UAJMS - FCIB - Carrera de Comercio Internacional Segundo Semestre /13
Materia: Comercio Internacional II Docente: Lic. Rubén Ponce Vergara
TEMA Nº 1 DOTACION DE FACTORES Y LA TEORIA DE HECKSCHER – OHLIN 1.1.
GENERALIDADES.
Las teorías del comercio internacional son síntesis científicas que intentan explicar el funcionamiento del comercio internacional en un escenario, podemos decir, ideal. Existen 6 principales teorías del comercio internacional: La ventaja absoluta: Sostiene que los países tienen diferentes capacidades de producir bienes con eficiencia. Debido a esas diferencias, un país debe especializarse en producir y exportar bienes en las que sea eficiente, e importar aquellos en los que otro país sea eficiente en su producción. La ventaja comparativa: De acuerdo con esta teoría, es conveniente que un país se especialice en los bienes que produzca con más eficiencia y compre a otros países lo que produce con menos eficiencia, aunque esto signifique comprar a otros países bienes que el mismo podría producir con más eficiencia. Modelo Hecksher Ohlin: Este modelo comercial establece que las ventajas comerciales obedecen a una dotación de factores, diferentes en cada país. Así, las naciones están dotadas de diversos factores y esa diversidad de factores explica las diferencias en los costos de producción de un bien; cuanto más abunda un factor, resulta más barato producir un bien. Diamante de Michel Porter: El modelo pretende ir más allá de las explicaciones dadas por la teoría de la ventaja comparativa y el modelo HO. El modelo de Porter intenta explicar que esas ventajas comerciales que tienen algunos países sobre otros va mas allá de la productividad y la dotación de factores. El modelo explica que también intervienen factores de competitividad que hacen que un país sea más eficiente que otro. Ciclo de vida del producto: Esta teoría afirma que en los esquemas comerciales, influye el lugar donde se introducen nuevos productos. Nueva teoría del comercio internacional: La nueva teoría del comercio afirma que gracias al comercio, una nación se especializa en aquellos bienes en los que logra una economía de escala, disminuyendo así sus costos de producción. Al mismo tiempo, adquiere o importa aquellos bienes en los que no logra una economía de escala. Las Teorías Del Comercio Internacional son importantes para las empresas, sobre todo porque les ayuda a decidir donde establecer sus diversas actividades productivas. La teoría clásica del comercio internacional desarrollada durante la segunda mitad del siglo XVIII y el siglo XIX por economistas célebres como Smith, Ricardo y Mill, había conseguido explicar el modelo del comercio a partir de la diferencia en la productividad del trabajo (único factor considerado) entre las naciones. Sin embargo, no fueron 1
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capaces de explicar el origen de tal diferencia en las productividades nacionales, salvo ciertas diferencias climáticas. El origen de la ventaja comparativa, es decir, la causa de que los costes relativos fueran diferentes en los distintos países estaba por resolver. En 1919, Eli Heckscher, historiador y economista sueco, desarrolló la idea original de lo que vendría a ser la teoría moderna del comercio internacional. La publicó en un artículo, que fue casi olvidado hasta que lo retomó Bertil Ohlin (1933), economista sueco y antiguo alumno de Heckscher. Aquella idea dio lugar a un desarrollo más amplio y profundo desembocando en lo que se conoce hoy en día como Teoría Heckscher-Ohlin (H-O) y que fue publicada en el famoso libro de Ohlin “Comercio interregional e internacional”. 1.2.
EL MODELO DE UNA ECONOMÍA CON DOS FACTORES.
Dos economistas de origen sueco, ELI HECKSCHER y BERTIL OHLIN, fueron los que elaboraron un modelo matemático de equilibrio general del comercio internacional, tomando como base explicativa, el concepto de ventaja comparativa de Ricardo y buscando superar las críticas que se le hacían al modelo clásico básico de la ventaja comparativa y a la vez tratar de responder a las siguientes preguntas: i. ¿Cómo se determina la ventaja comparativa de un país, es decir cuáles son sus causas? ii. ¿Cómo la ventaja comparativa puede cambiar con el tiempo? iii. ¿Cómo el comercio internacional puede afectar el tamaño de varias industrias de una economía? iv. ¿Cómo el comercio internacional pueden afectar las retribuciones de los factores de producción? v. ¿Cómo el comercio internacional puede no resultar beneficioso para todos dentro de la economía de un país? El papel que desempeñan las diferentes dotaciones de recursos naturales de los países – y su distribución geográfica desigual – reviste una importancia fundamental para explicar el comercio internacional. La teoría tradicional del comercio hace hincapié en que las diferencias en la dotación de los factores inducen a los países a especializarse, y a exportar determinados bienes o servicios en los que tienen una ventaja comparativa. Este proceso permite una asignación más eficiente de los recursos, lo que a su vez da lugar a un aumento del bienestar social mundial, es decir, los “beneficios del comercio”. Las diferencias relativas de las dotaciones de recursos de los países son fundamentales para la versión normal de la teoría del comercio internacional de Heckscher-Ohlin. Según ésta, un país exportará el bien cuya producción exija la utilización intensiva del factor relativamente abundante (y por tanto barato) del país, e importará el bien para cuya producción se necesite la utilización intensiva del factor relativamente escaso (y por tanto caro) del país. Esto incluye los casos en que el recurso natural se exporta directamente (tras una elaboración mínima), en lugar de ser utilizado como insumo para otro bien que se venda más tarde en los mercados internacionales.
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La idea central son los factores de producción disponibles en una economía, que al ser empleados plenamente para producir bienes dan origen a las diferencias de productividad entre los países y a las diferencias de precios relativos de los bienes. La ventaja comparativa en la producción de un bien que tiene un país, puede deberse a la INTERACCIÓN entre los factores de producción disponibles y la tecnología de producción, que indica las proporciones en las que se deben combinar esos factores disponibles. Consecuencia de esta interacción dos conceptos son centrales para comprender el modelo: i. LA INTENSIDAD FACTORIAL: la intensidad con que los factores son requeridos o empleados en cada actividad productiva, establecida por la tecnología. ii. LA ABUNDANCIA FACTORIAL: la cantidad de factor que posee cada economía. De este modo: i. los bienes se diferencian entre sí por la mayor o menor cantidad de factores que se requiere en su producción. ii. los países difieren en sus dotaciones de factores. Así un país tiende a producir en forma comparativamente más barata aquellos bienes, que requieran una utilización más intensiva del factor abundante. El Modelo H-O con dos factores Condiciones básicas 1.-La economía produce dos bienes: telas (en metros) y alimentos (en calorías) 2.-La producción requiere de dos factores: trabajo (en horas) y tierra (hectá) 3.-la tecnología de producción es de coeficientes fijos 4.-La producción de telas es trabajo intensiva y la de alimentos es tierra intensiva Veamos las siguientes expresiones aTC=hectáreas de tierras requeridas por metro de telas aLC=horas de trabajo requeridas por metro de tela aTA=hectáreas de tierra requeridas por caloría de alimentos aLA=horas de trabajo requeridas por calorías de alimentos L= oferta de trabajo de la economía T= oferta de tierras de la economía Por ende, las dotaciones de recursos naturales inmóviles y escasos pueden ofrecer una ventaja comparativa que oriente la estructura del comercio internacional. En consonancia con esta teoría, Leamer (1984) constata que la abundancia relativa de petróleo da lugar a exportaciones netas de petróleo crudo y la abundancia de carbón y minerales da lugar a exportaciones netas de materias primas. Trefler (1995) obtiene resultados similares respecto del comercio de bienes con alta intensidad de recursos.
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La teoría de Heckscher-Ohlin se ha modificado y ampliado con la introducción de otros factores distintos de las dotaciones de recursos, como los costos de transporte, las economías de escala y la política gubernamental1, que también influyen en la ventaja comparativa. Por ejemplo, la distancia de los mercados mundiales puede ser un factor decisivo cuando se trate de un recurso natural voluminoso, como el gas natural, y cuando los costos de transporte sean elevados. Los insumos complementarios, como la tecnología, el capital y la mano de obra especializada, revisten también importancia cuando un sector de recursos naturales se caracteriza por procesos de extracción difíciles o técnicamente complejos. También se ha observado que variables como la educación, la infraestructura y las instituciones afectan a la estructura sectorial del comercio de recursos naturales (Lederman y Xu, 2007). Un país con abundancia de recursos tenderá a exportar recursos a países con una abundancia relativa de capital y mano de obra especializada y a importar a su vez productos con alta intensidad de capital únicamente si se dan estos otros factores determinantes de la ventaja competitiva (Davis, 2009). En síntesis, las dotaciones de recursos naturales pueden ser una condición necesaria pero no suficiente para la exportación de recursos o de bienes con alta intensidad de recursos. 1.3. LOS EFECTOS DEL COMERCIO ECONOMÍAS DE DOS FACTORES.
INTERNACIONAL
ENTRE
Una vez esbozada la estructura de la producción de una economía de dos factores, podemos ver qué ocurre cuando dos economías de ese tipo, nuestro país y el resto del mundo o extranjero, comercian. Como siempre, EEUU y el extranjero son similares en muchos aspectos. Tienen los mismos gustos y por tanto idénticas demandas relativas de alimento y tela cuando se enfrentan a los mismos precios relativos de los dos bienes. También tienen la misma tecnología: una cantidad dada de tierra y trabajo producen la misma producción de tela o alimento en los dos países. La única diferencia entre los
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países está en sus recursos: EEUU tiene una mayor ratio entre trabajo y tierra que el resto del mundo. Precios relativos y patrón de comercio Dado que EEUU tiene una relación entre trabajo y tierra mayor, que el extranjero, EEUU es trabajo-abundante y el extranjero tierra-abundante. Obsérvese que la abundancia se define en términos de ratio y no en cantidades absolutas. Si Estados Unidos tiene 80 millones de trabajadores y 200 millones de hectáreas, mientras el Reino Unido tiene 20 millones de trabajadores y 20 millones de hectáreas, consideramos el Reino Unido abundante en trabajo aun a pesar de que tiene menos trabajo total que Estados Unidos. La «abundancia» es siempre definida en términos relativos, mediante la comparación de la ratio entre trabajo y tierra en los dos países, por lo que ningún país es abundante en todo. Puesto que la tela es el bien trabajo-intensivo, la frontera de posibilidades de producción de nuestro país en relación a la del extranjero está más desplazada hacia afuera en la dirección de la tela que en la dirección de los alimentos. Así, permaneciendo todo lo demás igual, nuestro país tiende a producir una mayor relación entre tela y alimentos. Puesto que el comercio lleva a la convergencia de los precios relativos, una de las cosas que será igual es el precio de la tela en relación al de los alimentos. Ya que los países difieren en la abundancia de sus factores, dada una ratio entre el precio de la tela y el de los alimentos, nuestro país producirá una mayor ratio entre tela y alimentos que el extranjero: nuestro país tendrá una mayor oferta relativa de tela. Por tanto, la curva de la oferta relativa de nuestro país se sitúa a la derecha de la del resto del mundo. Las funciones de oferta relativa de nuestro país (OR) y del extranjero (OR*) se ilustran en la Figura. La curva de demanda relativa, que suponemos que es la misma para ambos países, es DR. Si no hubiera comercio internacional, el equilibrio para EEUU se situaría en el punto 1 y el equilibrio para el resto del mundo en el punto 3. Es decir, en ausencia de comercio el precio relativo de la tela sería menor en nuestro país que en el extranjero. Cuando EEUU y el extranjero comercian entre sí, sus precios relativos convergen. El precio relativo de la tela aumenta en nuestro país, se reduce en el resto del mundo y se establece un nuevo precio relativo mundial de la tela en algún punto entre los precios relativos anteriores al comercio, por ejemplo el punto 2. En EEUU, el incremento del precio relativo de la tela conduce a un incremento en la producción de tela y a una reducción de su consumo relativo; por tanto se convierte en exportador de tela e importador de alimentos. Por el contrario, el descenso en el precio relativo de la tela en el resto del mundo le conduce a convertirse en un importador de tela y exportador de alimentos. Para resumir lo que hemos aprendido sobre el patrón de comercio: EEUU tiene una ratio entre trabajo y tierra más alta que el resto del mundo, es decir, es abundante en trabajo y el resto del mundo es abundante en tierra. La producción de tela utiliza una ratio entre trabajo y tierra más alta que la de alimentos, es decir, la tela es trabajo-intensiva y los alimentos tierra-intensivos. EEUU, el país trabajo-abundante, exporta tela, el bien 5
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trabajo-intensivo; el resto del mundo, el país tierra-abundante, exporta alimentos, el bien tierra-intensivo. La conclusión general es: los países tienden a exportar los bienes cuya producción es intensiva en los factores en los que están dotados de forma más abundante. Precio relativo de tela PC/PA
OR* OR
DR
Cantidad relativa de tela QC + Q*C QA+Q*A
Figura 4-8. EL COMERCIO CONDUCE A UNA CONVERGENCIA DE PRECIOS RELATIVOS En ausencia de comercio el equilibrio de nuestro país se situaría en el punto 1, donde la oferta relativa, OR, corta a la curva de demanda relativa, DR. Análogamente, el equilibrio del extranjero se situaría en el punto 3. El comercio lleva a un precio relativo mundial que se sitúa entre los precios anteriores al comercio, por ejemplo, en el punto 2. 1.4.
EVIDENCIAS EMPÍRICAS DEL MODELO DE HECKSCHER Y OHLIN.
La prueba empírica pionera del modelo H-O fue realizada por Wassily Leontief (premio Nóbel en 1973) con datos de Estados Unidos correspondiente al año 1947, siendo publicada en 1953. Este famoso estudio, conocido como “La paradoja de Leontief”, provocó un importante debate con sus correspondientes contrastes empíricos que ha llegado hasta nuestros días. No era para menos, era la mayor prueba de la evidencia contraria a la teoría de las proporciones factoriales de H-O. 6
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Cuando Leontief decidió contrastar la teoría H-O con datos del comercio estadounidense de 1947, en realidad contrastó dos proposiciones en el mismo estudio. Primero, que la teoría H-O era correcta y por tanto, que los países exportaban aquellos productos que utilizaban intensivamente los factores en los que eran relativamente abundantes, e importaban los que utilizaban esos factores de forma menos intensiva. Segundo, que EEUU era la nación mas abundante en capital (K) del mundo, y por tanto, este era su factor abundante en su relación con los países con los que comerciaba. Algo que era generalmente asumido. Leontief, como economista que era, esperaba encontrar, de la conjunción de ambas proposiciones, que EEUU exportara mercancías intensivas en capital (K) y que importara mercancías intensivas en trabajo (L). Sin embargo, lo que realmente concluyó en su investigación fue que las exportaciones de EEUU eran menos intensivas en capital que sus importaciones. Leontief empleó la matriz de insumo-producto de la economía estadounidense para calcular la cantidad de trabajo y capital en una muestra representativa de exportaciones y de bienes producidos, que competían con las importaciones, de 1947. Esta solución, adoptada por Leontief, ante la dificultad de conocer las proporciones factoriales (K/L) de las importaciones (bienes producidos en el resto del mundo), sustituyéndolas por la proporción factorial de los bienes que competían con dichas importaciones, seguía un razonamiento correcto si el modelo H-O se sostenía. Leontief también excluyó las importaciones no competitivas, es decir, aquellos productos que no se producían en EEUU, como café, té o plátanos. Los resultados de Leontief fueron sorprendentes. Cada millón de dólares de exportaciones incorporaba más cantidad de trabajo y menos de capital, que cada millón de dólares de importaciones (bienes que compiten con ellas). Exactamente, éstas eran un treinta por ciento más intensivas en capital que sus exportaciones. Este porcentaje lo obtenía del índice de intensidad comparativa K/L que resultó ser de 1,30 para los datos de 1947. Esto era lo opuesto a lo que cabía esperar según el modelo H-O que preveía índices por debajo de la unidad, para un país como Estado Unidos. Sin embargo, Estados Unidos, el país más abundante en capital (K) en el mundo, exportaba bienes intensivos en trabajo (L) e importaba bienes intensivos en capital (K). De ahí la consideración de paradoja de Leontief. Leontief intentó explicar el resultado inesperado en su estudio desde perspectivas que otros autores asumieron como inaceptables, como la distinta preferencia de la demanda de Estados Unidos, que estudios posteriores invalidaron (Houthakker, 1957). Leontief recibió críticas de índole metodológico. Así, Ellsworth (1954) argumentó que la utilización de la relación capital-trabajo (K/L) para la producción de las importaciones competitivas no era apropiada, y que la relación existente en el resto del mundo para la 7
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producción de tales importaciones, que era mucho más baja que la utilizada por Leontief, era, en su opinión, la que debía utilizarse para establecer la comparación con la relación K/L de las exportaciones de Estados Unidos. Una vía explicativa de la paradoja surgió de críticas de índole estadística, argumentando que el año elegido para el estudio, 1947, era un año atípico, demasiado cercano a la Segunda Guerra Mundial, como para ser representativo. Para acallar las críticas, Leontief, repitió su estudio (1956) con datos del comercio de Estados Unidos de 1951. En este caso, el índice de intensidad comparativa K/L fue de 1,06. Por tanto, Leontief había reducido, pero no eliminado, la paradoja. Esta, sin embargo, se eliminaba dichas importaciones, seguía un razonamiento correcto si el modelo H-O se sostenía. Leontief también excluyó las importaciones no competitivas, es decir, aquellos productos que no se producían en EEUU, como café, té o plátanos. Los resultados de Leontief fueron sorprendentes. Cada millón de dólares de exportaciones incorporaba más cantidad de trabajo y menos de capital, que cada millón de dólares de importaciones (bienes que compiten con ellas). Exactamente, éstas eran un treinta por ciento más intensivas en capital que sus exportaciones. Este porcentaje lo obtenía del índice de intensidad comparativa K/L que resultó ser de 1,30 para los datos de 1947. Esto era lo opuesto a lo que cabía esperar según el modelo H-O que preveía índices por debajo de la unidad, para un país como Estado Unidos. Sin embargo, Estados Unidos, el país más abundante en capital (K) en el mundo, exportaba bienes intensivos en trabajo (L) e importaba bienes intensivos en capital (K). De ahí la consideración de paradoja de Leontief. Leontief intentó explicar el resultado inesperado en su estudio desde perspectivas que otros autores asumieron como inaceptables, como la distinta preferencia de la demanda de Estados Unidos, que estudios posteriores invalidaron (Houthakker, 1957). Leontief recibió críticas de índole metodológico. Así, Ellsworth (1954) argumentó que la utilización de la relación capital-trabajo (K/L) para la producción de las importaciones competitivas no era apropiada, y que la relación existente en el resto del mundo para la producción de tales importaciones, que era mucho más baja que la utilizada por Leontief, era, en su opinión, la que debía utilizarse para establecer la comparación con la relación K/L de las exportaciones de Estados Unidos. Una vía explicativa de la paradoja surgió de críticas de índole estadística, argumentando que el año elegido para el estudio, 1947, era un año atípico, demasiado cercano a la Segunda Guerra Mundial, como para ser representativo. Para acallar las críticas, Leontief, repitió su estudio (1956) con datos del comercio de Estados Unidos de 1951. En este caso, el índice de intensidad comparativa K/L fue de 1,06. Por tanto, Leontief había reducido, pero no eliminado, la paradoja. Esta, sin embargo, se eliminaba totalmente, si el modelo de dos factores (K y L) sólo se aplicaba a sectores de actividad en los que otros factores como los recursos naturales (tierra, clima, etc.) no eran fundamentales. Efectivamente, si se excluían sectores intensivos en recursos naturales, la paradoja desaparecía. Concretamente, en aquel estudio se obtenía un índice de 0,88. 8
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Sin embargo, fueron los estudios de Kravis (1956, 1956b), Kenen (1965), Keesing (1966) y Baldwin (1971) los que dieron una explicación mucho más importante a la paradoja de Leontief, al incorporar el enfoque del capital humano. Leontief había incluido en su medida de capital, solamente el capital físico, ignorando el capital humano; y sin ni siquiera distinguir entre recurso humano y capital humano. Kravis, a través de dos estudios (1956, 1956b), argumentó correctamente que la razón, de que los sectores industriales exportadores tuvieran unos salarios un quince por ciento superior a los sectores industriales competidores de las importaciones, estaba relacionada con la mayor productividad y capital humano de aquéllas. Además descubrió que las industrias más protegidas de Estados Unidos eran las intensivas en trabajo (L). Esto desviaba el patrón de comercio y reducía la intensidad de trabajo de los bienes que competían con las importaciones. Por tanto, la política arancelaria de Estados Unidos sesgaba el estudio de Leontief. Por tanto, los contradictorios resultados de los contrastes de la teoría de las proporciones factoriales de H-O, impide considerarla como una teoría generalmente aceptada que sirva como modelo de equilibrio general del comercio internacional. De hecho, aunque esta teoría ha venido disfrutando de mayor aceptación en el mundo académico, en la actualidad, se da una creciente tendencia a retomar la teoría ricardiana, fundamentada en los diferenciales de productividad, como la que mejor explica el actual sistema internacional de comercio. Al fin y al cabo, el modelo ricardiano realiza mejores predicciones y los resultados de sus contrastes son más satisfactorios que los obtenidos por el modelo H-O. Esta cuestión (el contraste empírico), hoy absolutamente, prioritaria en las investigaciones y, sobre todo, en su evaluación, ha retraído la posición dominante del modelo H-O, aunque permitiera el tratamiento simultaneo de los temas de la distribución de la renta y del patrón de comercio. Por tanto, como afirman Krugman y Obstfeld (2002), el modelo que realiza mejores predicciones es demasiado limitado para otros propósitos (modelo ricardiano), mientras que, por ahora, hay fuertes evidencias contra el modelo puro de Heckscher- Ohlin, salvo cuando se aplica a determinadas relaciones comerciales en las que su validez parece mayor como es el caso del comercio Norte-Sur en manufacturas (comercio caracterizado por una intensidad de factores de las importaciones del Norte muy distinta a la de sus exportaciones y viceversa).
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TEMA Nº 2 POLÍTICA COMERCIAL INTERNACIONAL 2.1. 2.2. 2.3. 2.4.
El análisis básico del arancel. Los costos y los beneficios de un arancel. Otros instrumentos de política comercial. La política comercial en los países en vías de desarrollo. 2.4.1. Industrialización mediante la sustitución de importaciones 2.4.2. Los problemas de la economía dual 2.4.3. Industrialización orientada a la exportación
2.1.
EL ANÁLISIS BÁSICO DEL ARANCEL.
Históricamente, el arancel ha sido el tipo de restricción más importante. Un arancel es un impuesto o gravamen aduanero fijado sobre la mercancía objeto de intercambio conforme cruza una frontera nacional. Un arancel de importación es un gravamen sobre la mercancía importada, mientras que un arancel de exportación es un gravamen sobre la mercancía exportada. Los aranceles de exportación lo aplican con frecuencia en los países en desarrollo a sus exportaciones tradicionales para obtener un mejor precio y recaudar recursos. Las naciones en desarrollo se apoyan mucho en los aranceles de exportación para captar recursos por su facilidad de recaudación. Por su parte, los países industriales invariablemente imponen aranceles u otro tipo de restricciones comerciales a algunas de sus industrias. Los aranceles pueden ser ad valorem, específicos o mixtos. El arancel ad valorem se expresa como un porcentaje fijo de valor de la mercancía intercambiada. El arancel específico se expresa como una cantidad fija por unidad física de la mercancía intercambiada. Finalmente, un arancel mixto es una combinación de un arancel ad valorem y de uno específico. Por ejemplo, un arancel de 10 por ciento ad valorem aplicado a bicicletas resultaría en el pago a las autoridades aduaneras de $10 por cada $100 de bicicletas importadas, y de $20 sobre cada $200 de bicicletas importadas. Por otra parte, un arancel específico de $10 sobre bicicletas significa que las autoridades aduaneras recaudan la cantidad fija de $10 por cada bicicleta importada, independientemente de su precio. Finalmente, un gravamen mixto de 5 por ciento ad valorem y uno específico de $10 a las bicicletas importadas daría como resultado una recaudación por parte de las autoridades aduaneras de $15 por cada bicicleta de $100 y $20 por cada bicicleta importada de $200. Los Estados Unidos se sirven del arancel ad valorem y el específico con similar frecuencia, mientras que los países europeos dependen casi solo de los aranceles ad valorem.
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En general, los aranceles han disminuido en las naciones industriales desde la Segunda Guerra Mundial, y en la actualidad promedian menos de 10 por ciento en el sector de bienes manufacturados. Sin embargo, el intercambio de mercancías agrícolas está todavía sujeto a barreras arancelarias relativamente altas. El análisis de equilibrio parcial de un arancel es más apropiado cuando una nación pequeña impone un gravamen sobre importaciones que compiten con la producción de una pequeña industria nacional. Entonces el arancel no afectará ni a los precios mundiales (porque la nación es pequeña) ni al resto de la economía (ya que la industria no es grande). OFERTA DEMANDA Y COMERCIO EN UNA SOLA INDUSTRIA Supuestos: Supongamos que hay dos países (nuestro país y el extranjero). Cada país consume y produce trigo; no hay coste de transporte. En cada país el trigo es una industria competitiva. Supongamos que sin comercio el precio del trigo en nuestro país es mayor que en el extranjero. o Se importará trigo, con lo cual el precio del trigo en el extranjero subirá y en nuestro país bajará, hasta que los precios sean iguales. Para hallar el precio mundial y la cantidad intercambiada, se utilizan dos curvas: La demanda de importaciones de nuestro país: Muestra la cantidad máxima de importaciones que queremos consumir según el precio del trigo. Es el exceso de demanda: DM = D(P) - O(P).
La oferta de exportaciones del extranjero: Muestra la cantidad máxima de exportaciones que el extranjero es dispuesto a exportar según el precio del trigo. Es el exceso de oferta: OX = O*(P*) - D*(P*)
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Efectos de un arancel: Supongamos que dos países grandes comercian entre sí. Supongamos que nuestro país pone un arancel de 2€ sobre cada saco de trigo. Los comerciantes no transportarán trigo a no ser que la diferencia de precios entre los dos mercados sea de, al menos, 2€.
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Sin arancel, el precio mundial será el precio vigente en ambos países.
Con un arancel, el precio del trigo sube hasta PT en nuestro país y baja en el extranjero hasta PT* = PT - t, hasta que la diferencia se de t € (el arancel). En EEUU hay más oferta y menos demanda.Entonces la demanda de importación baja. En el extranjero hay menos oferta y la demanda aumenta. Entonces la oferta de exportación baja. La cantidad total de trigo intercambiado bajará.
El aumento del precio en EEUU es menos que el arancel, porque una parte del arancel se refleja en una disminución del precio del bien exportado (por el extranjero). Si el país de analisis es un país pequeño, el precio de exportación no se verá afectado y, por tanto, el aumento del precio interior será igual al arancel. 2.2.
LOS COSTOS Y LOS BENEFICIOS DE UN ARANCEL.
Un arancel aumenta el precio del bien en el país importador y lo baja en el país exportador. En consecuencia:
Los consumidores en el país importador pierden (y en el país exportador ganan). Los productores en el país importador ganan (y en el país exportador pierden). El gobierno del país importador aumenta sus ingresos.
Para comparar los costes y los beneficios se mira al excedente del consumidor y del productor.
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2.3.
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OTROS INSTRUMENTOS DE POLÍTICA COMERCIAL
SUBSIDIOS Un subsidio es una asistencia financiera gubernamental a un producto nacional. Los subsidios toman muchas formas, que incluyen donativos en efectivo, prestamos de bajo interés, concesiones fiscales y la participación del capital gubernamental en firmas nacionales. Al reducir los costos, los subsidios ayudan a los productores en dos formas: lo ayudan a competir frente a las importaciones extranjeras baratas y los ayudan a ganar mercado de importación. Las principales ganancias de los subsidios corresponden a los productos nacionales, cuya competitividad internacional se ve incrementada como resultado. Pero los subsidios deben pagarse. Generalmente el pago se hace a través de la exigencia de impuestos. Por lo que, si los subsidios generan beneficios capaces de exceder los costos es una hipótesis que debe debatirse. En la practica muchos subsidios no san tan exitosos en el incremento de la competitividad internacional de los productores nacionales, pues tienden a proteger la ineficacia, en lugar de promover la eficiencia. CUOTAS A LA IMPORTACION Una cuota de importación es una restricción directa sobre la cantidad que de un bien puede importar un país. La restricción normalmente se hace cumplir mediante la expedición de licencias de importación para un grupo de individuos o firmas. Existe un híbrido común entre las cuotas y los aranceles, conocido como el arancelcuota en el que se aplica un arancel más bajo a las importaciones que no superan cierta cuota, lo que no sucede con las que la superan. Las cuotas no benefician a los consumidores. Las utilidades adicionales que perciben los productores cuando la oferta se limita artificialmente mediante una cuota de importación se conocen como las rentas de las cuotas. Como los precios de los bienes se incrementan, los sectores presionan al gobierno para poder mantener dichas utilidades. RESTRICCIONES VOLUNTARIAS A LA EXPORTACION Una variante de las cuotas de importación son las restricciones voluntarias de exportación (RVE). Esta es una cuota que el país exportador impone, generalmente como producto de la solicitud que de ella hace el gobierno del país importador. Los productores extranjeros aceptan las RVE, ya que , de no hacerlo, podrían desencadenarse aranceles o cuotas de importación punitivas que causaran un daño mucho mayor. Estar de acuerdo con una RVE se considera una manera de salir librado lo mejor posible de una mala situación al mitigar las presiones proteccionistas en un país. 15
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Como los aranceles y subsidios, tanto las cuotas de importación como las RVE benefician a los productores nacionales. Una cuota de importación o una RVE siempre eleva el precio nacional de un bien importado. REQUISITOS DE CONTENIDO NACIONAL Este establece que cierta fracción especifica de un bien se produzca dentro del país. Las regulaciones de contenido nacional han sido ampliamente utilizadas por países en vías de desarrollo, como un dispositivo para cambiar su practica de manufactura de simple ensamble de productos cuyas partes son fabricadas en otro lugar, a la producción local de componentes. Los paises que aplican esta politica buscan proteger sus fuentes de trabajo e industrias de la competencia foránea. De manera reciente, la cuestión del contenido nacional ha sido adoptada por varios países desarrollados como EE.UU. Para un productor nacional de partes y componentes, las regulaciones de contenido nacional proveen protección de la misma manera en que una cuota de importación lo hace, es decir, limita a la competencia extranjera. Los efectos económicos también son los mismos. POLITICAS ANTIDUMPING El dumping se define como la venta de bienes en un mercado extranjero a un menor costo que el de producción, o bien como la venta de bienes en un mercado extranjero el precio por debajo del valor "justo" del mercado. Las practicas dumping se consideran como un método mediante las firmas liberan su producción excesiva en los mercados extranjeros. Las políticas antidumping, son regulaciones diseñadas para castigar a las firmas extranjeras que se dedican a inundar el mercado con productos a bajo precio (dumping) y proteger, por lo tanto, a los productores nacionales de una competencia extranjera desventajosa. Aunque las políticas antidumping varían en cierta medida, la mayoría es similar a la política de EE.UU. POLITICAS ADMINISTRATIVAS Las políticas administrativas de comercio son regulaciones burocráticas diseñadas para restringir los niveles de importación. Consisten en imponer trámites aduaneros de una gran complejidad para retrasar y encarecer el comercio internacional. Los japoneses utilizan este tipo de barreras comerciales, el arancel formal y las barreras no arancelarias de Japón se encuentran en la restricción mas baja del mundo. Sin embargo, los críticos afirman que las barreras administrativas informales en relación con las importaciones, exceden cualquier compensación. Un ejemplo de ello lo constituyen los bulbos de tulipán; los países bajos exportan bulbos de tulipán prácticamente a cada país, en el mundo, con excepción de Japón, debido a que los inspectores de aduanas revisan cada bulbo partiéndolo verticalmente por la mitad. 16
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2.4. LA POLÍTICA COMERCIAL DESARROLLO.
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EN LOS PAÍSES
EN VÍAS
DE
Los países en vías de desarrollo son aquellos países con baja renta per cápita (según la clasificación del Banco Mundial). – Sudeste asiático, China, resto de Asia (India,...) – América del Sur – Africa sub-sahariana, resto de Africa Un grupo de economistas, liderado por R. Prebisch (CEPAL, UNCTAD/CNUCED) y H. Singer, argumento que los países productores y exportadores de materias primas se enfrentaban a un declive de su relación real de intercambio (ratio precio de las exportaciones y importaciones). Aplican diversas Políticas destinadas a fomentar la industrialización. ¿Cuál es el efecto de exportar una materia prima cuyo precio es alto? ¿A corto plazo? ¿A largo plazo? ¿Por qué? En términos de precios, ¿cuál es la situación hoy? 2.4.1. INDUSTRIALIZACIÓN IMPORTACIONES
MEDIANTE
LA
SUSTITUCIÓN
DE
Muchos países en vía de desarrollo, sobre todo en América Latina, persiguieron políticas de industrialización basadas en la sustitución de las importaciones (ISI). Tres posibles justificaciones: – Riesgo de un declive secular en la relación real de intercambio de los exportadores de productos primarios. – La propia experiencia de los países ricos en términos de política comercial. – La alta correlación entre nivel de renta per capita y grado de industrialización. EL ARGUMENTO DE LA INDUSTRIA NACIENTE – Los gobiernos deberían apoyar a las nuevas industrias, hasta que tengan fuerza suficiente para enfrentarse a la competencia internacional. – Así aranceles y cuotas son medidas transitorias para permitir la industrialización del país – De hecho, EEUU, Alemania y Japón tuvieron altas tasa arancelarias en manufacturas cuando iniciaron su industrialización – Hay problemas con esta idea:
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• No siempre es buena idea intentar desplazarse hoy hacia industrias que tendrán ventaja comparativa en el futuro: fuertes ineficiencias a corto plazo sin saber beneficios a largo plazo. • La protección no es buena a menos que la propia protección ayude a hacer la industria competitiva. Pero generalmente la protección no estimula la competencia doméstica. – Es necesario justificar este argumento a partir de la presencia de fallos de Mercado • Imperfecciones en el mercado de capitales (carencia de instituciones financieras que permitan canalizar el ahorro de los sectores tradicionales hacia nuevos sectores). La solución es aumentar los beneficios a corto plazo de las empresas de algunas industrias para permitir un crecimiento más rápido. • Apropiabilidad (empresas en una industria nueva generan beneficios sociales por los que no son compensados). Sin protección la iniciativa privada no querrá entrar. – Problemas: • Los fallos de mercado se aplican tanto a industrias maduras como a industrias nacientes. • Difícil evaluar que industrias justifican un trato especial, y hay riesgos de que una política que intente promover el desarrollo acabe siendo presa de ciertos intereses. • Medida muy costosa a corto plazo con inciertos beneficios a largo plazo: ¿por cuánto tiempo? 2.4.2. LOS PROBLEMAS DE LA ECONOMÍA DUAL Un problema grave de los Paises en Vias de Desarrollo es: la convivencia dentro del país de un sector relativamente moderno, capital intensivo y con elevados salarios, junto a una agricultura tradicional muy pobre. EL DUALISMO ECONÓMICO – El valor de la producción es mucho más elevado en el sector moderno que en el resto de la economía. Los diferenciales de precios entre bienes de manufacturas y productos agriculturas son abultadísimos; hasta de quince a uno. – Esto se traduce en diferenciales de salario muy altos (diez a uno) El dualismo se manifiesta a través de la co-existencia de “dos economías dentro un país”. – Un sector con productividad y salarios bajos, con poco capital: en general, el mundo rural y la agricultura. 18
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– Un sector con productividad, intensidad en capital, y salarios más altos: en general, el mundo urbano y la industria. Partiendo de esta observación, se ha justificado políticas destinadas a favorecer el sector industrial. En la práctica, estas políticas se han financiado a coste de la agricultura y del mundo rural (donde siguen viviendo la mayoría de los pobres). DUALISMO ECONÓMICO, COMERCIAL
DESEMPLEO
URBANO
Y
POLÍTICA
El argumento de las diferencias salariales. Dualismo económico es señal de que los mercados no funcionan eficientemente. Si los mercados (especialmente el mercado laboral) funcionaran eficientemente los diferenciales de salario no serían tan dispares. Cuando los mercados funcionan mal puede haber un argumento de fallo de mercado para alejarse del libre comercio y justificar la protección del sector manufacturero. El modelo de Harris y Todaro (migración rural y desempleo urbano). La política comercial puede estar reforzando el sostenimiento de la economía dual y el desempleo urbano • La sustitución de importaciones favorece el desarrollo de ciertas manufacturas. • Los altos salarios en el sector moderno reflejan el poder de monopolio de los sindicatos de las industrias que están protegidas frente a la competencia externa por aranceles o cuotas de importaciones. • Si el comercio fuera más libre, los salarios industriales serían menores y los salarios agrícolas mayores. Dualismo y desempleo son agravados por las restricciones a las importaciones. 2.4.3. INDUSTRIALIZACIÓN ORIENTADA A LA EXPORTACIÓN Desde los sesenta, un grupo de países opta por una nueva vía de industrialización: exportar manufacturas hacia los países avanzados. Este grupo de países se conoce como “economías asiaticas de altos resultados (HPAE – high performance asian economies): – Después segunda guerra mundial, Japón – En la década de los sesenta, los cuatro tigres asiaticos, Hong Kong, Taiwan, Corea del Sur y Singapur – En la década de los ochenta, Malasia, Tailandia, Indonesia y China Características – Crecimiento del PIB a tasas medias del 10%. – Economías muy abiertas al comercio internacional (en algunos casos la ratio de X/PIB supera el 100% - HK y Singapur) – Los gobiernos han jugado un papel importante en la promoción del crecimiento 19
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económico: centralismo, fuerte presencia en industrias, sofisticada política comercial. Los economistas parecen estar de acuerdo que hay una correlación positiva entre comercio y crecimiento económico, pero no causal. Las políticas comerciales e industriales no son la razón principal del elevado crecimiento experimentado por las HPAE. Si bien las bajas tasas relativas de protección y las ayudas gubernamentales a ciertos sectores industriales les ayudaron a crecer, son sólo una explicación parcial. Las razones principales del fuerte crecimiento son: • La fuerte inversión productiva (acumulación de stock de capital) gracias a unas altas tasas de ahorro interno. • Un excedente de mano de obra en el campo durante el periodo de industrialización junto a políticas de empleo adecuadas. • Niveles educativos en rápida mejoría. • La Política comercial e industrial ha permitido el crecimiento, pero no lo han causado.
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TEMA Nº 3 LA NUEVA TEORÍA DEL COMERCIO INTERNACIONAL 3.1. 3.2.
Generalidades La política comercial estratégica 3.2.1. El argumento de los subsidios que desplazan beneficios 3.2.2. El problema de las reacciones de otras naciones. 3.2.3. El argumento de las externalidades 3.2.4. Los sectores estratégicos
3.1.
GENERALIDADES
La Nueva Teoría del Comercio Internacional nos dice que el comercio puede originarse por la presencia de economías de escala (o retornos crecientes). Las economías de escala están relacionadas con las ganancias monopólicas, pues suponen una estructura de costos tal que los costos medios son mayores que los costos marginales; esto hace que la producción a gran escala sea mejor debido a que los costos medios decrecen a medida que aumenta la escala de producción (el volumen de bienes producidos). Así, cuando hay economías de escala las empresas grandes tienen ventajas sobre las empresas pequeñas: los mercados tienden a estar dominados por una sola gran empresa (monopolio) o por pocas grandes empresas (oligopolio). En este contexto, las empresas grandes saben que pueden influir en el precio de sus productos. Es evidente, que para realizar el análisis del comercio bajo retornos crecientes no podemos seguir bajo el supuesto de que los mercados son de competencia perfecta, en donde se supone que las empresas son todas iguales en importancia, que son precio-aceptantes y que no existen ganancias derivadas del monopolio. Todo esto hace necesario un nuevo marco teórico que permita analizar la existencia de ganancias monopólicas u oligopólicas, es decir, un contexto en donde los mercados ya no sean perfectos. Entonces, el análisis del comercio que se genera por la presencia de retornos crecientes o economías de escala debe suponer mercados de competencia imperfecta. Existen dos tipos de modelos de comercio internacional en los que las economías de escala y la competencia imperfecta son los principales elementos: los modelos de competencia monopolística y los modelos de mercados oligopólicos. Los modelos de competencia monopolística se basan en dos supuestos principales. El primero es que cada empresa puede diferenciar su producto del de sus rivales, es decir, que existe diferenciación de productos. Esto significa que si su precio es ligeramente 21
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mayor al de su competidor, sus clientes no comprarán inmediatamente el producto de su competidor, ya sea porque conocen la calidad de su producto o por alguna otra razón similar. Este hecho permite que la empresa tenga un monopolio de su producto. El segundo supuesto es que las empresas toman como dados los precios de sus competidores; esto significa que no toman en cuenta el impacto de sus propios precios sobre los precios de sus competidores. Así, una empresa de competencia monopolística, si bien en cierta forma es precio-aceptante (es decir, actúa en forma competitiva), se comporta como monopolista. Podemos ver que la importancia relativa del comercio intraindustrial o del interindustrial dependerá de las semejanzas o diferencias de los países que comercian. Si los países que comercian son similares, las ventajas comparativas serán casi nulas, y por lo tanto el comercio interindustrial será mínimo, mientras que el comercio intraindustrial será dominante. En cambio, si los países son diferentes, las ventajas comparativas serán mayores y con ello el comercio interindustrial. Veamos el concepto de comercio intraindustrial a través de un ejemplo. Supongamos que dos países poseen una industria de calzado. En autarquía, ambos países producen tanto zapatos para damas como zapatos para caballeros. Supongamos que el consumo de zapatos genera bienestar a los individuos y que estos estarían mejor si tuvieran más zapatos. Además, supongamos que si en cada país se produce un sólo tipo de zapato (es decir, si se especializa en un tipo de zapato), se podría producir al mismo costo que antes un mayor número de zapatos de ese tipo. Esto significa que la especialización permite aprovechar economías de escala. Entonces, la posibilidad de especialización para los países sería deseable, pues así, si los individuos de ambos países tuvieran acceso a toda esa mayor gama de productos (pues se producirían más zapatos de cada tipo), estarían mejor que antes en términos de bienestar. La única forma de que los individuos de ambos países puedan obtener zapatos de ambos tipos es a través del comercio. Entonces, la especialización generada por el aprovechamiento de economías de escala genera el comercio entre países. En particular, este tipo de comercio descrito en el ejemplo es de carácter intraindustrial, pues es entre industrias del mismo tipo (calzado), pero se comercian productos distintos (zapatos para damas y para caballeros). Podríamos pensar que la presencia de comercio intraindustrial podría generar incentivos para la integración comercial entre socios comerciales, para poder así obtener mayores beneficios 22
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3.2.
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LA POLÍTICA COMERCIAL ESTRATÉGICA
Se puede definirla como aquella política comercial que un gobierno instrumenta mediante la intervención y la regulación y que va destinada a modificar la interacción estratégica que se produce en determinados sectores entre empresas nacionales y extranjeras en el ámbito internacional. Estas acciones, que suelen instrumentarse a través de la política industrial, intentan favorecer a las empresas nacionales frente a sus rivales extranjeras. Quienes apoyan estas prácticas defienden que, dadas las imperfecciones de los mercados, hay buenos motivos que justifican una política industrial activa. Nos referiremos fundamentalmente a los dos argumentos: los beneficios extraordinarios que aparecen en mercados oligopolísticos con fuertes barreras de entrada y que podrían justificar subsidios a la exportación y la importancia de las externalidades tecnológicas de determinadas industrias que justificarían también un apoyo gubernamental a través de una política industrial. Ambos temas se encuentran íntimamente relacionados por lo que, a pesar de ser tratados en distintos epígrafes, deben ser considerados conjuntamente a la hora de juzgar las ventajas y los inconvenientes de la política industrial activa. También abordaremos las posibles represalias que podrían tomar los gobiernos de otras naciones en respuesta a las políticas comerciales estratégicas llevadas a cabo por un gobierno concreto y los riesgos que esto supone para el desarrollo de los intercambios internacionales. Alrededor de este tema giran muchas de las discusiones a la hora de precisar hasta qué punto resulta conveniente poner en práctica este tipo de políticas, ya que existe la posibilidad de que reaparezca de forma inevitable el temido “fantasma” del proteccionismo. 3.2.1. EL ARGUMENTO BENEFICIOS
DE
LOS
SUBSIDIOS
QUE
DESPLAZAN
Resulta paradójico que el argumento de la política comercial estratégica se asemeje a la justificación clásica del proteccionismo por la “industria naciente. Esto justificaría que el gobierno protegiera la industria naciente del país durante un periodo de tiempo no muy largo, con el fin de que la industria se colocara en igualdad de condiciones para competir (atrajera capitales y acumulase experiencia). A partir de entonces se debía eliminar todo tipo de proteccionismo para aprovechar las ventajas del libre cambio, pero siempre tras este período en el que el gobierno hubiera dado un “empujón” a la nueva industria. En el caso de la política comercial estratégica la idea es bastante similar. Se trata de “dar un empujón” a una empresa nacional, no para colocarla en igualdad de condiciones con 23
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sus competidoras internacionales, sino para que las aventaje, ya que están en juego grandes beneficios (cosa que no ocurría en el caso de la industria naciente donde se suponía competencia perfecta). Lo paradójico es que las “industrias nacientes” de hoy (las que deben ser “empujadas” por la política industrial), son precisamente las de alta tecnología, que cuentan con inmensos recursos. Una vez que la empresa nacional consigue una ventaja inicial podrá mantenerla en el tiempo sobre sus rivales extranjeros gracias a que ya habrá tomado la delantera tecnológica, a las ventajas que se derivan de las economías de escala y a que irá ganando eficiencia a través de la experiencia1. La justificación teórica para este tipo de acciones se fundamenta en la existencia de un fallo de mercado. Al no haber competencia perfecta la “mano invisible” de Adam Smith no funciona, por lo que queda justificada la intervención estatal, y ésta se lleva a cabo mediante la política comercial estratégica. La intervención no resuelve el fallo de mercado, sino que hace que los beneficios caigan del lado de las empresas nacionales en vez de ser apresados por empresas extranjeras. En todo caso los defensores de la política comercial estratégica argumentan que: cualquiera que sea la justificación teórica para conceder el subsidio, es decir, tanto si existe fallo de mercado como si no y tanto si la intervención lo soluciona como si no, si las empresas nacionales no son apoyadas por el gobierno toda la nación se verá perjudicada, porque los gobiernos de otras naciones, pondrán en práctica los subsidios anticipadamente y se apropien de los beneficios. Al hilo de esta última reflexión podemos preguntarnos cómo reaccionarán los gobiernos de otras naciones ante políticas comerciales estratégicas agresivas. ¿Tomarán represalias? Y, considerando que es preferible tener una relación cordial con aquellos países con los que se comercia, ¿hasta que punto compensa llevar a cabo dichas políticas? 3.2.2. EL PROBLEMA DE LAS REACCIONES DE OTRAS NACIONES. Anatol Rapaport, sociólogo y filósofo de la universidad de Toronto realizo un estudio sobre este aspecto. La estrategia de Rapaport plantea jugar de modo cooperativo la primera vez y luego hacer lo que el rival hubiera hecho la última vez (esta estrategia fue 1
Evidentemente el gobierno debe meditar cuidadosamente qué industrias son las candidatas a ser apoyadas por la política comercial estratégica, es importante señalar que estas teorías intentan que las empresas nacionales obtengan los beneficios cuando la situación está muy igualada en la competencia con sus rivales extranjeros.
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bautizada como tit for tat, es decir, “te doy y me das” u “ojo por ojo y diente por diente”). James Brander dijo: “…se afirma a veces que Estados Unidos debiera imponer controles a la importación de productos japoneses, en represalia contra la protección japonesa frente a las exportaciones estadounidenses. Pero los japoneses podrían responder que ciertas políticas proteccionistas compensan la ventaja de las empresas de Estados Unidos que cuentan con un acceso preferente a los contratos de la defensa, o que aprovechan un establecimiento de investigación fuertemente subsidiado en el sistema universitario de este país. … En el mundo real no es fácil la identificación clara de la política que es `te doy´ y la política que es `me das´”2. También podemos recoger la crítica de J. Bhagwati: “…una agresión, supuestamente injusta y contra la que se toman represalias, causará resentimientos y, probablemente, generará escaramuzas comerciales en lugar de llevar al camino de la cooperación” 3.2.3. EL ARGUMENTO DE LAS EXTERNALIDADES Existe otro argumento de peso a favor de la política industrial activa: las externalidades tecnológicas. En palabras de Krugman y Obstfeld “…el argumento de las externalidades tecnológicas es, probablemente, la mejor razón que intelectualmente puede darse para una política industrial activa” 3. Este argumento también parte de un fallo de mercado: la existencia de economías externas. “Se dice que existe una externalidad si algunas de las variables que afectan a la utilidad o al beneficio de quien toma las decisiones se encuentran bajo el control de otro sujeto decisor” Por ejemplo, en un caso típico de externalidad positiva: la innovación y la difusión de conocimientos. La investigación en nuevas tecnologías que se realiza en algunas industrias como la electrónica, la informática o la aerospacial se filtra al resto de la sociedad: el beneficio marginal social supera al beneficio marginal privado. Los sistemas de protección de descubrimientos, como las patentes, no son todo lo eficaces que deberían y no es inusual que en este tipo de industrias los distintos competidores estudien los nuevos productos de sus rivales y los copien en cierta medida. Por lo tanto puede ocurrir que las empresas, al apreciar que no pueden apropiarse de la totalidad de los rendimientos que se obtienen de una costosa investigación en alta 2 3
Brander, J y Krugman, P (comp.) (1986) Pág. 48. Krugman y Obstfeld (1997). Pág. 343.
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tecnología (que incluso puede llevarlas a tener pérdidas durante el periodo de tiempo inicial), no dediquen todos los recursos que sería óptimo dedicar a la generación de conocimientos porque no encuentren los incentivos suficientes. Entonces sería lógico pensar que el estado podría tener un importante incentivo para realizar una política industrial activa que alentase las actividades que generan conocimiento. Estas empresas serían entonces los sectores estratégicos, que además coinciden con los sectores que deberían ser potenciados según el argumento anteriormente analizado de los subsidios que desplazan beneficios. De todos modos hay una diferencia importante entre ambos argumentos: mientras que el argumento de los subsidios que desplazan beneficios puede incitar a la guerra comercial, o al menos levantar ciertas reticencias por parte de los competidores extranjeros acerca de si la nación que subsidia “está jugando limpio” en el comercio internacional, el argumento de las externalidades tecnológicas en principio no afecta a otros países; es normal que las naciones realicen cierto tipo de política de planificación industrial en cuanto al desarrollo tecnológico y la I+D y ninguna otra nación se debería sentir amenazada por que otra aumente su dedicación a sectores de alta tecnología. Nos hemos referido a los sectores de alta tecnología como aquellos que son candidatos a ser subsidiados por el gobierno mediante una política industrial activa, pero no hemos dicho cuáles son esos sectores. También se ha afirmado que estos sectores suelen coincidir con aquellos que podrían ser susceptibles de ser apoyados mediante una política comercial estratégica por presentar beneficios extraordinarios, estar fuertemente oligopolizados y tener fuertes barreras de entrada. Pero resulta difícil decir cuáles son los sectores estratégicos, decir qué sectores son más valiosos en el margen para una economía. 3.2.4. LOS SECTORES ESTRATÉGICOS Intuitivamente parece razonable que existan sectores estratégicos, al menos, en el corto y medio plazo, período durante el cual la competencia (ya sea perfecta o imperfecta) no permite la reducción de los beneficios extraordinarios de aquellas empresas que los tienen. B. Spencer presenta un riguroso análisis para intentar encontrar estos sectores 4. La justificación para una política comercial estratégica se encuentra en la imperfección de 4
Véase Spencer, B. (1986): ¿En qué debería concentrarse la política comercial? Incluido en P. Krugman 1986, pág. 75-95 que sirve de base para el siguiente análisis.
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los mercados, que permite a ciertos sectores obtener beneficios extraordinarios durante un periodo de tiempo considerable gracias a las barreras de entrada. Por lo tanto podemos pensar que resulta indispensable, para que el subsidio a una industria tenga los resultados deseados, que los beneficios extraordinarios esperados merced al subsidio superen su cuantía total. Para que esta condición se cumpla es necesario que existan importantes barreras de entrada a la industria durante un período de tiempo considerable (por ejemplo que sea necesaria una gran concentración de capital para que nuevas empresas entren en la industria), y también sería conveniente que la industria nacional estuviera, antes de ser subsidiada, en una situación de liderazgo (o al menos liderazgo compartido) dentro de su sector, pero sometida a una competencia extranjera seria, efectiva o potencial. Por ejemplo, si un producto potencialmente triunfador se encuentra en su etapa inicial de desarrollo, y los subsidios son capaces de erigir barreras de entrada para los competidores extranjeros creando un monopolio temporal, nos encontraremos ante un sector candidato al subsidio. Ejemplo Algunos países de la UE, especialmente Francia y Alemania, están realizando una política industrial activa al apoyar el consorcio Airbus, que reúne prácticamente todas las características anteriormente mencionadas. Su éxito está siendo evidente, ya que ha logrado alcanzar y superar en cuanto a cuota de mercado a sus rivales norteamericanos (Boeing y McDonell-Douglas) en el mercado de los jets comerciales, algo que posiblemente no hubiera logrado una empresa privada europea sin algún tipo de ayuda en un mercado tradicionalmente dominado por la industria estadounidense. El consorcio subsidia cerca del 20% del precio de los aviones y aún no está claro que los beneficios sean suficientes para cubrirlo íntegramente o si, una vez que el subsidio se retire, el consorcio Airbus podrá mantener su posición en el mercado. En cualquier caso, se trata de un sector oligopolístico, con fuertes barreras de entrada debidas a las ingentes cantidades de capital necesarias para la producción del bien intensivo en alta tecnología, por lo que la inversión en I+D de estos países, gracias al éxito del subsidio, está revirtiendo en un aumento del nivel de renta para los mismos. Además Airbus es el único productor europeo en el sector, con lo cuál no nos encontramos ante el problema de qué empresa del sector estratégico subsidiar y el mercado de los jets está en continua expansión pero aún no cuenta con un gran número de competidores (los japoneses) por lo que, si el subsidio lograra frenar a los nuevos competidores y reducir de modo sensible la cuota de mercado de las empresas norteamericanas, Airbus podría aprovechar aún más las economías de escala y bajar por su curva de aprendizaje, de modo que el subsidio habría creado una ventaja comparativa. 27
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TEMA Nº 4 ESTRUCTURA JURÍDICA DEL COMERCIO INTERNACIONAL 4.1.
4.2.
El Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) 4.1.1. Antecedentes 4.1.2. Principios y objetivos fundamentales 4.1.3. Organización La Organización Mundial del Comercio 4.2.1. Antecedentes 4.2.2. El tránsito del GATT a la OMC 4.2.3. Que es la OMC 4.2.4. El mecanismo de solución de diferencias 4.2.5. Miembros iniciales y miembros nuevos 4.2.6. No aplicación de los acuerdos 4.2.7. Aceptación y entrada en vigor de los acuerdos
4.1. EL ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO (GATT) 4.1.1. ANTECEDENTES El GATT* (Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio) nació tras la segunda guerra mundial, en un contexto de creación de nuevas organizaciones internacionales orientadas a construir un sistema económico mundial integrado. Tres grandes cuestiones debían ser acometidas para que la economía mundial se recobrara satisfactoriamente de la guerra y del desorden que la había precedido: los tipos de cambio, la reconstrucción y la organización del comercio internacional de mercancías. En 1944, como respuesta a cada una de esas cuestiones, las naciones aliadas previeron el establecimiento de tres nuevas organizaciones internacionales. El FMI (Fondo Monetario Internacional) y el Banco Mundial fueron instituidos en julio de 1944 por los Acuerdos de Bretton Woods, que fueron firmados por 44 naciones aliadas. El FMI se creó para administrar el sistema monetario internacional. A partir de entonces la gestión de los tipos de cambio se basaría en un nuevo principio general: la paridad fija entre las monedas y la cooperación entre las naciones. Se sobreentendía que los Estados ya no podrían manipular libremente el tipo de cambio internacional de sus monedas, y a todos los Estados Miembros se les prohibía expresamente efectuar devaluaciones competitivas que no estuvieran justificadas por su situación económica. El Banco Mundial, o, como se le denominó entonces, el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), tenía como objetivo inicial ayudar a las economías europeas devastadas por la guerra a financiar proyectos de producción. Muy pronto, sin embargo, la reconstrucción europea salió de su esfera de competencia, y la financiación del desarrollo pasó a ser su principal función.
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Paralelamente a la Conferencia de Bretton Woods surgió la idea de volver a un sistema de comercio internacional basado en el librecambio. Este deseo se manifestó, de una parte, en las Naciones Unidas, con el proyecto de una Organización Internacional del Comercio, y, de otra, en la propuesta de una conferencia internacional para la reducción multilateral de los obstáculos al comercio internacional. Esas iniciativas desembocaron, respectivamente, en la «Carta constituyente de una Organización Internacional del Comercio», adoptada en marzo de 1948 en la Conferencia de La Habana, y un Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), surgido de negociaciones entre 23 naciones que tuvieron lugar en Ginebra de abril a octubre de 1947. La Conferencia de La Habana comenzó el 21 de noviembre de 1947, cuando todavía no había transcurrido un mes desde la firma del GATT. La Carta de la OIC fue finalmente aprobada en La Habana en marzo de 1948, pero su ratificación por algunas legislaturas nacionales resultó imposible. La oposición más importante se manifestó en el Congreso de los Estados Unidos, pese a que el Gobierno de este país había sido una de las principales fuerzas impulsoras del proyecto. En 1950 el Gobierno de los Estados Unidos anunció que no pediría al Congreso que ratificara la Carta de La Habana, lo que supuso prácticamente la muerte de la OIC. En consecuencia, el GATT se convirtió en el único instrumento multilateral por el que se rigió el comercio internacional desde 1948 hasta el establecimiento de la OMC en 1995. 4.1.2. PRINCIPIOS Y OBJETIVOS FUNDAMENTALES PRINCIPIOS 1. Comercio no discriminatorio - un país no debe discriminar entre sus interlocutores comerciales (se concede a todos, de forma igualitaria, la condición de "nación más favorecida"o NMF); y tampoco debe discriminar entre sus propios productos, servicios o ciudadanos y los productos, servicios o ciudadanos extranjeros (se les concede el "trato nacional"). 2. Comercio más libre - los obstáculos se deben reducir mediante negociaciones. La disminución de los obstáculos al comercio es una de las formas más evidentes de fomentar el comercio; esos obstáculos pueden consistir en derechos de aduana (aranceles) o en medidas como la prohibición de las importaciones o la fijación de contingentes que restringen selectivamente las cantidades. 3. Previsible - las empresas, los inversores y los gobiernos extranjeros deben confiar en que no se establecerán arbitrariamente obstáculos comerciales (que incluyen los aranceles, los obstáculos no arancelarios y otras medidas); un número creciente de compromisos en materia de aranceles y de apertura de mercados se "consolidan" en la OMC. 4. Comercio más competitivo - se desalientan las prácticas "desleales", como las subvenciones a la exportación y el dumping de productos a precios inferiores al costo para ganar partes de mercado. 29
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5. Comercio más ventajoso para los países menos adelantados - dándoles más tiempo para adaptarse, una mayor flexibilidad y privilegios especiales. 6. Proteger el medio ambiente.- Los Acuerdos de la OMC permiten a los Miembros adoptar medidas para proteger el medio ambiente y la salud pública y la salud de los animales, así como para preservar los vegetales. No obstante, esas medidas deben aplicarse por igual a las empresas nacionales y a las extranjeras. En otras palabras, los Miembros no deben utilizar medidas de protección del medio ambiente como medio de encubrir políticas proteccionistas. OBJETIVOS El logro de niveles de vida más altos, a la consecución del pleno empleo y de un nivel elevado y cada vez mayor del ingreso real y de la demanda efectiva, a la utilización completa de los recursos mundiales y al acrecentamiento de la producción y de los intercambios de productos, Contribuir al logro de estos objetivos, mediante la celebración de acuerdos encaminados a obtener, a base de reciprocidad y de mutuas ventajas, la reducción substancial de los aranceles aduaneros y de las demás barreras comerciales, así como la eliminación del trato discriminatorio en materia de comercio internacional, 4.1.3. ORGANIZACIÓN Al no ser el GATT una organización internacional en sentido estricto, no tenía Miembros sino «Partes contratantes», esto es, naciones que se adherían al Acuerdo General. Para ser parte contratante, un Estado tenía que presentar su candidatura y negociar concesiones relativas a derechos de aduana y acceso a mercados con los signatarios del Acuerdo General. Si llegaban a buen término, esas negociaciones concluían con una votación por la que las partes contratantes concedían ese estatuto. El GATT es una agrupación de Estados con diferentes obligaciones y derechos, según el respectivo grado de adhesión al Acuerdo General y cuenta con una secretaria Ad hoc. RONDAS COMERCIALES DEL GATT
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4.2. LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO 4.2.1. ANTECEDENTES A comienzos de los años ochenta se hizo evidente que el Acuerdo General ya no respondía tan bien como en los cincuenta a las realidades del comercio. La complejidad del comercio mundial y su volumen eran muy distintos de lo que fueran cuarenta años atrás. Conforme avanzaba la globalización de la economía, las inversiones internacionales experimentaban un crecimiento sin precedentes, y el comercio de servicios -no cubierto por las normas del GATT- empezó a tener gran interés para un número cada vez mayor de países, y a aparecer estrechamente ligado al aumento del comercio mundial de mercancías. Las normas del GATT se juzgaban insuficientes también desde otros ángulos: en el sector agrícola, por ejemplo, donde las lagunas del sistema multilateral eran muy explotadas y las tentativas de liberalización habían sido básicamente inútiles, y en el sector de los textiles y el vestido, donde se había negociado una excepción a las áreas de influencia normales del GATT con el Acuerdo Multifibras (AMF). También empezaban a preocupar la estructura institucional del GATT y su procedimiento de solución de diferencias. Todos estos factores bastaron para convencer a los Miembros del GATT de la necesidad de hacer un esfuerzo renovado para fortalecer y ampliar el sistema multilateral y crear la Organización Mundial del Comercio (OMC). 4.2.2. EL TRÁNSITO DEL GATT A LA OMC Durante casi medio siglo, los principios jurídicos fundamentales del GATT siguieron siendo en gran parte los mismos que en 1948. Se hicieron adiciones: una sección sobre el desarrollo añadida en el decenio de 1960 y acuerdos "plurilaterales" (es decir, de participación voluntaria) en el decenio de 1970, y prosiguieron los esfuerzos por reducir los aranceles. Gran parte de ello se logró mediante una serie de negociaciones multilaterales denominadas "rondas"; los avances más importantes en la liberación del comercio internacional se realizaron por medio de esas rondas celebradas bajo los auspicios del GATT. El éxito logrado por el GATT en la reducción de los aranceles a niveles tan bajos, unido a una serie de recesiones económicas en el decenio de 1970 y en los primeros años del de 1980, incitó a los gobiernos a idear otras formas de protección para los sectores que se enfrentaban con una mayor competencia extranjera. Las elevadas tasas de desempleo y los constantes cierres de fábricas impulsaron a los gobiernos en Europa Occidental y América del Norte a tratar de concertar con sus competidores acuerdos bilaterales de reparto del mercado y a emprender una carrera de subvenciones para mantener sus posiciones en el comercio de productos agropecuarios, hechos ambos que minaron la credibilidad y la efectividad del GATT. En los primeros años, las rondas de negociaciones comerciales del GATT se concentraron en continuar el proceso de reducción de los aranceles. Después, la Ronda Kennedy dio lugar, a mediados del decenio de 1960, a un Acuerdo Antidumping del GATT y una sección sobre el desarrollo. La Ronda de Tokio, celebrada en el decenio de 31
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1970, fue el primer intento importante de abordar los obstáculos al comercio no consistentes en aranceles y de mejorar el sistema. La Ronda Uruguay, que fue la octava y se celebró entre 1986 y 1994, fue la última y la de mayor envergadura. Dio lugar a la creación de la OMC y a un nuevo conjunto de acuerdos. La OMC sustituyó al GATT como organización internacional, el 1º de enero de 1995, pero el Acuerdo General sigue existiendo como tratado general de la OMC sobre el comercio de mercancías, actualizado como consecuencia de las negociaciones de la Ronda Uruguay. Los juristas especializados en comercio internacional distinguen entre el GATT de 1994, las partes actualizadas del GATT y el GATT 1947, el acuerdo inicial que sigue constituyendo el núcleo del GATT de 1994. 4.2.3. QUE ES LA OMC La OMC está constituida como el marco institucional común para el desarrollo de las relaciones comerciales entre sus Miembros en los asuntos relacionados con los acuerdos plurilaterales y multilaterales e instrumentos jurídicos.
La Organización Mundial del Comercio (OMC) es el organismo multilateral que vela por el establecimiento y el cumplimiento de las reglas del comercio internacional. Su principal objetivo es "ayudar a que los flujos comerciales circulen con la máxima libertad posible" (OMC, 2001). Es decir, trata de eliminar las barreras al comercio internacional que los estados han ido creando a lo largo de los años, para proteger sus economías y la seguridad económica de sus ciudadanos, con el fin de establecer un sistema de libre comercio mundial. Este libre comercio se aplica no solamente al ámbito de las mercancías (desde los productos agrícolas a los industriales y desde las materias primas a las manufacturas), sino también de los servicios y del conocimiento (propiedad intelectual). Es una organización para la apertura del comercio. Es un foro para que los gobiernos negocien acuerdos comerciales. Es un lugar en el que pueden resolver sus diferencias comerciales. Aplica un sistema de normas comerciales. Fundamentalmente, la OMC es un lugar al que los gobiernos Miembros acuden para tratar de resolver los problemas comerciales que tienen unos con otros. Los pilares sobre los que descansa este sistema — conocido como sistema multilateral de comercio — son los Acuerdos de la OMC, que han sido negociados y firmados por la gran mayoría de los países que participan en el comercio mundial y ratificados por sus respectivos parlamentos. Esos acuerdos establecen las normas jurídicas fundamentales del comercio internacional. Son esencialmente contratos que garantizan a los países derechos en relación con el comercio y que, al mismo tiempo, obligan a los gobiernos a mantener sus políticas comerciales dentro de unos límites convenidos en beneficio de todos. Aunque son negociados y firmados por los gobiernos, los acuerdos tienen por objeto ayudar a los productores de bienes y de servicios, los exportadores y los importadores a llevar adelante sus actividades. 32
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4.2.4. EL MECANISMO DE SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS El mejor acuerdo internacional valdrá poco si uno de los firmantes no cumple las obligaciones en él prescritas, y no se puede hacer nada al respecto. En consecuencia, un mecanismo eficaz para resolver las diferencias aumenta el valor práctico de los compromisos contraídos por los signatarios en un acuerdo internacional. El hecho de que los Miembros de la OMC establecieran el actual sistema de solución de diferencias durante la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales subraya la considerable importancia que atribuyen al cumplimiento de las obligaciones que les incumben en virtud del Acuerdo sobre la OMC. De ordinario la diferencia se plantea cuando un Miembro de la OMC adopta una medida de política comercial que otro u otros Miembros consideran incompatible con las obligaciones enunciadas en el Acuerdo sobre la OMC. En tal caso, el Miembro que se considere perjudicado tiene derecho a invocar los procedimientos y las disposiciones del sistema de solución de diferencias para impugnar esta medida. Si las partes en una diferencia no consiguen llegar a una solución mutuamente convenida, el reclamante tiene garantizado un procedimiento basado en normas con el cual su reclamación es examinada, en sus elementos substanciales, por un órgano independiente (grupos especiales, o el Órgano de Apelación). Si el reclamante demuestra que su reclamación es fundada, el resultado previsto será el retiro de las medidas que se haya constatado son incompatibles con el Acuerdo sobre la OMC. Las compensaciones y las contramedidas (suspensión de obligaciones) no son más que respuestas secundarias y temporales al incumplimiento del Acuerdo sobre la OMC Así pues, el sistema de solución de diferencias ofrece un mecanismo que garantiza a los Miembros de la OMC el ejercicio de sus derechos con arreglo al Acuerdo sobre la OMC. Este sistema es igualmente importante desde el punto de vista del demandado cuyas medidas se impugnan, por cuanto proporciona a éste un foro en el que defenderse si no está de acuerdo con las alegaciones planteadas por el reclamante. De este modo, el sistema de solución de diferencias preserva los derechos y obligaciones de los Miembros en el marco del Acuerdo sobre la OMC. Las resoluciones de los órganos competentes (el OSD, el Órgano de Apelación, los grupos especiales y los árbitros) tienen por objeto reflejar y aplicar correctamente los derechos y las obligaciones, tal y como se enuncian en el Acuerdo sobre la OMC, y no deben modificar las normas jurídicas de la OMC que son aplicables entre las partes ni, como indica expresamente el Entendimiento sobre solución de Diferencias (ESD), entrañar el aumento o la reducción de los derechos y obligaciones establecidos en los Acuerdos de la OMC (párrafo 2 del artículo 3 y párrafo 2 del artículo 19 del ESD). Hay dos medios principales de resolver una diferencia cuando se ha presentado una reclamación en la OMC: i) las partes encuentran una solución mutuamente convenida, particularmente en la etapa de consultas bilaterales; y ii) se recurre a la vía jurisdiccional, incluida la aplicación subsiguiente de los informes del grupo especial y del Órgano de Apelación, que son vinculantes para las partes cuando han sido adoptados 33
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por el OSD. El proceso de solución de diferencias en la OMC consta de tres etapas principales: i) consultas entre las partes; ii) vía jurisdiccional por parte de los grupos especiales y, en su caso, del Órgano de Apelación, y iii) aplicación de la resolución, que incluye la posibilidad de adoptar contramedidas si la parte vencida no cumple la resolución. DIAGRAMA DEL PROCESO DE SOLUCION DE DIFERENCIAS
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4.2.5. MIEMBROS INICIALES Y MIEMBROS NUEVOS Son miembros iniciales las partes contratantes del GATT de 1947 en la fecha de la entrada en vigor del Acuerdo de la OMC, las Comunidades Europeas y los Acuerdos Comerciales Multilaterales, para las cuales se anexen Listas de Concesiones y Compromisos al GATT de 1994, y se anexen Listas de Compromisos Específicos al AGCS. El 1º de enero de 1995, la OMC sustituyó al GATT, que llevaba en funcionamiento desde 1947, como organización encargada de supervisar el sistema multilateral de comercio. A los países signatarios del GATT se les denominaba oficialmente “Partes Contratantes del GATT”. Con la firma de los nuevos acuerdos de la OMC se convirtieron oficialmente en “Miembros de la OMC” los 128 países firmantes. La OMC cuenta en la actualidad con 157 Miembros (a Septiembre de 2012), que representan el 97 por ciento del comercio mundial. Pueden adherirse a la OMC los Estados o territorios aduaneros que disfrutan de autonomía plena sobre sus relaciones económicas exteriores. Para poder adherirse a la OMC, un gobierno tiene que poner sus políticas económicas y comerciales en consonancia con las normas y principios de la Organización y negociar con los distintos interlocutores comerciales las concesiones y los compromisos específicos que aplicara a las mercancías y los servicios. El proceso de adhesión a la OMC puede llevar muchos anos y requiere el pleno apoyo y el consenso de los Miembros. No obstante, esta diseñado de manera que garantice que los nuevos Miembros puedan participar plenamente en el sistema multilateral de comercio desde el primer día en que acceden a la condición de Miembros. 4.2.6. NO APLICACIÓN DE LOS ACUERDOS Los Acuerdos Comerciales Multilaterales del Acuerdo de la OMC no se aplicarán entre dos Miembros si uno u otro no consiente dicha aplicación en el momento en que pase a ser Miembro cualquiera de ellos, únicamente si el Miembro que no consienta en la aplicación lo hubiera notificado a la Conferencia Ministerial antes de la aprobación por ésta del acuerdo sobre las condiciones de adhesión. 4.2.7. ACEPTACIÓN Y ENTRADA EN VIGOR DE LOS ACUERDOS Los Miembros que acepten el Acuerdo con posterioridad a su entrada en vigor pondrán en aplicación las concesiones y obligaciones establecidas en los Acuerdos Comerciales Multilaterales que hayan de aplicarse a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo como si hubieran aceptado este instrumento en la fecha de su entrada en vigor. La aceptación y la entrada en vigor de un Acuerdo Comercial Plurilateral se regirán por las disposiciones de ese Acuerdo. Tales Acuerdos quedarán depositados en poder del Director General de la OMC. 35
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TEMA Nº 5 ASPECTOS DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL RELACIONADOS CON EL COMERCIO (ADPIC) 5.1. 5.2. 5.3. 5.4.
5.1.
Disposiciones generales y principios básicos Normas relativas a la existencia, alcance y ejercicio de los derechos de propiedad intelectual Observancia de los derechos de propiedad intelectual Adquisición y mantenimiento de los derechos de propiedad intelectual y procedimientos contradictorios relacionados DISPOSICIONES GENERALES Y PRINCIPIOS BÁSICOS
Al igual que los anteriores principales convenios sobre propiedad intelectual, la obligación fundamental de cada país Miembro es conceder a las personas de los demás Miembros, respecto de la protección de la propiedad intelectual, el trato previsto en el Acuerdo. Los criterios para determinar qué personas deben beneficiarse del trato previsto en el Acuerdo son los establecidos a tales efectos en los anteriores principales convenios sobre propiedad intelectual de la OMPI, aplicables -naturalmente- a todos los Miembros de la OMC, sean o no parte en esos convenios. Tales Convenios son los siguientes: el Convenio de París, el Convenio de Berna, la Convención Internacional sobre la Protección de los Artistas Intérpretes o Ejecutantes, de los Productores de Fonogramas y los Organismos de Radiodifusión (la Convención de Roma) y el Tratado sobre la Propiedad Intelectual respecto de los Circuitos Integrados (el Tratado IPIC). En los artículos 3, 4 y 5 se recogen las normas fundamentales sobre la concesión a los extranjeros de trato nacional y trato de la nación más favorecida, que son comunes a todas las categorías de propiedad intelectual abarcadas por el Acuerdo. Estas obligaciones comprenden no sólo las normas sustantivas de protección, sino también cuestiones que afectan a la existencia, adquisición, alcance, mantenimiento y observancia de los derechos de propiedad intelectual y cuestiones que se refieren al ejercicio de los derechos de propiedad intelectual de los que trata expresamente el Acuerdo. Los objetivos generales del Acuerdo sobre los ADPIC figuran en el preámbulo del Acuerdo, en el que se reproducen los objetivos de negociación básicos de la Ronda Uruguay establecidos en la esfera de los ADPIC en la Declaración de Punta del Este de 1986 y en el balance a mitad de período realizado en 1988/89. Estos objetivos son, entre otros, reducir las distorsiones del comercio internacional y los obstáculos a ese comercio, fomentar una protección eficaz y adecuada de los derechos de propiedad intelectual y asegurarse de que las medidas y procedimientos destinados a hacer respetar dichos derechos no se conviertan a su vez en obstáculos al comercio legítimo.
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El artículo 7, titulado "Objetivos", indica que la protección y la observancia de los derechos de propiedad intelectual deberán contribuir a la promoción de la innovación tecnológica y a la transferencia y difusión de la tecnología, en beneficio recíproco de los productores y de los usuarios de conocimientos tecnológicos y de modo que favorezcan el bienestar social y económico y el equilibrio de derechos y obligaciones. Cuando se concede a un inventor o un creador una patente o protección del derecho de autor, esa persona obtiene el derecho de impedir que otras hagan uso de la invención sin autorización. La sociedad en general considera esa protección temporal de la propiedad intelectual como un incentivo para el desarrollo de nuevas tecnologías y creaciones, que a la larga estarán a disposición de todos. Las ideas y los conocimientos constituyen una parte cada vez más importante del comercio. La mayor parte del valor de los medicamentos y otros productos nuevos de alta tecnología reside en la cantidad de invención, innovación, investigación, diseño y pruebas que requieren. Las películas, las grabaciones musicales, los libros, los programas de computadora y los servicios en línea se compran y venden por la información y la creatividad que contienen, no por los materiales de plástico, metal o papel utilizados en su elaboración. El Acuerdo abarca cinco amplias cuestiones: primera, cómo deben aplicarse los principios básicos del sistema de comercio y otros acuerdos internacionales sobre propiedad intelectual; segunda, cómo prestar protección adecuada a los derechos de propiedad intelectual; tercera, cómo deben los países hacer respetar adecuadamente esos derechos en sus territorios; cuarta, cómo resolver las diferencias en materia de propiedad intelectual entre Miembros de la OMC; y quinta, disposiciones transitorias especiales durante el período de establecimiento del nuevo sistema. PRINCIPIOS BASICOS Al igual que en el GATT y el AGCS, el punto de partida del Acuerdo sobre la propiedad intelectual son sus principios básicos, reviste especial importancia el principio de no discriminación: tanto el trato nacional como el trato de nación más favorecida. La cláusula sobre trato nacional prohíbe la discriminación entre los nacionales de un determinado Miembro y los nacionales de los demás Miembros y la cláusula sobre trato de la nación más favorecida prohíbe la discriminación entre los nacionales de los demás Miembros. Se reconoce el derecho de los Miembros a adoptar medidas por motivos de salud pública y otras razones de interés público y a prevenir el abuso de los derechos de propiedad intelectual, a condición de que tales medidas sean compatibles con las disposiciones del Acuerdo sobre los ADPIC. Podrá ser necesario aplicar medidas apropiadas, para prevenir el abuso de los derechos de propiedad intelectual por sus titulares o el recurso a prácticas que limiten de manera 37
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injustificable el comercio o redunden en detrimento de la transferencia internacional de tecnología. 5.2.
NORMAS RELATIVAS A LA EXISTENCIA, ALCANCE Y EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
Derecho de autor En las negociaciones de la Ronda Uruguay se reconoció que el Convenio de Berna preveía ya, en su mayor parte, las normas básicas adecuadas de protección del derecho de autor. Así pues, se acordó que el punto de partida debía ser el nivel de protección existente en virtud de la última Acta de ese Convenio, el Acta de París de 1971. No obstante, en virtud del Acuerdo sobre los ADPIC, los Miembros no tendrán derechos ni obligaciones respecto de los derechos conferidos por el artículo 6 de ese Convenio -es decir, los derechos morales (el derecho a reclamar la autoría y a oponerse a todo acto de menosprecio con respecto a una obra que sea perjudicial para el honor o la reputación del autor)- ni respecto de los derechos que se derivan del mismo. Las disposiciones del Convenio de Berna a que se hace referencia tratan de cuestiones tales como la materia objeto de protección, el plazo mínimo de protección y los derechos que han de conferirse y las limitaciones permisibles a esos derechos. En el apéndice se autoriza a los países en desarrollo, en determinadas condiciones, a poner ciertas limitaciones al derecho de traducción y al derecho de reproducción. Además de exigir la observancia de las normas fundamentales del Convenio de Berna, el Acuerdo sobre los ADPIC da aclaraciones y añade algunos puntos específicos. En el artículo 10 se establece que los programas de ordenador, sean programas fuente o programas objeto, serán protegidos como obras literarias en virtud del Convenio de Berna (1971). Esta disposición confirma que los programas de ordenador deben estar protegidos mediante el derecho de autor y que se aplicarán también a ellos las disposiciones del Convenio de Berna aplicables a las obras literarias. Confirma, en fin, esa disposición que el plazo general de protección de 50 años es aplicable a los programas de ordenador. Las bases de datos son acreedoras a protección mediante derecho de autor siempre que, por razones de la selección o disposición de sus contenidos, constituyan creaciones de carácter intelectual. Se confirma asimismo en esta disposición que las bases de datos han de protegerse sea cual fuere la forma que revistan: forma legible por máquina u otra forma. Se aclara también que la protección no abarcará los datos o materiales en sí mismos y que se entenderá sin perjuicio de cualquier derecho de autor que subsista respecto de los datos o materiales en sí mismos. En el artículo 11 se dispone que, al menos respecto de los programas de ordenador y -en determinadas circunstancias- las obras cinematográficas, los autores tendrán el derecho 38
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de autorizar o prohibir el arrendamiento comercial al público de los originales o copias de sus obras amparadas por el derecho de autor. De conformidad con la norma general contenida en el párrafo 1) del artículo 7 del Convenio de Berna, incorporado al Acuerdo sobre los ADPIC, la protección durará mientras viva el autor y 50 años después de su muerte. En el artículo 13 se dispone que los Miembros circunscriban las limitaciones o excepciones impuestas a los derechos exclusivos a determinados casos especiales que no atenten contra la explotación normal de la obra ni causen un perjuicio injustificado a los intereses legítimos del titular de los derechos. Derechos conexos Las disposiciones sobre la protección de los artistas intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión figuran en el artículo 14. Con arreglo al párrafo 1 de dicho artículo, los artistas intérpretes o ejecutantes tendrán la facultad de impedir la fijación sin su autorización de sus interpretaciones o ejecuciones (por ejemplo, la grabación de una ejecución musical en directo). El derecho de fijación únicamente abarca las grabaciones sonoras, no las audiovisuales. Los artistas intérpretes o ejecutantes deben también poder impedir la reproducción de tales fijaciones. Tendrán asimismo la facultad de impedir la difusión por medios inalámbricos y la comunicación al público, sin su autorización, de sus interpretaciones o ejecuciones en directo. Este derecho tiene el mismo alcance que el derecho de arrendamiento relativo a los programas de ordenador. Por consiguiente, no está sujeto al criterio de menoscabo como en el caso de las obras cinematográficas. En virtud del párrafo 3 del artículo 14, los organismos de radiodifusión tendrán el derecho de prohibir que, sin su autorización, se proceda a la fijación, la reproducción de las fijaciones y la retransmisión por medios inalámbricos de las emisiones, así como a la comunicación al público de sus emisiones de televisión. La duración de la protección es, como mínimo, de 50 años para los artistas intérpretes o ejecutantes y los productores de fonogramas y de 20 años para los organismos de radiodifusión (párrafo 5 del artículo 14). Marcas de fábrica o de comercio La norma fundamental contenida en el artículo 15 es que cualquier signo o combinación de signos que sea capaz de distinguir los bienes o servicios de una empresa de los de otras empresas debe poder registrarse como marca de fábrica o de comercio, siempre que sea perceptible visualmente. Tales signos, en particular las palabras, incluidos los nombres de persona, las letras, los números, los elementos figurativos y las combinaciones de colores, así como cualquier combinación de estos signos, deben poder registrarse como marcas de fábrica o de comercio. 39
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Cuando los signos no sean intrínsecamente capaces de distinguir los bienes o servicios pertinentes, los países Miembros podrán exigir, como condición adicional para que puedan ser objeto de registro como marcas de fábrica o de comercio, que hayan adquirido ese carácter distintivo mediante su uso. Los Miembros tienen libertad para permitir o no el registro de signos que no sean perceptibles visualmente (por ejemplo, marcas sonoras u olfativas). En el Acuerdo se dispone que las marcas de servicios sean protegidas de la misma manera que las marcas distintivas de productos. El titular de una marca de fábrica o de comercio registrada debe gozar del derecho exclusivo de impedir que terceros, sin su consentimiento, utilicen en el curso de operaciones comerciales signos idénticos o similares para bienes o servicios que sean idénticos o similares a aquellos para los que se haya registrado la marca, cuando ese uso dé lugar a probabilidad de confusión. En el caso de que se use un signo idéntico para bienes o servicios idénticos, debe presumirse que existe probabilidad de confusión (párrafo 1 del artículo 16). El registro inicial de una marca de fábrica o de comercio y cada una de las renovaciones del registro tendrán una duración de no menos de siete años. La anulación del registro de una marca sobre la base de falta de uso sólo podrá tener lugar después de un período ininterrumpido de tres años de falta de uso, a menos que el titular de la marca de fábrica o de comercio demuestre que ha habido razones válidas basadas en la existencia de obstáculos a dicho uso. Se reconocerán como razones válidas de falta de uso las circunstancias que surjan independientemente de la voluntad del titular de la marca, como las restricciones a la importación u otras restricciones impuestas oficialmente. Cuando esté controlada por el titular, debe considerarse que la utilización de una marca de fábrica o de comercio por otra persona constituye uso de la marca a los efectos de mantener el registro (artículo 19). Se exige asimismo que no se complique injustificablemente el uso de una marca de fábrica o de comercio en el curso de operaciones comerciales con exigencias especiales, como por ejemplo el uso con otra marca de fábrica o de comercio, el uso en una forma especial o el uso de una manera que menoscabe la capacidad de la marca para distinguir los bienes o servicios (artículo 20). Indicaciones geográficas A los efectos del Acuerdo, las indicaciones geográficas se definen como indicaciones que identifiquen un producto como originario del territorio de un Miembro o de una región o localidad de ese territorio, cuando determinada calidad, reputación u otra característica del producto sea imputable fundamentalmente a su origen geográfico (párrafo 1 del artículo 22). Así pues, esta definición específica que tanto la calidad como la reputación u otra característica de un producto puede ser base suficiente de una 40
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indicación geográfica cuando sea imputable fundamentalmente al origen geográfico del producto. En relación con las indicaciones geográficas, las partes interesadas deben disponer de medios legales para impedir la utilización de indicaciones que induzcan a error al público en cuanto al origen geográfico del producto, así como cualquier otra utilización que constituya un acto de competencia desleal, en el sentido del artículo 10bisdel Convenio de París (párrafo 2 del artículo 22). Debe denegarse o invalidarse de oficio si la legislación lo permite, o a petición de una parte interesada, el registro de una marca de fábrica o de comercio en la que se utilice una indicación geográfica de manera que induzca a error al público en cuanto al verdadero lugar de origen (párrafo 3 del artículo 22). Dibujos y modelos industriales El párrafo 1 del artículo 25 del Acuerdo sobre los ADPIC obliga a los Miembros a prestar protección a los dibujos y modelos industriales creados independientemente que sean nuevos u originales. Los Miembros podrán establecer que los dibujos y modelos no son nuevos u originales si no difieren en medida significativa de dibujos o modelos conocidos o de combinaciones de características de dibujos o modelos conocidos. Los Miembros podrán establecer que esa protección no se extienda a los dibujos y modelos dictados esencialmente por consideraciones técnicas o funcionales. En el párrafo 1 del artículo 26 se exige a los Miembros que otorguen al titular de un dibujo o modelo industrial protegido el derecho de impedir que terceros, sin su consentimiento, fabriquen, vendan o importen artículos que ostenten o incorporen un dibujo o modelo que sea una copia, o fundamentalmente una copia, del dibujo o modelo protegido, cuando esos actos se realicen con fines comerciales. El párrafo 2 del artículo 26 autoriza a los Miembros a prever excepciones limitadas de la protección de los dibujos y modelos industriales, a condición de que tales excepciones no causen un perjuicio injustificado a los legítimos intereses del titular del dibujo o modelo protegido, teniendo en cuenta los intereses legítimos de terceros. La duración de la protección prestada equivaldrá a 10 años como mínimo (párrafo 3 del artículo 26). La expresión "equivaldrá a" permite dividir el plazo en, por ejemplo, dos períodos de cinco años. Patentes El Acuerdo sobre los ADPIC exige a los países Miembros que otorguen patentes por todas las invenciones, ya sean de productos o de procedimientos, en todos los campos de la tecnología sin discriminación, con sujeción a los criterios normales de innovación, invención y aplicación industrial. Exige asimismo que puedan obtenerse las patentes y gozarse de los derechos de patente sin discriminación por el lugar de la invención o el hecho de que los productos sean importados o de producción nacional. 41
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Se prevén tres excepciones permisibles de la norma básica sobre patentabilidad. Una de ellas se refiere a las invenciones contrarias al orden público o la moralidad; incluye explícitamente las invenciones peligrosas para la salud o la vida de las personas o de los animales o la preservación de los vegetales, o gravemente perjudiciales para el medio ambiente. El recurso a esta excepción está sujeto a la condición de que deba también impedirse la explotación comercial de la invención y que ello sea necesario para proteger el orden público o la moralidad (párrafo 2 del artículo 27). La segunda excepción consiste en que los Miembros pueden excluir de la patentabilidad los métodos de diagnóstico, terapéuticos y quirúrgicos para el tratamiento de personas o animales (apartado a) del párrafo 3 del artículo 27). La tercera es que los Miembros pueden excluir las plantas y los animales, excepto los microorganismos, y los procedimientos esencialmente biológicos para la producción de plantas o animales. Sin embargo, todo país que excluya las obtenciones vegetales de la protección por medio de patentes debe prever un eficaz sistema de protección sui generis. Las patentes de productos deben conferir derechos exclusivos de fabricación, uso, oferta para la venta, venta e importación para esos fines. La protección mediante patentes de procedimientos debe conferir derechos no solamente sobre el uso del procedimiento sino también sobre los productos directamente obtenidos por medio de dicho procedimiento. Los titulares de patentes tendrán asimismo el derecho de cederlas o transferirlas por sucesión y de concertar contratos de licencia (artículo 28). La protección conferida no expirará antes de que haya transcurrido un período de 20 años contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud (artículo 33). Se autoriza el otorgamiento obligatorio de licencias y el uso por el gobierno sin autorización del titular de los derechos, pero con sujeción a determinadas condiciones encaminadas a proteger los legítimos intereses del titular de los derechos. Esquemas de trazado de los circuitos integrados El artículo 35 del Acuerdo sobre los ADPIC exige a los países Miembros la protección de los esquemas de trazado de los circuitos integrados de conformidad con las disposiciones del Tratado sobre la Propiedad Intelectual respecto de los Circuitos Integrados, negociado bajo los auspicios de la OMPI en 1989. Estas disposiciones tratan, entre otras, de las siguientes cuestiones: definiciones de "circuito integrado" y "esquema de trazado (topografía)", prescripciones en materia de protección, derechos exclusivos, y limitaciones, así como explotación, registro y divulgación. Por "circuito integrado" se entiende un producto, en su forma final o en una forma intermedia, en el que los elementos -uno de los cuales por lo menos es un elemento activo- y algunas o la totalidad de las interconexiones están constituidos 42
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íntegramente en o sobre un soporte y cuya finalidad es la realización de una función electrónica. Por "esquema de trazado (topografía)" se entiende la disposición tridimensional, sea cual fuere su expresión, de los elementos -uno de los cuales por lo menos es un elemento activo- y de algunas o la totalidad de las interconexiones de un circuito integrado, o esa disposición tridimensional preparada para un circuito integrado en proyecto de fabricación. La obligación de protección es aplicable a los esquemas de trazado que sean originales, en el sentido de que sean el resultado del esfuerzo intelectual de sus creadores, y que no sean corrientes entre los creadores de esquemas de trazado y los fabricantes de circuitos integrados en el momento de su creación. Entre los derechos exclusivos figuran el derecho de reproducción y el derecho de importación, venta o distribución de otro modo con fines comerciales. Se prevén algunas limitaciones a esos derechos. El Acuerdo sobre los ADPIC aclara la duración de la protección (diez años en vez de ocho, artículo 38), la aplicabilidad de la protección a artículos que contengan circuitos integrados ilícitos (última frase del artículo 36) y el trato de los infractores que no hayan sabido que cometían una infracción (párrafo 1 del artículo 37). Protección de la información no divulgada En el Acuerdo sobre los ADPIC se exige que la información no divulgada -secretos comerciales o conocimientos tecnoprácticos (know-how)- goce de protección. De conformidad con el párrafo 2 del artículo 39, debe prestarse protección a la información que sea secreta, que tenga un valor comercial por ser secreta y que haya sido objeto de medidas razonables para mantenerla secreta. El Acuerdo contiene también disposiciones sobre los datos de pruebas y otros datos no divulgados cuya presentación exijan los gobiernos como condición para aprobar la comercialización de productos farmacéuticos o de productos químicos agrícolas que utilizan nuevas entidades químicas. 5.3.
OBSERVANCIA DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
Las disposiciones sobre la observancia de los derechos de propiedad intelectual figuran en la Parte III del Acuerdo, que se divide en cinco secciones. En la primera se enuncian las obligaciones generales a las que deben responder todos los procedimientos de observancia. Están encaminadas principalmente a asegurar su eficacia y el cumplimiento de determinados principios básicos de garantías procesales. Las siguientes secciones tratan de los procedimientos y recursos civiles y administrativos, las medidas provisionales, las prescripciones especiales relacionadas con las medidas en frontera y los procedimientos penales. Estas disposiciones tienen dos objetivos fundamentales: en primer lugar, garantizar que los titulares de derechos dispongan de medios eficaces para hacer valer esos derechos; en segundo lugar, 43
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garantizar que los procedimientos de observancia se apliquen de forma que se evite la creación de obstáculos al comercio legítimo y prevean salvaguardias contra su abuso. En el Acuerdo se establece una distinción entre actividad infractora en general, frente a la cual debe disponerse de procedimientos y recursos judiciales civiles, y la falsificación y piratería -las actividades infractoras más patentes y notorias- para las cuales deben preverse además otros procedimientos y recursos, a saber, medidas en frontera y procedimientos penales. A tales efectos, las mercancías falsificadas se definen fundamentalmente como bienes que implican una copia servil de marcas de fábrica o de comercio y las mercancías pirata se definen como mercancías que violan un derecho de reproducción protegido por el derecho de autor o por un derecho conexo. Obligaciones generales Las obligaciones generales relativas a la observancia figuran en el artículo 41. En el párrafo 1 se establece que los procedimientos de observancia deben permitir la adopción de medidas eficaces contra cualquier acción infractora de los derechos de propiedad intelectual y que los recursos disponibles deben ser ágiles, para prevenir las infracciones, y deben constituir un medio de disuasión de nuevas infracciones. Por otro lado, esos procedimientos deben aplicarse de forma que se evite la creación de obstáculos al comercio legítimo y deben prever salvaguardias contra su abuso. Procedimientos y recursos civiles y administrativos En la segunda sección se establece que debe disponerse de procedimientos judiciales civiles con respecto a toda actividad infractora de los derechos de propiedad intelectual abarcados por el Acuerdo. En las disposiciones de esta sección se desarrollan con mayor detalle las características fundamentales que deben tener esos procedimientos. Esta sección contiene disposiciones sobre mandamientos judiciales, resarcimiento por daños y otros recursos. En el artículo 44 se dispone que se faculte a los tribunales para dictar mandamientos judiciales, es decir, para ordenar a una parte que desista de una infracción, incluida la posibilidad de impedir que los productos importados infractores entren en los circuitos nacionales de distribución. Deben estar asimismo facultados para ordenar al infractor que pague los gastos del titular del derecho, que pueden incluir los honorarios de los abogados que sean procedentes. Cuando así proceda, los tribunales podrán estar facultados para ordenar una reparación por concepto de beneficios y/o resarcimiento por perjuicios reconocidos previamente, aun cuando el infractor haya actuado de buena fe. Medidas provisionales En el artículo 41 se establece que los procedimientos de observancia deben permitir la adopción de medidas eficaces contra las infracciones, con inclusión de recursos ágiles. Como estos procedimientos judiciales pueden llevar bastante tiempo, es necesario que 44
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las autoridades judiciales estén facultadas para prestar ayuda provisional al titular del derecho con el fin de poner inmediatamente término a la presunta infracción. Han de adoptarse medidas provisionales en dos casos. Uno de ellos es cuando son necesarias para impedir que se produzca una infracción o para evitar que las mercancías infractoras entren en los circuitos comerciales. Ello incluye impedir que las mercancías infractoras importadas desaparezcan en los circuitos nacionales de distribución inmediatamente después del despacho de aduana. El otro caso es cuando esas medidas son necesarias para preservar pruebas relacionadas con la presunta infracción. Procedimientos penales La sección quinta y última de la parte del Acuerdo sobre los ADPIC dedicada a la observancia trata de los procedimientos penales. De conformidad con el artículo 61, debe preverse que estos procedimientos se apliquen al menos en casos de falsificación dolosa de marcas de fábrica o de comercio o de piratería lesiva del derecho de autor a escala comercial. Las sanciones deben incluir la pena de prisión y/o la imposición de sanciones pecuniarias suficientemente disuasorias que sean coherentes con el nivel de las sanciones aplicadas por delitos de gravedad correspondiente. Cuando proceda, entre los recursos penales disponibles debe figurar también la confiscación, el decomiso y la destrucción de las mercancías infractoras y de los materiales e instrumentos utilizados para producirlas. 5.4.
ADQUISICIÓN Y MANTENIMIENTO DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL Y PROCEDIMIENTOS CONTRADICTORIOS RELACIONADOS
En su Parte IV figuran algunas normas generales sobre estas cuestiones cuya finalidad es que la adquisición y el mantenimiento de los derechos de propiedad intelectual no conlleven dificultades de procedimiento innecesarias que puedan utilizarse para menoscabar la protección exigida en el Acuerdo. De conformidad con el párrafo 1 del artículo 62, los Miembros podrán exigir -como condición para la adquisición o el mantenimiento de derechos relacionados con marcas de fábrica o de comercio, indicaciones geográficas, dibujos o modelos industriales, patentes y esquemas de trazado- que se respeten procedimientos y trámites razonables. Cuando la adquisición de un derecho de propiedad intelectual esté condicionada al otorgamiento o registro de tal derecho, el procedimiento correspondiente debe permitir el otorgamiento o registro del derecho dentro de un plazo razonable, a fin de evitar que el período de protección se acorte injustificadamente (párrafo 2).
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