PROTOCOLO DE GESTIÓN Y OPERATIVA 100% 80% 35%
50%
15% 5%
G E S T I O N Y O P E R AT I VA
1
Protocolos de Gestión y Operativa (Aprobados por Decreto Supremo Nº 003-2014-JUS) Dr. DANIEL AUGUSTO FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos Presidente de la Comisión Especial de Implementación del CPP Edición al cuidado de la: Secretaría Técnica de la Comisión Especial de Implementación del CPP Carlos Zoe Vásquez Ganoza (Secretario Técnico) Equipo Responsable: Edward Alberto Vega Rojas Vicktor Muente Saldaña Noelia Cárdenas Flores Lyceth Sánchez Ponce Reservados todos los derechos al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. “No está permitida la reproducción total o parcial de este informe, ni su tratamiento informático, ni la transmisión de ninguna forma o por cualquier medio, ya sea electrónico, mecánico, por fotocopia, por registro u otros métodos, sin el permiso previo y por escrito del titular de Copyright.” La presente obra es de carácter gratuito y acepta canjes con publicaciones de temas jurídicos y de ciencias sociales en general. NOVIEMBRE 2014 COMISIÓN ESPECIAL DE IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL SECRETARÍA TÉCNICA MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Equipo Técnico Interinstitucional responsable de la elaboración de los Protocolos de Actuación Conjunta
Secretaría Técnica de la Comisión Especial de Implementación del CPP • Dr. Carlos Antonio Bazo Ramírez • Dr. Edward Alberto Vega Rojas • Dr. Roberto Uceda López
Poder Judicial • Dr. José Luis Lecaros Cornejo • Dr. Giammpol Taboada Pilco • Dr. Eric Escalante Cárdenas • Dr. Oscar Ramírez Franco • Lic. Alejandrina Luglio Mallima
Ministerio Público • Dr. Omar Tello Rosales • Dra. Carla Aurora León Aguilar • Dr. Rafael Ernesto Vela Barba • Dr. Frank Almanza Altamirano • Dr. Dante Emel Pimentel Cruzado • Dr. Marco A. Carrasco Campos • Dr. Marco A. Santa Cruz Urbina • Dr. Erick David Rivera Ruiz • Dr. Víctor Pastor Yaipen Zapata • Dr. David Díaz Arroyo • Lic. César Aliaga Azalde • Dr. Jorge Adrián Zuñiga Escalante
Ministerio del Interior • Gral. Cluber Aliaga Lodtmann • Crnl. PNP. Raúl Del Castillo Vidal • Cmdte. PNP. Holger Obando Cristóbal • Mayor PNP. Bladimir Blanco Angles
Dirección General de la Defensa Pública y Acceso a la Justicia - MINJUS • Dr. Carlos Rodríguez Monzón • Dr. Francisco Eduardo Vegas Palomino • Dr. Wilberd Cold Espino Medrano
Indice
Protocolo de Gestión de Audiencias
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Protocolo de Uso y Formación de Requerimientos y Solicitudes
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Protocolo de Notificaciones Electrónicas
29
Protocolo de Capacitación y Difusión Interinstitucional
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8
G E S T I O N Y O P E R AT I VA
PROTOCOLO DE GESTIÓN DE AUDIENCIAS
PROTOCOLO DE GESTIÓN DE AUDIENCIAS
9
Concepto La audiencia es aquel escenario procesal por excelencia donde concurren los sujetos procesales y el Juez, para debatir, contradecir y decidir oralmente los requerimientos fiscales o solicitudes.
Objetivo Fortalecer la gestión de audiencias, aprovechando al máximo los tiempos y recursos, promoviendo a su vez metodologías homogéneas en programación, notificación e instalación.
Base Legal Reglamento General de Audiencias bajo las normas del CPP: Resolución Administrativa N° 96-2006-CE-PJ
Alcance Todo lo referente a la gestión de audiencias de investigación preparatoria, juzgamiento y apelación.
PROTOCOLO DE GESTIÓN DE AUDIENCIAS
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N uevo Despacho Judicial 1
Especializaciación de funciones
Área Administrativa o Área de apoyo a la Función Jurisdiccional: Es aquella área que tiene por función, realizar toda una serie de actividades administrativas con el fin de impulsar y tramitar las causas penales, coadyuvando así, con la labor del área jurisdiccional. Dentro de estas actividades, encontramos entre otras la programación y reprogramación de audiencias.
Área Jurisdiccional: Es aquella área que tiene por función, expresar la voluntad jurisdiccional sobre los requerimientos y solicitudes que se presentan y debaten. Dicha voluntad jurisdiccional se concretiza por excelencia en audiencia mediante una decisión oralizada y excepcionalmente, cuando la ley lo establece por escrito. Dicha área cuenta con el apoyo del área administrativa para el logro de sus fines.
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PROTOCOLO DE GESTIÓN DE AUDIENCIAS
N uevo Despacho Judicial 2
Funciones
Administrador: Supervisar la programación de audiencias dentro de los plazos y bajo el principio de celeridad, así como la realización efectiva de las mismas, bajo parámetros de estricta puntualidad, de acuerdo a la agenda y a la disponibilidad de las salas de audiencia. Coordinador de Causas: Supervisar la programación de audiencias efectuadas por los especialistas judiciales. Especialista Judicial o Especialista de Causas Jurisdiccionales: Programar y reprogramar audiencias en los plazos establecidos por ley y conforme a la agenda establecida. Especialista Judicial de Realización de Audiencias: Reprogramar audiencias que se hubieren frustrado o suspendidos. Dar fe pública de los actos procesales desarrollados durante la audiencia y elaborar el acta respectiva.
