qo ñ.b - Ministerio del Ambiente

negociación colectiva se inicia con la presentación de un pl¡ego de reclamos .... A¡tículo 5.- Publicar la presente Resolución M¡nister¡al en el Portal lnst¡tuc¡onal.
712KB Größe 14 Downloads 57 vistas
rri{ÉIca

D¡r,&¡¡

fus o fución gylinisterinf

.flP qo -2018-9vll9ttL9yl Lima,

0!

F[82810

Vistos; la Carta N' 001-2018-SINTRAIVIINAM, del Sindicato Nac¡onal de Trabajadores del l\4inisterio del Ambiente - SINTRANIINAMt los lnformes N" 016-2018lvllNAM/SG/OGRH, N" 017-2018-MINAM/SG/OGRH y N'020-20't8-MtNA|\4/SG/OGRH, de ¡a Oficina General de Recursos Humanos; Informe N" 095-2018l\4lNAM/SG/OGAJ, de la Oflc¡na General de Asesoría Juridica; y,

el

CONSIDERANDO: Que, la Ley N' 30057, Ley del Serv¡cio C¡vil, en adelante la Ley, t¡ene por objeto eslablecer un rég¡men ún¡co y exclusivo para las personas que preslen serv¡c¡os en las ent¡dades públicas del Estado, asi como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejerc¡c¡o de sus potestades y la prestación de servicios a cargo de estas:

ñ.bEi

Que, med¡ante Decreto Supremo N'040-2014-PCM, se aprobó el Reglamento General de la Ley N'30057, Ley del Serv¡cio C¡vil, en adelante el Reglamento, el cual regula, entre otros, la negociación colectiva de las entidades públicas;

pa'R'En

,""§p7

Que, de acuerdo a lo establecido en los aficulos 43 y 44 de la Ley, la negociación colectiva se inicia con la presentación de un pl¡ego de reclamos que debe contener un proyecto de convención colectiva, el cual se presenta ante la ent¡dad pública entre el I de noviembre y el 30 de enero del siguiente año; Que, por su parte, el artículo 71 del Reglamento General señala, entre otros , que, en el marco de la negociac¡ón colectiva, las entidades públicas T¡po A y

s organizac¡ones sind¡cales const¡tu¡rán sus respect¡vas Com¡siones Negociadoras; además, precisa que, en el caso de los serv¡dores civiles, la Com¡sión Negoc¡adora

está compuesta hasta por tres (03) representantes, cuando el pliego de reclamos sea presentado por una organizac¡ón s¡ndical que represente a c¡en o menos de c¡en (100) servidores sindical¡zados; y, en el caso que la organización sindical represente a más de cien ('100) servidores sind¡calizados, se incorporará un (01) representante más por cada cincuenta (50) serv¡dores sindical¡zados adicionales, hasta un número máximo de seis (06) representantes; s¡n que el número total de miembros de la comis¡ón de ¡a

entidad pública exceda el número de representantes de la comis¡ón de la organización sind¡cal;

Que, mediante Carta N" 00'l -20'18-SINTRAMINAM, recib¡da el 30 de enero de 20'18, el Sindicato Nacional de Trabajadores del Ministerio del Amb¡ente SINTMMINAM, presenta el "Pl¡ego de Reclamos periodo 2018-2019" y el respectivo proyeclo de convenc¡ón colect¡va; y acredita a sus tres (3) representantes;

Que. med¡ante los informes de V¡stos, la Oficina General de Recursos Humanos señala que corresponde constituir la Com¡s¡ón Negoc¡adora del lvlinister¡o del Ambiente para el periodo 2018, la cual deberá estar conformada por no más de tres (3) representantes de la ent¡dad;

Que, en tal sent¡do, resulta necesario disponer la constitución de la referida Comisión Negoc¡adora, a fln de llevar a cabo la negociación colectiva del Pl¡ego de Reclamos presentado por el Sindicato Nacional de Trabajadores del M¡n¡ster¡o del Ambiente - SINTRAMINAM:

Con el v¡sado de la Oficina General de Recursos Humanos

y de la Of¡cina

General de Asesoría Jurídicai y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N" '10'13, que aprueba Ley de Creación, Organización y Func¡ones del l\¡inisterio del Ambiente; la Ley No 0057, Ley det Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N' 040-2014-PCM; y, el Reglamento de Organización y Func¡ones del M¡nisterio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N' 002-2017-MINAM;

SE RESUELVE:

h;h

Artículo L- Constitu¡r la Com¡sión Negociadora del M¡nisterio del Amb¡ente, con el objeto de llevar a cabo la negociac¡ón colectiva respecto del "Pliego de Reclamos periodo 20'18-2019", presentado por el Sindicato Nacional de Trabajadores del Ministerio del Ambiente - SINTMMINAM; la cual estará integrada por los siguientes m¡embros:

Titulares:

-

El (la) Directo(a) de la Oficina General de Recursos Humanos, quien

la

pres¡de. Un(a) representante de la Ofic¡na Generalde Asesoría Juridicá. Un(a) representante de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.

Alternos: E¡ (la) D¡rector(a) de la Oficina General de Planeam¡ento y Presupuesto. EI (la) D¡rector(a) de la Oficina General de Asesoria Jurídica. El (la) D¡recto(a) de la Oflcina General de Administración.

-

Articulo 2.- La Ofic¡na General de Asesoría Jurídica y la Oficina General de Planeam¡ento y Presupuesto acreditarán a su represenlanle mediante comunicación escr¡ta dirigida a el (la) Pres¡dente(a) de la Comis¡ón Negociadora, en el plazo de un ('l)

día háb¡l contado a pañ¡r del día s¡gu¡ente de la publicac¡ón de la presénte Resolución M¡n¡sterial en el Portal lnst¡tucional del M¡nisterio del Ambiente.

Artículo 3.- La Comisión Negociadora ejerce sus funciones en el marco de lo d¡spuesto en la Ley N" 30057, Ley del Serv¡cio C¡v¡l y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N" 040-2014-PCM y demás d¡sposiciones que resulten aplicables.

Artfculo 4.. Notificar la presente Resolución Ministerial a 106 integrantes de la mis¡ón Negociadora y al Sindicato Nacional de Trabajadores del M¡nisterio del biente

-

SINTRAMINAM-

A¡tículo 5.- Publicar la presente Resolución M¡nister¡al en el Portal lnst¡tuc¡onal del Min¡ster¡o del Ambiente (www.minam.gob.pe).

Regíslresé y comuníquese.

Co Aml