Resolución Ministerial N° 273-2017-MINAM - Ministerio del Ambiente

es diseñar, establecer y superv¡sar la polit¡ca nacional y sectorial amb¡ental, asumiendo la recloria con respecto a ella;. Que, de acuerdo a lo dispueslo en el ...
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Vistos; el lnfome N" 042-2017-MINAMA/MDERN/DGEFA, de la Dirección General de

y

Financiamiento Amb¡enlal; el Memorando N' 590-2017-M|NA|\,^/[¡DERN, del Vicem¡nisterio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales: el Memorando N" 14s20'l7-

Economia

MINAM/SG/OGAJ, de la Ofic¡na General de Asesoria Juridica; la Solicitud de Autoüación de Viaje al Exterior; y, CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislat¡vo

N'

1013 se crea el M¡nisterio del Amb¡ente como

organ¡smo del Poder Ejecutivo, con personeria juridica de derecho ptlblico. cuya func¡ón general es diseñar, establecer y superv¡sar la polit¡ca nacional y sectorial amb¡ental, asumiendo la recloria con respecto a ella;

Que, de acuerdo a lo dispueslo en el artlculo 64 del Reglameñto de Organ¡zac¡ón y Func¡ones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N" 002-2017-MINAM, la D¡recc¡ón General de Economia y Fiñanciamiento Ambiental es responsable de conducir la

elaboración de insaumentos y procedimientos, asl como formular y proponer programas y proyectos relacionados a la valoración económica amb¡ental, al desarrollo e implementac¡ón de ¡nstrumentos económ¡cos ambientales y al f¡nanc¡amienlo amb¡ental, en el marco de la no¡matividad vigente;

Oue, mediante documento s/n de fecha '18 de set¡embre de 2017, el M¡nisterio de Hacienda y Crédito Públ¡c¡ de Colombia cursa invitación para participar en la Sesión "Reformas Fiscales para la Acc¡ón Cl¡mática' del Taller 'Reformas Fiscales Amb¡entales para una Economía Baja en Carbono", el m¡smo que se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá, República de Colomb¡a, los d¡as 28 y 29 de set¡embre de 2017i Que, la asistencia y partic¡pac¡óo de un representante del Ministerio del Ambiente en el

Que, med¡ante l\,,lemorando N" 590-2017-MINAM/DVMDERN, el Viceministro de Desarollo Estratégico de los Recursos Naturales remite la Sol¡citud de Autorización de Viaje al Exterior del señor LUIS FRANCISCO ROSA PEREZ TUESTA, Director General de Economía y Financiamiento Amb¡ental;

Que, en tal sentido, siendo de ¡nterés ¡nstitucional, resulta necesar¡o autorizar el viaje del citado servidor, cuyos gastos de partic¡pación serán cubiertos por el Banco Mundial en el marco de la inic¡ativa Climate Action Peer Exchange (CAPE)i

Que, de acuerdo a lo prev¡sto en el artlculo'11 del Decreto Supremo N' 047-2002-PCl\4, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorizac¡ón de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminar¡os, Cursos de Capac¡tac¡ón o que se realicen por cualquier otro mot¡vo, siempre que no ocasionen n¡ngún tipo de gastos al Estado, serán autorizados med¡ante Resolución de Titular de la Ent¡dad correspondiente, por lo que corresponde emitir el presente acto resolutivo; Con el visado del Vicemin¡sterio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Natu¡ales y de la Oficina Gene.al de Asesor¡a Jurldica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N'1013, que aprueba la Ley de Creación, Organ¡zación y Funciones del l\¡inisterio del Ambientei la Ley N" 27619, Ley que regula la autor¡zación de viajes al exter¡or de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N" 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autor¡zación de v¡ajes al exter¡or de serv¡dores y funcionarios públ¡cos y sus modificatoriasi y, el Decreto Supremo N' 002-2017MINAM, que aprueba el Reglamento de Organizac¡ón y Funciones del M¡nisterio delAmb¡ente; SE RESUELVE:

Artículo l,- Autorizar el v¡aje, en comisión de serv¡c¡os, del señor LUIS FRANCISCO ROSA PEREZ TUESTA, Director General de Economla y F¡nanc¡amiento Amb¡ental del M¡n¡ster¡o del Amb¡ente, a la c¡udad de Bogotá, Repúbl¡ca de Colombia, del 27 al 30 de seliembre de 20í7, para los fines expuestos en la parte cons¡derat¡va de la presente resoluc¡ónArtículo 2.- Disponer que dentro de los qu¡nce (15) dlas calendario s¡gu¡entes a la realizacióñ del v¡aje, el serv¡dor cuyo v¡aje se autoriza mediante el art¡culo precedente, deberá presenta. un lnforme detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor del l\4¡n¡ster¡o del Amb¡eñte. Artículo 3.- El viaje autorizado no irrogará gastos con cargo al presupuesto del M¡n¡sterio Ambiente, ni otorgará derecho a exoneración o ¡¡beración de impuestos o derechos de del aduana de cualqu¡er clase o denominac¡ón.

Artículo 4.- Not¡ficar la presente resolución a la Direcc¡ón General de Economía y F¡nanciamiento Amb¡ental, asl como a la Oficina General de Recursos Humanos, para los f¡nes correspondientes.

Regbtrese y comunfqueae.