NORTH AMERICAN POWER AND GAS, LLC. (“NAP”) Contrato de venta de Gas Natural de Nueva York Declaración de información al cliente y términos y condiciones Precio
FIJO: 51.90 centavos por CCF.
Fijo
Fijo 12 A partir de ese momento, a menos que se le notifique lo contrario al Cliente, el Acuerdo se renovará automáticamente a una tarifa variable cada mes.
Duración del acuerdo y fecha de finalización
Este Acuerdo comenzará en la próxima fecha de lectura del medidor después de que la compañía de servicios públicos procese la inscripción del Cliente, y la fecha de finalización del servicio de suministro de North American Power será después de 12 meses.
El cliente del proceso puede hacer uso de una rescisión del acuerdo sin penalización
Si se trata de un cliente residencial, podrá rescindir el acuerdo comunicándose con NAP (consulte la sección de Información de contacto) dentro del plazo de 3 días hábiles a partir de la recepción del acuerdo de venta. Proporcione el nombre, la dirección, el número de teléfono, el número de cuenta y una declaración de que rescinde este Acuerdo.
Cantidad de la Cuota de Cancelación Anticipada y método de cálculo
Si este Acuerdo se cancela durante el Período inicial o en algún Período de renovación posterior después del período de cancelación correspondiente, el Cliente pagará una cuota de recuperación de costo por terminación temprana. Dicha cuota será de diez dólares ($10.00) por cada mes que quede del Acuerdo, pero no superará los cien dólares ($100.00) por ningún Acuerdo con un período restante de menos de 12 meses o doscientos dólares ($200.00) por un Acuerdo con un período restante de más de 12 meses.
Cantidad de la Cuota por Retraso en el Pago y método de cálculo
Si el Cliente no paga su factura a tiempo, podrá estar sujeto a la terminación de los servicios de suministro de gas natural y a la suspensión de los servicios de suministro según los procedimientos aprobados por la NYPSC. Si NAP le factura directamente al Cliente, este deberá pagar las facturas de NAP en el plazo de veinte (20) días a partir de la fecha de la factura, y NAP se reserva el derecho de cobrar una cuota por pago atrasado cada mes por un valor del 1.5% del monto de la factura vencida. Si se devuelve el pago, el Cliente deberá pagar una cuota de veinticinco ($25.00) por cada ocurrencia. Si el Cliente es un cliente no residencial y no realiza el pago total de los cargos adeudados a NAP por cualquier factura consolidada que haya elaborado la empresa local de distribución de servicios públicos, se considerará base suficiente para desconectar los servicios públicos y el servicio de suministro de gas natural de conformidad con las normas y los reglamentos de la NYPSC sobre la terminación del servicio para clientes no residenciales.
Disposiciones para la renovación del acuerdo
North American Power deberá informar con claridad y por escrito al Cliente, en un plazo entre 30 y 60 días antes de que termine el período de vigencia actual del Acuerdo del Cliente, sobre cualquier período de renovación, así como sobre la opción del Cliente a rechazar el período de renovación. Al Cliente no se le cobrará una cuota de cancelación si se opone a la renovación en un plazo de 3 días hábiles después de recibir el primer extracto de la factura, de conformidad con el acuerdo renovado. Si North American Power realiza cualquier cambio en el acuerdo renovado del Cliente, además de un cambio de tarifa o un cambio de tarifa fija a tarifa variable, según como se especifique en el acuerdo inicial de venta, tales cambios se considerarán materiales y requerirán que North American Power obtenga la autorización expresa del Cliente para la renovación.
Condiciones que garantizan el ahorro del cliente
No se garantizan ahorros.
NY-TOS-FG-083115-ES
1. Servicio. El Cliente comenzará a recibir gas natural en el momento de la primera lectura programada del contador por parte de la compañía del servicio de distribución local (la “Compañía de servicios públicos” o “LDU”) o, si corresponde, después de la fecha en la que el Cliente cumpla las condiciones para participar en el programa de remisiones ESCO de la compañía de servicios públicos. El suministro de gas natural de NORTH AMERICAN POWER AND GAS, LLC (“NAP”) al cliente continuará de conformidad con estos términos y condiciones así como también la “carta de bienvenida”, que juntos constituyen el acuerdo completo (de aquí en adelante, el “Acuerdo”). Al otorgar, aprobar o no rescindir este Acuerdo conforme a los términos de NAP o el Programa de remisiones ESCO de la Compañía de servicios públicos, el Cliente acepta comenzar con el servicio y el proceso de inscripción en NAP en virtud de este Acuerdo. NAP cuenta con la aprobación de la Comisión de Servicios Públicos del Estado de Nueva York (“NYPSC”) para actuar como Compañía del Servicio de Energía (la “ESCO”) y ha celebrado un acuerdo de servicios con la Compañía de servicios públicos del Cliente. La NYPSC no regula el precio del gas natural ni otros cargos que se encuentren en este Acuerdo. El Cliente tiene al menos 18 años y está plenamente autorizado para celebrar este Acuerdo. NAP es un minorista de gas natural y no es la LDU del Cliente. La LDU del Cliente seguirá desempeñando las siguientes funciones: suministro de gas natural, lectura de contadores, envío de facturas y reparaciones. La LDU también responderá a las emergencias y suministrará otros servicios públicos tradicionales. El Cliente entiende que no está obligado a seleccionar un proveedor competitivo y puede seguir con el servicio de gas natural que suministra la LDU. 2. Vigencia. El acuerdo será fijo durante el período que se menciona en la Carta de bienvenida y en la Declaración de divulgación. La vigencia comenzará a partir de la fecha en que el cambio de proveedor a NAP sea efectivo según lo determinado por la Compañía de servicios públicos. Una vez que termine cualquier período inicial o de renovación de este Acuerdo, el Acuerdo quedará automáticamente renovado con una tarifa mensual variable según el mercado con los mismos términos que contiene el presente documento. Sin embargo, si NAP modifica materialmente sus términos y condiciones, a excepción del precio de la tarifa variable según el mercado, NAP deberá obtener una autorización del cliente (escrita u oral de forma verificable) después de que el cliente haya recibido una notificación por escrito con los nuevos términos en un plazo no inferior a 30 días y no superior a 60 días antes de la fecha de los nuevos términos y condiciones (el “Período de renovación”). El Cliente dispondrá de 3 días hábiles a partir de la recepción del primer extracto de facturación del Período de renovación del Cliente para rechazar las condiciones de renovación y cancelar el acuerdo de renovación. El Cliente puede enviar a NAP una notificación de la cancelación por escrito a su correo electrónico o la dirección de correspondencia o llamar a NAP según se describe en la sección de Información de contacto de este Acuerdo. El Cliente también puede llamar a la compañía de distribución para cancelar el Acuerdo. NAP puede cancelar este Acuerdo enviando al Cliente una notificación por escrito con un preaviso de 15 días. 3. Precio abierto. Cada mes la factura del cliente se calculará multiplicando (i) el precio del gas natural por (ii) la cantidad de gas natural consumido en el ciclo de facturación más (iii) los impuestos, las cuotas o los cargos aplicables que la Compañía de servicios públicos cobre por la distribución y otros servicios. El precio por CCF de gas natural vendido en virtud de este Acuerdo se determinará según el mercado, y los cálculos de precio variable se establecerán según el método antes establecido para incluir los precios de la materia prima, el transporte, los cargos de compensación, los cargos de almacenamiento, las cuotas de NAP, los beneficios, los cargos de oscilación y cualquier otro cargo impuesto por un servicio público, gasoducto o cualquier otra entidad que tenga dicha autoridad para imponer cualquier cargo, además de los impuestos aplicables y cualquier otro cargo o tasa impuestos por la compañía de servicios públicos o una entidad que tenga la autoridad para imponer tales cargo. 4. Representación. El Cliente por el presente nombra a NAP como su representante a efectos de la adquisición de los suministros necesarios para satisfacer todas las necesidades de gas natural del Cliente y la organización
para suministrar gas natural al Cliente. 5. Titularidad. Todo el gas natural vendido en virtud de este Acuerdo se suministrará a una ubicación considerada el “Punto de suministro”, que en el caso del gas natural se encontrará en el límite de la ciudad designado por los servicios públicos y constituirá el punto en el que tiene lugar la venta y donde la titularidad se traslada de NAP al Cliente. 6. Medición. La medición de la cantidad de gas natural suministrado en virtud de este Acuerdo vendrá determinada por las lecturas del contador o por las estimaciones realizadas por la Compañía de servicios públicos. 7. Facturación y pagos. A menos que se acuerde lo contrario por escrito, NORTH AMERICAN POWER o la Compañía de servicios públicos facturarán mensualmente el gas natural suministrado en virtud de este Acuerdo o de conformidad con las políticas, los procedimientos y las tasas de los servicios públicos. El Cliente abonará cada factura por completo en un plazo de veinte (20) días naturales a partir de la fecha de la factura o estará sujeto a una cuota por retraso en el pago de un 1.5% al mes. El Cliente deberá recibir una única factura tanto por los costos de las materias primas como por el suministro por parte de la Compañía de servicios públicos. Los pagos del Cliente remitidos en respuesta a una factura consolidada, estarán, en la medida de lo posible, prorrateados de acuerdo con los procedimientos adoptados por la Comisión de Servicios Públicos del Estado de Nueva York (PSC). En el caso de que el Cliente no proporcione el pago antes de su vencimiento, NORTH AMERICAN POWER tendrá derecho a rescindir el servicio de materias primas mediante una notificación por escrito con quince (15) días naturales de antelación al Cliente. El incumplimiento de realizar el pago completo de los cargos vencidos de NORTH AMERICAN POWER en cualquier factura consolidada preparada por la Compañía de servicios públicos para NORTH AMERICAN POWER será razón para la desconexión de los servicios públicos y del servicio de materias primas de acuerdo con las normas y los reglamentos de la NYPSC sobre la rescisión del servicio a los clientes residenciales. Los pagos del Cliente remitidos en respuesta a una factura consolidada estarán prorrateados (cuando se requiera) de acuerdo con los procedimientos adoptados por el Departamento de Servicios Públicos del Estado de Nueva York (en lo sucesivo, el “DPS”). Se cobrará un cargo de $25 por todos los pagos rechazados. NORTH AMERICAN POWER se reserva el derecho de transmisión y se proporciona una notificación legal en el presente documento por cualquier aumento en los cargos aplicados a NORTH AMERICAN POWER (por ejemplo, cuentas pendientes de cargos de facturación, etc.) que sean el resultado de cualquier Comisión de servicios públicos presente o futura, servicios públicos, gasoducto, o acción de la FERC (Comisión Reguladora de Energía Federal) o de cualquier otro organismo que tenga autoridad. NAP enviará un aviso por escrito 30 días antes de aplicar dichos aumentos en los cargos. 8. Proceso de cancelación. Si el Cliente es residencial, podrá cancelar este Acuerdo en un plazo de 3 días a partir de su recepción (el “Período de cancelación”) sin penalización ni cuota de cancelación. Para ello, debe comunicarse con NAP según la Información de contacto que aparece en la sección correspondiente. Si no se solicita la cancelación en los 15 días siguientes a la lectura del contador, el Cliente puede solicitar una lectura del contador especial, la cual está habitualmente sujeta a un cargo de servicio. El Cliente es responsable de todos los cargos de NORTH AMERICAN POWER mientras el Cliente vuelve a la LDU o selecciona otro proveedor. Se emitirá una factura aproximadamente veinte (20) días después de la última lectura del contador programada o, si el acceso no está disponible, se utilizará una estimación del consumo en la factura, la cual se ajustará posteriormente a la lectura real final del contador. 9. Aceptación y enmiendas. NAP puede enmendar los términos de este Acuerdo en cualquier momento, de acuerdo con cualquier ley, norma o reglamento aplicables, enviando una notificación al Cliente de dicha enmienda con al menos treinta (30) días de antelación a la fecha de entrada en vigor de dicha enmienda. Cualquier cambio en este Acuerdo, aparte de la disposición de precios iniciales, estará documentado de conformidad con los NY-TOS-FG-083115-ES
reglamentos de la PSC. 10. Contactos del servicio de emergencia. En el caso de un corte de gas natural o de electricidad, olor a gas natural u otra emergencia, por favor use el siguiente número gratuito para contactar directamente a su Compañía de servicios públicos: Central Hudson Gas & Electric Rochester Gas & Electric Orange & Rockland Gas National Grid National Fuel Gas Consolidated Edison NYSEG
1-800-527-2714 1-888-253-8888 1-800-533-5325 1-800-892-2345 1-800-444-3130 1-800-752-6633 1-800-572-1131
