R.A. 003 2016 P TC


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NORMAS LEGALES

Viernes 15 de enero de 2016 /

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

GOBIERNOS REGIONALES

Conforman las Salas Primera y Segunda del Tribunal Constitucional

GOBIERNO REGIONAL

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 003-2016-P/TC Lima, 8 de enero de 2016 VISTO El acuerdo de Pleno Administrativo de fecha 7 de enero de 2016; y, CONSIDERANDO Que, de conformidad con el artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, éste se encuentra constituido por dos Salas de tres integrantes cada una; Que, el artículo 12 del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional, establece qué Las Presidencias y conformación de las Salas son acordadas por el Pleno al inicio de cada año, a propuesta del Presidente del Tribunal; Que, con el fin de continuar con el adecuado funcionamiento de su actividad jurisdiccional, el Pleno del Tribunal Constitucional, en sesión de fecha 7 de enero de 2016, a propuesta de su Presidente aprobó la nueva conformación de las Salas Primera y Segunda de este Órgano Constitucional; En uso de las facultades conferidas a esta Presidencia por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y su Reglamento Normativo. SE RESUELVE Artículo Primero.- ESTABLECER la nueva conformación de las Salas Primera y Segunda del Tribunal Constitucional, las mismas que quedan integradas de la siguiente manera: SALA PRIMERA Magistrado Óscar Marco Antonio Urviola Hani, quien la presidirá Magistrado Carlos Augusto Ramos Nuñez Magistrado Eloy Andrés Espìnosa-Saldaña Barrera

El Peruano

DE HUANCAVELICA Ordenanza que aprueba el TUPA de la Oficina de Cooperación Técnica Internacional ORDENANZA REGIONAL Nº 312-GOB.REG-HVCA/CR Huancavelica, 15 de octubre de 2015 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA DE LA OFICINA DE COOPERACIÓN TÉCNICA INTERNACIONAL Artículo Primero.- APRUÉBESE el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, de la Oficina de Cooperación Técnica Internacional, como un instrumento normativo y de gestión que regula la tramitación de los procedimientos administrativos y servicios que se realiza en la Oficina de Cooperación Técnica Internacional; la misma que contiene siete (07) procedimientos y que se adjuntan como anexo de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DERÓGUESE O DÉJESE sin efecto legal, las normas y disposiciones que contravengan la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- FACÚLTESE a la Presidencia Regional aprobar las normas reglamentarias y funcionales complementarias, mediante Decreto Regional, dando cuenta del mismo al Consejo Regional en su oportunidad. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgación. En Huancavelica a los quince días del mes de octubre del dos mil quince. ALBERTO DÁVILA PERALTA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se publique y cumpla.

SALA SEGUNDA Magistrada Marianella Leonor Ledesma Narváez, quien la presidirá Magistrado Ernesto Jorge Blume Fortini Magistrado José Luis Sardón de Taboada Artículo Segundo.- Comunicar la presente Resolución a la Vicepresidencia del Tribunal Constitucional, a los señores Magistrados, a la Secretaría General, a la Secretaría Relatoría, a la Coordinación General del Gabinete de Asesoras/es y a las Oficinas de Planeamiento y Desarrollo y Control Institucional, para los efectos pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL MIRANDA CANALES Presidente 1333289-1

Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil quince. GLODOALDO ALVAREZ ORE Gobernador Regional 1333279-1

GOBIERNO REGIONAL DE ICA Aprueban la “Ordenanza Regional que aprueba el Plan de Desarrollo Regional Concertado 2016 - 2021, del Gobierno Regional de Ica” ORDENANZA REGIONAL Nº 0007-2015-GORE-ICA Ica, 29 de diciembre de 2015