El Peruano / Sábado 20 de febrero de 2016
NORMAS LEGALES
con conocimiento de la Jefatura Nacional y de la Secretaría General. b) Designar y remover, mediante Resolución Gerencial, a los integrantes titulares y suplentes de los Comités de Selección, que se encargarán de conducir los procedimientos de selección para la adquisición de bienes y contratación de servicios, indicando sus nombres completos y quien actuará como presidente, observando que exista correspondencia entre cada miembro titular y suplente. c) Autorizar la reincorporación, como miembros suplentes, de los integrantes titulares desplazados de los Comités de Selección, debiendo realizar previamente la determinación de responsabilidades, según corresponda. d) Aprobar los expedientes de contratación de los procedimientos de selección para la adquisición de bienes y contratación de servicios. e) Aprobar las Bases Administrativas de los procedimientos de selección; correspondientes a Adjudicación Simplificada, Subasta Inversa Electrónica, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios y Contratación Directa. f) Suscribir y modificar contratos provenientes de procedimientos de selección para la adquisición de bienes y contratación de servicios, así como, para pactar adendas a dichos contratos, incluyendo los contratos y adendas para el inicio de auditorías con la Sociedad designada. g) Disponer la ejecución de prestaciones adicionales y reducciones respecto de los contratos provenientes de procedimientos de selección para la adquisición de bienes y contratación de servicios, con la opinión previa de la Gerencia de Asesoría Jurídica con conocimiento de la Jefatura Nacional y de la Secretaría General. h) Resolver sobre la procedencia de solicitudes de ampliaciones de plazo en los contratos derivados de procedimientos de selección para la adquisición de bienes y contratación de servicios, con conocimiento de la Jefatura Nacional y de la Secretaría General. i) Resolver contratos derivados de los procedimientos de selección de adquisición de bienes y contratación de servicios, ya sea por hecho sobreviniente a su suscripción, causal de incumplimiento contractual o por caso fortuito o fuerza mayor, con la opinión previa de la Gerencia de Asesoría Jurídica con conocimiento de la Jefatura Nacional y de la Secretaría General. j) Suscribir los contratos de servicios derivados de convenio o acuerdo nacional o internacional. k) Efectuar mediante Resolución Gerencial, reconocimiento de gastos y deudas de ejercicios anteriores, con opinión previa de la Gerencia de Asesoría Jurídica con conocimiento de la Jefatura Nacional y de la Secretaría General. l) Representar a la entidad ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria. m) Contratar el servicio de arrendamiento de cajas de seguridad con entidades financieras, gozando de la facultad de abrir, cerrar, alquilar, disponer de las mismas y delegar por encargo (a terceros) dichas facultades; así como depositar y retirar valores en custodia. n) Suscribir y modificar contratos con entidades del Sistema Financiero, debidamente reguladas por la SBS, así como delegar dicha facultad por encargo (a terceros); asimismo, pactar adendas de dichos contratos, con conocimiento de la Secretaría General y Jefatura Nacional. o) Aprobar el acto administrativo para la disposición de bienes muebles en el marco de la Ley N° 27995, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-2004-EF y la Directiva N° 001-2015/SBN. Artículo Cuarto.- Remitir copia de la presente Resolución Jefatural a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1347780-1
578603
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Aprueban la modificación del estatuto social de La Positiva Vida Seguros y Reaseguros S.A. RESOLUCIÓN SBS Nº 611-2016 Lima, 3 de febrero de 2016 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por la empresa LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS S. A. con fecha 08 de enero de 2016, para que se le autorice la modificación parcial de su estatuto social; CONSIDERANDO: Que, en la Junta General; de Accionistas de la empresa LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS S.A. celebrada el día 07 de enero de 2016, se aprobó la modificación del segundo párrafo del artículo trigésimo segundo de su estatuto social; Que, para efectos de la autorización solicitada, se ha cumplido con remitir a este órgano de control la documentación señalada; en el Procedimiento N° 44 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, aprobado por Resolución SBS N° 3082-2011 y modificatorias, la cual se ha considerado conforme tras ía evaluación realizada; Que, contando con el visto bueno del Departamento de Supervisión del Sistema de Seguros “A” y del Departamento Legal; así como de la Superintendencia Adjunta de Seguros y de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias; RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar en los términos propuestos, la modificación parcial del estatuto social de la empresa LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS S.A., cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este organismo; y, devuélvase la minuta que lo formaliza con el sello oficial de esta Superintendencia, para su elevación a escritura pública en la que se insertará el texto de la presente resolución, para su correspondiente inscripción en el registro público respectivo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER MARTIN POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (e) 1347117-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN Aprueban la Constitución de la “Mancomunidad Regional Pacífico Centro Amazónica” y el Estatuto ORDENANZA REGIONAL N° 229-GRJ/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN