~o[uci6n :Ministerial ~,.\Cl
~
~
N°
DE /)~;. t
..~
, l . l... ......
,
/ ",.:-. '
CONSIDERAN DO:
.I
.>
.,.,Il
-..;:~;!.,0Jr-i , ·,~J~ . : ~
-2011 ·DE/SG
~
f!2D :-- i\ \~. 1I ~\ \ . ~" I ~;'j:
~~d'
008
Que, vista el Facsimil (DGS) N° 1311 de fecha 20 de diciembre de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relacianes Exteriares, solicita se expida la autorizaci6n para el ingreso de personal militar de la Republica Federativa de Brasil, sin armas de guerra; Que, la Escuela de Comunicaciones del Ejercito del Peru, contara can ta participacion de un Instructor de la Republica Federativa de Brasil, para la formaci6n acacemica de sus alumnos; Q
Q
Que, el articulo 5 de la Ley N 27856, modificado por Ley N° 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia clvica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instrucci6n 0 entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas 0 para realizar vlsitas de coordinaci6n 0 protocol ares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resoluci6n Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, qulen da cuenta al Congreso de la RepUblica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedici6n de la resoluci6n, bajo responsabilidad. La Resolud6n Ministerial de autorizaci6n debe especificar los motivos, la relaci6n del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casas en que corresponda 5e solicitara opini6n previa del Ministerio de Relaciones Exteriores", Y; Can la opinion favorable del Ejercito del Peru, de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorizaci6n y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de Ia Republica y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifica la Ley Nro. 27856, Ley de requisitos para la autorizaci6n y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorlo de la Republica;
SE RESUELVE:
Articulo 1°._ Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin armas de guerra, al Teniente Coronel del Ejercito de Brasil, Jorge Luis Domingos Ferreira, para que partlcipe como Instructor en la Escuela de Comunicaciones del Ejercito del Peru, del 11 de enero de 2011 al 31 de diciernbre de 2013.
Articulo 2°._ Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resoluci6n, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado par Ley N° 28899 .
Registrese, comuniquese y
r 'j{)/
PUb~ese.
~J
~~~E"~ Ministrode Oefensa