sa,OCA DES

4 sept. 2018 - sa,OCA DES _. Y,(¡in,51, 3 cb ca 2(315. Visto, el expediente N° 15-062213-001, que contiene la Nota Informativa N°. 236-2015/DG/DIGESA, ...
710KB Größe 0 Downloads 2 vistas
N o 926 -2015iHirirs,A

MINISTERIO DE SALUD

«5,

sa,OCA DES _

Y,(¡in,51,

3 cb

ca 2(315

Visto, el expediente N° 15-062213-001, que contiene la Nota Informativa N° 236-2015/DG/DIGESA, emitida por la Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental; y,

CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, se llevará a cabo el "38° Período de Sesiones de la Comisión Codex Alimentarius", del 06 al 11 de julio de 2015;

A. Velásquez

Que, mediante comunicación A3/PE-0306 de fecha 25 de junio de 2015, el Representante del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura en Perú - IICA, en el marco del programa de apoyo a la participación en las reuniones del Codex Alimentarius, invita a un representante del Ministerio de Salud, a participar en el evento mencionado; señalando que el Instituto que representa, financiará los gastos correspondientes; Que, la Comisión del Codex Alimentarius fue creada en el año 1963 y está conformada por 186 estados miembros entre los que se encuentra el Perú, encargándose de elaborar normas, directrices y códigos de prácticas alimentarias internacionales armonizadas destinadas a proteger la salud de los consumidores y gararitizar la aplicación de prácticas leales en el comercio de alimentos; y, además, promueve la coordinación de todos los proyectos sobre normas alimentarias emprendidos por las organizaciones internacionales gubernamentales y no gubernamentales; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, éste es un organismo del Poder Ejecutivo que tiene entre sus funciones rectoras formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, prevención de enfermedades, recuperación y rehabilitación en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;

Que, la Décimo Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas, aprobado por Decreto Supremo N° 007-98-SA, establece que el Comité Nacional del Codex Alimentarius estará conformado por un representante del Ministerio de Salud, quien lo presidirá, constituyéndose en la instancia de coordinación interinstitucional encargada de efectuar la revisión periódica de la normatividad sanitaria en materia de inocuidad de los alimentos, con el propósito de proponer su armonización con la normativa internacional; Que, de acuerdo a lo señalado precedentemente, siendo el Perú miembro de la Comisión del Codex Alimentarius, la participación de un representante del Ministerio de Salud en dicho evento resulta de vital importancia, a fin de dar a conocer a los países miembros la posición peruana aprobada por el Pleno del Comité Nacional del Codex Alimentarius, respecto de los temas de agenda que se abordarán en el 38° Período de Sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius; Que, el citado evento tiene como objetivos examinar y emitir opinión de las normas, directrices y códigos de prácticas alimentarias internacionales armonizadas que se traten en la reunión; así como, promover una activa y efectiva participación y aprovechamiento del Codex Alimentarius de los países y suscitar un enfoque regional en el marco del Comité Codex para América Latina y el Caribe; Que, con el documento de visto, la magister en administración Mónica Patricia Saavedra Chumbe, Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental, en su calidad de Presidenta del Comité Nacional del Codex Alimentarius, solicita se autorice su viaje, para que participe en el indicado evento; Que, mediante Informe N° 221-2015-EGC-ODRH-OGGRH/MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, señala que la participación de la citada funcionaria se enmarca dentro de las normas que regulan la materia, no ocasionará gastos al Ministerio de Salud y cuenta con la autorización de la Alta Dirección;

A. Velásquez

S. Ruiz z

Que, el artículo 11 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y atendiendo a la temática y los objetivos del evento antes señalado resulta de interés institucional autorizar el viaje de la citada funcionaria; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública, y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;

Esoo,

j. Zavetia S.

No

MINISTERIO DE SALUD

20]SirtrYSA

50CA De, _ (/