RADIO TELEVISION NACIONAL DE COLOMBIA

RADIO TELEVISION NACIONAL DE COLOMBIA .... de presentarse personas naturales, el proponente debe ser el director general o el productor general del.
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Sexto Documento de Respuestas (Observaciones Extemporáneas)

Observaciones proceso IA-02-2015

25/02/2015

El presente documento contiene las respuestas a las observaciones presentadas por los interesados en participar en el proceso de selección IA-02-2015

Respuestas a observaciones PROCESO RTVC IA-02-2015

TABLA DE CONTENIDO RESPUESTAS A OBSERVACIONES PROCESO IA-02-2015

OBSERVACIÓN DE DANIELA QUINTERO ......................................................................................... 2 OBSERVACIÓN DE MIRANDA PRODUCCIONES SAS ............................................................................. 3

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Respuestas a observaciones PROCESO RTVC IA-02-2015

OBSERVACIÓN DE DANIELA QUINTERO OBSERVACIÓN 1 “Preguntas sobre convocatoria: Medios, Conflicto y Paz De acuerdo a las Reglas de Participación presentadas, surgen las siguientes preguntas: 1. Página 5. ¿Quién define y en qué momento se debe definir este porcentaje de Gestión de producción?

(…)” RESPUESTA RTVC: La gestión de producción la define el proponente. Se cuantifica en el presupuesto -que corresponde al Anexo 9 de la invitación abierta 02 de 2015, Medios, conflicto y paz-, en la fila 274 del documento: Gestión de producción (10%). El valor es calculado por la fórmula del formato, que está preestablecida para que calcule el 10%, su tope máximo. En caso de que el proponente determine que no vaya a hacer uso de toda la ganancia posible por la realización de la miniserie, está en capacidad de reducir ese porcentaje, en cuyo caso tendría que modificar la fórmula. La cifra definitiva también deberá quedar consignada en la casilla J21, por lo que también sería necesario hacer la modificación de la fórmula en esa casilla. OBSERVACIÓN 2 “(…) 2. Página 14. Al momento de presentar la propuesta, ya se debe tener una investigación adelantada sobre el tema de la misma, según lo que dice el siguiente aparte. Teniendo en cuenta el tiempo que se ha dado para presentar la propuesta (menos de dos meses), ¿qué tan adelantada y sustentada debe estar esta investigación?

(…)” RESPUESTA RTVC: La investigación puede estar tan soportada y adelantada como sea posible por parte del proponente, en la medida que es sujeta de evaluación. Algunos de los criterios de RTVC – Señal Colombia para puntuar la investigación de un proyecto son los siguientes: -“Los componentes de la investigación están suficientemente desarrollados y pueden ser útiles para el desarrollo posterior de la narrativa y propuesta audiovisual.” -“El proceso de investigación es viable y responde adecuadamente a las necesidades del proyecto.” Si bien una propuesta no se descalifica por una investigación incipiente, las propuestas que den cuenta de un proceso más adelantado y sustentado serán mejor evaluadas en ese ítem, teniendo en cuenta los criterios mencionados.

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Respuestas a observaciones PROCESO RTVC IA-02-2015

OBSERVACIÓN 3 “(…) 3. ¿Sólo es posible enviar la propuesta de participación de manera física, o existe la opción de enviarlas por correo electrónico?

(…)” RESPUESTA RTVC: Las propuestas deben ser entregadas en físico, por las siguientes razones:   

Para garantizar el anonimato, debido a que necesariamente hay un correo de contacto, así no corresponda a un nombre reconocible. Por costos, tiempo y personal destinado para ello, el Sistema de Medios Públicos Señal Colombia no está en capacidad de imprimir las propuestas y de armar los sobres de los proyectos que lleguen vía correo electrónico. Porque la presentación del proyecto y la salvaguarda del anonimato son condiciones que no pueden ser compartidas; le corresponden única y exclusivamente al proponente.

OBSERVACIÓN 4 “Nota: Página 30. ¿Esto quiere decir que se deben enviar los requisitos en físico y además radicarlos por correo electrónico, o es opcional?

(…)” RESPUESTA RTVC: Esta información, que hace parte del capítulo 2.13, Cronograma del proceso, hace referencia a que las observaciones a la reglas de participación pueden ser hechas en físico o en correo electrónico –por una de las dos vías es suficiente–. La radicación de las propuestas debe hacerse en físico. Cabe resaltar que el cronograma del proceso fue ajustado a través del documento ADENDA N 01 IA 02 de 2015.pdf, publicado el 11 de febrero en la URL de la invitación abierta 02 de 2015, Medios, conflicto y paz http://www.sistemasenalcolombia.gov.co/?option=com_contrat&task=showcontrat&tipo=3&id=258

OBSERVACIÓN DE MIRANDA PRODUCCIONES SAS OBSERVACIÓN 1 “De: Fecha: 18 de febrero de 2015, 16:22 3

Respuestas a observaciones PROCESO RTVC IA-02-2015

Asunto: Observación IA 02-2015 Para: [email protected] Cc: Mauricio Miranda , Alejandro Fonnegra Señores Radio Televisión Nacional de Colombia - RTVC Asunto: Solicitud de aclaración Invitación Abierta No. 02 de 2015 Estimados señores: En relación a las reglas de participación de invitación referenciada en asunto, atentamente solicitamos nos aclaren el siguiente tema: El punto 3.2.2 - ustedes solicitan: EXPERIENCIA MÍNIMA DEL PROPONENTE El proponente debe acreditar mediante certificaciones o constancia que tiene experiencia en al menos tres (3) producciones en formato documental, series o unitarios, de mínimo 20 minutos de duración, que hayan sido emitidas por televisión. En caso de presentarse personas naturales, el proponente debe ser el director general o el productor general del equipo y de igual manera deberá acreditar la experiencia solicitada. Pregunta: ¿Puede Miranda Producciones SAS, persona jurídica, acreditar la experiencia solicitada con los trabajos de Dirección y/o Producción en documentales que realizó Mauricio Miranda, Propietario, Representante legal y Productor General de la empresa, durante sus mas de 20 años de experiencia, antes de crear su empresa?” RESPUESTA RTVC: La entidad no acepta la sugerencia planteada en la observación, ya que el canal Señal Colombia considera que con el fin de poder constatar la experiencia mínima para el cumplimiento del proyecto, es necesario que el proponente, persona natural o jurídica sea quien directamente acredite que posee la experiencia solicitada. Conforme a lo anterior, el proponente debe cumplir con los requisitos establecidos en el punto 3.3.2 de las reglas de participación del proceso, esto es, experiencia en al menos tres (3) producciones en formato documental, series o unitarios, de mínimo 20 minutos de duración. Sí el proponente es persona natural debe cumplir, asimismo, con los requisitos establecidos en el mencionado punto considerando que el proponente debe ser el director general o productor general del equipo. (ORIGINAL FIRMADO)

Revisó: Gabriel José Romero Sundheim / Jefe de la Oficina Asesora Jurídica Proyecto Técnico: Luis Carlos Urrutia / Productor Delegado Canal Señal Colombia Jerson Parra / Productor General Canal Señal Colombia Proyecto Jurídico y Consolido: Jairo Moreno/ Abogado Procesos de Selección 25 de Febrero de 2015

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