11. Resolución de disputas. En el caso de una disputa de facturación o un desacuerdo que implique al servicio de NAP conforme al presente Acuerdo, las partes harán todo lo posible por resolver la disputa. El Cliente deberá ponerse en contacto con NAP por teléfono o por escrito conforme a lo indicado anteriormente. Cualquiera de las partes puede enviar la disputa o el reclamo relacionados con un cliente residencial en cualquier momento al DPS de acuerdo con sus Procedimientos de tramitación de reclamos (en adelante, los “Procedimientos”) llamando a la NYPSC al 1-888-697-7728 o escribiendo al DPS a: Departamento de Servicios Públicos del Estado de Nueva York, Oficina de servicios de atención al cliente, Three Empire State Plaza, Albany, New York 12223, o a través de su sitio web en: http://www.dps.ny.gov. El Cliente debe abonar la factura completa, a excepción de la cantidad específica disputada, durante el tiempo que dure la tramitación de la disputa. 12. Protecciones del cliente. Los servicios ofrecidos por NAP al Cliente se rigen por los términos y condiciones de este Acuerdo. NAP proporcionará con al menos 15 días de antelación una notificación de la cancelación del servicio al Cliente. El Cliente puede obtener información adicional poniéndose en contacto con NORTH AMERICAN POWER con la información de contacto antes mencionada o con la NYPSC en el 1-888-697-7728, o escribiendo a la NYPSC a: Departamento de Servicios Públicos del Estado de Nueva York, Oficina de servicios de atención al cliente , Three Empire State Plaza, Albany, New York 12223, o a través de su sitio web en http://www.dps.ny.gov. 13. Responsabilidad secundaria. En ningún caso, NAP será responsable por daños directos, punitivos, fortuitos, consecuentes, ejemplares, indirectos, de reclamos de terceros u otro tipo de daños, independientemente de que dichos reclamos se basen en un contrato, en una garantía, en un delito civil, en negligencia, en estricta responsabilidad, o en algún otro motivo, ni serán responsables de pérdidas de ingresos derivadas de un incumplimiento de este Acuerdo. 14. Marco legal. El lugar para resolver cualquier demanda entablada a fin de hacer cumplir cualquier término o condición de este Acuerdo o para interpretar los términos del mismo recaerá exclusivamente en el estado de Nueva York. Este Acuerdo se interpretará en virtud de las leyes del estado de Nueva York, y se regirá por estas, sin tener en cuenta la aplicación de sus conflictos de derecho y principios. 15. Sin garantía. A MENOS QUE SE ESTABLEZCA EXPRESAMENTE LO CONTRARIO EN ESTE ACUERDO, NORTH AMERICAN POWER NO OFRECE Y EL CLIENTE NO RECIBE GARANTÍA ALGUNA, EXPRESA O IMPLÍCITA, LEGAL O DE OTRO MODO, Y NORTH AMERICAN POWER NIEGA ESPECÍFICAMENTE CUALQUIER GARANTÍA DE COMERCIALIZACIÓN O ADECUACIÓN PARA UN FIN EN PARTICULAR. 16. Fuerza mayor . NAP hará todos los esfuerzos que sean comercialmente razonables para suministrar gas natural conforme a lo aquí estipulado, pero NAP no garantiza un suministro continuo de gas natural al Cliente. Determinadas causas y eventos fuera del control de North American Power (en lo sucesivo "Eventos de fuerza mayor") pueden provocar interrupciones en el servicio. NAP no será responsable de ninguna de dichas interrupciones causadas por un Evento de fuerza mayor, y NAP no es ni será responsable de los daños ocasionados por Eventos de fuerza mayor. Los Eventos de
fuerza mayor incluirán, entre otros, desastres fortuitos, incendios, inundaciones, tormentas, actos de terrorismo, guerra, disturbios sociales, actos de cualquier autoridad gubernamental, accidentes, huelgas, disputas o problemas laborales, trabajos de mantenimiento necesarios, incapacidad para acceder al sistema de la LDU, el incumplimiento por parte de la LDU (incluido, entre otros, un corte en la instalación o problemas en sus líneas de distribución eléctricas o de gas natural) o cualquier otra causa que afecte la capacidad de la parte para cumplir y que exceda el control de NAP. El término “Fuerza mayor” tal y como se usa en este Acuerdo también hará referencia a cualquier acto o causa fuera del control razonable de NAP y que, en el ejercicio de la debida diligencia, NAP no haya podido evitar ni superar, incluido, entre otros, cualquier acto o causa que los servicios públicos, gasoducto, instalación de almacenamiento o cualquier entidad de transporte o transmisión interpreten como “Fuerza mayor”. Si NAP se considera incapaz, en parte o en su totalidad, por Fuerza mayor para ejecutar o cumplir cualquier obligación o condición de este Acuerdo, nosotros lo notificaremos inmediatamente y por escrito, en la medida de lo posible, y proporcionaremos información razonable detallada a la otra parte. Dichas obligaciones o condiciones, en tanto se vean afectadas por dicho Evento de fuerza mayor, se suspenderán por el tiempo que dure la incapacidad que hayan provocado, y NAP queda eximido de toda responsabilidad y no sufrirá perjuicio alguno por no llevarlas a cabo durante dicho período. Si NAP reivindica la suspensión de obligaciones, debemos intentar mitigar o aliviar de buena fe la Fuerza mayor. 17. Cambio de ley/Cambios regulatorios. Este Acuerdo está sujeto a legislaciones, órdenes, reglamentos, regulaciones o decisiones presentes y futuras de una autoridad gubernamental debidamente constituida que tenga jurisdicción sobre este Acuerdo o los servicios que se proporcionarán conforme a lo aquí estipulado. Si en alguna fecha en el futuro cambia una ley, regla, regulación, tarifa o estructura regulatoria (un “Cambio regulatorio) que afecte el período, una condición o disposición de este Acuerdo, incluido, entre otros, el precio, NAP tendrá derecho a modificar este Acuerdo para reflejar dicho Cambio regulatorio enviando un aviso por escrito al Cliente 30 días antes de implementar dicha modificación. 18. Impuestos y leyes. Salvo que se disponga lo contrario en el Acuerdo o por ley, todos los impuestos de cualquier clase, naturaleza y descripción, pendientes y pagaderos con respecto al cumplimiento por parte del Cliente de sus obligaciones en virtud de este Acuerdo, serán abonados por el Cliente. Las obligaciones de las partes en virtud de este Acuerdo están sujetas a cualquier legislación, orden, norma o reglamento futuros y/o presentes emitidos de forma válida por una autoridad gubernamental debidamente constituida que tenga jurisdicción sobre este Acuerdo o sobre los servicios dispuestos en el presente documento. Si el Cliente reivindica cualquier exención tributaria, el Cliente debe proporcionar a NAP documentación escrita de la exención tributaria del Cliente antes de comenzar el servicio en virtud de este Acuerdo. 19. Cesión. El Cliente no puede ceder sus intereses u obligaciones en virtud de este Acuerdo sin el consentimiento por escrito de NAP. NAP puede vender, transferir, otorgar o ceder las cuentas, los ingresos y las ganancias según el presente en relación con cualquier acuerdo económico. NORTH AMERICAN POWER puede ceder este Acuerdo a otro proveedor de energía, empresa de servicios energéticos o a cualquier otra entidad de conformidad con la ley aplicable. Tras dicha cesión, el Cliente acepta que NAP no tendrá obligaciones adicionales conforme a lo aquí estipulado. 20. Autorización. El Cliente autoriza a NAP a obtener y revisar información suya, incluido, entre otros, el historial de crédito del cliente obtenido de las agencias de crédito y la información de los Servicios públicos incluido, entre otros, el historial de consumo, justificantes de facturas, información de crédito, información de pago, recepción de ayudas públicas, existencia de emergencias médicas, informe de enfermedad en caso de que el Cliente tenga una emergencia médica, necesidades humanas, sea una persona anciana, invidente o discapacitada y los datos aplicables a períodos de olas de frío en virtud de PSL § 32 (3); e información perteneciente a PSL § 33, estatus tributario e idoneidad para obtener desarrollo económico u otros NY-TOS-FG-083115-ES
incentivos. Esta información puede ser usada por NAP para determinar si comenzará o continuará proporcionando el servicio de suministro energético al Cliente. La suscripción o el incumplimiento a la hora de rescindir de forma oportuna el acuerdo por parte del Cliente constituirá la autorización para la divulgación de esta información a NAP. Esta autorización permanecerá en vigor durante el período inicial y durante cualquier período de renovación de este Acuerdo. El Cliente puede rescindir esta autorización en cualquier momento enviando una notificación por escrito de la misma a NAP o llamando a NAP al 1-800-313-9086. NAP se reserva el derecho a cancelar este Acuerdo en caso de que el Cliente rescinda la autorización. 21. Información de contacto de NAP. El Cliente puede ponerse en contacto con NAP llamando al 1-888-313-9086, de lunes a viernes de 8 a.m. a 6 p.m. (hora del Este) o escribiendo un correo electrónico a
[email protected] o escribiendo a 20 Glover Avenue, Norwalk CT 06850. Si el Cliente llama a NAP durante el horario de atención en relación con una emergencia de sus servicios públicos, se le transferirá directamente a la LDU o se le suministrará el número telefónico de la LDU para que el Cliente se comunique directamente. Si el Cliente llama fuera de este horario, se le suministrará el número telefónico para emergencias de la LDU. Si el Cliente llama a NAP fuera del horario de atención normal, se le pedirá que llame de nuevo durante el horario de atención normal. Rev. 08.31.15
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