PROTOCOLO DE GESTIÓN DE AUDIENCIAS
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P rocedimiento 1
Programación: Tiempo de duración para audiencias tipo
Investigación Preparatoria, Etapa Intermedia y Ejecución: Determinar la duración promedio de las audiencias para que el área administrativa (coordinador, asistente de causas, asistente de audiencias) pueda programar las mismas. Esta variable esta determinada esencialmente por el tipo de audiencia (actor civil, control de acusación, prisión preventiva, etc), tipología del delito (OAF, CEE, Lesiones Leves, etc) y su complejidad (cantidad de sujetos procesales y número de delitos). Asimismo se tendrá en cuenta para fijar el tiempo promedio, los casos que se resuelvan en audiencia. Juzgamiento: Determinar la duración promedio de las audiencias de juicio oral y beneficios penitenciarios para que el área administrativa (coordinador, asistente de causas, asistente de audiencias) pueda programar las mismas. Esta variable esta determinada esencialmente por la tipología del delito (OAF, CEE, Lesiones Leves, etc), la cantidad de prueba a actuarse (testigos, peritos, documentales, etc) y la complejidad del caso (cantidad de sujetos procesales y número de delitos). Asimismo se tendrá en cuenta para fijar el tiempo promedio, los casos que se resuelvan en audiencia. Apelaciones: Determinar la duración promedio de las audiencias de apelación de autos y sentencias para que el área administrativa (coordinador, asistente de causas, asistente de audiencias) pueda programar las mismas. Esta variable esta determinada esencialmente por tipo de audiencia (prisión preventiva, control de plazo, etc), la tipología del delito, la cantidad de prueba a actuarse (testigos, peritos, documentales, etc) y la complejidad del caso (cantidad de sujetos procesales y número de delitos). Asimismo se tendrá en cuenta para fijar el tiempo promedio, los casos que se resuelvan en audiencia.
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PROTOCOLO DE GESTIÓN DE AUDIENCIAS
P rocedimiento 2
Programación: Cantidad de audiencias por juzgado / día
Investigación Preparatoria, Etapa Intermedia y Ejecución: Determinar la cantidad de audiencias a programarse por Juzgado en el día. Juzgamiento: Determinar la cantidad de audiencias a programarse por Juzgado en el día.
DÍA
1° JIP 2° JIP 3° JIP
LUNES
8
8
8
MARTES
8
8
8
MIÉRCOLES
7
7
7
JUEVES
8
8
8
VIERNES
6
6
6
Apelaciones: Determinar la cantidad de audiencias a programarse por Juzgado en el día.
3
Programación: Pautas para la elaboración de agenda temática
Elaborar un informe estadístico (línea base) al primer año de entrada en vigencia del CPP, a fin de monitorear y evaluar el estado de la gestión de audiencias (tiempos de duración de la audiencia, cantidad de audiencias programadas por día y por juzgado, cantidad de audiencias por etapa procesal, incidencia de la modalidad de audiencia por etapa procesal, incidencia de delitos por audiencia, etc).
PROTOCOLO DE GESTIÓN DE AUDIENCIAS
15
P rocedimiento 20
25 18 11
10
Identificar a partir de la base empírica posibles embalses o cuellos de botella que dificulten la programación y la realización de audiencias.
AGENDA TEMÁTICA HORA
16
1° JIP
2° JIP
08:00
ACUSAC.
ACUSAC.
3° JIP SOBRES.
09:00
ACUSAC.
ACUSAC.
ACUSAC.
10:00
ACUSAC.
ACUSAC.
ACUSAC.
11:00
ACUSAC.
A. CIVIL
C. PLAZO
12:00
T.A.P.
P. PREVEN.
T. DEREC.
Fortalecer la metodología de programación en base a los resultados detectados, elaborando una agenda temática.
PROTOCOLO DE GESTIÓN DE AUDIENCIAS
P rocedimiento 4
Citación: Partes legitimidas a citar y medio de citación
Determinar las partes legitimadas que deberán intervenir en cada modalidad de audiencia, a efectos de ser citados.
Definir el medio de citación para la convocatoria de las partes (si es por cédula o por correo electrónico o teléfono u otro medio idóneo) para cada audiencia, privilegiando el uso de la notificación electrónica y teléfono cuando corresponda.
PROTOCOLO DE GESTIÓN DE AUDIENCIAS
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P rocedimiento 5
Instalación
Establecer las partes legitimadas que determinarán la instalación en cada modalidad de audiencia, a efectos de mayor predictibilidad en el desarrollo de las mismas.
6
Elaboración de actas y copias
ACTA
Uniformizar la estructura y contenido de las actas de audiencia.
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PROTOCOLO DE GESTIÓN DE AUDIENCIAS
P rocedimiento Otorgar copia del acta o el soporte magnètico de la audiencia, privilegiando éste último.
ACTA
Opcionalmente, se podrá remitir el acta vía correo electrónico.
PROTOCOLO DE GESTIÓN DE AUDIENCIAS
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20
G E S T I O N Y O P E R AT I VA
PROTOCOLO DE USO Y FORMACIÓN DE REQUERIMIENTOS Y SOLICITUDES
C.D.G.
PROTOCOLO DE USO Y FORMACIÓN DE REQUERIMIENTOS Y SOLICITUDES
21
Concepto El requerimiento fiscal, es aquella pretensión formulada por el Fiscal ante el órgano jurisdiccional, a fin de obtener de éste un acto procesal que dirima dicho requerimiento. La solicitud es aquella pretensión formulada por las demás partes procesales (agraviado, actor civil, imputado, abogado defensor y tercero civil responsable), a fin de obtener del órgano jurisdiccional un acto procesal que dirima dicha solicitud.
Objetivo Estandarizar los procedimientos de formación y presentación de requerimientos fiscales y solicitudes, a fin de promover el normal desenvolvimiento de las diligencias o audiencias y consolidar la oralidad como eje central del nuevo sistema de justicia penal.
Base Legal • Código Procesal Penal: Art. 122° • Reglamento de la Carpeta Fiscal, aprobado por la Resolución N° 748-2006-MP-FN.
Alcance Todo lo referente a la estructura, contenido y forma de presentación de los requerimientos y solicitudes en las diversas etapas del proceso penal.
PROTOCOLO DE USO Y FORMACIÓN DE REQUERIMIENTOS Y SOLICITUDES
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P rocedimiento 1
Contenido y Presentación de requerimientos y solicitudes
C.D.G. REQUER.
Los requerimientos y solicitudes presentados ante el Juez, deberán contener expresamente una argumentación sucinta o detalle puntual1 de lo que se pretende en dicho requerimiento o solicitud.
La fundamentación del requerimiento o solicitud se expondrá con mayor rigor técnico en la audiencia.
1
24
Para tal efecto se podrán elaborar formatos de acuerdo a la rigurosidad del requerimiento, solicitud o desarrollo de la audiencia.
PROTOCOLO DE USO Y FORMACIÓN DE REQUERIMIENTOS Y SOLICITUDES
P rocedimiento
En todos los casos el requerimiento o solicitud se deberá correr traslado a las demás partes procesales, salvo que el Código Procesal Penal establezca lo contrario.
2
Documentos Adjuntos
Solo se deberán adjuntar a los requerimientos fiscales la documentación pertinente que sustente su pretensión2, salvo en los requerimientos fiscales de sobreseimiento, conforme a lo dispuesto por el Código Procesal Penal. De igual forma con las solicitudes presentadas por las partes procesales.
C.D.G.
Al respecto, resulta de importancia indicar que la tendencia de adjuntar la carpeta fiscal o anexos innumerables al requerimiento fiscal
2
dificulta la consolidación del sistema oral que propone el Código Procesal Penal.
PROTOCOLO DE USO Y FORMACIÓN DE REQUERIMIENTOS Y SOLICITUDES
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P rocedimiento SALA DE AUDIENCIAS
El fiscal podrá llevar a audiencia el integro de la carpeta fiscal.
En la audiencia de control de acusación, el Fiscal deberá desglosar de la carpeta fiscal las pruebas que fueron ofrecidas y admitidas en la misma. No será necesario adjuntar la carpeta fiscal o copias certificadas de la misma.
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PROTOCOLO DE USO Y FORMACIÓN DE REQUERIMIENTOS Y SOLICITUDES
P rocedimiento 3
Forma de resolver los requerimientos o solicitudes
El Juez deberá resolver el requerimiento fiscal o solicitud, únicamente con lo debatido y actuado en audiencia.
4
Apelación
INC.
En caso el Fiscal o las partes procesales interpongan recurso de apelación, solo se deberá elevar el incidente o cuaderno judicial formado.
PROTOCOLO DE USO Y FORMACIÓN DE REQUERIMIENTOS Y SOLICITUDES
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P rocedimiento 5
Remisión de Incidentes Judiciales
En caso el requerimiento fiscal haya superado el control de la etapa intermedia, solo se remitirá al Juez de Juzgamiento el cuaderno respectivo con las pruebas que hayan sido ofrecidas y admitidas por las partes procesales.
C.D.G. . DER CUA AC. S ACU
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PROTOCOLO DE USO Y FORMACIÓN DE REQUERIMIENTOS Y SOLICITUDES
PROTOCOLO DE NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS
PROTOCOLO DE NOTIFICACIONES ELEC TRÓNICAS
29
Concepto De conformidad con la Directiva Nº 015 -2008-CE-PJ, se entiende por notificación electrónica “aquellas resoluciones judiciales emitidas por los Órganos Jurisdiccionales y que son puestos en conocimiento de los interesados utilizando el correo electrónico u otro medio técnico idóneo”.
Objetivo Implementar un sistema de notificaciones electrónicas eficiente y en beneficio de los justiciables, reduciendo así los costos de recursos y tiempos invertidos en el proceso penal a través del uso de mecanismos electónicos de notificación, privilegiando el principio de economía procesal y celeridad procesal.
Base Legal • Directiva Nº 015 – 2008 – CE – PJ “Sistema de Notificaciones Electrónicas del Poder Judicial “SINOE – PJ” (Aprobado por Resolución Administrativa Nº 336 – 2008 – CE – PJ). • De conformidad con el Código Procesal Penal en sus artículos 129 2º, 132.3º, 261.3º y 331.1º
Alcance El presente protocolo puede ser adaptado a los siguientes mecanismos de notificación electrónica en lo que corresponda: Notificación electrónica mediante correos institucionales: Establecimiento de criterios y pautas para la aplicación de las notificaciones electrónicas mediante correos institucionaes a las partes del proceso penal.
PROTOCOLO DE NOTIFICACIONES ELEC TRÓNICAS
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Alcance Notificación electrónica mediante el Sistema de Notificaciones Electrónicas del Poder Judicial (SINOE-PJ): Establecimiento de criterios y pautas para la utilización, desde una perspectiva transversal del SINOE-PJ en el marco del nuevo proceso penal. Finalmente, es importante puntualizar que los criterios y pautas establecidas en el presente protocolo pueden ser aplicados en el proceso penal bajo las normas del Código de Procedimientos Penales de 1940.
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PROTOCOLO DE NOTIFICACIONES ELEC TRÓNICAS
P rocedimiento 1
Lineamientos generales
Cobertura institucional: Las instituciones del S.J.P. deberan priorizar la utilización de las notificaciones electrónicas, otorgando la cobertura institucional del caso: • Poder Judicial • Ministerio Público • Defensa Pública • Procuraduría Pública • Policía Nacional • Colegio de Abogados (en caso de considerarse en el Distrito Judicial o Fiscal respectivo y si se cuenta y acuerda notificación mediante correos electrónicos personales)
Identificación de componente tecnológico en el DJ: Para la utilización de la notificación electrónica, en cada distrito judicial deberá realizarse una identificación de situación actual del componente tecnológico existente. Producto de lo anterior y en función de las capacidades tecnológicas identificadas, se definirá qué provincias formarán parte del sistema de notificación vía correo electrónico.
3G
PROTOCOLO DE NOTIFICACIONES ELEC TRÓNICAS
31 Distritos Judiciales
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P rocedimiento ETAPAS I. PREPAR INTERMED
JUICIO
Mapeo de actos procesales: Definido el alcance geográfico, se deberá realizar un listado de los actos procesales emitidos en cada una de las etapas del proceso penal (tanto en horario de turno y como sin turno). El listado de actos procesales deberá detallarse en un cuadro demostrativo en el que se determine claramente qué actos podrán estar sujetos a notificación vía correo electrónico.
ETAPAS I. PREPAR INTERMED
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JUICIO
Elección de actos procesales: A partir del cuadro demostrativo se deberá elegir qué actos procesales se notificarán electrónicamente por etapa procesal, teniendo en cuenta los siguientes criterios: • Notificaciones de actos procesales de mero trámite • Notificación urgente de actos procesales • Notificaciones de actos procesales de mayor incidencia • Audiencias de mayor incidencia
PROTOCOLO DE NOTIFICACIONES ELEC TRÓNICAS
P rocedimiento 2
Lineamientos operativos: Procedimientos generales de aplicación
Momento de la notificación electrónica: La notificación electrónica podrá ser realizada en los siguientes horarios: a. Dentro de la jornada laboral (lunes a viernes), y a tal efecto establecer lo siguiente: • Cómputo de plazos. • Selección de los actos procesales a notificar en dicho horario. b. Turnos (lunes a domingo): • Cómputo de plazos. • Selección de los actos procesales a notificar en dichos días.
Alcance de la notificación electrónica: Se deberá definir, a partir del análisis de capacidades tecnológicas en el distrito judicial, si la notificación electrónica se aplicará: • Sólo en la Sede Central o • Provincias.
HORARIO HORA
L
M
J
M
V
08:00 09:00 10:00 11:00
CANDARAVE
J. BASADRE
PROTOCOLO DE NOTIFICACIONES ELEC TRÓNICAS
TARATA
TACNA
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P rocedimiento 3
Lineamientos operativos: Procedimientos de validación de la notificación electrónica
Contenido de la notificación electrónica: La notificación deberá contener como mínimo los siguientes componentes: • Asunto: ¿Qué debe decir? • Datos del destinatario • Datos del remitente • Mensaje de Emisión: ¿Qué debe decir? • Archivo Adjunto: ¿Qué solicitud, requerimiento o escrito adjunto? Envío de la notificación: La notificación deberá tener en cuenta las siguientes recomendaciones: • En caso de error, defecto en la emisión, rechazo del envío del correo o respuesta inmediata del propio servidor, se debe priorizar la cédula de notificación (física). Validación de la notificación electrónica: • La notificación electrónica quedará validada con el registro de transferencia o en la bandeja de envíos del remitente. • Los plazos empiezan a correr a partir del día siguiente de validada la notificación electrónica.
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PROTOCOLO DE NOTIFICACIONES ELEC TRÓNICAS
P rocedimiento Respuesta de la notificación electrónica En relación a la respuesta del envío de notificación electrónica se recomienda determinar: • Asunto y Mensaje de la respuesta: en caso imposibilidad de leer el archivo adjunto, omisión de anexar el archivo adjunto, remisión de archivo incompleto, erróneo o en baja calidad de nitidez, etc. • El plazo de respuesta para advertir dichos defectos u omisiones por parte del destinatario. Reenvío de la notificación electrónica: • Asunto y mensaje del reenvío. • Advertido dicho defecto u omisión por el remitente, se subsanará en forma inmediata y se notificará nuevamente en forma electrónica al destinatario, debiéndose computar el plazo a partir de dicho reenvío.
NVÍO R EE
TA RESPUES
PROTOCOLO DE NOTIFICACIONES ELEC TRÓNICAS
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P rocedimiento Plazo de antelación a la audiencia o diligencia para notificar electrónicamente: En caso el acto procesal de convocatoria a audiencia se notifique vía electrónica, se deberá establecer el plazo mínimo de anticipación de notificación (que será no menor a los plazos establecidos por el CPP u otro cuerpo normativo de aplicación supletoria).
10 días
3 MB 2 MB 1 MB
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5 días
3 días
Capacidad del archivo adjunto: Con el fin de asegurar la recepción de la notificación, se deberá tomar en consideración un límite máximo de capacidad del archivo adjunto: • Notificación electrónica hasta un límite máximo de capacidad) • En caso supere el límite establecido se prioriza la cédula de notificación (física)
PROTOCOLO DE NOTIFICACIONES ELEC TRÓNICAS
P rocedimiento Reporte o constancia de envío: En todos los casos se deberá imprimir el reporte y/o constancia de envío para ser anexado a la carpeta o incidente judicial.
4
Catálogo de notificación electrónica FICHA
Se deberá elaborar por cada acto procesal seleccionado para ser notificado vía electrónica (mediante correo institucional o vía SINOE), una ficha en la que se detalle de manera secuencial los lineamientos generales y operativos precisados en los numerales que anteceden, los cuales deberán ser consensuados y aprobados por la Comisión Distrital de Implementación del CPP. De forma ilustrativa se adjunta como anexo el modelo de ficha para la elaboración del catálogo de notificación electrónica.
PROTOCOLO DE NOTIFICACIONES ELEC TRÓNICAS
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P rocedimiento 5
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Anexo
PROTOCOLO DE NOTIFICACIONES ELEC TRÓNICAS
PROTOCOLO DE CAPACITACIÓN Y DIFUSIÓN INSTITUCIONAL
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ASPECTOS GENERALES La Comisión Especial de Implementación, a través de su Secretaría Técnica y en coordinación con las correspondientes instancias de cada una de las instituciones involucradas, despliega una serie de actividades orientadas a la óptima implementación y posterior aplicación del Código Procesal Penal en cada distrito judicial del país, las mismas que se encuadran en los siguientes componentes o áreas de trabajo: a) Diseño del Sistema Matriz; b) Monitoreo y Evaluación; c) Presupuesto y Gestión de Recursos; d) Capacitación; e) Difusión; f ) Planificación y Ejecución; y, g) Adecuación Normativa.
I. ANTECEDENTES
Asimismo, conforme al nuevo Reglamento de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, aprobado por D.S. N° 0032014-JUS, se dispuso la conformación del Comité Interinstitucional de Capacitación y Difusión, que tiene por función general, planificar, gestionar, monitorear y evaluar los programas de capacitación y difusión desde una óptica transversal, así como de las necesidades de cada institución, a fin de proporcionar una adecuada cobertura institucional e interinstitucional, que permita optimizar los recursos disponibles en dichos aspectos. Por tal motivo, se torna necesaria la elaboración de un “Protocolo de Capacitación y Difusión Interinstitucional” que establezca los lineamientos y actividades del Comité Interinstitucional de Capacitación y Difusión y que constituya además un documento de gestión para la planificación y organización del trabajo interinstitucional en materia de capacitación y difusión a las Comisiones Distritales de Implementación. 2.1. OBJETIVO GENERAL
II. OBJETIVOS
Contar con un instrumento que establezca las pautas o líneas de acción del Comité Interinstitucional de Capacitación y Difusión y que constituya un documento de gestión para la planificación y organización del trabajo interinstitucional en materia de Capacitación y Difusión de las Comisiones Distritales de Implementación.
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2.2. OBJETIVOS ESPECIFICOS a) Establecer los lineamientos de capacitación y difusión establecidos por el Comité Interinstitucional de Capacitación y Difusión, como órgano encargado de planificar, gestionar, monitorear y evaluar los programas de capacitación y difusión desde una óptica transversal. b) Establecer los lineamientos a seguir en materia de capacitación y difusión de las Comisiones Distritales de Implementación del Código Procesal Penal, como órgano de gobierno en el proceso de implementación del Código Procesal Penal. c) Establecer las estrategias a seguir en materia de capacitación y difusión, que permitan integrar los planes, programas y necesidades de capacitación y difusión interinstitucional a nivel de Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal y de las Comisiones Distritales de Implementación. d) Presentar propuestas de procesos y programas de capacitación y difusión que puedan ser implementadas por las instituciones que conforman el sistema de justicia penal.
III. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL EN MATERIA DE CAPACITACIÓN Y DIFUSIÓN
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3.1. A NIVEL DEL COMITÉ DE CAPACITACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y DIFUSIÓN.
El Comité Interinstitucional de Capacitación y Difusión y tiene por función general, planificar, gestionar, monitorear y evaluar los programas de capacitación y difusión desde una óptica transversal, así como de las necesidades de cada institución, a fin de proporcionar una adecuada cobertura institucional e interinstitucional, que permita optimizar los recursos disponibles en dichos aspectos.
3.1.1 Funciones especificas
III. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL EN MATERIA DE CAPACITACIÓN Y DIFUSIÓN
Son funciones específicas del Comité Interinstitucional de Capacitación y Difusión: • Establecer periódicamente las necesidades de capacitación y difusión institucional y transversal. • Elaborar y actualizar periódicamente la matriz que comprenda los programas de capacitación y difusión institucional y transversal. • Homologar los objetivos y estrategias que en materia de capacitación y difusión realiza cada institución. • Diseñar metodologías de enseñanza y evaluación aplicables a los programas de capacitación institucional y transversal. • Diseñar estrategias y acciones que permitan comunicar y difundir la reforma procesal penal desde un enfoque transversal e institucional. • Evaluar y aprobar los programas o material de capacitación y difusión de las entidades de cooperación nacional e internacional, los mismos que deberán vincularse a las necesidades, objetivos y lineamientos establecidos. • Coordinar con las áreas de capacitación, comunicación, difusión y/o imagen de cada una de las instituciones conformantes de la Comisión Especial, para uniformizar y estandarizar las metodologías aplicables. • Comunicar periódicamente a la Comisión Especial de Implementación sobre los acuerdos y actividades adoptadas.
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3.1.2 Integrantes El Comité Interinstitucional de Capacitación y Difusión está integrado por:
III. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL EN MATERIA DE CAPACITACIÓN Y DIFUSIÓN
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a) Un representante de la Academia de la Magistratura. b) Un representante del Poder Judicial. c) Un representante del Ministerio Público. d) Un representante del Ministerio del Interior. e) Un representante de la Dirección General de la Defensa Pública. f ) Un representante de la Secretaría Técnica de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, quien será responsable de convocar, comunicar, coordinar las reuniones y trabajos realizados, así como centralizar la documentación que se genere. Asímismo, se podrá convocar a representantes de otras instituciones. 3.2 A NIVEL DE LA COMISION DISTRITAL DE IMPLEMENTACIÓN
La Comisión Distrital de Implementación, es la más alta autoridad dentro del Distrito Judicial respectivo, en materia del proceso de implementación del Código Procesal Penal.
La Comisión Distrital de Implementación tiene las funciones de conducir, coordinar, ejecutar, supervisar, monitorear y evaluar desde un enfoque interinstitucional la implementación del Código Procesal Penal, dentro del Distrito Judicial de su competencia.
Con tal propósito, cada Comisión Distrital de Implementación deberá conformar las subcomisiones de Procesos Interinstitucionales, Capacitación y Difusión, las mismas que deberán estar integradas por dos representantes de cada institución.
Cada subcomisión deberá designar a un coordinador responsable quien estará en permanente coordinación con el Secretario Técnico de la Comisión Distrital.
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3.2.1 Funciones especificas de la Comisión Distrital de Implementación • Ejecución de las políticas, metodologías, lineamientos generales y específicos establecidos por la Comisión Especial para la adecuada implementación progresiva del Código Procesal Penal, en coordinación con la Secretaría Técnica. • Ejecución, seguimiento y monitoreo del Plan de Implementación del Código Procesal Penal. • Formulación de políticas y estrategias para la adecuada implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de su competencia.
III. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL EN MATERIA DE CAPACITACIÓN Y DIFUSIÓN
• Elaboración de propuestas de reforma legal que requiera el Código Procesal Penal o propuestas de mejora para el fortalecimiento del proceso de implementación. • Efectuar el seguimiento, monitoreo y evaluación de la aplicación del Código Procesal Penal. • Promover la integración interinstitucional. • Proporcionar información a la Comisión Especial de Implementación o a la Secretaría Técnica, para la elaboración de diagnóstico de necesidades, planes operativos y otros documentos técnicos. • Promover actividades interinstitucionales de capacitación y difusión, conforme a los lineamientos y estrategias establecidas por la Comisión Especial y el Comité Interinstitucional de Capacitación y Difusión. • Designación de los integrantes de las subcomisiones de trabajo interinstitucional, la cual estará a cargo de cada uno de sus miembros. • Supervisar la labor de las Sub Comisiones de trabajo interinstitucional.
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• Las demás funciones que le encargue la Comisión Especial de Implementación. 3.2.2 Sub Comisión de Capacitación Esta subcomisión tiene por función principal optimizar el componente de capacitación desde un enfoque multisectorial. Para tal efecto deberá articular la capacitación institucional en su Distrito Judicial, de conformidad con los lineamientos y estrategias de capacitación establecidas por la Comisión Especial de Implementación, a través del Comité Interinstitucional de Capacitación y Difusión.
III. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL EN MATERIA DE CAPACITACIÓN Y DIFUSIÓN
La presente subcomisión deberá identificar las necesidades de capacitación institucional e interinstitucional, integrar los planes y programas de capacitación de cada una de las instituciones, diseñar metodologías de enseñanza aplicables a los programas de capacitación interinstitucional y promover la realización de eventos de capacitación dirigidos a los operadores de justicia, personal jurisdiccional y administrativo, así como a instituciones vinculadas con el sistema de justicia penal. Asimismo, deberá promover la intervención de los operadores (jueces, fiscales, policías y defensores públicos) como actores claves (ponentes o capacitadores) en los programas de capacitación. 3.2.3 Sub Comisión de Difusión Esta subcomisión tiene por función principal optimizar el componente de difusión desde un enfoque multisectorial. Para tal efecto, se deberá articular los esfuerzos institucionales en el Distrito Judicial, a fin de difundir a la población en general las bondades y beneficios del nuevo sistema de justicia penal, desde una óptica sistémica, así como ubicar el proceso de implementación en la agenda pública para su respaldo, promoción y confianza.
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La presente subcomisión deberá establecer las acciones y estrategias de comunicación y difusión interinstitucional, así como elaborar diversos eventos de difusión dirigidos a los operadores de justicia, personal jurisdiccional y administrativo, autoridades locales, regionales, juntas vecinales, rondas urbanas y campesinas, periodistas, universitarios, sociedad civil organizada, entre otros. Asimismo, deberá promover la intervención de los operadores (jueces, fiscales, policías, defensores públicos y los responsables de las oficinas de imagen y comunicación) como actores claves en los programas de difusión.
III. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL EN MATERIA DE CAPACITACIÓN Y DIFUSIÓN
Se recomienda que los miembros de esta sub comisión de trabajo, sea personal que integren las áreas de imagen y prensa de cada una de las instituciones, debido a que tienen una estrecha relación con los medios de comunicación. Eventualmente, y previa autorización de la Comisión Distrital de Implementación, se podrá invitar, (por un periodo de tiempo determinado) a personas o instituciones que puedan aportar conocimientos técnicos
4.1 PROPUESTAS DE ACTIVIDADES DE CAPACITACION
Cuando hablamos de capacitación, es para lograr un desarrollo en los operadores del sistema de justicia penal (Jueces, Fiscales, Policías, Defensores Públicos y Procuradores Públicos), a nivel nacional, respecto a la aplicación del Código Procesal Penal; y de esta manera medir los cambios que se produce con el proceso de capacitación.
Todos estos programas de capacitación deben adecuarse a las necesidades de información, conocimiento y adquisición de nuevas habilidades y destrezas en los operadores de justicia en todos los
IV. ACTIVIDADES DE CAPACITACIÓN Y DIFUSIÓN
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niveles. Asimismo, el desarrollo de los programas de capacitación se podrá efectuar a través de diversas actividades, tales como: • Cursos: Sesiones didácticas para instruir sobre un tema. • Charlas: disertación oral ante un público, sin solemnidad ni excesivas preocupaciones formales. • Coloquio: reunión de un número limitado de personas para debatir un tema sin que necesariamente se tenga llegar a un acuerdo, generalmente tiene carácter informal. • Conferencia: disertación en público, sinónimo de ponencia y exposición, discurso.
IV. ACTIVIDADES DE CAPACITACIÓN Y DIFUSIÓN
• Congreso: reunión, generalmente numerosa, para deliberar un tema de interés para los participantes. En el desarrollo del congreso puede haber grupos de trabajo, discusiones de grupo, conferencias, paneles o mesas redondas. • Convención: reunión general de una agrupación para fijar programas, elegir candidatos o resolver otros asuntos. • Debates: Discusión en grupo, dirigido por un moderador o director. Los participantes no requieren ser especialistas, lo que sí es un requisito de la mesa redonda. • Exposiciones: presentación organizada de un tema ante un público. Sinónimo de conferencia, disertación, ponencia, discurso. • Foros: reunión para discutir asuntos de interés ante un auditorio que puede intervenir en la discusión. • Mesas redondas: reunión de especialistas para exponer su opinión sobre un tema. Es una discusión abierta al público y termina con una breve conclusión del asunto. Una persona dirige la mesa redonda, pero las aportaciones de
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los integrantes tiene igual validez. Se diferencia del debate porque los expositores son especialistas. Se diferencia del panel porque sus integrantes son de la misma especialidad. • Talleres: reunión con participación activa en el proceso de enseñanza, aprendizaje. Enfatiza el aspecto práctico antes que el teórico. 4.2 PROPUESTAS DE ACTIVIDADES DE DIFUSIÓN
IV. ACTIVIDADES DE CAPACITACIÓN Y DIFUSIÓN
Se propone como propuestas de difusión para lograr los objetivos de la Sub Comisión de Difusión, las siguientes actividades: • Elaborar encuestas sobre el sistema de justicia penal para determinar percepción cuantitativa y cualitativa del proceso de implementación del código procesal penal, así como el nivel de conocimiento sobre el proceso de implementación del código procesal penal. • Realizar actividades de sensibilización a nivel de públicos internos y externos con participación de los operadores vinculados al proceso de implementación del código procesal penal y sociedad en general, principalmente sobre los avances y las actividades realizadas para la implementación, así como las características del sistema de justicia penal y los roles que cada operador desempeña en el. • Coordinación con la Comisión Distrital de Implementación para difundir información relevante sobre el proceso de implementación, la información recogida en la aplicación de las encuestas pueden orientar a la subcomisión acerca de aquellos temas que generan interés para los diferentes públicos así como los medios de comunicación más adecuados • Desarrollar campañas de difusión con la participación de las instituciones involucradas y con el aporte y auspicio de
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Universidades, Cooperación Internacional, ONG, Gobiernos regionales y locales, Colegio de Abogados, etc, utilizando plataformas como: Presencia en Medios • • • • •
Anuncios impresos y transmitidos Entrevistas en tv, radio, prensa escrita Spots en televisión, radio, prensa escrita Redes Sociales Páginas web
Publicidad
IV. ACTIVIDADES DE CAPACITACIÓN Y DIFUSIÓN
• Trípticos y afiches • Banners • Volantes • Boletines informativos Actividades presenciales • Concursos • Ferias Comunicacionales • Seminarios • Charlas en Colegios Publicaciones •
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Publicaciones académicas, artículos e investigaciones en revistas especializadas.
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P rocedimiento 1
Elaboración del Plan de Capacitación Interinstitucional
La subcomisión de capacitación interinstitucional, integrada por operadores de justicia del Poder Judicial, Ministerio Público, Policía Nacional y Defensa Pública deberán: 1. Identificar las necesidades de capacitación institucional e interinstitucional. Se deberá identificar por parte de las instituciones, las necesidades de capacitación institucional e interinstitucional. Estas necesidades deberán ser tanto en el ámbito de gestión y aplicación normativa del Código Procesal Penal, que sirva de insumo para diseñar los programas y actividades de capacitación. 2. Elaborar una matriz que contenga los programas de capacitación. Se deberá elaborar una matriz que contenga todas las actividades y programas de capacitación programadas por las instituciones integrantes y que sean relacionadas a la reforma procesal penal. En dicha matriz, de deberá establecer, el tipo de evento, contenido temático, horas académicas, día de realización, lugar, beneficiarios y institución responsable de la organización. Asimismo, esta matriz deberá contener todos los programas de capacitación interinstitucional que diseñe y programe la Sub Comisión de Capacitación. 3. Considerar la posibilidad de Invitar a los demás operadores a los eventos de capacitación institucional. Con la finalidad de reducir los esfuerzos y racionalizar los recursos disponibles en materia de capacitación, se deberá proponer la posibilidad que, en los eventos institucionales se pueda convocar a los demás operadores como una forma de autogestionar de manera interinstitucional los eventos de capacitación. 4. Elaborar propuestas de capacitación interinstitucional. Sobre la base a las necesidades de capacitación institucional e interinstitucional identificadas, se deberá elaborar propuestas de capacitación interinstitucional (cursos, seminarios, talleres, charlas, etc.), identificando además el número de posibles beneficiarios, docentes y/o especialistas, instituciones participantes y materiales.
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P rocedimiento 5. Elaborar el presupuesto de las actividades de capacitación. Elaborar el presupuesto de cada una de ellas y determinar cuales requieren financiamiento externo o no. Considerar aquellas que puedan ser realizadas con el apoyo de la Secretaría Técnica de la Comisión Especial de Implementación y de instituciones cooperantes nacionales o internacionales. 6. Elaborar una lista de posibles colaboradores. Elaborar una lista de posibles colaboradores a fin de gestionar el apoyo en los eventos que lo requieran. Para lo cual se podrá pedir colaboración a Universidades, ONG, AMAG, Gobiernos regionales y locales, Colegio de Abogados, etc., en aspectos logísticos como instalaciones, sistemas, materiales, etc., así como el traslado, alojamiento de docentes y expositores. 7. Elaborar un Plan de Capacitación Interinstitucional La Sub Comisión de Capacitación diseñará y elaborará un Plan de Trabajo, que contenga los programas de capacitación de acuerdo a las necesidades específicas del distrito judicial, debiendo contar además el tipo de evento, número de beneficiarios, instituciones beneficiarias y el cronograma de ejecución.
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P rocedimiento 2
Sustentación, aprobación y socialización del Plan de Capacitación Interinstitucional
La subcomisión deberá presentar y sustentar ante la Comisión Distrital la propuesta del Plan de Capacitación Interinstitucional, a fin de que sea aprobado. El Plan podrá ser presentado y sustentado por el Coordinador de la Sub Comisión de Capacitación. Por su parte la Comisión Distrital de Implementación, conforme a sus atribuciones, aprobará el Plan de Capacitación interinstitucional, el mismo que será de obligatorio cumplimiento para las todas las instituciones que la integran. La Comisión Distrital de Implementación dará cuenta de dicho Plan a la Comisión Especial a través de la Secretaría Técnica. Finalmente la Comisión Distrital de Implementación, deberá socializar y comunicar a los operadores jurídicos del distrito judicial, el Plan de Capacitación Interinstitucional, elaborado por la sub comisión respectiva, para su correcta implementación en el distrito judicial.
PLAN DE CAPACITACIÓN INTERINSTITUCIONAL
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P rocedimiento 3
Ejecución del Plan de Capacitación Interinstitucional
Gestionar ante las instituciones, auspiciadores y colaboradores los recursos necesarios para el financiamiento y ejecución de los programas de capacitación. Para una correcta ejecución, se deberá formar un equipo de trabajo para la organización de cada uno de los eventos de capacitación. Elaborar un informe final por cada evento de capacitación realizado, para ser presentado a la Comisión Distrital de Implementación. Registro y certificación de los beneficiarios de los programas de capacitación. Se deberá contar con un registro de asistencia por cada programa de capacitación, que permita monitorear la asistencia y participación de los operadores jurídicos. Se deberá gestionar la entrega de los respectivos certificados a los participantes que cumplido con la jornada completa del programa de capacitación.
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P rocedimiento 4
Elaboración del Plan de Difusión Interinstitucional
La subcomisión de difusión interinstitucional, integrada por operadores de justicia del Poder Judicial, Ministerio Público, Policía Nacional y Defensa Pública deberán: 1. Definir la relación de públicos objetivos Se deberá identificar y definir los públicos objetivos tanto a nivel interno como externo con los que se realizaran las actividades de difusión, así como identificar los medios de comunicación utilizados por cada uno y su posición frente al código procesal penal. 2. Identificar a lideres de opinión Se deberá identificar aquellos operadores jurídicos, autoridades, periodistas, académicos, intelectuales, altos funcionarios, etc. que en el desempeño de sus funciones puedan ser identificados como líderes de opinión en el distrito judicial y cuya opinión pueda ser relevante y favorable en el proceso de implementación. 3. Identificar a voceros por cada institución Se deberá identificar por cada institución las personas que por conocimiento, preparación o habilidades personales estén en capacidad de transmitir con claridad los mensajes deseados. 4. Identificar los Medios de Comunicación Identificar principales medios de comunicación locales a nivel de televisión, prensa escrita, radio y medios online así como determinar su actitud frente al proceso de implementación del Código Procesal Penal. 5. Identificar temas de interés Identificar que temas relacionados al código procesal penal generan interés a los operadores, instituciones relacionadas al proceso de justicia penal y la población en general.
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P rocedimiento 6. Establecer las acciones y estrategias de comunicación y difusión interinstitucional. Sobre la base de las necesidades de comunicación y difusión identificadas, se deberá elaborar las propuestas de estrategias y acciones de comunicación interinstitucional, así como la posibilidad de realizar seminarios y talleres de sensibilización. 7. Elaborar una lista de posibles colaboradores. Elaborar una lista de posibles colaboradores a fin de gestionar el apoyo que pudieran efectuar en las acciones y eventos de comunicación y difusión. Para tal efecto, de podrá pedir colaboración a Universidades, ONG, AMAG, Gobiernos regionales y locales, Colegio de Abogados, etc. 8. Elaborar un Plan de Trabajo Interinstitucional La Sub Comisión de Difusión diseñará y elaborará un Plan de Trabajo, que contenga las estrategias y acciones de comunicación y difusión de acuerdo a las necesidades específicas del distrito judicial, debiendo contar con su respectivo cronograma de ejecución.
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P rocedimiento 5
Sustentación, aprobación y socialización del Plan de Difusión Interinstitucional
La subcomisión deberá presentar y sustentar ante la Comisión Distrital la propuesta del Plan de Difusión Interinstitucional, a fin de que sea aprobado. El Plan podrá ser presentado y sustentado por el Coordinador de la Sub Comisión de Difusión. Por su parte la Comisión Distrital de Implementación, conforme a sus atribuciones, aprobará el Plan de Difusión interinstitucional, el mismo que será de obligatorio cumplimiento para las todas las instituciones que la integran. La Comisión Distrital de Implementación dará cuenta de dicho Plan a la Comisión Especial a través de la Secretaría Técnica. Finalmente, la Comisión Distrital de Implementación, deberá socializar y comunicar a los operadores jurídicos del distrito judicial, el Plan de Difusión Interinstitucional, elaborado por la sub comisión respectiva, para su correcta implementación en el distrito judicial.
PLAN DE DIFUSIÓN INTERINSTITUCIONAL
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P rocedimiento 6
Ejecución del Plan de Difusión Interinstitucional
Gestionar ante las instituciones, auspiciadores y colaboradores los recursos necesarios para el financiamiento y ejecución de las actividades de difusión. Para una correcta ejecución, se deberá formar un equipo de trabajo para la organización de cada uno de los eventos de difusión. Elaborar un informe final por cada evento de difusión realizado, para ser presentado a la Comisión Distrital de Implementación.
PODER JUDICIAL
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MINISTERIO PÚBLICO
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POLICÍA NACIONAL
MINISTERIO PÚBLICO Fiscalía de la Nación
PERÚ
Minsterio del Interior
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Secretaría Técnica Comisión Especial de Implementación Código Procesal Penal sistemas3.minjus.gob.pe/cpp/docu www.minjus.pe/reforma-procesal-penal/