MIMP

Informe N° 001-2017-MIMP-PNCVFS/UPP-AMZM de su Unidad de Planeamiento y. Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable respecto a la ...
4MB Größe 2 Downloads 3 vistas
,iiSTE. '10 DE LA MUJE VUI N es (-opio. rl e III

ssl,k3C-A DEL p 19a

7

Resolución de Secretaría General N°..PrZ.Q .. -2017-MIMP/SG Lima,

7 5 MR. 2017

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 343-2016-MIMP del 28 de diciembre de 2016, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables — MIMP, por un monto de CUATROCIENTOS VEINTICINCO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SETENTA Y 00/100 SOLES (S/ 425 841 070,00), de conformidad con la Ley N° 30518 — Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; Que, el numeral 40.1 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411 — Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que son modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático las que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fiscal; Que, el literal a) del numeral 20.1 del articulo 20 de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y modificada por las Resoluciones Directorales N° 022-2011EF/50.01, N° 025-2013-EF/50.01 y N° 027-2014-EF/50.01, establece que son modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, las habilitaciones y anulaciones efectuadas entre las Unidades Ejecutoras, las que son autorizadas por Resolución del Titular del Pliego a propuesta de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, detallando la sección, pliego, unidad ejecutora, categoría presupuestal, producto y/o proyecto según corresponda, actividad, fuente de financiamiento, categoría del gasto y genérica del gasto; Que, mediante Nota N° 111-2017-MIMP-PNCVFS-DE del 1 de febrero de 2017, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual — PNCVFS remitió a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del MIMP el Informe N° 001-2017-MIMP-PNCVFS/UPP-AMZM de su Unidad de Planeamiento y Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable respecto a la habilitación de recursos a favor de la Unidad Ejecutora 009: PNCVFS, a través de una modificación presupuestaria en el nivel funcional programático entre las Unidades Ejecutoras 001: Administración Nivel Central y 009: PNCVFS, por el importe de CUATROCIENTOS CUARENTA MIL CUATROCIENTOS VEINTIDÓS Y 00/100 SOLES (S/ 440 422,00), en atención al Informe N° 01-2017MIMP/PNCVFS-UAIFVFS-ER de la Unidad de Atención Integral Frente a la Violencia Familiar y Sexual del citado programa nacional, que señala, entre otros aspectos, que es necesario garantizar la sostenibilidad de las acciones de las Plataformas Itinerantes de Acción Social — PIAS que ejecuta el PNCVFS, en el marco de la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad

BLA NES LA MINISTERIO DE,

V ES “Oni tt

v Agit

‘RIA P

19

(EASS), aprobada con Decreto Supremo N° 003-2016-MIDIS, dado que las mismas se encuentran programadas en la Plan Operativo Institucional (P01) 2017; Que, con Memorando N° 135-2017-MIMP/DGNNA del 16 de marzo de 2017, la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes manifestó su conformidad con la modificación presupuestaria solicitada por el PNCVFS por el importe de CUATROCIENTOS CUARENTA MIL CUATROCIENTOS VEINTIDÓS Y 00/100 SOLES (S/ 440 422,00) para la implementación y operatividad del servicio que brinda en las cuatro Plataformas Itinerantes de Acción Social (PIAS), de las regiones Loreto y Puno, en virtud del Informe N° 001-2017-MIMP-DGNNA-DPNNA-JVV/KRC de la Dirección de Políticas de Niñas, Niños y Adolescentes, el cual señal, entre otros aspectos, que la transferencia de CUATROCIENTOS CUARENTA MIL CUATROCIENTOS VEINTIDÓS Y 00/100 SOLES (S/ 440 422,00) corresponde a la proyección de saldos de libre disponibilidad previsto para el Año Fiscal 2017 a favor del PNCVFS para financiar la implementación y participación en las actividades programadas en la cuenca de Loreto y en el Lago Titicaca, en el marco de la EASS- PIAS, por lo que no afectará la ejecución de las actividades programadas en el POI 2017 de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes; Que, mediante el Memorando N° 185-2016-MIMP/OGPP del 27 de marzo de 2017, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 082-2017-MIMP/OGPP-OPR de la Oficina de Presupuesto, el cual emite opinión favorable y propone la modificación presupuestaria en el nivel funcional programático de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central a favor de la Unidad Ejecutora 009: Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual — PNCVFS, hasta por la suma de CUATROCIENTOS CUARENTA MIL CUATROCIENTOS VEINTIDÓS Y 00/100 SOLES (S/ 440 422,00), en virtud de lo establecido en los artículos 40 y 41 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411 — Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y el Informe N° 001-2017-MIMP-DGNNA-DPNNA-JVV/KRC de la Dirección de Políticas de Niñas, Niños y Adolescentes, el cual precisa que los citados recursos son saldos de libre disponibilidad previstos para el Año Fiscal 2017; Que, con Resolución Ministerial N° 004-2017-MIMP se delegó en el/la funcionario/a a cargo de la Secretaría General, entre otras, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias y la formalización de las modificaciones presupuestarias efectuadas en el nivel Funcional Programático a que se refiere el artículo 40 del texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; Con las visaciones de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual — PNCVFS; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411 — Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley N° 30518 — Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo N° 1098 — Ley de Organización y Funciones del 4;;;ir l're e

(35\.,ICA DEL p

Resolución de Secretaría General Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificatorias; y la Directiva N° 0052010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar una modificación presupuestaria en el Nivel Funcional Programático en el Presupuesto Institucional del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables — MIMP, para el Año Fiscal 2017, de acuerdo con el siguiente detalle: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO

: GOBIERNO CENTRAL 039 : MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES - MIMP

DE LA: UNIDAD EJECUTORA CATEGORIA PRESUPUESTAL PRODUCTO ACTIVIDAD

FUENTE DE FINANCIAMIENTO CATEGORÍA DEL GASTO GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

001 : ADMINISTRACIÓN NIVEL CENTRAL 9002 : ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS 3999999 : SIN PRODUCTO 5000624 : COORDINACIÓN DE LA POLÍTICA NACIONAL DE DEFENSA DE LOS DERECHOS DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE 1 : RECURSOS ORDINARIOS 440 422,00

TOTAL UNIDAD EJECUTORA 001

440 422,00

A LA: UNIDAD EJECUTORA CATEGORÍA PRESUPUESTAL PRODUCTO

ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO CATEGORÍA DEL GASTO GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

009 : PROGRAMA NACIONAL CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR Y SEXUAL - PNCVFS 0080 : LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR 3000223 : PERSONAS AFECTADAS POR HECHOS DE VIOLENCIA FAMILIAR CON SERVICIOS DE ATENCIÓN 5003452 : IMPLEMENTACIÓN DE LAS ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN EN ZONAS RURALES 1 : RECURSOS ORDINARIOS

TOTAL UNIDAD EJECUTORA 009

440 422,00

440 422,00

MINISTEMO OE LA MUJER Y 0111:ACI E$ COPÍ ¿I

A4SS1

N

Artículo 2.- La habilitación de los recursos presupuestarios a la Unidad Ejecutora 009: Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual — PNCVFS no implica conformidad, autorización o consentimiento alguno respecto a los gastos que se financien en el marco de dicha habilitación; por lo que su ejecución deberá ceñirse a la normatividad vigente. Artículo3.- La Oficina de Presupuesto del MIMP instruye a las Unidades Ejecutoras 009: Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS y 001: Administración Nivel Central, respecto a las Habilitaciones o Anulaciones a efectuar dentro de cada una de ellas, a fin de que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria", que incluyen la desagregación de la Estructura Programática y la Estructura Funcional. Artículo 4.- Remitir copia de la presente Resolución, dentro de los cinco (5) días posteriores de su aprobación, a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese y comuníquese.

MARfA EI.ENA SANCHEZ ZAMBRANO Secretaria General Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables