitados por el personal de la Dirección de Tecnología de la Información PNP y del Equipo de Apoyo del Sistema de Evaluación del Examen de Conocimiento Policial, a fin que brinden el apoyo y soporte técnico y especializado que garantice el óptimo funcionamiento del aplicativo informático que generará el examen de conocimiento en línea en cada una de sus respectivas sedes.

J.

REGIONES POLICIALES (EXCEPTO LIMA Y CALLAO) Y FRENTE POLICIAL VRAEM 1. Difundirán oportunamente el contenido de la directiva, para conocimiento de los postulantes. 2. Dispondrán que los postulantes no cumplan comisiones del servicio, ni se otorguen vacaciones o permisos, en lugares fuera de su sede, en fechas próximas al examen de conocimiento, a fin de prever cualquier 19-42

3. 4.

5.

6.

7.

8.

9. 10.

11.

12.

13.

14.

imprevisto que se pudiera presentar y que impida que rindan dicho examen. Brindarán facilidades a los postulantes para que tengan la oportunidad de prepararse adecuadamente. Remitirán a la Dirección de Recursos Humanos PNP, la relación nominal de Oficiales Superiores de Armas y de Servicios, que no postulen en el presente proceso de ascenso y en número suficiente para ejercer labor de supervisión y control; quienes serán nombrados por resolución de la Dirección General PNP, como vocales y secretario de la Junta Examinadora de su sede. En caso de presentarse algún impedimento con alguno de los miembros, designarán su reemplazo y comunicarán oportunamente a la Dirección de Recursos Humanos PNP para la regularización administrativa correspondiente. Gestionarán con la debida anticipación el acondicionamiento e implementación de los locales y salas de cómputo (unidades policiales u otras instalaciones) donde se realizará el examen de conocimiento; con las cantidades suficientes de equipos informáticos, de impresión, grupo electrógeno, servicios de INTERNET e INTRANET, mobiliario y otras necesidades logísticas requeridas para atender cualquier tipo de imprevisto que se presente. Coordinarán con las dependencias de la Dirección de Sanidad Policial y de ser factible con otras dependencias públicas o privadas dedicadas a la atención de la salud, a fin de brindar y prestar el auxilio médico urgente e inmediato, ante cualquier imprevisto o necesidad que se presente. Dispondrán la utilización del servicio telefónico y de fax, debiendo comunicar los números respectivos a la Dirección de Tecnología de la Información PNP, a más tardar el 31 de agosto de 2017. Dispondrán la adopción de medidas de seguridad para el desplazamiento de los postulantes a la sede del examen de conocimiento, antes, durante y después de su ejecución. Proporcionarán a la Dirección de Inteligencia PNP la información que corresponda, a través de sus respectivas oficinas de inteligencia. Pondrán a los postulantes a disposición de las respectivas Juntas Examinadoras, VEINTICUATRO (24) horas antes de las fechas establecidas para la ejecución del examen de conocimiento en línea, quienes deben ser relevados y exonerados de cualquier tipo de servicio policial, hasta la culminación del acotado examen. Dispondrán la filmación del examen de conocimiento en línea, con personal de inteligencia, debiendo remitir a la Inspectoría General PNP, las cintas de video inmediatamente después de concluidos. Formularán el plan de seguridad para el desplazamiento y concentración del personal comprometido durante la ejecución del examen de conocimiento en sus respectivas sedes. Remitirán oportunamente a la Dirección de Recursos Humanos PNP las solicitudes que por diversos motivos presenten los postulantes, a fin de que sean derivadas a las juntas institucionales que correspondan para su evaluación y decisión, teniendo en consideración las fechas límites establecidas en el cronograma respectivo, bajo responsabilidad administrativa disciplinaria. Remitirán el informe correspondiente a la Dirección General PNP en el plazo de TRES (3) días después de concluido el examen de conocimiento en línea. 20-42

K.

REGIONES POLICIALES DE LIMA Y CALLAO 1. Difundirán oportunamente el contenido de la directiva, para conocimiento de los postulantes. 2. Dispondrán que los postulantes no cumplan comisiones del servicio, ni se otorguen vacaciones o permisos, en fechas próximas al examen de conocimiento en línea, en lugares fuera de su sede, a fin de prever cualquier imprevisto que se pudiera presentar y que impida que rindan dicho examen. 3. Remitirán oportunamente a la Dirección de Recursos Humanos PNP las solicitudes que por diversos motivos presenten los postulantes, a fin de que sean derivadas a las juntas institucionales que correspondan para su evaluación y decisión, teniendo en consideración las fechas límites establecidas en el cronograma respectivo, bajo responsabilidad administrativa disciplinaria. 4. Pondrán a los postulantes a disposición de la Junta Examinadora con sede en Lima, VEINTICUATRO (24) horas antes de las fechas establecidas para la ejecución del examen, quienes deben ser relevados y exonerados de cualquier tipo de servicio policial, hasta la culminación del examen de conocimiento en línea. 5. Proporcionarán facilidades a los postulantes, a fin de que tengan la oportunidad de prepararse adecuadamente.

L.

DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA PNP 1. Formulará el plan de seguridad para el desplazamiento y concentración del personal comprometido durante la ejecución del examen de conocimiento en la sede Lima. 2. Ejecutará acciones de protección, a fin de garantizar la seguridad del personal e instalaciones durante la ejecución del examen de conocimiento. 3. Filmará la ejecución del examen de conocimiento en la sede Lima y por intermedio de sus unidades dependientes en las sedes a nivel nacional, debiendo remitir a la Inspectoría General PNP las cintas de video correspondientes, inmediatamente después de concluidos. 4. Remitirá el informe correspondiente a la Dirección General PNP en el plazo de CINCO (5) días después de concluida la calificación del examen de conocimiento en línea.

M.

OFICIALES GENERALES Y SUPERIORES DE ARMAS REPRESENTANTES DE LA DIRECCIÓN GENERAL PNP, EN LAS SEDES DE MACRO REGIONES, REGIONES Y FRENTE POLICIAL VRAEM. 1. Serán nombrados por resolución de la Dirección General PNP conforme al cronograma establecido, como integrantes de las Juntas Examinadoras, desempeñándose como representantes del Comando Institucional, para controlar la ejecución del examen de conocimiento. 2. Viajarán de ser el caso con la debida anticipación a las sedes donde hayan sido designados. 3. Adoptarán las medidas pertinentes con el material encomendado, durante su desplazamiento a las diferentes sedes y a su retorno a Lima o sede principal, asumiendo responsabilidad sobre la intangibilidad y seguridad del mismo. 4. Remitirán el informe correspondiente a la Dirección General PNP dentro de las VEINTICUATRO (24) horas de su retorno a Lima. 21-42

N.

POSTULANTES 1. Tomarán conocimiento de las normas y procedimientos contenidos en la directiva. El desconocimiento de la presente disposición, no exime de responsabilidad y menos aún otorga derecho o beneficio alguno. 2. Cumplirán con pasar el examen médico anual hasta el 31 de mayo de 2017. 3. Presentarán directamente las solicitudes de reclamo en los plazos establecidos en el cronograma correspondiente, ante las diferentes comisiones y juntas institucionales, a través de la Dirección de Recursos Humanos PNP. 4. Presentarán directamente ante la Dirección de Recursos Humanos PNP las solicitudes con la documentación sustentatoria para la codificación e inserción de méritos obtenidos hasta el 31 de julio de 2017, de conformidad al cronograma respectivo. 5. Rendirán el respectivo examen de conocimiento en línea, en la fecha y hora establecida en el cronograma del anexo 1 (a publicarse en el portal web “Águila6”), en la sede a la cual pertenece su unidad de origen, incluso los que se encuentren de vacaciones o permiso, a fin de no ser eliminados del proceso, excepto por causas debidamente justificadas y autorizadas por la Dirección de Recursos Humanos PNP. 6. Quienes se encuentran en el extranjero por motivos debidamente justificados, se ceñirán conforme a lo dispuesto en el capítulo VIII – Disposiciones Finales, acápite O - Dirección de Asuntos Internacionales PNP. 7. Rendirán el examen de conocimiento, en forma condicional con cargo a regularización, quienes no figuren en la relación nominal de aptitud, previa consulta y aprobación de la Dirección de Recursos Humanos PNP, en cuyo caso serán registrados al final de dicha relación, suscribiendo el acta correspondiente. 8. Cumplirán las disposiciones impartidas por las respectivas Juntas Examinadoras, para la ejecución del examen de conocimiento en línea. 9. Se ceñirán a las siguientes disposiciones: a. Es responsabilidad de los Oficiales de Armas, de Servicios y Personal con Estatus de Oficial postulantes ejercitarse en el uso del aplicativo informático (simulador), con el que se desarrollará el proceso automatizado virtual en línea (vía Internet – Intranet), elaborado para la ejecución del examen de conocimiento. b. En el periodo de pre-publicación del banco de preguntas, podrá enviar sus observaciones de las preguntas y respuestas, a la dirección de correo electrónico que se indicará en el Portal Web de la DIRREHUM PNP (Águila 6). c. Deberán encontrarse en la sede donde darán su examen virtual, de acuerdo a la fecha y hora que se publicará en el Portal Web de la DIRREHUM PNP (Águila 6). d. Pasarán lista en el horario establecido; quienes no se presenten o se presenten con retraso, serán eliminados del proceso de ascensos, previa evaluación y formulación del acta correspondiente. e. Presentarán en forma obligatoria el documento nacional de identificación y carné de identidad personal actualizado, su incumplimiento motivará la consecuente responsabilidad administrativa disciplinaria y podría ser causal de eliminación, previa evaluación y formulación del acta correspondiente. f. Concurrirán correctamente uniformados según las instrucciones de 22-42

detalle dispuestas, para el examen conocimiento. Tienen la obligación de firmar el acta de finalización del examen virtual. Asimismo ejecutará el siguiente procedimiento: g.

10.

INICIO DEL EXAMEN a. Para iniciar su examen el Oficial de Armas, de Servicio y Personal con Estatus de Oficial PNP postulante, ingresa al sistema su número de CIP, DNI y clave de acceso (token), el sistema valida su participación en el proceso y le muestra una primera pantalla de bienvenida con datos de su identidad e instrucciones básicas sobre el examen. b. El examen se inicia cuando el postulante hace click en el botón Generar Examen, iniciándose el conteo de tiempo, de CIENTO VEINTE (120) minutos, que se visualizará en la pantalla. En caso de transcurrir más de 5 minutos sin acceder al examen virtual, la clave de acceso se invalidará, debiendo solicitar al Oficial Administrador del examen virtual una nueva clave de acceso. c. El desarrollo del examen será registrado en video por el personal de inteligencia. d. Los Oficiales designados para el control del examen de conocimientos deberán permanecer en la parte posterior, quedando prohibido conversar y desplazarse entre los postulantes. e. En caso que se presentará una falla técnica ajena al postulante que le impidiera seguir desarrollando su examen, éste inmediatamente levantará la mano, para que personal de soporte técnico lo solucione y en caso de no lograrlo recomendará el uso de un equipo de contingencia. Para ingresar nuevamente al examen virtual, el Oficial Administrador del examen virtual generará una nueva clave de acceso (token); el postulante al ingresar al aplicativo continuará con el examen generado anteriormente recuperando las respuestas y el tiempo restante al momento del incidente. f. El Postulante será eliminado, si es sorprendido recurriendo a diferentes medios para resolver el examen, el Oficial Administrador del examen virtual cancelará el Examen Virtual e imprimirá el Acta de Eliminación correspondiente en ejemplar duplicado que será firmado por ambos. FINALIZACIÓN DEL EXAMEN a. Culminado el examen o finalizado el tiempo de duración, el aplicativo informático presentará en pantalla el puntaje obtenido. b. El Oficial Administrador del examen virtual entregará el acta de finalización con su nota, respuestas y clave de consulta para acceder al sistema que le mostrará el examen que desarrolló. c. El Oficial Administrador del examen virtual imprimirá el acta de resumen del grupo de postulantes, cerrando la sesión del sistema. 11.

También son eliminados del Proceso de Ascenso por concurso de Oficiales PNP del año 2017 – Promoción 2018, previa formulación de las actas respectivas, quienes: a. Hayan sido desaprobados en el examen de conocimiento en línea. b. No alcancen la nota mínima de CINCUENTA Y CINCO (55) puntos, que equivale a CINCUENTA Y CINCO (55) preguntas correctas en el examen de conocimiento. 23-42

c.

12.

Ñ.

JUNTAS INSTITUCIONALES 1.

2.

O.

IX.

Incurran en la comisión de fraude durante el desarrollo del examen de conocimiento en línea, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa disciplinaria y penal correspondiente. Darán cumplimiento a lo establecido en la Guía para la Organización, Procedimientos y Ejecución del Examen Virtual de Conocimiento, correspondiente al Proceso de Ascenso por concurso de Oficiales PNP, del 2017 – Promoción 2018, que será publicada adjunta a la directiva.

Tendrán responsabilidad específica en relación directa a sus funciones establecidas en la presente directiva y a aquellas que mediante documentos complementarios se les delegue por los diversos canales de comando. Estarán obligadas a formular los documentos sustentatorios necesarios para dejar constancia de los procedimientos adoptados, cumplimiento de los plazos, novedades que se presenten, vacíos normativos, diligencias efectuadas para superar los obstáculos y presentar recomendaciones; redactando un informe final que será cursado por escrito a la Dirección de Recursos Humanos PNP, así como en medio magnético (CD o memoria portátil); sin perjuicio de que sea tramitado a la Dirección General PNP, si así se establece en las funciones prescritas en el anexo 4 de la presente directiva.

DIRECCIÓN DE ASUNTOS INTERNACIONALES PNP Coordinará con la Cancillería y Agregadurías Policiales o Militares, para que los postulantes que por motivos debidamente justificados y autorizados por el Comando Institucional, que se encuentren en el extranjero, rindan el examen de conocimiento en línea, supervisando el desarrollo de los mismos a través de una cámara digital (WEBCAM), con un representante de la Junta Examinadora en Lima; a cuyo término los resultados serán recibidos vía INTERNET.

VIGENCIA La presente directiva entrará en vigencia a partir de su aprobación.

24-42

ANEXOS

1.

CRONOGRAMA.

2.

CAUSALES DE INAPTITUD Y PROCEDIMIENTOS SOLICITUDES DE RECLAMO POR INAPTITUD.

3.

SEDES DEL EXAMEN DE CONOCIMIENTO Y PROCEDIMIENTOS PARA SOLICITAR CAMBIO DE SEDE.

4.

ORGANIZACIÓN Y INSTITUCIONALES.

FUNCIONES

25-42

DE

LA

PARA

COMISIÓN

PRESENTAR

Y

JUNTAS

ANEXO Nº 1 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES FECHA Hasta el 31MAY2017 31MAY2017

Del 20ABR al 17SET2017

El 05JUN2017

EL 15JUN2017

DEL 15JUN AL 22JUN2017

DEL 22 AL 25JUN2017

El 22 JUN2017

Del 20JUN al 29AGO2017

Del 22 al 30JUN2017

Del 20JUL al 10AGO2017

Hasta el

ACTIVIDAD A DESARROLLAR Examen médico concluido. Aprobación y publicación de la Directiva del proceso de ascenso por concurso de Oficiales 2017, en la página web “Águila 6” de la Dirección de Recursos Humanos PNP. Nombramiento, instalación y funcionamiento de la Junta de Formulación del Examen de Conocimiento. Publicación de las materias que comprende el examen de conocimiento; en la página web “Águila 6” de la Dirección de Recursos Humanos PNP. Publicación del Banco de Preguntas del Examen de Conocimiento para el Proceso de Ascensos por Concurso de Oficiales PNP del año 2017 – Promoción 2018, en la página web “Águila 6” de la Dirección de Recursos Humanos PNP Los postulantes tendrán un periodo de prepublicación, para realizar la revisión de las preguntas y respuestas de selección múltiple del “Banco de Preguntas” y de considerarlo pertinente, efectuarán los aportes, observaciones o sugerencias a través del enlace habilitado para dicho fin a partir de la fecha: http://siecopol.pnp.gob.pe/observaciones. Publicación de la absolución de las observaciones al Banco de Preguntas, resueltas por la Junta de Formulación del Examen de Conocimiento. Publicación de las relaciones nominales de postulantes declarados aptos e inaptos, con indicación de las diferentes causales de inaptitud, en la página web “Águila 6” de la Dirección de Recursos Humanos PNP. Nombramiento, instalación y funcionamiento de la Junta de Aptitud. Recepción de solicitudes de reclamo por inaptitud, en la Oficina de Tramite Documentario de la Dirección de Recursos Humanos PNP: a. Por la causal “Ficha Médica” del 22 al 28JUN2017, hasta las 20:00 horas. b. Por otras causales, del 22JUN al 30JUN2017hasta las 20:00 horas. Publicación de las resoluciones de la Dirección de Recursos Humanos PNP con los resultados de evaluación de las solicitudes de reclamo por inaptitud, en la página web “Águila 6”. Recepción de solicitudes para la codificación e inserción de los méritos en la base de

26-42

LUGAR DIRSAPOL

RESPONSABILIDAD POSTULANTES

DIRGEN

DIRREHUM

DIRGEN

DIRREHUM

DIRREHUM

DIRREHUM

DIRREHUM

DIRREHUM

DIRREHUM

DIRREHUM

DIRREHUM

DIRREHUM

DIRREHUM

DIRREHUM

DIRGEN

DIRREHUM

DIRREHUM

POSTULANTES

DIRREHUM

DIRREHUM

31JUL2017 a las 20:00 horas

El 18AGO2017

Del 18 al 24AGO17, hasta las 20:00 horas Del 18AGO al 02SET2017

El 5SET2017

Del 1 al 17SET2017 Del 10 al 18SET2017

DEL 16 al 18SET2017

Del 15 al 20SET2017 El 20SET2017

El 27SET2017

Del 1 al 31OCT2917

datos y en los legajos personales respectivamente, acumulados hasta el 31JUL17, en la Oficina de Tramite Documentario de la Dirección de Recursos Humanos PNP. Publicación de los puntajes obtenidos en los factores de evaluación, en la página web “Águila 6” de la Dirección de Recursos Humanos PNP. Recepción de solicitudes de reclamo sobre los puntajes obtenidos en los factores de evaluación, en la Oficina de Tramite Documentario de la Dirección de Recursos Humanos PNP. Nombramiento, instalación y funcionamiento de la comisión de la Dirección de Recursos Humanos PNP, encargada de resolver los reclamos sobre los puntajes obtenidos en los factores de evaluación. Publicación de la resolución de la Dirección de Recursos Humanos PNP con los resultados de la comisión respecto a los reclamos sobre los puntajes obtenidos en los factores de evaluación, en la página web “Águila 6”. Nombramiento, instalación y funcionamiento de la Junta de Formulación del Examen de Conocimiento. Nombramiento, instalación y funcionamiento de las Juntas Examinadoras para el examen de conocimiento en línea. Ejecución a nivel nacional y en el extranjero del examen de conocimiento: a. Capitanes de Armas, de Servicios y Maestros Armeros, Tenientes de Armas, de Servicios y Alféreces de Armas: - Conocimiento: 16SET2017. No rinden el examen de conocimiento los Alféreces de Armas. b. Comandantes de Armas, de Servicios y Maestros Armeros, Mayores de Armas, de Servicios y Maestros Armeros: - Conocimiento: 17 y 18SET2017. Nombramiento, instalación y funcionamiento de la Junta de Verificación y Control de Calificación del Examen de Conocimiento. Publicación de los resultados del Examen de Conocimiento, en la página web “Águila 6” de la Dirección de Recursos Humanos PNP. Publicación de la resolución de la Dirección General PNP eliminando del proceso de ascenso a los postulantes desaprobados en el examen de conocimiento, en la página web “Águila 6” de la Dirección de Recursos Humanos PNP. Nombramiento, instalación y funcionamiento de las Juntas Selectoras. Publicación de las relaciones nominales alfabéticas por categorías y grados, con los

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POSTULANTES

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El 3NOV2017

Del 4 al 10NOV2017 hasta las 20.00 horas.

Del 20JUN al 18NOV2017

Del 22JUN al 24NOV2017

El 30NOV2017

El 5DIC2017

El 22DIC2017

El 31DIC2017

puntajes obtenidos en los factores rendimiento profesional, formación académica, experiencia para el servicio policial y moral y disciplina. Evaluados por las Juntas Selectoras, en la página web “Águila 6” de la Dirección de Recursos Humanos PNP. Recepción en la Oficina de Tramite Documentario de la Dirección de Recursos Humanos PNP de las solicitudes de reclamo sobre los puntajes obtenidos en los factores rendimiento profesional, formación académica, experiencia para el servicio policial y moral y disciplina, evaluados por las Juntas Selectoras, a ser resueltos por la Junta Revisora. Nombramiento, instalación y funcionamiento de la Junta Revisora, encargada de evaluar y resolver en instancia final y definitiva, los recursos administrativos interpuestos contra las resoluciones directorales motivadas por los resultados de evaluación de las diferentes comisiones y juntas institucionales; así como las solicitudes de reclamo sobre los puntajes obtenidos en los factores rendimiento profesional, formación académica, experiencia para el servicio policial y moral y disciplina, evaluados por las Juntas Selectoras. Publicación de las resoluciones de la Dirección General PNP con los resultados de la Junta Revisora, en la página web “Águila 6” de la Dirección de Recursos Humanos PNP. Publicación de la resolución de la Dirección General PNP estableciendo los cuadros de méritos por categorías y grados, en la página web “Águila 6” de la Dirección de Recursos Humanos PNP. Publicación de la resolución de la Dirección General PNP declarando el número de vacantes en la página web “Águila 6” de la Dirección de Recursos Humanos PNP. Publicación de las respectivas resoluciones ministeriales y directorales otorgando ascensos por categorías y grados en la página web “Águila 6” de la Dirección de Recursos Humanos PNP. Cierre del Proceso.

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POSTULANTES

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ANEXO Nº 2 CAUSALES DE INAPTITUD Y PROCEDIMIENTO PARA PRESENTAR SOLICITUD DE RECLAMO POR INAPTITUD A.

CAUSALES DE INAPTITUD 1. Causal 1 : Falta de tiempo mínimo de servicios reales y efectivos en el grado. 2. Causal 2 : No haber pasado el examen médico anual hasta el 31 de mayo de 2017 en la Dirección de Sanidad Policial. 3. Causal 3 : No encontrarse físicamente apto en el examen médico anual 2017. 4. Causal 4 : No encontrarse en situación de actividad en cuadros desde el 1 de enero de 2016 y durante el año del proceso, incluyendo al postulante que retorna de la situación de disponibilidad. 5. Causal 5 : No contar con sentencia judicial consentida o ejecutoriada, los postulantes que hayan retornado a la situación de actividad por mandato judicial – medida cautelar. 6. Causal 6 : Registrar en el año 2017 sentencia judicial consentida o ejecutoriada, con condena de pena privativa de la libertad, efectiva o inhabilitación para el cargo. 7. Causal 7 : Estar sometido a juicio con detención en el año 2016; en caso de levantarse la medida judicial antes de la ejecución del examen de conocimiento en línea, el postulante recobrará su aptitud y podrá continuar en el proceso. 8. Causal 8 : Tener un promedio menor de SESENTA Y CINCO (65) puntos en el factor rendimiento profesional, correspondiente al grado que ostenta. 9. Causal 9 : Tener un puntaje menor a SESENTA Y CINCO (65) puntos en el factor moral y disciplina. 10. Causal 10 : Abandono de Cargo. 11. Causal 11 : Desaparecido. 12. Causal 12 : Fallecido. 13. Causal 13 : Pasar a la situación de disponibilidad hasta el 31 de diciembre de 2017. 14. Causal 14 : Pasar a la situación de retiro hasta el 31 de diciembre de 2017. 15. Causal 15 : Registrar el Alférez de Armas sanción de rigor o sanciones simples que acumuladas excedan CIENTO VEINTE (120) días, durante los años 2013, 2014, 2015, 216 hasta el 31 de diciembre de 2017. El Alférez de Armas que fue eliminado por esta causal, en el proceso del año 2016 – promoción 2017, solo se le debe considerar las sanciones del año 2017. 16. Causal 16 : Enfermo o lesionado por el período comprendido entre SEIS (6) meses a DOS (2) años. 17. Causal 17 : Prisionero o rehén. 18. Causal 18 : Sometido a medida preventiva de cese temporal del empleo prevista en la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú. Las causales de inaptitud son de aplicación hasta el 31 de diciembre de 2017. 29-42

B.

PROCEDIMIENTOS PARA PRESENTAR SOLICITUD DE RECLAMO POR INAPTITUD 1.

2. 3. 4.

Presentar directamente solicitud a la Dirección de Recursos Humanos PNP o vía fax, correo electrónico u otro medio autorizado, con cargo a regularizar por escrito, a través de la Oficina de Trámite Documentario o de la División de Promoción, Nombramiento, Incentivos, Beneficios y Producción de Planillas, de dicha Dirección. Adjuntar a la solicitud toda la documentación pertinente que coadyuve a sustentar los reclamos. Los plazos para presentar las solicitudes están establecidos en el cronograma respectivo. En el caso de postulantes que presten servicios en provincias, el plazo será el mismo, tomándose como referencia la fecha y hora de recibido en la mesa de partes de su unidad.

30-42

ANEXO Nº 3 SEDES DE LOS EXÁMENES OBLIGATORIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA SOLICITAR CAMBIO DE SEDE A.

SEDES 1. SEDE I 2. SEDE II 3. SEDE III 4. SEDE IV 5. SEDE V 6. SEDE VI 7. SEDE VII 8. SEDE VIII 9. SEDE IX 10. SEDE X 11. SEDE XI 12. SEDE XII 13. SEDE XIII 14. SEDE XIV 15. SEDE XV 16. SEDE XVI 17. SEDE XVII 18. SEDE XVIII 19. SEDE XIX 20. SEDE XX 21. SEDE XXI 22. SEDE XXII 23. SEDE XXIII

PIURA CHICLAYO TRUJILLO TARAPOTO IQUITOS PUCALLPA LIMA HUANCAYO AYACUCHO CUSCO AREQUIPA PUNO HUARAZ CAJAMARCA ICA APURÍMAC PASCO TUMBES TACNA MADRE DE DIOS TINGO MARÍA AMAZONAS VRAEM

B.

OBSERVACIONES Rendirán los exámenes de conocimientos, los postulantes que prestan servicios en: 1. Yurimaguas en la SEDE IV – TARAPOTO. 2. Bagua y Utcubamba en la SEDE XXII – AMAZONAS. 3. Moquegua en la SEDE XIX – TACNA. 4. Contamana en la SEDE VI – PUCALLPA. 5. Huánuco en la SEDE XXI – TINGO MARÍA. 6. Chimbote en la SEDE III - TRUJILLO. 7. Jaén en la SEDE II - CHICLAYO.

C.

