PLIEGO SERVICIO JUVENTUD octubre 2015

IENTO DE PUENTE GENIL. TO DEL CONTRATO.- el objeto del contrato la prestación del Servicio de “Gestión dependiente del Excmo. Ayuntamiento de Puente ...
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DE LA GESTION DEL SERVICIO DE INFORMACION JUVENIL DEL AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL 1) OBJETO DEL CONTRATO.CONTRATO. Constituye el objeto del contrato la prestación del Servicio de “Gestión del Centro de Información Juvenil”, dependiente del Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil (Córdoba). Este centro está incluido dentro de la Red Andaluza de Centros de Información Juvenil, un sistema de información para jóvenes, planificado y coordinado por el Instituto Andaluz de la Juventud, y desarrollado a partir del Decreto 80/1990, de 27 de febrero. El Centro de Información Juvenil, que se encuentra ubicado en las instalaciones de la Casa Ciudadana, trata de ofrecer respuesta a las necesidades, demandas e intereses de los jóvenes de la localidad, así como dar cauce a las iniciativas de jóvenes y agentes de juventud de una manera integral, coordinada y participativa. Sus actividades se desarrollarán tanto en los locales e instalaciones que el Ayuntamiento tiene destinados a este fin, como en aquellos otross que, perteneciendo a otras entidades o instituciones, se consideren convenientes y con los que se llegará a los acuerdos necesarios a tal fin. La empresa adjudicataria deberá responsabilizarse de la ejecución ejecución y desarrollo de las tareas de información, dinamización, participación y programación programación propias del área de juventud, debiendo realizarse conforme a las instrucciones y directrices que se reciban del Concejal Delegado del Área. La prestación y organización organización del servicio será la propuesta por el adjudicatario en su oferta, si bien, como mínimo, se deberán realizar las siguientes tareas: * Gestionar estionar y Programar las diferentes actividades de la Delegación de Juventud para el año 2015 y 2016. * Identificar, Formular y Gestionar los diferentes proyectos y programas de la Delegación a presentar ante distintas entidades públicas o privadas. * Mantener relaciones directas con las diferentes asociaciones juveniles, con la Mesa local de la Juventud de Puente Genil y con el grupo de Corresponsales Juveniles de Puente Genil. * Difundir entre la juuventud del casco urbano de Puente Genil y sus aldeas la información y actividades que ue se programen desde el Centro de Información Juvenil y toda aquella que sea de interéss para ra la población juvenil, utilizando para ello todos los soportes que se faciliten (tablones, boletines, ordenador, ordenador etc.), ), así como el puesto local Euroresk.

* Apoyar y mantener contactos con las asociaciones y colectivos juveniles de la población, impulsando el asociacionismo y la creación de nuevos colectivos. * Coordinarse y colaborar con el personal de las distintas Delegaciones y servicios municipales y con otras instituciones y entidades en actuaciones dirigidas a la juventud; así como con cualquier otro personal que, en un momento dado, y adscrito a cualquier otro programa o beca, prestará sus servicios en el área de juventud. * Asistir a las actividades desarrolladas consideradas de interés por el Departamento de Juventud. * Servir de cauce de participación de los/as jóvenes respecto de la programación del Departamento de Juventud, detectando las necesidades, demandas e intereses de estos. * Proponer, programar y desarrollar actuaciones informativo-formativas dirigidas a la población juvenil. * Desarrollar y facilitar los procesos necesarios vinculados a la captación de recursos de la población juvenil de Puente Genil dentro del Programa Erasmus+ * Solicitar todas aquellas subvenciones que sean del ámbito de la Delegación de Juventud. 2) DURACIÓN DEL CONTRATO.El contrato tendrá una duración de dos años, a contar desde la fecha de la firma del contrato administrativo que se suscriba por ambas partes. Transcurrido el plazo indicado, el contrato se entenderá finalizado, debiendo el contratista cesar en la prestación de los trabajos objeto del mismo. No obstante, el contrato podrá ser prorrogado en su término final por acuerdo de la Corporación, siendo obligatorio para el adjudicatario, cuando al término del mismo se haya convocado una nueva licitación. En tal supuesto, se prorrogará el contrato hasta la fecha en que el nuevo contratista se haga cargo del servicio o, en su caso, éste sea prestado directamente por la Administración, sin que pueda exceder, en ningún caso, de seis meses. 3) CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.El adjudicatario prestará los servicios de acuerdo con las siguientes condiciones: 3.1.- Lugar de Prestación del Servicio Las actividades desarrolladas por la empresa o entidad adjudicataria para la ejecución del servicio se realizarán, principalmente, en el Centro de Información Juvenil, en la Casa Ciudadana, pudiendo prestarse también tanto en otras instalaciones municipales (Instalaciones juveniles ubicadas en la antigua Lonja, Instalaciones Deportivas, Biblioteca Municipal, etc.),

públicas (Colegios, IES, etc.), como en aquellas entidades privadas en las que el departamento de juventud considere pertinente y con las que llegue a los acuerdos necesarios para ello. Serán por cuenta del adjudicatario todos los gastos necesarios para el desarrollo de las distintas actividades y programas. 3.2.- Horario de prestación del servicio El servicio se prestará de lunes a domingos, en función del calendario de actividades y programas del Departamento de Juventud. 3.3.- Condiciones Técnicas A) Gestión del Personal.El contratista contratará, en su caso, al personal necesario para el desarrollo de las actividades gestionadas y/o programadas, corriendo a su cargo toda la responsabilidad laboral derivada de la relación contractual con su personal, asumiendo, en todo caso, los sueldos, liquidaciones de la Seguridad Social, finiquitos, accidentes laborales, así como cualquier otra contingencia que pudiera surgir en relación a los mismos; debiendo sustituir de forma inmediata las bajas tramitadas por enfermedad, maternidad, accidente laboral, ... que se puedan producir, asegurando la continuidad en la prestación del servicio. Las personas integrantes de la empresa que vayan a prestar sus servicios en el Centro de Información Juvenil o en cualquiera de las actividades p r o g r a m a d a s y d e s a r r o l l a d a s deberán tener titulación superior y una experiencia acreditada en materia de información, gestión, programación y/o dinamización juvenil, a s í como de gestión de pro yectos europeos y otros trabajos de índole i n t e r n a c i o n a l de al menos 2 años. Las titulaciones y experiencia deberán ser acreditadas documentalmente, de conformidad con lo establecido para la solvencia técnica y profesional en el pliego de cláusulas administrativas. El personal al servicio de la mercantil adjudicataria en ningún caso adquirirá derechos laborales respecto al Ayuntamiento, ni vinculación de cualquier índole con el mismo. B) Gestión Técnica.El servicio se desarrollará bajo la dirección y coordinación del Concejal Delegado de Juventud, y de acuerdo con las directrices marcadas por éste, con las siguientes condiciones: Al frente del servicio objeto de la presente contratación deberá figurar un Coordinador General o Responsable, que tendrá conocimiento puntual del funcionamiento de la prestación y se relacionará en el ámbito técnico con la Concejalía de Juventud. Para tales efectos, deberá estar disponible a través de teléfono móvil y correo electrónico, asumiendo las tareas de dirección de todas las actividades, actuaciones y proyectos que se desarrollen, así como del resto de personal que, en un momento dado, preste sus servicios en el Area de Juventud.

El contratista desempeñará las actividades reguladas en el presente pliego, dirigidas a toda la población juvenil del municipio, debiendo presentar un informe técnico semestral de cada actividad y una memoria final del período anual. También deberá presentar, en cualquier momento, el informe que a juicio de la Corporación se estime con relación a cualquier aspecto de la actividad o servicio. En este sentido, el Ayuntamiento de Puente Genil ostentará la potestad de: a) Coordinación y supervisión de la prestación del servicio. b) Convocar, con la periodicidad que se establezca, reuniones conjuntas entre el personal técnico municipal y la entidad adjudicataria, para el seguimiento y evaluación del servicio. c) Ordenar las modificaciones en la prestación de los servicios que aconseje en cada momento el interés público, y que tenga por objeto mejorar el servicio prestado. Los cambios en el personal que originariamente aporte la entidad, o la modificación de la programación contenida en el proyecto presentado, cualquiera que fuese su justificación, deberán contar con la conformidad del Departamento de Juventud. 4) CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.4.1.- Obligaciones del Contratista.Sin perjuicio de las obligaciones contenidas en el presente Pliego y en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el adjudicatario deberá cumplir las siguientes obligaciones: A) Realizar la prestación del servicio de conformidad con lo dispuesto en el presente pliego y posterior contrato, y según las indicaciones que en cada momento deba realizar el Ayuntamiento, desde la Concejalía de juventud, de las competencias que ostenta esta administración, de control y seguimiento, para garantizar la buena marcha y prestación del servicio. B) Será de cuenta del contratista adjudicatario indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de la prestación de los servicios en ejecución de este contrato, de acuerdo con lo previsto en el art. 214 del TRLCSP. C) Constituir un seguro de Responsabilidad Civil que cubra todas las posibles contingencias que pudieran derivarse de la ejecución del contrato, aportando con anterioridad a la formalización del contrato, la póliza y recibo corriente del mencionado seguro. Asimismo, deberá presentar recibo del pago de la nueva anualidad cuando se produzca el vencimiento del seguro. D) Con respecto al personal que emplee en la ejecución de los trabajos, deberá estarse a lo dispuesto en la normativa vigente en cada momento durante la duración del contrato, en materia laboral y social, de seguridad e higiene en el trabajo y sobre prevención de riesgos laborales, debiendo tener debidamente cubiertos los riesgos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, ya sea mediante la correspondiente Mutua de Accidentes de

Trabajo y Enfermedades Profesionales o a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social. A tales efectos, el contratista remitirá trimestralmente al Ayuntamiento certificación negativa por descubiertos a la Seguridad Social mientras dure la ejecución del contrato. E) Los trabajadores que el contratista asigne al servicio no mantendrán ni se considerará que tienen ningún tipo de relación de carácter laboral con el Ayuntamiento. F) El contratista no podrá, en ningún caso, realizar la contratación del personal por medio de empresas de trabajo temporal. G) Cumplir con el horario, días y directrices que marque el Ayuntamiento para la impartición de las actividades, al objeto de obtener la máxima eficacia y coordinación en la prestación del servicio. H) Mantener en buen estado las instalaciones y los bienes que se cedan por el Ayuntamiento para la prestación del servicio, debiendo el contratista, a la finalización del contrato, proceder a la devolución de los bienes entregados en el mismo estado de conservación y condiciones, entendiéndose sin perjuicio del normal deterioro por el razonable uso de los mismos. A estos efectos, el Ayuntamiento designará un técnico que deberá realizar un inventario antes de iniciarse la prestación del servicio por el adjudicatario, de los bienes afectos al mismo, indicando el estado en que se encuentran y que deberá firmar el contratista para dar su visto bueno. El Ayuntamiento podrá revisar en cualquier momento el estado de los bienes e instalaciones, pudiendo exigir al contratista si fuese el caso, responsabilidades por el anormal deterioro de los mismos. I) Serán a cargo del contratista todos los impuestos, derechos, tasas y tributos de cualquier índole que graven las actividades y medios materiales sobre los que recae la prestación de los servicios objeto del contrato. J) No podrá el contratista subarrendar, ceder o traspasar ninguno de los derechos ni obligaciones dimanantes del contrato sin autorización del Ayuntamiento de Puente Genil, el cual la otorgará, o no, si concurren las condiciones legales para ello y en consideración a las condiciones que ofrezca el contratista, pudiendo incluso establecer garantías adicionales para la autorización del traspaso de los servicios. K) El cuidado del edificio, sus instalaciones, mobiliario y enseres. La reposición del mobiliario y enseres aportados por el Ayuntamiento y las reparaciones de las instalaciones motivadas por su mal uso o utilización incorrecta correrán a cargo del contratista. Informando puntualmente al Ayuntamiento sobre cualquier acontecimiento. L) Presentar ante el Ayuntamiento, concluido el primer año de gestión: a. Documentación relativa al personal que presta el servicio. b. Memoria de la gestión económica realizada. c. Memoria resumen de las actividades realizadas durante el año anterior. d. Proyecto de actuación, en su caso, de las actividades a desarrollar durante el año siguiente. e. Igualmente, deberá facilitar toda aquella información y documentación, en tiempo y forma, que le sean necesarios al Ayuntamiento para el mantenimiento del Servicio licitado.

4.2.- Derechos del adjudicatario.A) Organizar el servicio objeto de esta contratación, de conformidad con lo establecido en este pliego y en el pliego de cláusulas administrativas. B) Utilizar, en las condiciones señaladas y previa solicitud, el inmueble y las instalaciones cedidas. C) A percibir la contraprestación económica, que coincidirá mensualmente con el número de horas prestadas y facturadas, de conformidad con lo establecido en el presente pliego. 4.3.- Obligaciones del Ayuntamiento A) Poner a disposición del contratista las instalaciones necesarias para la prestación del servicio objeto del presente contrato. B) Mantener las condiciones necesarias para garantizar al contratista que pueda desarrollar sus obligaciones correctamente, según las disposiciones del presente pliego y del posterior contrato. 5.- Causas específicas de resolución Además de las previstas en la legislación sobre contratos de las Administraciones Públicas, serán causas de resolución del contrato: 1. El incumplimiento de las condiciones para la prestación del servicio establecidas en las presentes Prescripciones Técnicas. 2.

La manifiesta incapacidad o negligencia profesionales.

3. La realización de actos que causen perjuicio al buen desarrollo del servicio, a los legítimos intereses de las personas participantes o a la imagen de la Corporación. 6.- Precio del Contrato La prestación del servicio que se contrata tiene un presupuesto máximo de ochenta y seis mil cuatrocientos noventa y seis (//86.496,00.-//) euros, IVA incluido (cuarenta y tres mil doscientos cuarenta y ocho -//43.248,00.-//- euros/año, IVA incluido). El licitador deberá presentar oferta indicando el precio/hora ofertado, y el precio total, debiendo este ultimo ser el resultado de multiplicar el precio/hora ofertado por el total de horas establecidas. El precio/hora incluirá el coste de personal más la parte proporcional de todos los gastos inherentes al proyecto: material de oficina y promocional, material para actividades y talleres, seguros y gastos diversos. No obstante lo anterior, el precio del contrato se fijará en función del número de horas efectivamente prestadas conforme a la programación, que se ajustará a la demanda del público destinatario de las acciones, y será cargado a la partida 337.1.227.99 del vigente Presupuesto Municipal, y a las correspondientes partidas de los presupuestos de los próximos ejercicios 2016, 2017 y 2018, en su caso, que han de contener el crédito suficiente hasta el importe correspondiente aprobado por el Ayuntamiento.

7.- Forma de pago. La liquidación para realizar los pagos de los servicios, se efectuará previa presentación de la correspondiente factura mensual por el contratista, y que será debidamente informada por los Servicios Técnicos Municipales. 8.- Propuestas y criterios de adjudicación. Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y no estén incursos en prohibiciones de contratar previstas en el artículo 60 del TRLCSP y acrediten su solvencia económica, financiera, técnica o profesional, conforme a lo previsto en el pliego de Clausulas Administrativas Particulares.

Serán criterios para la determinación de la oferta económicamente más ventajosa por orden decreciente de importancia y su ponderación los siguientes: A. Precio. Máximo: 8 puntos. Se valorará la baja en el precio/hora de cada proposición. Se otorgarán 2 puntos a la oferta más baja, de las admitidas, y el resto de ofertas se puntuarán de modo proporcional. B. Proyecto de actuación y/o programación. Máximo: 6 puntos. Se valorará el contenido, metodología, criterios de evaluación de resultados, y medios técnicos, materiales y humanos a emplear. C. Programas o actividades complementarios al servicio que constituye el objeto del contrato. Máximo: 2 puntos. Se valorará el contenido, metodología, criterios de evaluación de resultados, y medios técnicos, materiales y humanos a emplear en actividades adicionales al programa de desarrollo del servicio, y complementarias del mismo