Oficio N° 23.080 del Septiembre de 2016. Oficio N° 24.312 del 12

12 oct. 2016 - SANTIAGO,. 08FEB2017. DIRECTOR NACIONAL DE GENDARMERÍA DE CHILE. SR. LUIS ROJAS GALLARDO. PROSECRETARIO DE LA ...
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Oficio N° 23.080 del 13 de Septiembre de 2016. Oficio N° 24.312 del 12 de Octubre de 2016. Informa sobre presentación de Honorable Diputada doña Andrea Molina Oliva.

SANTIAGO,

08FEB2017

DE

DIRECTOR NACIONAL DE GENDARMERÍA DE CHILE

A

SR. LUIS ROJAS GALLARDO PROSECRETARIO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

1. Junto con saludar y por medio del presente documento, vengo en dar respuesta a los Oficios citados en el antecedente, en donde da a conocer una serie de situaciones que ocurren al interior del Centro de Detención Preventiva de Quillota. 2. El Centro de Detención Preventiva de Quillota funciona en el inmueble ubicado en calle República N° 999, comuna del mismo nombre. Fue destinado a Gendarmería de Chile por Decreto Exento N° 14 de fecha 22 de octubre de 1980, del Ministerio de Bienes Nacionales, Secretaría Regional Ministerial, V Región, con una superficie de 10.479,00 metros cuadrados conforme a dicho antecedente. Actualmente atiende a una población total de 543 internos/as, distribuidos en 75 mujeres y 475 hombres, con una capacidad según diseño de 328 internos/as, lo que significa una sobrepoblación de un 65,5%. 3. A esta fecha, la dotación del personal del establecimiento penitenciario asciende a un total de 151 funcionarios, 111 hombres y 40 mujeres. 4. En cuanto a la jornada de trabajo, me permito indicar que al personal de la Planta de Oficiales Penitenciarios y Suboficiales y Gendarmes, les rige el Decreto con Fuerza de Ley 1.791 de 1979, que establece Estatuto de personal perteneciente a las plantas I y II de Gendarmería de Chile. Sin perjuicio de ello, al no ser la jornada de trabajo una de las materias que regula este cuerpo normativo, supletoriamente se aplican las disposiciones del D.F.L. N° 29 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.834, sobre Estatuto Administrativo. En ese sentido, el Artículo 65° de la citada normativa establece que "La jomada ordinaria de trabajo de los funcionarios será de cuarenta y cuatro horas semanales distribuidas de lunes a viernes, debiendo los funcionarios desempeñar su cargo de forma permanente durante esa jornada". 5. Ahora bien, el Artículo 6° N° 15 del Decreto Ley N° 2.859 de 1979,que establece Ley Orgánica de Gendarmería de Chile establece como atribución del Director Nacional fijar horarios y turnos de trabajo que debe cumplir el personal, para lo cual determinará los descansos o franquicias compensatorias de acuerdo a las necesidades del servicio. Conforme a lo anterior, la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República, ha resuelto que corresponde Dirección Nacional Subdirección Operativa Inspectoría Operativa Rosas 1264, Santiago Fono 29163220 www.qendarmeria.cl

a la autoridad administrativa disponer el cumplimiento de turnos por parte del personal, para la ejecución de determinadas tareas que sean indispensables para el adecuado cumplimiento de las funciones del Servicio, respetando las normas estatutarias pertinentes y la posibilidad real de que el respectivo funcionario pueda realizar en forma adecuada las tareas que se le encomienden, sin que el ejercicio de dicha facultad implique fijar una jornada de trabajo menor a la establecida en el Artículo 65° del Estatuto Administrativo. 6. Ahora bien, es dable indicar que pese a que la regla general establezca que la jornada de trabajo de los funcionarios es de cuarenta y cuatro horas semanales, lo cierto es que por la función que cumple Gendarmería de Chile, tratándose del personal de las Plantas I y II, el legislador ha otorgado una asignación de turnos contemplada en la Ley N° 19.538. En efecto, tal asignación está destinada a retribuir pecuniariamente al personal que desempeñe jornadas de trabajo en horarios total o parcialmente fuera del tiempo fijado por la ley, incluso en horarios nocturnos y días sábados, domingos y festivos, acorde a los requerimientos del Servicio. 7. Por otra parte, se hace presente que la Dirección Regional de Gendarmería de Chile, Región de Valparaíso, cuenta con dos psicólogos que otorgan una atención preventiva en materia de salud mental y dos asistentes sociales que colaboran en las intervenciones a nivel regional, todo ello enmarcado en el concepto de responsabilidad social del Estado para sus servidores. En efecto, estas intervenciones se encuentran insertas en el Plan de Salud Mental con el que cuenta el Servicio, el cual comprende en la actualidad cinco programas de intervención orientados a la prevención, siendo estos los siguientes: a) Programa de prevención psicosocíal. b) Programa de Prevención de consumo de alcohol y drogas. c) Programa de prevención de salud. d) Programa de atención clínica. d) Programa de prevención del suicidio. 8. Finalmente, me permito señalar que esta Dirección Nacional se encuentra en permanente monitoreo de la situación de los funcionarios, elaborando distintos planes de apoyo a éstos mediante los Departamentos que componen este Servicio. 9.

Es todo lo cuanto se informa a Ud., para

conocimiento y fines pertinentes. Saluda atentamente,

MERIA DE _/ Informa sobre presentación de ÜRF/PÍR/PRlkeRC/RCR DISTRIBUCIÓN Sr. Prosecretan!o Cámara de Diputados. Ayudantía Dirección Nacional Archivo Subdirección Operativa Oficina de Partes Director Nacional Dirección Nacional Subdirección Operativa Inspectoría Operativa Rosas 1264, Santiago Fono 29163220 www.gendarmeria.ci

y

i

iputada Andrea Molina Oliva.