Resofución tultubtertuf 1tz - 20 I 8 -*LI 9\ÍA9yl
ltl' 3
0
AsR
2018
Lima,
Vistos; el Oficio N' 166-2018-OEFA,/SEG, de la Secretaría General del Organismo de Evaluación y Fiscal¡zación Ambiental; el lnforme N'285-2018-MINA¡r/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurldicai la Sol¡citud de Autor¡zación de Viaje al Exterior; y,
CONSIDERANDO: Oue, med¡ante Decreto Legislat¡vo N' 1013 se crea el Ministerio delAmbiente como organismo del Poder Ejecut¡vo, con personería jurfdica de derecho públ¡co, cuya función general es d¡señar, establecer y superv¡sar la politica nacional y sectorial amb¡ental, asumiendo la rectoría con respeclo a ella; Que, mediante el numeral 1 de la Segunda D¡sposic¡ón Complementaria F¡nal del Decreto Leg¡slat¡vo N" 1013, Decreio Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluac¡ón y Fiscalizac¡ón Amb¡ental - OEFA, como organismo públ¡co técn¡co especializado, con personería juridica de derecho públ¡co interno, const¡tuyéndose en pliego presupuestal,
adscrito al l\rinisterio del Ambiente y encargado de la fiscalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental que corresponde;
Que, med¡ante Oficio N' 039 1.2018-J US/CDJE-PPES, la Procuraduría Pública Adjunta Espec¡alizada Supranacional del Ministerio de Just¡cia y Derechos Humanos solicita al Organismo de Evaluación y Fiscal¡zación Ambiental - OEFA designar a un representante de d¡cha ent¡dad para formar parte de la Delegación del Estado Peruano que ¡ntervendrá, en el marco del Centésimo Sexagésimo Octavo (168') Periodo Extraordinario de Sesiones de la Comisión lnteramericana de Derechos Humanos (CIDH), en la Audiencia Pública sobre la "Situación de derechos humanos de las comunidades indígenas afectadas por derrames de petróleo en Cuninico y Vista Alegre, Perú", así como en la Reunión de Trabajo referida a las l\red¡das Cautelares a favor de la Comunidad de Tres lslas, las mismas que de acuerdo a lo señalado por el OEFA, en su Ofic¡o N" 166-2018-OEFA,/SEG, se rcalizatá en la ciudad de Santo Domingo, Repúbl¡ca Domin¡cana, del 5 al8 de mayo de 2018; Que, la asistencia y participación de un representante del OEFA en los citados eventos permitirá poner en conocimiento de la Comisión lnteramericana de Derechos Humanos sobre: (i) las acciones de supervis¡ón ambiental real¡zadas en el ámbito de los derrames de petróleo crudo ocurridos en el Oleoducto Norperuano en el Río Cuninico y Marañon, ub¡cado en el distrito de Urar¡nas, provincia y departamento de Loreto; (i¡) las acc¡ones de evaluac¡ón ambiental de la calidad del agua, sedimento, suelo, h¡drobiología, flora y fauna; (iii) las acciones de superv¡s¡ón amb¡ental del plan de abandono del Pozo Tigre 1-X que está comprend¡do en el Lote192 (Ex Lote 1AB); y, (¡v) los monitoreos amb¡entales
efectuados en el año 2015 y 2016 por el OEFA, realizados en el marco de la Medida Cautelar N" 113-16 de la Comis¡ón lnteramericana de Derechos Humanos, Resolución 34t17: Que, a través del Oficio N' 166-2018-OEFtuSEG, la Secretaria General del OEFA rem¡te la Solicitud de Autorización de Viaje al Exterior de la servidora Heydi Rocio Arauio Sifuentes, Coordinadora encargada de la Coord¡nación de Gestión Socioambiental del OEFA: Que, teniendo en considerac¡ón que dicha participación irrogará gasto al Estado (por concepto de viáticos y pasajes), la Oficina de Planeam¡ento y Presupuesto del OEFA ha expedido la correspondiente Cert¡ficación de Crédito Presupuestario;
Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N" 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionar¡os públicos, dispone que la resolución de autorización de v¡ajes al exterior de la República será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la ¡nstitución, y deberá indicar expresamente el motivo del v¡aje, el número de dias de duración, v¡áticos, entre otros; Que, asim¡smo, el artículo 1 del referido Decreto Supremo, establece que para el caso de Ios serv¡dores y func¡onar¡os públicos de los Ministerios y de los Organismos Públ¡cos correspondientes la autor¡zac¡ón de viaje, en caso irrogue algún gasto al Tesoro Públ¡co, se otorgará por Resoluc¡ón M¡n¡sterial del respectivo Sector;
Oue, en tal sentido, siendo de interés ¡nst¡tuc¡onal, resulta necesario autorizar el v¡aje de la citada serv¡dora, por lo que coresponde emitir el presente acto resolutivo; Con el visado la Of¡c¡na General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislat¡vo N' 1013, que aprueba la Ley de Creac¡ón, Organización y Funciones del Ministeio del Amb¡ente; la Ley N" 27619, Ley que regula la autor¡zación de viajes al exter¡or de serv¡dores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N'047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autor¡zación de v¡ajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatoriasi y, el Decreto Supremo N' 002-20'17-MlNAM, que aprueba el Reglamento de Organizac¡ón y Funciones del Ministerio del Ambiente:
SE RESUELVE:
Artículo l.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora HEYDI ROCIO AMUJO SIFUENTES, Coord¡nadora encargada de la Coordinación de Gestión Socioambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, a la ciudad de Santo Domingo, República Domin¡cana, del 4 al I de mayo de 2018, para los fines expuestos en la parte cons¡derativa de la presente Resolución [,Iinisterial.
Articulo 2.- Los gastos que irrogue el cumpl¡miento de lo dispuesto en el artículo precedente, serán cubiertos por el Organismo de Evaluac¡ón y Fiscalización Ambiental, de acuerdo al siguiente detalle: HEYDI ROCIO ARAUJO SIFUENTES Pasajes internacionales Viáticos (por 4 dias)
us$ 960.81 us$ 1260.00
Artículo 3.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendar¡o siguientes a real¡zac¡ón del viaje, la servidora cuyo v¡aje se autoriza mediante el articulo
I
la presente de la
Resoluc¡ón Ministerial, deberán pressntar un informe detállado sobre el resultado del evento y las acciones que se der¡ven a favor del Organismo de Evaluación y Fiscal¡zación Amb¡ental; así como, la respectiva rendición de cuentas po.los viáticos ent egados.
Artículo 4.- La presenle Resolución Ministerial no otorgaÉ derecho a exonerac¡ón o liberac¡ón de ¡mpuestos o de derechos de aduana de cualqu¡er clase o denominac¡ón.
Artfculo 5.- Notif¡car la pres€nte resoluc¡ón al Organ¡smo de Evaluac¡ón y Fiscal¡zación Amb¡ental, para los fines correspondientes.
Rsoístrese, comunfqu$o y publíquese