"SALUD Autorizan ejecución de obras y acciones de prevención y mitigación de daños ocasionados por el Fenómeno del Niño mediante procesos de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1951-2002-SA/DM Lima, 19 de diciembre del 2002 VISTOS: El Oficio SA-OGDN Nº 1311-2002 que adjunta el Informe Técnico de la Oficina General de Defensa Nacional, el Informe Nº1764-2002-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante D.S. Nº 088-2002-PCM publicado el 5.9.02, se declaró en estado de emergencia, ante la inminencia del Fenómeno del Niño y por el plazo de 60 días a los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Ancash, Lima, Ica y San Martín, a efectos que el Ministerio de Salud, entre otros, puedan ejecutar, al amparo de dicho Decreto Supremo, obras y acciones de prevención y mitigación de daños, previamente sustentadas por las instancias del Sistema Nacional de Defensa Civil y priorizadas por la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres, en función a los requerimientos de los CTAR y las municipalidades, en coordinación con cada Sector comprometido en el peligro inminente; Que, mediante D.S. Nº 098-2001-PCM se incluyó dentro de los alcances del D.S. Nº 088-2002-PCM a la Provincia Constitucional del Callao, y mediante D.S. Nº 117-2002-PCM, publicado el 14.11.02, fue ampliado el estado de emergencia por sesenta (60) días adicionales y se incluyó dentro de sus alcances al departamento de Amazonas; Que, por Resolución Directoral Nº 008-2002-EF/68.01, publicada el 1.10.02 se aprobó la Directiva del Programa de Prevención ante la eventual ocurrencia del Fenómeno del Niño 2002-2003; Que, el inciso c) del artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se encuentran exonerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando se produzca una situación de emergencia; Que, el artículo 22º del referido cuerpo normativo, define como situación de emergencia a aquella en la cual la
Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de eventos catastróficos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidades que afecten la defensa nacional, exonerándola de la tramitación del expediente administrativo pudiendo ordenar la ejecución de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la Ley; Que, el Informe Técnico de la Oficina General de Defensa Nacional remitido mediante Oficio SA-OG-DN Nº 1311-2002, indica que en el marco de las acciones de prevención y mitigación de daños por el Fenómeno del Niño 2002-2003 se necesita realizar ejecución de distintas obras en los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, Cajamarca, La Libertad, Ancash y Lima, ante la inminencia de la afectación a la salud individual y pública de la población de las zonas precitadas; Que, de acuerdo a lo informado por la Oficina General de Defensa Nacional, los proyectos de inversión pública involucrados en la presente exoneración cuentan con la declaración de eligibilidad expedida por la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el Oficio SA-OG-DN-Nº 1311-2002 señala los valores referenciales específicos de cada una de las obras a ejecutar y como valor referencial total ascendente la suma de S/ 7’407,796.00; Que, el Oficio OEE Nº 992-2002 de la Oficina Ejecutiva de Economía señala que existe disponibilidad presupuestal por el valor referencial total indicado en el considerando anterior, con cargo a la fuente de financiamiento de recursos ordinarios; Con la visación de la Oficina General de Defensa Nacional, la Oficina General de Administración y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud y de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 088-2002-PCM, los artículos 19º literal c), 20º y 22º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y artículo 108º de su Reglamento; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar en el marco del Decreto Supremo Nº 088-2002-PCM, la exoneración del proceso de Licitación Pública, por situación de emergencia, para la ejecución de obras en los lugares y montos establecidos en el Anexo Nº 1 de la presente Resolución, por un valor referencial total de S/. 7’407,796.00 (siete millones cuatrocientos siete mil setecientos noventa y seis con 00/100 Nuev os Soles). Dicha contratación se llevará a cabo vía Adjudicación de Menor Cuantía
con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios del presupuesto que a la fecha tiene el Ministerio de Salud. Artículo 2º.- Encargar a la Oficina General de Defensa Nacional la conducción de los procesos de Adjudicación de Menor Cuantía a que hace referencia el artículo anterior. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 días hábiles de su emisión, así como la remisión a la Contraloría General de la República de copia de la misma y de los documentos de vistos que la sustentan, dentro de los 10 días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud"