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VISÍOS; elOficio N" 150-2018-SERNANP-GG, dé la Gerencia ceneral del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado; el l\,lemorando N' 00575-2018-l,llNAI\4/SG/OGAJ, de la Oficrna General de Asesoría Jurídica; la Solicitud de Autorización de Viaje al Exterior y cONSIDERANOOI

Que, mediante Decreto Legislativo N' 1013 se crea el Minrsterio del Amb¡ente como organismo del Poder Ejecutivo, con personerÍa jurÍdica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer y superyisar la polltaca nacional y sectorial ambienta¡, asumiendo la rectoría con respecto a ellal Que, conforme a lo dispuesto en el numeÉl 2 de la Segunda Disposición Complementaria Finaldel Decreto Leg¡slat¡vo N' '10'13, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, como organismo público técnico especia,izado adscrito al lvinisterio del Ambientei Que, a través de la Carta N' 185218 de fecha 30 de noviembre de 2018 la Ministra del lvledio Añbiente de la República de Chile y el Presidente del Senado de la República de Chile, invitafl al señor Nonally Pedro Gamboa Moqlillaza, Jefe del SERNANP, a párticipár eñ el Seminario y iresa Redonda sobre temática de ¡a biodiversidad y áreas protegidas, que se llevará a cabo en la ciudad de Sant¡ago, Repúbl¡ca de Chile, eldía 7 de enero de 2019;

Que, mediante comunicación de fecha 13 de diciembre de 2018. el Jefe de la División de Recursos Naturales y Biodive.sidad del Ministerio del Medio Ambiénte de la República de Chile, rma al Jefe del SERNANP, que en el marco del referido evento, se liene programada una vis¡ta a terreno de casos de estudio, para el día I de enero de 2019i Que, coñ Oficio N' 150-2018-SERNANP-GG el Gerente General del SERNANP remité la Solicltud dé Autorización de Viaje al Exterior del funcionario antes citado, cuya asisteñcia y participación en el mencionado evéñto, permitirá compartir la experiencia alcanzada por el Perú en el modelo de áreas ñaiurales protegidas, asf como fortalecer la cooperación técnica con palses dé la región

Que, en tal sentido. siendo de interés institucional, resulta necesano autorizar el v¡aje del c¡tado funcionario, cuyos gastos de participación serán cubiertos por el Programa de las Nac¡ones Unadas para el Medio Amb¡ente - ONIJ Medio Ambiente; Que, de acuerdo a lo previsto en el arllculo 11 del Decreto Supremo N' 047-2002-PCM, qué aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viales al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Semiñarios Cursos de Capacitación o que se realiceñ por cualquier otÍo motivo, siempre que no ocastonen ningún tipo de gastos al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titula¡ de la Ent¡dad

correspondiente. En e¡ caso de los titulares de los Organismos Públicos la autorización sé éfectuará por elTitular del Sector correspondientei

Con elvisado de la Oficina Generatde Asesorla Jufdica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N' 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del M¡nisterio del Ambiente; la Ley N. 27619, Ley que regula ¡a autorización de viajes al exterior de seNidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N" 0472002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de v¡ajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificator¡as; y, et Decreto Supremo N" OO2-2017-[¡|NAN4, qué aprueba el Reglamento de Organización y Funciones det Ministerio delAmbiente; SE RESUELVE:

Artlculo l.- Autorizar el viaje, en comÉón de servlcios, det señor Nona y pedro Gamboa Moqu¡llaza, Jefe del Servicio Nacional de Areas Naturates Protegdas por e, Estado, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 6 al de onero de 2019, para tos fines expuestos en ta parte cons¡derativa de la presente Resolucióñ Ministerial

I

Arlículo 2.. Disponer que deñtro de los quince ('15) dfas calendar¡o siguientes a ta reat¡zacaón del viaje, el funcionario cuyo viaje se autoriza mediante el artículo precédente. deberá presentar uñ lnforme detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se de¡ven a favor del Seryacao Nacionalde Areas Naturales Protegidas por el Estado.

Articulo 3.- El viaie autor¡zado no ¡rrogará gastos al Estado, ni otorgará derecho

a

exoneración o liberación de ¡mpuestos o derechos de aduana de cualquierclase o denominación.

A.ticulo ¡1.- Notifcar la presente Resoluc¡ón Ministerial al Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado, para los fines corespondientes.

Artieulo 5.- Oisponer ¡a publicación de la presente Resotución Ministerial lnslitucional del Ministerio del Ambiente (www.m¡nam.gob.pe). Reg¡6lrcsg y comuniquese.

en et

Podat