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con Celulosa Arauco y Constitución S.A, Planta Horcones”, Rol D-21-2016, a. S.S.I. digo: Que, dentro de plazo y en relación a los puntos de prueba N° 3 y 4, ...
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Acompaña autorizaciones ambientales de la Planta Horcones.

Ilustre Tercer Tribunal Ambiental

Pedro Hernán Águila Yáñez, abogado, en representación de Celulosa Arauco y Constitución S.A. (en adelante indistintamente Arauco), en estos autos sobre demanda de daño ambiental caratulados “Sindicato de Trabajadores Independientes de Pescadores Artesanales Merlucero y Afines Caleta Lo Rojas de Coronel y Otros con Celulosa Arauco y Constitución S.A, Planta Horcones”, Rol D-21-2016, a S.S.I. digo: Que, dentro de plazo y en relación a los puntos de prueba N° 3 y 4, acompaño las autorizaciones ambientales de la Planta Horcones QUE DEMUESTRAN QUE ESTA LA PLANTA CUENTA CON TODOS LOS PERMISOS AMBIENTALES EXIGIBLES. A.

Respecto de la planta, el proceso productivo y las descargas.

1.

Resolución exenta N° 50/2006, dictada por la Comisión Regional del Medio

Ambiente de la región del Biobío, que califica ambientalmente declaración de impacto ambiental del proyecto “sustitución de cloro elemental en el proceso de celulosa”, presentado por Celulosa Arauco y Constitución S.A., de fecha 20 de febrero de 2006. 2.

Resolución exenta N° 423/2006, dictada por la Comisión Regional del

Medio Ambiente de la región del Biobío, que califica ambientalmente favorable el “plan de mejoras en la gestión de insumos químicos y combustibles”, de fecha 19 de diciembre de 2006. 3.

Resolución exenta N° 249/2007, dictada por la Comisión Regional del

Medio Ambiente de la región del Biobío, que califica ambientalmente favorable la declaración de impacto ambiental del proyecto “depósito de residuos industriales solidos no peligrosos (DRIS NP)”, presentado por Celulosa Arauco y Constitución S.A., de fecha 4 de septiembre de 2007. 4.

Resolución exenta N° 113/2008, dictada por la Comisión Regional del

Medio Ambiente de la región del Biobío, que califica ambientalmente favorable la declaración de impacto ambiental del proyecto “manejo de subproductos en planta Arauco”, de fecha 2 de abril de 2008. 5.

Resolución exenta N° 125/2008, dictada por la Comisión Regional del

Medio Ambiente de la región del Biobío, que califica ambientalmente favorable la declaración de impacto ambiental del proyecto “planta de cogeneración de energía eléctrica y vapor con biomasa en CFI Horcones”, presentado por Celulosa Arauco y Constitución S.A., de fecha 10 de abril de 2008.

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6.

Resolución exenta N° 202/2012, dictada por la Comisión de Evaluación de

la región del Biobío, que califica ambientalmente favorable la declaración de impacto ambiental del proyecto “plan de cierre del vertedero actual de la planta de Celulosa Arauco”, de fecha 28 de agosto de 2012. 7.

Resolución exenta N° 37/2014, dictada por la Comisión de Evaluación de

la región del Biobío, que califica ambientalmente estudio de impacto ambiental del proyecto “modernización ampliación planta Arauco”, de fecha 7 de febrero de 2014. 8.

Resolución exenta N° 485-2014, dictada por la Comisión de Evaluación de

la región del Biobío, que califica ambientalmente favorable la declaración de impacto ambiental del proyecto “aumento de capacidad de almacenamiento de insumos y otros ajustes para autonomía operacional de Planta Arauco”, de fecha 26 de noviembre de 2014. B.

Respecto a programas de monitoreo asociados a la descarga de

efluente tratado. 9.

Ordinario N° 12600/941/VRE dictado por la Dirección General de Territorio

Marítimo y Marina Mercante, que aprueba programa de monitoreo de autocontrol del efluente de la planta Arauco de la empresa Celulosa Arauco y Constitución S.A., de fecha 24 de julio de 2009. El documento antes referido contempla un programa de monitoreo de RILes, que autoriza, luego del control de parámetros, que los efluentes líquidos tratados sean descargados al mar a través de un sistema de descarga de efluentes líquidos fuera de la Zona de Protección Litoral, determinada en 249, 5 metros. 10.

Resolución exenta N° 1279/2017, dictada por la Superintendencia el Medio

Ambiente, que establece el programa de monitoreo de la calidad del efluente generado por Celulosa Arauco y Constitución S.A., Planta Arauco, ubicada en ruta 160, sector Horcones, comuna de Arauco, providencia de Arauco, Región del Biobío, de fecha 30 de octubre de 2017; que complementa la resolución acompañada en el número anterior. C.

Concesión marítima.

11.

Decreto Supremo N° 329/2016 del Ministerio de Defensa Nacional,

Subsecretaría para las F.F.A.A., que otorga segunda renovación con modificación de concesión marítima mayor, sobre un sector de playa y fondo de mar, en la comuna de Arauco, a Celulosa Arauco y Constitución S.A., de fecha 6 de junio de 2016. D.

En relación a los programas de monitoreo asociados a los cuerpos

de agua. 12.

GM Thno. Carta Ord. N° 12.600/9 dictada por la DIRECTEMAR, que

establece programa de vigilancia ambiental (PVA) de Planta Arauco, de fecha 8 de enero de 2007.

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A través del documento referido, la autoridad marítima aprobó una modificación al Programa de Vigilancia Ambiental (PVA) en el medio marino receptor vigente desde 1996, el que considera mediciones de calidad del agua, calidad de sedimentos, calidad de organismos, biota litoral y submareal dinámica física y bioensayos de toxicidad, todas mediciones que se entregan semestralmente a la autoridad respectiva. POR TANTO, SOLICITO AL I. TRIBUNAL AMBIENTAL: Tener por acompañados los documentos indicados, con citación.

PEDRO Firmado digitalmente por HERNAN HERNAN PEDRO AGUILA YAÑEZ AGUILA Fecha: 2018.06.04 YAÑEZ 19:01:02 -04'00'

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