R.M. 033 2016 IN


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El Peruano / Sábado 16 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

Declaran de prioridad del Ministerio la ejecución del proyecto de electrificación rural denominado “Ampliación de Electrificación Rural en el distrito de Challhuahuacho - Cotabambas - Apurímac” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 011-2016-MEM/DM Lima, 14 de enero de 2016 VISTO: El Informe Nº 002- 2016-MEM/DGER/JPEI de fecha 14 de enero de 2016 de la Jefatura de Programación y Evaluación de Inversiones de la Dirección General de Electrificación Rural, y; CONSIDERANDO: Que, mediante documento de visto, la Jefatura de Programación y Evaluación de Inversiones de la Dirección General de Electrificación Rural informa que en atención a los acuerdos asumidos con el alcalde de la Municipalidad Distrital de Challhuahuacho, los dirigentes de las 33 comunidades y federaciones del distrito de Challhuahuacho, y el Ministerio de Energía y Minas, con la finalidad de implementar la electrificación integral en el mencionado distrito, a la fecha, se encuentra en desarrollo un (01) proyecto de electrificación rural denominado “Ampliación de Electrificación Rural en el distrito de Challhuahuacho - Cotabambas - Apurímac”, el cual se encuentra en proceso de contratación para la elaboración del perfil del proyecto; Que, la Ley General de Electrificación Rural, Ley Nº 28749, declara de necesidad nacional y utilidad pública la electrificación de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país, con el objeto de contribuir al desarrollo socioeconómico sostenible, mejorar la calidad de vida de la población, combatir la pobreza y desincentivar la migración del campo a la ciudad; Que, el artículo 5 de la Ley General de Electrificación Rural, Ley Nº 28749 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, establecen que el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección General de Electrificación Rural, es el organismo nacional competente en materia de electrificación rural, para lo cual coordina con los gobiernos regionales y locales, empresas concesionarias de distribución eléctrica y de electrificación rural, y demás entidades y programas del Gobierno Nacional, relacionadas con la ejecución de obras de electrificación rural y su administración, operación o mantenimiento; Que, a fin de promover el desarrollo del distrito de Challhuahuacho, provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac, corresponde se priorice la implementación del proyecto de electrificación rural señalado por la Dirección General de Electrificación Rural; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declárese de prioridad del Ministerio de Energía y Minas la ejecución del proyecto de electrificación rural denominado “Ampliación de Electrificación Rural en el distrito de Challhuahuacho – Cotabambas – Apurímac”. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1334264-1

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INTERIOR Designan Directora de la Unidad de Acciones Especiales de la Inspectoría General del Sector Interior RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 033-2016-IN Lima, 15 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo público de confianza de Director de la Unidad de Acciones Especiales de la Inspectoría General del Sector Interior; Que, resulta necesario designar a la profesional que desempeñará dicho cargo público de confianza; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora María del Carmen Salas Medina, en el cargo público de confianza de Directora de la Unidad de Acciones Especiales de la Inspectoría General del Sector Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS PEREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1334257-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Aprueban Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Justicia y Derechos Humanos para el año 2016 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0008-2016-JUS Lima, 15 de enero de 2016 VISTOS, el Informe Nº 007-2016-JUS/OGPP-OP, de fecha 14 de enero de 2016, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 39-2016JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como una de sus competencias exclusivas el diseño y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Ministerio es la entidad competente en materia de derechos humanos; defensa jurídica del Estado; acceso a la justicia; política penitenciaria; regulación notarial y registral y supervisión de fundaciones; defensa, coherencia y perfeccionamiento del ordenamiento jurídico y en la relación del Estado con entidades confesionales;

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NORMAS LEGALES

Que, el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y sus modificatorias, define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, a fin de que el conjunto de instituciones y funcionarios públicos impulsen transversalmente su promoción y ejecución en adición al cumplimiento de las políticas sectoriales; Que, el artículo 3 de la norma acotada precedentemente, establece que mediante Resolución Ministerial del sector respectivo, que deberá ser aprobada dentro de los primeros quince días del mes de enero de cada año, los Ministerios publicarán las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia, cuyas metas deberán corresponder a los programas multianuales y a sus estrategias de inversión y gasto social asociadas, conforme a lo establecido por el Ministerio de Economía y Finanzas en coordinación con los demás Ministerios; Que, la Resolución Ministerial Nº 386-2009PCM, aprobó la Directiva Nº 003-2009-PCM/SC “Guía Metodológica para la presentación de Informes Semestrales de Evaluación de las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento - Decreto Supremo Nº 0272007-PCM”; Que, para la formulación de las Metas e Indicadores de Desempeño para el año 2016, los órganos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y los organismos públicos adscritos, han cumplido con presentar sus correspondientes propuestas de metas e indicadores en relación a la aplicación de las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento; Que, la aprobación de las referidas Metas e Indicadores de Desempeño, permitirá la evaluación del cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia, de acuerdo a lo establecido en el acotado Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y modificatorias, y según los criterios y formatos de evaluación señalados en la Directiva aprobada; Estando a lo informado y contando con el visado de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 0112012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y sus modificatorias, que define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación Aprobar las metas e indicadores de Desempeño del Sector Justicia y Derechos Humanos para el año 2016, conforme al Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Evaluación Encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos el seguimiento y evaluación de la implementación de las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Justicia y Derechos Humanos para el año 2016, para cuyo efecto los organismos públicos adscritos y los órganos del Ministerio, remitirán la evaluación de la ejecución de metas e indicadores de las Políticas Nacionales, a más tardar dentro de los quince (15) días calendarios siguientes al vencimiento de cada semestre. Artículo 3.- Publicación La presente Resolución Ministerial es publicada en el Diario Oficial “El Peruano” y el Anexo que forma parte integrante de la misma, será publicado en el

Sábado 16 de enero de 2016 /

El Peruano

Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior Encargado del Despacho de Justicia y Derechos Humanos 1334316-1

PRODUCE Delegan diversas facultades en el Jefe de la Unidad Ejecutora 003: “Fomento al Consumo Humano Directo - A Comer Pescado”, durante el Ejercicio Fiscal 2016 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 012-2016-PRODUCE Lima, 15 de enero de 2016 VISTOS: El Memorando Nº 779-2015-PRODUCE/ UE003:FCHD-ACP, el Informe Nº 036-2015-PRODUCE/ UE003: FCHD-ACP/UAL de la Unidad Ejecutora 003: “Fomento al Consumo Humano Directo - A Comer Pescado”, el Informe Nº 003-2016-PRODUCE/OGAJgardiles de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1047 se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias, la misma que determina y regula el ámbito de competencia, las funciones y la estructura orgánica básica del Ministerio de la Producción; Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normativa lo autorice; Que, el artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE, dispone que el Ministro de la Producción es la máxima autoridad política del Sector Producción y es quien ejerce las funciones de titular del pliego presupuestal del Ministerio; mientras que el literal c) del artículo 7 de la citada norma señala que el Ministro puede desconcentrar y/o delegar a los empleados públicos de su Ministerio las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que el Titular de una Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado; Que, mediante Ley Nº 30372 se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, estableciéndose en esta las normas para el proceso presupuestario que deben observar los organismos del Sector Público durante el Ejercicio Fiscal 2016; Que, la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, establecen las reglas y parámetros legales que deberán considerar las entidades del Sector Público, a efectos de tramitar los procedimientos de contrataciones de bienes, servicios y obras; Que, asimismo, el artículo 8 de la Ley Nº 30225 prescribe que el Titular de la Entidad puede delegar,