frt¿o/ocan %notoro/ N"
2022/
Lima,
0E
-2010-utNcETuR/v[T/Dc.rcMT
J[JL,2015
Visto, el Expediente N" 854848-201$.MINCETUR, de fecha 30.01.2015, en el que ta empresa IIIARGIAN S.A.C. solic¡ta la Renovación de la Autorizac¡ón Expresa para la explotación
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N' 27153, y normas modificatorias, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N' 009-2002-MINCETUR, se regula la explotación de los juegos de casino y máqu¡nas tragamonedas en el pais, estableciéndose en el artículo 24' d€l citado cuerpo legal que conesponde a la D¡rección General de Juegos de Casino y Máqu¡nas Tragamonedas las facultades administrativas de autorizac¡ón, fscalización, supervisión, evaluación y sanción vinculadas a las explotaciones antes referidas;
l0' del Decreto Supremo N" 009-2002la Renovación de la Autorización Expresa concedida a las salas de juegos de casino y de tragamonedas, se realiza siguiendo el procedimiento establec¡do para el de Autorización
Que, de acuerdo con lo establec¡do en el artículo
Que, en el articulo 14" de la Ley antes mencionada as¡ como el artlculo 7" de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N" 009-2002-MINCETUR, se establecen los requisitos que los solic¡tantes deben cumplir para acceder a la menc¡onada autorización;
Que, med¡ante Expediente N' 8#848-201'M|NCETUR, de fecha 30.01.2015, la empresa INVERSIONES MARGIAN S.A.C. solic¡ta renovación de la autorización expresa para la explotac¡ón de gos de máquinas tragamonedas en la sala de juegos "EKEKo" ubicada en Av' Pablo Patrón 350, Dlstr¡to de La Vlctoda, Provincia y Departamento de Llma, la misma que fue autor¡zada al de lo dispuesto en el artlculo 2' de la Ley N' 28945, 'Ley de Reordenamiento y Formalización la act¡vidad de Explotación de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas', mediante ResoluciÓn N' 90&201 0-MINCETUR¡|/MT/DGJCMT, de fecha 27.04.201 0; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artlculo 50 de la Ley No 27153
y
normas
mod¡ficatodas los establecim¡ento destinados a la explotación de máquinas tragamonedas no pueden encontrarse a menos de c¡ento cincuenta (150) metros, med¡dos de puerta a puerta s¡guiendo el minimo tránsito peatonal posible de templos y/o centros de estud¡os donde se imparte educación in¡cial, primar¡a y secundaria;
Que, según consta en el Informe Técnico N' 115-2015-MINCETUR /MT/DGJCMT-DFCSRNOR, de f*na 20.02.2015, al amParo de lo establec¡do en la D¡recl¡va No 001-2007-
038-2007MINCETUR /MT/DGJCMT, aprobada med¡ante Resolución Directoral MINCETURA/MT/DGJCMT, de fecha 29.01.2007, se verifcÓ que la sala de juegos cumple con lo establecido en el artículo 5o de la Ley N'27153 y norma modifcatorias' toda vez que no se encuentra ub¡cada a menos de ciento c¡ncuenta (150) metros contados siguiendo el mínimo tránsito peatonal de centros de estudios de educac¡ón in¡cial, primaria y/o secundaria; y que asimismo cumple con los técnicos exig¡bles para la instalac¡ón y funcionamiento de una sala de ¡uegos de máquinas das, enconúándose las máquinas tragamonedas autorizadas y registradas (homologadas) la Direcc¡ón General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas;
N' 2238-2014/DGJCMT de fecha 01.08.2014, se autorizó a la empresa INVERSIONES IUIARGIAN la últ¡ma mod¡ficac¡ón sol¡citada a su Autorizac¡ón Expresa por la explotac¡ón de setenta y cinco máquinas tragamonedas y doscientas ocho (208) memorias de sólo lectura en la sala de .¡uegos Que, asim¡smo, cabe señalar que, mediante Resoluc¡ón Directoral
y que son las mismas que a la fecha viene explotando; Que, la empresa cumple con adruntar cop¡a del Certifcado de hspección Técn¡ca de Seguridad
en Edificaciones de Detalle N" 001129-2015, de rccna 22.06.2015, con vigencia indeterminada, y del Informe de lnspecc¡ón Técnica de Seguridad en Edificaciones de Detalle - Anexo 12 N' 1433 - 2015, exped¡dos por la Municipalidad de La Mctoria, en el que de acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo N' 058-2014-PCM y normas modif¡catorias, se deia constancia que la sala de juegos de la sol¡c¡tante cumple con las condiciones de seguridad exigibles a este tipo de establec¡mientos, para la explotación de setenta y cuatro (74) máquinas tragamonedas;
Que, de la evaluación de la solvencia económ¡ca de la solicitante y de los soc¡os, directores, y apoderados con facultades inscritas, según consta del Informe Económico Financiero N' 061-2015 de Renovación de Autorización Expresa, de fecha '17.04.2015,la solicitante y las personas antes indicadas cumplen con los criterios de evaluación establecidos en la Directiva No 001-2007MINCETUR /MT/DGJCMT, debiéndose precisar de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15" de la Ley N'27153 y normas mod¡f¡catorias que d¡cha evaluación es permanente en tanto el titular de la
gerentes
autorización mantenga vigente la autorización concedida;
Que, en observancia de lo establecido en los artículos 19" y siguientes de la Ley N" 27153 y normas modificatorias, la solicitante cumple con presentar la Pól¡za de Caución N' J0025-00-2015, de fecha 05.01.2015 v¡gente hasta el 03.01.2016, otorgada por SECREX Compañla de Seguros de Crédito y Garantías a favor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR, por la suma de doscientos noventa y dos mil seisc¡entos y 00/100 (S/. 292,600.00) nuevos soles, por las máquinas autorizadas para su explotación en la sala de juegos 'EKEKO', en respaldo de las obligaciones asumidas con el Estado y terceros derivadas de la aplicación del mencionado cuerpo legal, la misma que ha sido remitida al área de administrac¡ón del MINCETUR para su custodia fines corespond¡entes;
-
y
Que, la empresa INVERSIONES MARGIAN S.A.C. mediante Expediente N' 854848-201$ MfNCETUR, de fecha 30.0'1.2015, cumplió con presenlar el Plan de Pr€!/.ención de Ia Ludo/patla, al que hace referencia el literal t) del numeral 14.1 del artículo 14 de la Ley N'27153,'Ley que regula la explotación de los juegos de cas¡no y máqu¡nas tragamonedas" modificado mediante el artículo 6' de la
Ley
N'
29907, "Ley para la Prevención de la Ludopatía en las salas de casino y máquinas 11'del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N'007-2013-
tragamonedas", y el artfculo MINCETUR;
Que, en los Informes Técn¡cos Nros. IlSM|NCETUR /MT/DGJCMT-DFCS-RNOR, 189-2015-
TDGJCMT-DFCS-JCPP,
de fecha
20.02.2015, 20.03.2015, 360-2015TDGJCMT-DFCS-RNOR, de fecha 14.05.2015 y 51T2015-MtNCETUR /MT/DGJCMT, de fecha 06.07.2015, se ha verificado que la sala de juegos ha cumplido con lo dispuesto
ef Decreto Supremo N" 01'2oIGM|NCETUR, que aprobó el Regtamento de "Nomas Técnicas pan la implementación del sistema unificado de contrcl en t¡empo real - SUCIR" a que se refiere la Primera Dispos¡ción Final de la Ley N" 27796 y la Resolución de Superintendencia N" 145-2003-SUNAT;
Que, asim¡smo, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 6 del Anexo ll del Cuadro de Infracciones y sanciones, del Decreto supremo N' o15-2oíGM|NGETUR, se sancionará al titular de una sala tragamonedas con una multa de c¡nco (05) UIT por cada máquina tragamonedas que no se encuentre ¡nterconectada con un Modelo SUCTR;
.17.
y
Que, de acuerdo con lo d¡spuesto en el artículo de la Ley N. 27153 normas mod¡ficatorias, el plazo de v¡gencia de las autorizac¡ones expresas concedidas por la Direcc¡ón General
de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas es de cinco (05) años, pudiendo ser renovada por plazos sucesivos y adicionales de cuatro (4) años;
De conform¡dad con las Leyes Nros. 27153, 27796 y 27444 .Ley det procedimiento Administrativo General'y el Decreto supremo Nro. 009-2002-M|NCETUR, estanao a to opinado.en el Informe Económico F¡nanciero N" 061-201s de Renovac¡ón de Autorizac¡ón Expresa; lnformes Técn¡cos Nfos. I 15-M|NCETUR^/MT/DGJCMT-DFCS-RNOR, 189-2015_M|NCETUF'VMT/DGJC[/[r_ DFCS-JCPP, 360-2015-MINCETUR /MT/DGJCMT-OFCS-RNOR y 513-20i5MINCETUR /MT/DGJCMT-DFCS-JLBC, y Legat N. 359-20.ts-RAV;
frt¿o/oc;An 9,fuwforo/ .../ SE RESUELVE:
l',- Renovar la autorización expresa concedida a la empresa INVERSIONES S.A.C., con código de Registro N" 120819001, para la explotac¡ón de máqu¡nas ¡s en la sala de juegos 'EKEKO" ub¡cada en Av. Pablo Patrón No 350, Distrito de La Provincia y Departamento de Lima, por un plazo de cuako (04) años, en observancia de lo
Artlculo
en el artículo 170 de la Ley No 27153, y normas mod¡f¡catorias.
Artlculo 2'.- La presente autor¡zación faculta a la emprese la explotac¡ón en la Sala de Juegos de sefena y cinco (75) máquinas tragamoneclas y doscientas ocho eü) memorias cle sólo ,ecürna, según detalle contenido en los ANEXOS I y ll que forman parte integrante de la presente resolución.
Artfculo 3o.- De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 14.2 de la Ley N' 27153 y normas mod¡f¡cator¡as, todos los requis¡tos y condic¡ones que s¡rvieron de base para la presente autorizac¡ón mantenerse duranle el plazo de vigenc¡a de la misma, bajo aperc¡bimiento de cancelarse la concedida y disponerse la clausura del establecimiento dest¡nado a la explotación de tragamonedas.
Artículo 4o.- De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 6 del Anexo ll del Cuadro de y Sanc¡ones, del Decreto Supremo N' 015-201o-MINCETUR, que aprobó el Reglamento de 'Normas Técn¡cas Complementarias para la implementación del sistema un¡ficado de control en tiempo real a que se ref¡ere la Primera Disposición Final de la Ley N" 27796 y la Resotuc¡ón de Superintendenc¡a N" 145-200$SUNAT, de fecha 25.07.2003, se sanc¡onará al t¡tular de una sala lñfracc¡ones
tragamonedas con una multa de cinco (05) UIT por cada máqu¡na tragamonedas que no se encuentre interconectada con un Modelo SUCTR.
Artículo 5',- De conformidad con lo establecido en el artfculo 7" del citado cuerpo legal, los l¡tulares de una autorización de explotac¡ón conced¡da por la D¡rección General de Juegos de Casino y Tragamonedas se encuentran obl¡gados a observar las normas que sobre zonif¡cación, h¡giene, parqueo, entre otros, establezcan las mun¡cipalidades en sus respecüvas para el otorgamiento de la l¡cenc¡a municipal a que hubiere lugar.
Artfculo 6'.- De acuerdo con lo d¡spuesto en la Sentenc¡a de fecha 02.02.2006, expedida por la misma que bajo responsab¡lidad
Tribunal Constitucional (Expediente No 4227-2005-PAlfC),
precedente vinculante para todos los poderes públicos, los explotadores de.iuegos de casino y máqu¡nas tragamonedas deben cumplir con el pago del lmpuesto a los Juegos como consecuenc¡a de la activ¡dad comerc¡al que desanollan.
Artículo 7o.- La D¡rección General de Juegos de Casino y Máqu¡nas Tragamonedas se reserva el derecho de revocar la presente autorización en caso verif¡carse que las condic¡ones económicof¡nanc¡eras de la empresa autorizada se han mod¡f¡cado negativamente como consecuencia de las acciones de cobranza que pudiera llevar a cabo la Superintendencia Nacional de Admin¡stración Tributar¡a (SUNAT) por la deuda exigible por concepto del lmpuesto a los Juegos.
8",- De conformidad con lo previsto en el artlculo 24" de la Ley N" 27153 y en con el Princip¡o de Priv¡leg¡o de Controles Posteriores regulado en el numeral 1.16 del fV de la Ley N" 27444, "Ley del Procedimlento Adm¡nistrativo General', la Dirección General Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas en e¡erc¡cio de su facultad de flscalización se erva el derecho de verifcar la información y/o documentación presenlada por la sol¡citante asf como Artfculo
establecer
las sanciones o iniciar las acciones legales que resulten aplicables ante
discrepancia con la realidad de los hechos.
cualqu¡er
'
Artlculo 9',- De acuerdo con lo dispuesto en el artfculo 8" del Decreto Supremo N'006-2013PCM, que 'Aprueba la relación de autorizaciones sectoñales de las Entidades del Poder Eiecutivo, que deben ser exigidas como rcquisito prcvio para el ototgam¡ento de la l¡cenc¡a de func¡onamiento, de N' 28976, Ley Marco de L¡cenc¡a de func¡onamiento", publíquese la presente acueño a la directoral en el Portal WEB del Ministerio de Comerc¡o Exterior y Turismo, en la siguiente electrónica: www.m¡ncetur.oob. oe/newweb/.
Ley
de la Directiva 001-2007f /^gll Artfcuto 1O'.- En observanc¡a de lo dispuesto en el articulo 12" /MT/oGJCMT, aprobada med¡ante Resoluc¡ón D¡rectoral N" 38-2007--2."$'ííINCETUR MINCEIUR^/MT/DGJCMT, remftase a la Unidad de Inteligencia F¡nanciera la información y/o :y y/o y personas nalurales las documentación económica f¡nanciera relac¡onada con el solic¡lante jurldicas. que han sido objeto de evaluac¡ón, para los f¡nes a que se conlrae la disposición antes ind¡cada.
Regístrese,
MANUEL
BENAVENTE
D¡rectora General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas
dñ frqtw
al{Exo
I
RELACIóN DE MÁQUINAS TRAGAIIOI{EDAS AUTORIZADAS SALA DE JUEGOS "EKEKO"
REsoLUcóNDrREcroRAr
o 2A 22
Pógim
t
-2015{tNcETUR/vttIDGJc[T
AI{EXO I
RELACÉ
DE
üÁQUI
AS TRAGAÍIIOIIEDAS AUTORZADAS SALA DE JUEGOS "EKEKO'
REsoLUcfó DfREcroRAL
ó
-
2¿ ? Z -2o1ffii
4e :,/ '\)>_
Pógim 2
cETUR/v[T,DGJcrT
AitExo tl RELACION DE fÍEMORIAS OE sóLO LECTURA AUTORIZAOAS SALA DE JUEGOS "EKEKO" REsoLUcóN
Df
REcroR
L
N.'
2N ?
-2ol$ftNcETuR/v[T/DGJc[T
atExo RELACION DE
flEIORIAS
tl
DE SÓLO LECTURA AUTORZADAS
SALA DE JUEGOS "EXEKO"
REsoLucóN DfREcfoRAL
|( 2/2?-2ols{
Pógim a
NcETuR vlrtTrDGJc¡tT
ANEXO II RELAGToN DE
itE[oRtAs
DE
sóLo LEcruRA auroRrzADAs
SALA DE JUEGOS "EKEKO"
REsoLUclóN
DrREc¡oax¡p 20 2
?
sL wü .:)>-
'.-/¡rRE(
-',
ii^vg ,'),\ /
. 4-').-
Póg¡m 5
.2ots{urNcETUR vlrTrDGJcMr