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16/06/2016 Tirada: 38.369 Categoría: Económicos Difusión: 27.576 Edición: Nacional Audiencia: 82.728 Página: 13 AREA (cm2): 956,5

EL FOCO

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CARLOS PUIG DE TRAVY PRESIDENTE DEL REA+REGA CORPORACIÓN DE AUDITORES DEL CONSEJO GENERAL DE ECONOMISTAS

NOTICIAS PROPIAS||ENTORNO

Ante la entrada en vigor de la nueva normativa de auditoría, el autor reflexiona sobre las consecuencias negativas que tendrá para el sector, que ya ha mostrado su descontento en numerosas ocasiones

Otra nueva ley para la auditoría añana entra en vigor la nueva Ley de Auditoría y el sector, muy lejos de celebrarlo, continúa mostrando su preocupación por esta nueva normativa y de sus posibles repercusiones. No podemos olvidar que la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, se aprobó sin el apoyo de ningún grupo parlamentario, obviamente a excepción del Grupo Popular. Durante el proceso de aprobación de la ley vimos cómo, una a una, eran rechazadas las más de 300 enmiendas que presentaron todos estos grupos entre las dos Cámaras, así como las enmiendas consensuadas por nuestra corporación. Los auditores hemos vivido tres leyes de auditoría en los últimos cinco años, algo insólito para una actividad profesional como es la nuestra y en nuestro país, contando además que esta última se ha fraguado con una celeridad innecesaria. Recordemos que la nueva ley es fruto de la necesaria adaptación de nuestra legislación interna a los cambios incorporados por la Directiva 2014/56/UE del Parlamento Europeo y del Reglamento (UE) 537/2014, relativos a la auditoría legal de las cuentas anuales, que nacieron con un objetivo claro de reforzar y mejorar la confianza de los usuarios de la información económi-

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cias excesivas a los informes de entidades de no interés público, un régimen de independencia de difícil cumplimiento, exigencias sobre concentración de honorarios que podrían haber sido tratadas por el sistema de amenazas y salvaguardas, una reforma del Comité de auditoría del ICAC que lo vacía de contenido, un régimen sancionador claramente mejorable y un incremento de tasas no justificado. ¿En qué punto nos encontramos ahora? Tenemos una nueva ley y la necesidad de tener un reglamento que la desarrolle que, dada la actual situación política, no es previsible pueda ver la luz en el corto plazo. También se nos plantea el dilema de cuál será el signo del Ejecutivo que lleve a cabo el desarrollo reglamentario o incluso si procederá a la reforma de la ley ante la evidente falta de consenso político en su aprobación. ¿Qué va a pasar ahora? No podemos permitirnos el lujo de ir dando pasos adelante y otros atrás. La auditoría es una actividad fundamental para el logro de la transparencia y la seguridad de los mercados y debe estar sujeta a una estabilidad regulatoria que conlleve la menos incertidumbre posible. Todos entendemos sobre lo que no se puede improvisar y una ley lo es, por lo que si ya se sabía de antemano que el reglamento de la ley no

No compartimos algunos aspectos que nos apartan de Europa y nos sitúan en inferioridad competitiva

Se plantea el dilema de cuál será el signo del Ejecutivo que desarrolle el reglamento o si procederá a su cambio

ca-financiera auditada y optimizar la calidad de las auditorías de cuentas realizadas en el ámbito de la Unión Europea, y todo ello derivado del contexto de crisis económico-financiera de los últimos años. Esta normativa europea fijaba la fecha del 17 de julio de 2016 como plazo último de transposición, por lo que no era perentorio proceder, casi un año antes de esa fecha, a su aprobación. Lo que verdaderamente nos preocupa de esta ley, además de la falta de consenso político y con el sector, es que no ha tenido en cuenta la opinión de las empresas auditadas, de los usuarios de la auditoría e incluso ha habido opiniones diferentes de otros reguladores sobre algunos aspectos concretos. Los representantes de los auditores estábamos a favor de una reforma que compartiera los objetivos establecidos por la directiva y el reglamento europeo, pero lo que no compartimos son muchos aspectos de la ley que nos apartan de Europa y nos ponen en una situación de inferioridad competitiva, que implica desventajas tanto a las empresas como a los auditores. También somos de la opinión de que esta reforma no debería haber incrementado la burocracia, que implica costes de todo tipo para auditores y empresas e incluso para el

iba a poder aprobarse antes de la entrada en vigor de la misma, deberíamos haber intentado depurar al máximo la ley y evitar la gran cantidad de dudas o aspectos confusos que posee, o incluso haber propuesto una reforma con menos requerimientos y más alineada con la directiva y el reglamento europeos, que sin duda no nos hubiera puesto en esta situación de debilidad, inseguridad y desventaja competitiva. Desde REA+REGA del Consejo General de Economistas, además de velar por los intereses de los auditores, debemos contribuir a la mejora de la eficacia de la economía a través de incrementar la confianza de la información financiera, fomentando la información de alta calidad y fiable. Este objetivo en gran medida depende de que se disponga de una regulación, tanto de la actividad profesional de la auditoría como de la relativa a la información financiera, que genere estabilidad. Es notorio que esta ley es francamente mejorable y que el reglamento que en su caso la desarrolle debería también proporcionar esta requerida estabilidad, por lo que entre todos debemos hacer los esfuerzos necesarios para ello, especialmente en un momento como el actual en el que se demanda una mayor transparencia.

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regulador en el desarrollo de sus tareas de supervisión. Tampoco podemos dar nuestra conformidad a una ley que genera inseguridad jurídica, al estar algunos preceptos mal enfocados técnicamente, lo que hace imposible su cumplimiento. Otro aspecto sobre el cual merece llamar la atención es que la presente norma debería haber compartido el objetivo de la reforma europea en relación a favorecer la desconcentración del mercado actual de la auditoría, que al estar dominado por un pequeño número de compañías, genera una falta de competitividad que repercute directamente en su desarrollo, eficiencia y calidad, y que también somete al sector a un importante riesgo sistémico. Ello no ha sido así



La norma debería tener el mismo objetivo de la reforma europea: favorecer la desconcentración del mercado”

con esta ley, por lo que hemos perdido la oportunidad de introducir medidas para favorecer el desarrollo de los pequeños y medianos auditores, y lo que es peor, la normativa ha introducido requerimientos más exigentes tanto para las auditorías que no son de interés publico, como para los pequeños y medianos auditores. No se puede afirmar que la ley no refuerce la independencia, no contribuya a una mayor calidad de la auditoría o no haya introducido mejoras, pero también hemos de decir que muchas de ellas han sido consecuencia de propuestas concretas efectuadas por parte del sector. Por otro lado, lo que sí es evidente es que hay una gran cantidad de aspectos mejorables o no resueltos, como son las exigen-