MiNiSTERIO DE SAlUD Vista, la Nota Informativa W 412-2016

23 may. 2016 - 6 Flanagan, SV, Johnston RB and Zheng Y (2012). Arsenic in tube well water in Bangladesh: health and economic impacts and implications for ...
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MiNiSTERIO DE SAlUD

Vista, la Nota Informativa W 412-2016-DGIESP/MINSA, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud y la Nota Informativa W 000030-2016-DVMSP/MINSA, del Despacho Viceministerial de Salud Pública; CONSIDERANDO:

Oue, los numerales 1y 11 del Título Preliminar de la Ley W 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el artículo 104 de la precitada Ley establece que toda persona natural o jurídica, está impedida de efectuar descargas de desechos o sustancias contaminantes en el agua, e! aire o el suelo, sin haber adoptado las precauciones de depuración en la forma que señalan las normas sanitarias y de protección del ambiente; Que, los numerales 1) y 4) del artículo 3 del Decreto Legislativo W 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud establecen que el Ministerio de Salud es competente en salud de las personas, así como en salud ambiental e inocuidad alimentaria; Que, el artículo 4 de la precitada Ley dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tiene impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; A. Velásquez

C. CAVAGNARO P

Que, los literales a) y b) del artículo 5 del Decreto Legislativo W 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, entre otros;

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Que, mediante Decreto Supremo W 034-2016-PCM, publicado en el diario oficial "El Peruano" con fecha 23 de mayo de 2016, se declaró el Estado de Emergencia en los distritos e Tambopata, lnambari, Las Piedras, y Laberinto en la provincia de Tambopata; Fitzcarrald , Manu, Madre de Dios y Huepetuhe, en la provincia de Manu; e lñapari, Iberia y Tahuamanu , n la provincia de Tahuamanu del departamento de Madre de Dios por la contaminación por ercurio, en el marco de la Ley W 29664, sobre Gestión de Riesgo de Desastres, por el plazo e sesenta (60) días calendario, para la ejecución de acciones inmediatas y necesarias de espuesta y rehabilitación orientadas a reducir los efectos dañinos causados por dicha ituación; Que, asimismo, el artículo 3 del precitado Decreto Supremo dispone que los Ministerios nvolucrados en la Declaratoria de Estado de Emergencia, en un plazo no menor de cinco (05) ías calendario contados a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, deben emitir al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), el Plan de Acción Sectorial de ntervención en las zonas declaradas en Estado de Emergencia, que involucre las acciones de espuesta y rehabilitación orientadas estrictamente a la atención de la situación que sustenta 1 citado Decreto Supremo, las mismas que corresponderán a medidas de orden estructural, y o estructural que se deriven de la necesidad de atención en las zonas declaradas en estado e emergencia; Que, con el documento del visto, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en alud ha elaborado para su aprobación el Plan de Acción de Intervención del Ministerio de alud para la atención de la salud de la población en el marco de lo dispuesto en el Decreto upremo N° 034-2016-PCM; Que, con Informe W 106-2016-0GPPM-OPF/MINSA, la Oficina General de laneamiento, Presupuesto y Modernización ha emitido opinión favorable respecto de la isponibilidad presupuesta! para la aprobación del Plan de Acción de Intervención del inisterio de Salud; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en alud; Que, mediante Informe W 602-2016-0GAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría urídica del Ministerio de Salud emitió la opinión correspondiente; Con el visado de la Directora General de la Dirección General Intervenciones stratégicas en Salud Pública, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, resupuesto y Modernización de la Directora General de la Oficina General de Asesoría urídica y del Viceministro de Salud Pública; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo W 1161, Ley de rganización y Funciones del Ministerio de Salud y en el Reglamento de Organización y unciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo W 007-2016-SA; SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Plan de Acción de Intervención del Ministerio de Salud para la tención de la salud de la población en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 34-2016-PCM, el que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución inisterial.

MINISTERiO DE SAUJJD

Artículo 2.- Disponer que los órganos involucrados del Ministerio de Salud que intervienen en el precitado Plan de Acción, adopten las acciones necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el mismo. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Instituto Nacional de Defensa Civil- INDECI, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo 4.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente - Resolución Ministerial en el Portal Instituciona-l--Gel Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/index.asp?op=11 S.-

Regístrese y comuníquese. c. CAVAGNARO P

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ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud

PLAN DE ACCIÓN DE SALUD EN EL MARCO DEL ESTADO DE EMERGENCIA EN ONCE DISTRITOS DE LAS PROVINCIAS DE TAMBOPATA, MANU Y TAHUAMANU DEL DEPARTAMENTO DE MADRE DE DIOS 2016; DECRETO SUPREMO N° 034-2016-PCM

2016

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P.MIN.>.\'A

DOCUMENTO TÉCNICO: PLAN DE ACCIÓN DE SALUD EN EL MARCO DEL ESTADO DE EMERGENCIA EN ONCE DISTRITOS DE LAS PROVINCIAS DE TAMBOPATA, MANU Y TAHUAMANU DEL DEPARTAMENTO DE MADRE DE DIOS 2016 DECRETO SUPREMO No 034-2016-PCM

1.

INTRODUCCIÓN: .................................................................................................. 2

2.

ANTECEDENTES ................................................................................................. 3

3.

FINALIDAD ............................................................................................................. 5

4.

OBJETIVOS ........................................................................................................... 5

5.

BASE LEGAL ........................................................................................................ 5

6.

ÁMBITO DE APLICACIÓN .................................................................................. 6

7.

CONTENIDO DEL PLAN ..................................................................................... 8

7.1 SITUACIÓN ACTUAL ........................................................................................... 8 7.1.1 POBLACIÓN BENEFICIARIA ........................................................................... 9 7.1.2 PRIMERAS CAUSAS DE MORBILIDAD ..................................................... 10 7.1.3 PRIMERAS CAUSAS DE MORTALIDAD ................................................... 11 7.3

CARACTERÍSTICAS DE LA INTERVENCIÓN ....................................... 12

7.4. DESCRIPCIÓN DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS ............................. 14 7.5 PRESUPUESTO..

. .......

. ......................

. ................................ 15

7.6 CRONOGRAMA ................................................................................................... 15

8.

RESPONSABILIDADES .................................................................................... 15

9.

ANEXOS ............................................................................................................... 16

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1. INTRODUCCIÓN:

La salud, es un área del desarrollo social en donde la diversidad cultural, tiene efectos decisivos en los diversos aspectos que influyen en el estado de bienestar. Todos los grupos humanos tienen conocimientos y tradiciones para el cuidado de su salud, que están determinados por su entorno geográfico, social y cultural.

La exposición ambiental de las personas a metales pesados es un problema de Salud Pública debido a la potencial toxicidad aguda y crónica en el ser humano generado por estos agentes ambientales, 1 así como por la amplia variedad de fuentes como son las naturales y las antrópicas que incluyen las actividades productivas y extractivas, 2 sean formales e informales. En ese contexto, la ingestión de alimentos contaminados, exposición a suelos contaminados 3 inhalación de polvo 1•4 y el agua contaminada 3•5•6 han sido identificadas como importantes factores de exposición a metales.

La contaminación del ambiente por metales pesados es un fenómeno complejo, cambiante, 7 cuya dispersión se realiza en función de las medidas de protección del medio ambiente en el tiempo y el espacio. La contaminación del agua de los ríos por el mercurio constituye un grave problema de salud pública para la región en Madre de Dios debido a la presencia de la minería aurífera que tiene por insumo el uso de este metal en estado líquido y altamente volátil; además de su carácter persistente, residual, latente, acumulativo, con variados efectos sinérgicos; lo que nos enfrenta a escenarios significativamente complejo al momento de identificación y determinación. 8 1 Organización Internacional del Trabajo. Enciclopedia de Salud y Seguridad en el Trabajo. Tercera Edición (esp). 1998. 2 Navarro M, López H, Sánchez M, López MC. The effect of industrial pollution on mercury levels in water, soil, and sludge in the coastal area of Motril, Southeast Spain. Arch Environ Contam. Toxico! (1993), 24: 11-15. 3 Falcó G, Nadal M, Llobet JM, Domingo JL. Riesgo tóxico por Metales presentes en Alimentos. En: Cameán AM, Repetto M. Toxicología alimentaria. Díaz de Santos. Madrid, 2006. 4 Agency of Toxic Substances and Disease Registry. Case studies in environmental medicine. Lead toxicity. US Department of Health and Human Services, Public Health Service. Atlanta, GA: The Agency; 2007 5 Woolf AD, Goldman R, Bellinger OC. Update on the clinical management of childhood lead poisoning. Pediatr Clin North Am. 2007; 54:271-294. 6 Flanagan, SV, Johnston RB and Zheng Y (2012). Arsenic in tube well water in Bangladesh: health and economic impacts and implications for arsenic mitigation. Bull World Health Organ 90:839-846. 7 Mclean, J.E.; Bledsoe, B.E. (1992). Behaviour of metals is soils. USEPA Ground Water lssue, EPN540/S-92/018. 8 Defensoría del Pueblo. Informe Extraordinario: "Los conflictos Socio-ambientales por Actividades Extractivas en el Perú". Abril2007.

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La tecnología de extracción del oro aluvial, cualquiera sea el método empleado, se basa en el movimiento de tierras, desplazando gran cantidad de suelo, limo y gravas por la acción del agua utilizada para el "lavado" del material aurífero. Este proceso trae como resultado el incremento de los sólidos en suspensión en el agua que afecta la vida acuática produciéndose posteriormente la descarga de los sedimentos con la consiguiente contaminación y modificación morfológica de los cauces de los cursos de agua, que finalmente tiene su impacto en salud. Las características geográficas, y la dinámica sociopolítica y ambiental de la región Madre de Dios, han generado brechas de atención en salud, educación y problemas ambientales por ello se aprueba el OS N°034-2016-PCM que declara en Estado de Emergencia en once distritos de las provincias de Tambotapa, Manu y Tahuamanu del departamento de Madre de Dios, por Contaminación por Mercurio en el marco de la Ley 29664 sobre riesgo de desastres.

2. ANTECEDENTES

En concordancia con las políticas del Gob1erno y el M1n1steno de Salud, crea con R.M N° 425 -2008-MINSA, la "ESN de Atención a Personas Afectadas por Contaminación con Metales Pesados y otras Sustancias Químicas", reestructurada con RM No 5252012/MINSA, conexa a la R.M No 779-2012/MINSA; que tiene por objetivo lograr acciones conjuntas en forma intrasectorial con la finalidad de mitigar la morbilidad, mortalidad y discapacidad de las personas expuestas por la contaminación con metales pesados, metaloides y otras sustancias químicas.

Un estudio de investigación sobre mercurio en Madre de Dios realizado en el año 2012 por el Instituto Carnegie para la Ciencia, identificó que de 15 especies de pescados comprados en varios mercados de Puerto Maldonado, el 60% tenían niveles de mercurio superiores a los límites de referencia internacional para la salud humana (0.3 ppm). Los peces con mayores niveles de concentración eran peces predadores carnívoros. Asimismo, se observó entre el 2009 y 2012 un aumento en los niveles promedio en la mayoría de especies de peces analizados (1 O de las 11 especies analizadas) llegando en algunos casos a superar 5 veces el valor límite de referencia

3 P. MIN.'IYA

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internacional. Ello sugiere que los ecosistemas acuáticos donde viven los peces están fuertemente impactados por el mercurio.

La organización Caritas del Perú desarrolló un estudio para determinar mercurio total en peces, agua y sedimentos en la cuenca del río Malinowsky ubicado a lo largo de los distritos de Mazuco y Laberinto, en la provincia de Tambopata. Los resultados mostraron que 3 de las 5 especies estudiadas presentan niveles de concentración de mercurio que superan el valor límite permisible.

Un estudio realizado en el 2014 por la Universidad de Yale, sobre exposición al mercurio entre las mujeres en edad fértil (18 - 49 años) de 3 comunidades urbanas de Madre de Dios: Mazuco (zona minera), Puerto Maldonado (río debajo de la zona minera), e Iberia (fuera de la zona minera), mostraron que incluso gente fuera de la zona minera puede ser afectada por la contaminación de mercurio, tal como lo evidenciaron los resultados de metilmercurio.

En el 201 O, el Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud, realizó un estudio sobre exposición a mercurio en pobladores del distrito de Huepetuhe, Madre de Dios, el cual concluyó que las características de exposición a mercurio, entre ellas los niveles de mercurio en orina de los pobladores, evidencian la exposición ocupacional y no ocupacional a este elemento tóxico producto de la actividad minera artesanal directa e indirecta que se realiza en la zona como necesidad de supervivencia y oportunidad de trabajo. La muestra del estudio estuvo constituida por 292 personas mayores a tres años y con residencia mínima de 6 meses en el área de influencia. De las cuales el 27% de los participantes tuvieron niveles de exposición a mercurio superior a < 5 ¡.¡g Hg/L (Valores límite - OMS).

El 2015, un estudio realizado por la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, y el CENSAP, y la Universidad de Florida determinó que en el estudio de las manifestaciones epidemiológicas relacionadas al mercurio en Madre de Dios, el 58.33% de los pacientes analizados mostró concentraciones de mercurio en cabello por encima de los valores de referencia de la OMS.

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3. FINALIDAD Mejorar el estado de salud de la población en riesgo de exposición a mercurio en once distritos de las provincias de Tambopata, Manu y Tahuamanu del departamento de Madre de Dios.

4. OBJETIVOS Objetivos Generales



Brindar atención médica integral y especializada, así como dosaje de mercurio en la población expuesta en once distritos de las provincias de Tambopata, Manu y Tahuamanu del departamento de Madre de Dios, según escenarios epidemiológicos.



Contribuir a la disminuir los riesgos de exposición al Mercurio a través de estrategias de comunicación masiva, prácticas de promoción de la salud y monitoreo sanitario ambiental (calidad de agua de consumo humano y suelo residencial) y provisión de suplementos vitamínicos.

Objetivos Específicos.



Realizar tamizajes para determinar exposición a mercurio en poblaciones de riesgo



Brindar atención médica integral y especializada, proveer intervenciones sanitarias, así como seguimiento a las personas expuestas a mercurio en los ámbitos seleccionadas.



Monitoreo Sanitario ambiental del agua para consumo humano, aire y suelo de uso residencial/parques en ámbitos seleccionados.



Desarrollar actividades de comunicación social, para la reducción de riesgos de exposición a mercurio.

5. BASE LEGAL

a) Decreto Supremo W

006-2016-SA,

que aprueba el

Reglamento de

Organización y Funciones del Ministerio de Salud. b) Decreto Supremo No 034-2016-PCM, que declara el Estado de Emergencia en once distritos de las provincias de Tambopata, Manu y Tahuamanu del

5 P.MINAYA

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departamento de Madre de Dios, por contaminación por mercurio en el marco de la Ley 29664 sobre Gestión de Riesgo de Desastres. e) Resolución Ministerial No 457-2005/MINSA, que aprueba el "Programa de Municipios y Comunidades Saludables". d) Resolución Ministerial No 402-2006/MINSA, que aprueba el Documento Técnico "Programa de Familias y Viviendas Saludables". e) Resolución Ministerial No 040-2011/MINSA, que aprueba los "Lineamientos de Vigilancia Ciudadana en Salud". f)

Decreto Supremo W 031-2010-SA, que aprueba el "Reglamento de la Calidad del Agua para Consumo Humano".

g) Resolución Ministerial No 006-2015/MINSA, que aprueba la "Norma Técnica de Salud que establece la Vigilancia Epidemiologia en Salud Publica de Factores de Riesgos por Exposición e intoxicación por Metales Pesados y metaloides". h) Resolución Ministerial No 757-2013/MINSA, que aprueba la "Guía de Práctica Clínica para Diagnóstico y Tratamiento de la intoxicación por Mercurio y Cadmio". i)

Resolución Ministerial No 302-2013/MINSA, que aprueba el Documento Técnico: "definiciones operacionales y criterios de programación de los programas presupuestales: Articulado Nutricional, Salud Materno, Neonatal, enfermedades No Transmisibles, Prevención y Control del Cáncer y Reducción de la vulnerabilidad y atención de emergencias y desastres"

6. ÁMBITO DE APLICACIÓN

El Plan de Acción de Salud para la Región Madre de dios 2016; es de aplicación en once distritos de las provincias de Tambopata, Manu y Tahuamanu del departamento de Madre de Dios (Ver tabla W 1).

Tabla N° 01 DISTRIBUCIÓN DE LOS ONCE DISTRITOS SEGÚN PROVINCIAS No 1

Departamento

2

3

4 -

5

Provincias Tahumanu

Madre de Dios Manu

Distrito lñapari Iberia Tahumanu Fistzcarrald Manu 6

P.MINAYA

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f---

Huepetuhe Madre de Dios

9 1o

Las Piedras Laberinto Tambopata lnambari

6 7 8

Tambo pata

f---

11

Fuente: Elaboración Prop1a- DGIESP

De acuerdo a los niveles de exposición identificados en diversos estudios epidemiológicos realizados en la Región, se han determinado 2 escenarios de riesgo e intervención: Escenario 1: De mayor riesgo, incluye a los Centros poblados y comunidades nativas ubicadas en las cuencas alta y baja del Rio Madre de Dios Escenario 2: De mediano y bajo riesgo, incluye a los Centros poblados ubicados en la carretera interoceánica (Ver Gráfico No1 ).

Grafico W 01 CUENCA DE LOS RÍOS COMPRENDIDOS EN EL ÁMBITO DE INTERVENCIÓN

Hg (¡Jg/kg)* 7.30 6.00 5.00 4.00 3.00 2.00

Fuente: Resultados Preliminares, UNIVERSIDAD DE DUKE 2016

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7. CONTENIDO DEL PLAN 7.1 SITUACIÓN ACTUAL

La población de Madre de Dios en el año 2014 es de 134,105 habitantes, los cuales están distribuidos de la siguiente manera: • • •

Tambopata: 72.25% (96,938) Manu: 17.67% (23,710) Tahuamanu: 10.03% (13,457)

La densidad poblacional en Madre de Dios es de 1.57 habitantes por Km2, como provincias Tambopata 2.69 hab./Km2, Manu 0.83 hab./Km2, Tahuamanu 0.66 hab./Km2. Situación que indica la dispersión de sus habitantes que se caracteriza por tener un difícil acceso de los servicios del estado, llámese salud educación y otros programas sociales a excepción zonas urbanas donde están ubicadas las microredes de salud. Por otro lado, se bien conocido que el departamento de Madre de Dios ocupa el primer lugar en el Perú con la presencia de minería aurífera y en su mayoría informal, situación que ha conducido a un serio problema de salud de los pobladores y de impacto ambiental por el uso indiscriminado mercurio. En el 201 O el Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente del Instituto Nacional de Salud realiza un estudio sobre Niveles de Exposición a Mercurio y Factores de Riesgo en Población de Huepetuhe-Madre De Dios donde se encontró que los niveles de mercurio en los pobladores evidencian la exposición a este elemento tóxico y la influencia de la actividad minera artesanal. De las evaluaciones realizadas por la Dirección General de Salud Ambiental del MINSA, los resultados del análisis de las muestras de agua (año 2001 al 2012), de los ríos Madre de Dios, Colorado, lnambari, Dos de Mayo, Tambopata y Huepetuhe, evidenciaron valores de los parámetros Hg, Cr, Pb, Cu, Cd, Zn, Fe, Mn, Cd y As, que exceden los Limite Maximo Permisible de la Ley General de Aguas- Clase VI, valores límite de la R.J. N.o 0291-2008-ANA, ECA Categoría 4 .. Estudios de investigación sobre mercurio en sedimentos y peces en el río Madre de Dios, realizado en el 2014 por la Universidad Duke, determinaron que las concentraciones de mercurio en los sedimentos eran relativamente bajas pero la concentración de metilmercurio era elevado en las secciones 2 y 3 del río Madre de Dios, lo que guarda relación con los altos niveles de mercurio encontrado en diversas especies de peces muestreados, representando un riesgo significativo para las comunidades locales que se alimentan con estos peces.

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El organismo Nacional de Sanidad Pesquera- SANIPES, alcanzó el Comunicado 0022016-SANIPES-DSNPA a la DIREPRO de Madre de Dios, en el cual se recomienda como medida preventiva consumir otras especies diferentes a la mota punteada (Calophysus macropterus) Con los diversos estudios realizados a la fecha se puede evidenciar que existe un evidente impacto en las personas; de acuerdo a un estudio de exposición realizado en cabello de pobladores de comunidades nativas. (Ver Gráfico W02) Grafico N° 01 CUENCA DE LOS RÍOS COMPRENDIDOS EN EL ÁMBITO DE INTERVENCIÓN CARNEG!l:

Comunidades Indígenas

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Niveles Promeáos; de Mere trio en Cabello en Comunidades de Madre de Dios

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