PROCEDIMIENTOS PARA SOLICITAR CAMBIO DE SEDE 1. Por viaje al extranjero a. Presentar directamente solicitud a la Dirección de Recursos Humanos PNP, indicando y justificando el motivo de su pedido. b. Adjuntar la documentación que justifique el viaje. c. El plazo para presentar la solicitud de cambio de sede es hasta DOCE (12) días antes de la fecha de ejecución del examen de conocimiento. d. En el caso de postulantes que presten servicios en provincias, el plazo será el mismo, debiendo ser remitida vía fax, correo electrónico u otro medio autorizado, desde la unidad donde presta servicios a la Dirección de Recursos Humanos PNP, con cargo a regularización. e. Las solicitudes se tramitan por la Oficina de Trámite Documentario o por la División de Promoción, Nombramiento, Incentivos, Beneficios y Producción de Planillas de la Dirección de Recursos Humanos. 31-42

2.

Por fallecimiento de padres, esposa o hijos, hasta CUARENTA Y OCHO (48) horas antes de la ejecución del examen de conocimiento. Solicitar por escrito o al teléfono directo Nº 3815437 Ayudantía o al correo electrónico [email protected] de la División de Promoción, Nombramiento, Incentivos, Beneficios y Producción de Planillas de la Dirección de Recursos Humanos PNP, para la autorización correspondiente con cargo a regularización.

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ANEXO Nº 4 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA COMISIÓN Y JUNTAS INSTITUCIONALES Son nombradas por resolución de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, siendo las siguientes: A.

JUNTA GENERAL 1. Organización a. b.

c.

2.

Es presidida por el General PNP Secretario Ejecutivo de la Policía Nacional del Perú. Está conformada por el General PNP Director de Administración PNP, el Coronel PNP Director de Planeamiento Institucional, Coronel PNP Director de Tecnología de la Información PNP y el Coronel PNP Jefe de la División de Modernización y Desarrollo Institucional de la Secretaría Ejecutiva, como vocales. Un (1) Oficial Superior de Armas de la División de Promoción, Nombramiento, Incentivos, Beneficios y Producción de Planillas de la Dirección de Recursos Humanos de la PNP como Secretario.

Funciones a. Preverá las medidas y acciones pertinentes que garanticen la correcta ejecución del proceso de ascenso por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú del año 2017 - Promoción 2018. b. Coordinará con los Directores de las Macro Regiones, Jefes de las Regiones Policiales y del Frente Policial VRAEM, respecto a la implementación de las salas de cómputo, que deberán contar con el número suficiente de equipos informáticos, dispositivos periféricos y la conectividad a Internet - Intranet, a fin de que se garantice el óptimo funcionamiento del aplicativo informático que generará los exámenes de conocimiento en línea en cada una de sus sedes; debiendo realizar las pruebas pertinentes oportunamente. c. Coordinará y solicitará a la Dirección de Tecnología de la Información PNP y la Dirección de Administración de la PNP por intermedio de las Divisiones de Economía y Finanzas y la División de Logística, la asignación de apoyo técnico profesional, económico y cualquier otro tipo de requerimiento logístico, para la correcta ejecución del examen de conocimiento en línea a nivel nacional; así como para el funcionamiento en la sede Lima de la comisión y juntas institucionales nombradas. d. Coordinará la capacitación oportuna de los Equipos Técnicos de coordinación nombrados por las Macro Regiones Policiales y el Frente Policial VRAEM, por parte de la Dirección de Tecnología de la Información PNP y del Equipo Técnico de Apoyo del Sistema de Evaluación del Examen de Conocimiento Policial, a fin que brinden el apoyo y soporte técnico especializado en cada una de sus respectivas sedes. e. Impartirá las recomendaciones e instrucciones de detalle a los Directores de las Macro Regiones, Jefes de las Regiones Policiales y del Frente Policial VRAEM, así como al presidente de la Comisión y juntas institucionales. f. Recepcionará de la Dirección de Administración PNP por intermedio de la División de Logística PNP el material necesario a fin de cumplir las tareas encomendadas. 33-42

B.

JUNTA DE APTITUD 1. Organización a. Es presidida por el Director de Recursos Humanos PNP. b. Está conformada por los Jefes de las Divisiones de Sistematización de la Información de la Carrera Policial y Administración de Legajos, Procesos Disciplinarios, Talento Humano y de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección de Recursos Humanos PNP y un Oficial de Servicios representante de la División de Reconocimiento Médico de la Dirección de Sanidad Policial como vocales. c. Un (1) Oficial Superior de Armas de la División de Promoción, Nombramiento, Incentivos, Beneficios y Producción de Planillas de la Dirección de Recursos Humanos como secretario. 2. Funciones a. Evaluará las relaciones nominales de aptitud e inaptitud de los postulantes, publicadas en la página web “Águila 6” por el Departamento de Sistematización de la Información de la Carrera Policial de la Dirección de Recursos Humanos PNP, de acuerdo a las causales que se indican en el anexo 2. b. Solicitará al Departamento de Sistematización de la Información de la Carrera Policial de la Dirección de Recursos Humanos, que efectúe el promedio de las notas de años anteriores al presente proceso, a fin de calificar a los postulantes que por cualquier motivo carezcan de UNA (1) o más notas anuales de rendimiento profesional, de conformidad con lo establecido en el capítulo VI “Disposiciones Específicas”, acápite C “Factores de Evaluación”, numeral 1 “desempeño profesional”, de la presente directiva; adoptando el procedimiento siguiente: (1) Al no registrar UNA (1) nota, se obtendrá del promedio de las calificaciones de los otros años: - TRES (3) últimos años en los grados de Comandante, Mayor, Capitán, Teniente y Alférez de Armas. - CUATRO (4) últimos años en los grados de Comandante, Mayor, Capitán y Teniente de Servicios. (2) Al no registrar DOS (2) notas, se obtendrán del promedio de las calificaciones de los otros años: - DOS (2) últimos años en los grados de Comandante, Mayor, Capitán, Teniente y Alférez de Armas. - TRES (3) últimos años en los grados de Comandante, Mayor, Capitán y Teniente de Servicios. (3) Al no registrar TRES (3) o más notas, se obtendrán del promedio de todas las calificaciones en el grado. En caso de tener una sola, se reproducirá ésta. (4) No se tendrán en cuenta estas disposiciones cuando exista contradicción con un mandato judicial que ordene lo contrario. (5) La calificación de la Junta de Aptitud, deberá ser formalizada mediante acta y posterior emisión de la resolución de la Dirección de Recursos Humanos PNP que será registrada en la Base de Datos de dicha Dirección, cuyo ejemplar autenticado será archivado como antecedente. c. Recibirá, evaluará y resolverá las solicitudes de reclamo por inaptitud por diferentes causales en los plazos establecidos en el cronograma correspondiente. d. Tendrá competencia en forma excepcional, para declarar la inaptitud del postulante por cualquier causal, hasta CUARENTA Y OCHO (48) horas antes de que se reúnan las Juntas Selectoras, procediendo a su 34-42

e.

f.

g.

C.

exclusión del proceso de ascensos, formulando el acta respectiva para la posterior emisión de la resolución de la Dirección de Recursos Humanos PNP. Solicitará a la División de Reconocimiento Médico del Hospital Nacional “Luís N. Sáenz”, de la Dirección de Sanidad Policial, el apoyo y la información necesaria en todo lo relacionado a los resultados del examen médico anual 2017, así como de su remisión a la Dirección de Recursos Humanos PNP, para coadyuvar a resolver las solicitudes de reclamo por inaptitud por ficha de evaluación médica. Asumirá competencia excepcional para resolver situaciones o casos no previstos en la presente directiva, formulando la respectiva propuesta que será puesta en consideración de la Dirección de Recursos Humanos PNP para la emisión de la respectiva resolución. Formulará las actas con los resultados de las solicitudes de reclamo por inaptitud por diferentes causales, para la expedición de las respectivas resoluciones de la Dirección de Recursos Humanos PNP y su publicación en la página web “Águila 6”.

JUNTA DE FORMULACIÓN DEL EXAMEN DE CONOCIMIENTO 1. Organización a. Es presidida por un General de Armas y como secretario un Oficial Superior de Armas. b. Conformada para: (1) Comandante de Armas postulante al grado de Coronel de Armas: UN (1) Coronel de Armas como presidente, SEIS (6) Coroneles de Armas como vocales y UN (1) Comandante de Armas como secretario. (2) Mayor de Armas postulante al grado de Comandante de Armas: UN (1) Coronel de Armas como presidente, SEIS (6) Comandantes de Armas como vocales y UN (1) Comandante de Armas como secretario. (3) Capitán de Armas postulante al grado de Mayor de Armas: UN (1) Coronel de Armas como presidente, SEIS (6) Comandantes de Armas como vocales y UN (1) Mayor de Armas como secretario. (4) Teniente de Armas postulante al grado de Capitán de Armas: UN (1) Coronel de Armas como presidente, SEIS (6) Comandantes de Armas como vocales y UN (1) Mayor de Armas como secretario. (5) Oficiales de Servicios y Personal con Estatus de Oficial: UN (1) Coronel de Armas como presidente, UN (1) Comandante de Armas como secretario y UNO (1) o DOS (2) Oficiales de Servicios por profesión y DOS (2) Maestros Armeros como vocales. (6) Apoyo Técnico UN (1) Oficial de Armas o de Servicios y CINCO (5) Suboficiales de Armas o de Servicios. 2. Funciones a. Determinar las materias comunes, de especialidad y por profesiones para la formulación del examen de conocimiento, para la categoría de Oficiales de Armas (en la jerarquía de Oficial Superior y Oficial Subalterno), categoría de Oficiales de Servicios y Personal con Estatus de Oficial (Maestros Armeros); teniendo como base la bibliografía oficial utilizada en la formulación del banco de preguntas formulado para el 35-42

b.

c.

d. e. f. g.

h.

i.

j.

k.

l.

Proceso de Ascensos de Oficiales de la Policía Nacional del Perú del año 2016 – Promoción 2017; la que debe actualizarse y/o perfeccionarse de ser necesario, en el marco de la normatividad vigente, que coadyuve al cumplimiento de los objetivos encomendados. Determinará las materias para la formulación del examen de conocimiento, de acuerdo a las categorías, grados y especialidades, las que serán aprobadas por resolución de la Dirección General. Remitirá en el plazo de QUINCE (15) días (contados desde su instalación) a la Dirección de Recursos Humanos PNP, las materias determinadas y aprobadas para la formulación del examen de conocimiento, a fin de ser publicadas en la página web “Águila 6”, para conocimiento general de los postulantes al Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú del año 2017 – Promoción 2018. Recibirá de la Dirección de Logística el material necesario a fin de cumplir las tareas encomendadas. Elaborará el plan de formulación del examen de conocimiento. Determinará el número de preguntas por materias, en relación a la importancia de los contenidos temáticos contemplados en la bibliografía. Gestionará la capacitación de sus integrantes, solicitando asesoramiento de las unidades especializadas de la Policía Nacional del Perú, para el mejor cumplimiento de sus funciones. Elaborará el banco de un CINCO MIL (5000) preguntas, teniendo en cuenta que CUATRO MIL (4000) corresponden a materias comunes y MIL (1000) a materias por categorías o especialidades, tipo objetiva, con CINCO (5) alternativas de respuestas de selección múltiple, consignando la respuesta válida, por cada categoría, grado y especialidad, conforme al detalle siguiente: (1) Para Comandante de Armas que postula al grado de Coronel de Armas. (2) Para Mayor de Armas que postula al grado de Comandante de Armas. (3) Para Capitán de Armas que postula al grado de Mayor de Armas. (4) Para Teniente de Armas que postula al grado de Capitán de Armas. (5) Para Oficiales de Servicios por profesiones. (6) Para Personal con Estatus de Oficial (Maestros Armeros). Al término deberá hacer entrega del master del banco de preguntas a la Junta Examinadora del Examen de Conocimiento, para su integración e implementación en la plataforma virtual, previa coordinación con el Equipo de Apoyo Técnico del Sistema de Evaluación del Examen de Conocimiento Policial, encargado de la correcta ejecución del aplicativo informático que permitirá la generación automática y aleatoria de los exámenes de conocimiento, que se realizará en forma descentralizada y a nivel nacional. Solicitará el reemplazo y nombramiento al Director de Recursos Humanos PNP en caso de impedimento, ausencia o incremento de sus integrantes. Mantendrán contacto únicamente entre sus integrantes, desde el inicio de sus funciones y actividades hasta su culminación, bajo responsabilidad administrativa disciplinaria. Cumplirá con las demás funciones de detalle que se especifique en la directiva que regula las normas y procedimientos administrativos que 36-42

m.

D.

garantizará la ejecución del Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú del año 2017 – Promoción 2018. Formulará un informe de las actividades desarrolladas, el que será remitido a la Dirección General, transcurridos CINCO (5) días después de culminadas sus funciones.

JUNTAS EXAMINADORAS 1. Organización a. Sede Lima UN (1) General de Armas como presidente, DIEZ (10) Coroneles de Armas y DOS (2) Coroneles de Servicios como vocales y UN (1) Oficial Superior de Armas como secretario. b. Sedes en Macro Regiones, Regiones Policiales y Frente Policial VRAEM. UN (1) General de Armas de la sede en representación de la Dirección General PNP asumirá el cargo de presidente y Oficiales Superiores y Subalternos de Armas y de Servicios como vocales y UN (1) Oficial Superior o Subalterno de Armas de la sede como secretario. 2.

Funciones a. Tomarán y controlarán en las diferentes sedes el examen de conocimiento, teniendo responsabilidad sobre cualquier irregularidad que se produzca durante su ejecución. b. Dispondrán la evaluación condicional del postulante declarado apto que no figure en la relación nominal formulada y procesada, ni en la relación nominal de inaptos; previa consulta y autorización de la Dirección de Recursos Humanos PNP, incluyéndolo correlativamente al final de la relación nominal de su categoría y grado, consignando sus apellidos, nombres, carné de identidad personal y unidad a la que pertenece, formulándose el acta correspondiente. c. No permitirán que los postulantes rindan el examen de conocimiento en sede distinta a la que les corresponde, a excepción de los casos autorizados por la Dirección de Recursos Humanos PNP. d. Comunicarán por los medios más rápidos a la Dirección de Recursos Humanos PNP el inicio y término del examen de conocimiento, así como las novedades de importancia que se presenten. e. Contarán con el apoyo de los Coroneles de Armas participantes en el Programa de Alto Mando en Orden Interno y Desarrollo Nacional de la Escuela de Posgrado de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial y de otras unidades según requerimiento y a mérito de la apreciación de situación efectuada, a fin de que ejerzan un eficiente y eficaz control del examen de conocimiento en la sede Lima, en las otras sedes adoptarán las medidas pertinentes; en ambos casos, con la autorización de la Dirección General PNP a través de la Dirección de Recursos Humanos PNP. f. Observarán durante la ejecución del examen de conocimiento, el procedimiento siguiente: (1) Pasarán lista a la hora designada previamente, encerrando dentro de un círculo el número de orden de los presentes y rayando con tinta roja el renglón que ocupa el número de orden, apellidos y nombres de los postulantes ausentes.

37-42

(2)

g.

h.

i.

j.

k.

l.

Dispondrán que los postulantes concurran correctamente uniformados (Uniforme de aula), para la redición del examen de conocimiento. (3) Verificarán que los postulantes lleven consigo su documento nacional de identidad y carné de identidad personal. (4) Distribuirán a los postulantes en orden alfabético. Requerirán los servicios de INTERNET, INTRANET, grupos electrógenos, así como cualquier otro tipo de apoyo logístico que consideren necesario. Dispondrán que un miembro de la junta supervise a los postulantes que rinden el examen de conocimiento en el extranjero, conforme se indica en el capítulo VIII “Disposiciones Finales”, acápite O “Dirección de Asuntos Internacionales PNP”: (1) El tiempo de duración del examen de DOS (2) horas o CIENTO VEINTE (120) minutos, con indicación de la hora de inicio y término. (2) Prohibición de efectuar cualquier consulta entre los postulantes, de cualquier tipo de bibliografía o de portar algún tipo de dispositivo electrónico y/o tecnológico, durante el desarrollo del examen de conocimiento, que son causales de eliminación del presente proceso de ascensos, previa formulación del acta correspondiente; sin perjuicio de la responsabilidad administrativa disciplinaria y penal correspondiente. Deberán permanecer en la parte posterior de cada columna, los Oficiales designados para el control del examen de conocimiento, quedando prohibido que conversen y se desplacen entre los postulantes, salvo para evitar que estos hablen o copien. Deberán hacer conocer a los postulantes que: (1) Culminado el examen o finalizado el tiempo de duración, el aplicativo informático presentará en pantalla el puntaje obtenido. (2) El Oficial Administrador del examen virtual entregará el acta de finalización con su nota, respuestas y clave de consulta para acceder al sistema que le mostrará el examen que desarrolló. (3) El Oficial Administrador del examen virtual imprimirá el acta de resumen del grupo de postulantes, cerrando la sesión del sistema. Entregarán al Presidente de la Junta de Verificación y Control de Calificación del Examen de Conocimiento, al momento de su culminación, los sobres cerrados, lacrados y firmados por CINCO (5) postulantes y los integrantes de la junta, conteniendo la impresión con el resultado y calificación de los exámenes de conocimiento en línea; en la sede Lima y del extranjero por el presidente de la Junta Examinadora de dicha sede y los representantes de la Dirección General PNP de las sedes de provincias, los entregarán personalmente al momento de su retorno a Lima y al término de la distancia. Formularán un informe a la Dirección General PNP sobre el desarrollo del examen de conocimiento, adjuntando las relaciones nominales firmadas en cada hoja por los miembros de la junta, conteniendo además: (1) Número de postulantes por grados que rindieron el examen de conocimiento. (2) Postulantes que se presentaron a rendir el examen de conocimiento, de acuerdo a las relaciones nominales remitidas por la Dirección de Recursos Humanos PNP. 38-42

(3) (4) (5)

E.

Postulantes que han sido agregados a las relaciones nominales para rendir el examen de conocimiento. Novedades presentadas durante el desarrollo del examen de conocimiento (reclamos y actas). Recomendaciones para ejecutar futuros exámenes.

JUNTAS DE VERIFICACIÓN Y CONTROL DE CALIFICACIÓN DEL EXAMEN DE CONOCIMIENTO 1.

Organización UN (1) General de Armas como presidente, CINCO (5) Coroneles de Armas y dos (2) Coroneles de Servicios como vocales, y UN (1) Comandante de Armas como secretario.

2.

Funciones 1. Recibirá de las Juntas Examinadoras los informes, actas, relaciones nominales de los Oficiales de Armas de Servicios y Personal con Estatus de Oficial, conjuntamente con las actas de finalización y del resultado de la nota obtenida por el postulante, contando con el debido registro de la firma de los integrantes de las Juntas correspondiente. 2. Extraerá del aplicativo informático, el reporte consolidado general computarizado del resultado de la calificación del examen de conocimiento. 3. Contrastará y cotejará la calificación del examen de conocimiento contenida en el reporte consolidado general computarizado con el acta de finalización de resultado de la nota obtenida por los postulantes, a cuyo término procederá a la validación respectiva. 4. Determinará el lugar para el proceso de calificación y validación del resultado de la nota obtenida, en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos de la PNP y Dirección de Tecnología de la Información PNP. 5. Procederá en el lugar determinado para la calificación a: (a) La apertura de la información de las actas de finalización individuales de resultado de la nota obtenida por el candidato. (b) Comprobará la conformidad de la calificación, de acuerdo al acta de finalización que firmaron los integrantes de la Junta Examinadora. (c) Cotejará el acta de finalización consolidada del resultado de la nota obtenida, formulando el acta correspondiente para ser entregada a la Dirección de Recursos Humanos de la PNP. (d) Procederá a remitir a la Dirección de Recursos Humanos de la PNP, el acta de finalización de resultado de la nota obtenida, al finalizar el proceso de calificación, para su registro y archivo como antecedente. 6. No atenderá los reclamos presentados por los candidatos, sobre los resultados obtenidos en el examen de conocimiento, teniendo en consideración que son inimpugnables. 7. Remitirá a la Dirección de Recursos Humanos de la PNP el resultado final de la calificación computarizada del examen de conocimiento, con actas e informe, para su publicación en la página web “Águila6”. 8. Formulará un informe de las actividades desarrolladas, que será remitido a la Dirección de Recursos Humanos PNP, transcurridos DOS (2) días después de culminadas sus funciones. 39-42

9. D.

En caso de impedimento o ausencia de alguno de sus integrantes, solicitará el reemplazo a la Dirección de Recursos Humanos de la PNP.

EQUIPO DE APOYO TÉCNICO DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN DEL EXAMEN DE CONOCIMIENTO POLICIAL Funciones 1. Comprobará que la versión final del aplicativo informático, esté en condiciones óptimas de generar en un determinado equipo informático pruebas en línea (vía INTERNET - INTRANET), garantizando la ejecución del proceso automatizado virtual del examen de conocimiento. 2. Coordinará con la sede Lima, Macro Regiones, Regiones y Frente Policial VRAEM, a fin que sus respectivas salas de cómputo se encuentren en óptimas condiciones para la ejecución del Examen Virtual, teniendo el número adecuado de equipos informáticos y dispositivos periféricos en proporción al número de Oficiales de Armas, de Servicios y Personal con Estatus de Oficial postulantes. 3. En coordinación con los Equipos Técnicos de Coordinación, preverá que las salas de cómputo de cada sede a nivel nacional, cuenten con servicio de INTRANET - INTERNET, que los equipos informáticos se encuentren configurados para acceder correctamente al aplicativo del examen virtual de conocimiento, debiendo de implementar un acceso directo ubicado en el escritorio de la PC, con la denominación “Examen Virtual”. 4. Brindará a las diversas comisiones inmersas en la ejecución del examen virtual de conocimiento, el apoyo profesional y técnico especializado para el cumplimiento de sus funciones. 5. Instalará en la sede de Lima un ambiente con telefonía-fax para la comunicación simultánea con las sedes de las Macro Regiones, Regiones Policiales y Frente Policial VRAEM, debiendo elaborar el prontuario telefónico de las sedes comprometidas. 6. Coordinará con cada sede las medidas de contingencia en caso se presenten fallas de energía, problemas lógicos (software) o físicos (hardware), contando con elementos de reemplazo (cables, extensiones, router, etc.). 7. Conjuntamente con la Dirección de Tecnología de la Información PNP se encargarán de la capacitación del personal que integran los Equipos Técnicos de coordinación, nombrados por las Macro Regiones, Regiones Policiales y el FP VRAEM, a fin que brinden el soporte técnico correspondiente en la ejecución del proceso automatizado virtual en línea del examen de conocimiento en sus respectivas sedes.

F.

JUNTAS SELECTORAS 1. Organización a. Para el ascenso a los grados de Coronel de Armas, de Servicios y Personal con Estatus de Oficial: UN (1) General de Armas como presidente, SEIS (6) Coroneles de Armas y UN (1) Coronel de Servicios como vocales, UN (1) Coronel de Armas como secretario. b. Para el ascenso a los grados de Comandante de Armas, de Servicios y Personal con Estatus de Oficial: UN (1) General de Armas como presidente, SEIS (6) Coroneles de Armas y UN (1) Coronel de Servicios como vocales, UN (1) Coronel de Armas como secretario. c. Para el ascenso a los grados de Mayor de Armas, de Servicios y Personal con Estatus de Oficial: 40-42

d.

e.

UN (1) General de Armas como presidente, SEIS (6) Coroneles de Armas y UN (1) Coronel de Servicios como vocales, UN (1) Coronel de Armas como secretario. Para el ascenso a los grados de Capitán de Armas y de Servicios: UN (1) Coronel de Armas como presidente, SEIS (6) Comandantes de Armas y UN (1) Comandante de Servicios como vocales, UN (1) Comandante de Armas como secretario. Para el ascenso al grado de Teniente de Armas: UN (1) Coronel de Armas como presidente y TRES (3) Comandantes de Armas como vocales, UN (1) Comandante de Armas como secretario.

Para el nombramiento de sus integrantes se debe tener en cuenta que no postulen al ascenso en el proceso del año 2017 - promoción 2018, a excepción de los Oficiales Generales y Coroneles de Armas y de Servicios.

2.

Funciones a. Evaluarán los factores rendimiento profesional, formación académica, experiencia para el servicio policial y moral y disciplina, con base a la información que obra en la base de datos de la Dirección de Recursos Humanos PNP, contrastando con la información que obra en el legajo personal y de conformidad a los lineamientos establecidos en el capítulo VI “Disposiciones Específicas”, acápite C “Factores de Evaluación”, de la presente directiva. b. Formularán las relaciones nominales alfabéticas por categorías y grados, con indicación de los puntajes obtenidos, luego de la evaluación respectiva, en los factores rendimiento profesional, formación académica, experiencia para el servicio policial y moral y disciplina; para ser publicada en la página web “Águila 6” de la Dirección de Recursos Humanos PNP. c. Elaborarán los respectivos cuadros de méritos por categorías y grados, de conformidad a los lineamientos establecidos en el capítulo VI “Disposiciones Específicas”, acápites: D.- “Nota Final de los Factores de Evaluación”, G.- “Nota Final del Proceso de Ascensos por Concurso” y N.- “Cuadros de Méritos”, de la presente directiva. d. Tendrán presente que a igual puntaje obtenido por los postulantes en el promedio final de los factores evaluados en el proceso de ascensos, prima la antigüedad especificada en el escalafón respectivo. e. Culminarán sus funciones y facultades hasta el 31 de diciembre de 2017, para efectos de la formulación de las actas respectivas y los cuadros de méritos, disminuyendo el puntaje promedio final, que se produzca en los factores rendimiento profesional, formación académica, experiencia para el servicio policial y moral y disciplina, por diversos motivos debidamente justificados; la exclusión de dichos cuadros de aquellos postulantes que se encuentren incursos en las diversas causales de inaptitud o por el factor moral y disciplina; además de la suspensión en su ascenso del postulante que se encuentre involucrado en una falta muy grave prevista en la Ley del Régimen Disciplinario de la PNP. f. Formularán el informe correspondiente a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, adjuntando los cuadros de méritos establecidos, para su publicación en la página web “Águila 6” de la Dirección de Recursos Humanos PNP.

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G.

JUNTA REVISORA 1. Organización Es presidida por el Director General de la Policía Nacional del Perú e integrada por el Inspector General de la Policía Nacional del Perú como vocal, por el Director de Asesoría Jurídica de la Policía Nacional del Perú como asesor legal y por el Secretario General de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú como secretario. 2. Funciones a. Evaluará y resolverá en instancia final y definitiva del presente proceso de ascensos, los recursos administrativos interpuestos por los postulantes, contra las resoluciones directorales motivadas por los resultados de evaluación de las diferentes comisiones y juntas institucionales. b. Evaluará y resolverá en instancia final y definitiva del presente proceso de ascensos, las solicitudes de reclamo de los postulantes sobre los puntajes obtenidos en los factores rendimiento profesional, formación académica, experiencia para el servicio policial y moral y disciplina, evaluados por las Juntas Selectoras. c. Formulará las actas y un informe de las actividades desarrolladas, a fin que obren en archivo de la Dirección de Recursos Humanos PNP y sirvan para que se expidan las respectivas resoluciones directorales, en base a las decisiones tomadas sobre los recursos administrativos interpuestos y solicitudes de reclamo presentadas y evaluadas; publicándose en la página web “Águila 6” de acuerdo al cronograma respectivo.

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