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Visto, el Expediente N° 15-101175-003, que contiene la Nota Informativa N° 13412015-DGSP/MINSA, de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud y la Nota Informativa N° 1305-2015-0GAJ/MINSA, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de los Angeles, California, Estados Unidos de América, se llevó a cabo el 2° Fórum de Alto Nivel denominado "Políticas sobre la Cadena de Suministro de Sangre" y al Primer Meeting del Advisory Board APEC LSIF Blood Supply Chain Partnership Trainning Network, del 22 al 23 de octubre de 2015; Que, mediante carta de fecha 22 de septiembre de 2015, la presidenta del Programa de Seguridad de la Sangre APEC, invita a la médico cirujano Mariela Petronila Delgado Burga, Directora Ejecutiva de la Organización Nacional de Donación y Trasplante del Ministerio de Salud y Coordinadora Nacional del Programa Nacional de Hemoterapia y Bancos de Sangre de la Dirección General de Salud de las Pérsonas del Ministerio de Salud, a participar en el mencionado evento, señalando que dicha organización financiará los gastos de participación correspondientes; Que, el citado evento tuvo como objetivo, mejorar los niveles de seguridad para las transfusiones y sostenibilidad de la cadena de suministro de sangre; Que, con el documento del Visto, la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, solicitó se autorice el viaje de la médico cirujano Mariela Petronila Delgado Burga, Directora Ejecutiva de la Organización Nacional de Donación y Trasplante, para que represente al Ministerio de Salud en el citado evento; y propuso encargar las funciones de Director Ejecutivo de la Organización Nacional de Donación y Transplante del Ministerio de Salud al médico cirujano Luis Alberto Moriano Palomino, profesional de la citada Organización Nacional, en tanto dure la ausencia de la titular; Que, mediante Informe N° 473-2015-EGC-ODRH-OGGRH/MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, señaló que la participación de la citada funcionaria se encuentra comprendida dentro de los alcances de la normatividad legal vigente sobre autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos, no ocasiona gastos al Estado y cuenta con la autorización de la Alta Dirección; acotando que resulta procedente autorizar el viaje con eficacia anticipada. Asimismo, opina que procede el encargo de funciones propuesto;

Que, el artículo 11 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente; Que, el artículo 11 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y su modificatoria, establece que los trabajadores bajo dicho régimen pueden ejercer la designación temporal, como directivo superior o empleado de confianza, observando las limitaciones establecidas en la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y atendiendo a la temática y los objetivos del evento antes señalado, resulta de interés institucional autorizar con eficacia anticipada el viaje de la citada funcionaria; Que, mediante Nota Informativa N° 1305-2015-OGAJ/MINSA la Oficina General de Asesoría Jurídica emitió opinión legal; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el artículo 11 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y su modificatoria; en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, con eficacia anticipada, el viaje de la médico cirujano Mariela Petronila Delgado Burga, Directora Ejecutiva de la Organización Nacional de Donación y Trasplante del Ministerio de Salud y Coordinadora Nacional del Programa Nacional de Hemoterapia y Bancos de Sangre de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud, a la ciudad de Los Angeles, California, Estados Unidos de América, del 21 al 24 de octubre de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Designar temporalmente con eficacia anticipada del 21 al 24 de octubre de 2015, las funciones de Director Ejecutivo de la Organización Nacional de Donación y Trasplante del Ministerio de Salud, al médico cirujano Luis Alberto Moriano Palomino, profesional de la citada Organización Nacional en adición a sus funciones y en tanto dure la ausencia del titular.

MINISTERIO DE SALUD

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Artículo 3.- Disponer que la citada funcionaria, remita a la Alta Dirección, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en el evento al que acudió. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no irrogó gasto al Estado ni otorgó derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese y comuníquese

ANÍBAL VELÁSQ EZ VALDIVIA MINISTRO DE SALUD