Lrma' ooFEB,zolz - Minedu

10 feb. 2012 - 'ARA to otriSEitJuJ#*o,l'lt''KSi,ttt-itlHli¡rt?tA y FUNcroNARros. DEL sEcroR. EDUCACIÓN''. - Decreto Supremo No 019-90-ED, que aprueba el ...
601KB Größe 2 Downloads 0 vistas
L r m a 'o o F E B , z o l z Vistos, los OficiosN"s 1031-2011-ME-VMGI-CADER y 0012-2012-ME-VMGICADERde la Comisiónde Atenciónde Denunciasv Reclamos- CADERdel Ministerio d e E d u c a c i ó ny;, CONSIDERANDO: Óue, en el ejerciciode la funciónpública,debe fomentarsela implementación de buenasprácticasde gestión,que permitanmejorarcontinuamente la atenciónque el Estadodebebrindara todoslos ciudadanos,

ffi

Que, en tal virtud,corresponde optimizarlos procesosy mecanismos técnicos para la atenciónde denunciasy reclamos,a fin de brindarun eficiente,oportunoy adecuadoservicioa los administrados; Que, en este sentido,mediantelos documentosde vistos, la CADER del Ministeriode Educaciónha propuestoun proyectode Directivaque sistematiza y perfeccionalos alcances de la normativa vigente aprobada por Resolución Viceministerial precisandoademásel ámbitode las competencias No 001-2006-ED, asignadasa ias CADER,por lo que resuitaconveniente para emitirel acto resolutivo su aprobación; Que, la Directivapropuestaincluyeuna variacióna la conformación y funciones de las CADER de la Di¡'eeción Regionalde Educaciónde Llma Metropolitana y las Unidadesde GestiónEducativa Local,aspectosreguladosactualmente en el artículo5 y el numeral2 del Anexo 1 de la ResoluciónMinisterial por lo que N' 0074-2005-ED, talesdisposiciones debenser dejadassin efecto; Que, asimismo,la aprobación de la Directivapropuestaimplicala elaboración de un nuevo Manualde Procedimientos, por lo que el texto vigenteaprobadopor Resoluciónde Secretaría'General No 0335-2008-EDtambién debe ser deiado sin efecto, "Lineamientos Que, respectoa los de acción en caso de maltratofísicoy/o psicolÓgico, hostigamiento sexualy/o violaciónde la libertadsexuala estudiantes de las instituciones educativas", aprobadospor ResoluciónMinisterial N' 0405-2007-ED, y que asignaroncompetencias a las CADER en dichas materias,resultanecesario revisarlos alcancesdel procedimiento establecidoen la norma indicada,a fin de asegurarla protección de los derechosfundamentales y, de los involucrados; De conformidadcon lo establecidoen la Ley N" 28044, Ley Generalde E d u c a c i ó ne, l D e c r e t oL e y N o 2 5 7 6 2 , L e y O r g á n i c ad e l M i n i s t e r i od e E d u c a c i ó n , modificadopor la Ley N' 26510,y el DecretoSupremoN" 006-2006-ED, que aprueba e l R e g l a m e n t od e O r g a n i z a c i óyn F u n c i o n e sd e l M i n i s t e r i od e E d u c a c i ó ny, s u s modificatorias:

SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva No 003-2012-MINEDUA/MGI-CADER, "Procedimiento para la atenciónde denunciascontra servidoresy funcionariosdel SectorEducación", cuyotextoformapartede la presenteresolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto el artÍculo5 y el numeral2 del Anexo 1 de la ResoluciónMinisterialNo 0074-2005-ED, que crea la Comisiónde Atención de Denunciasy Reclamos- CADER,la Resolución que Viceministerial No 00'1-2006-ED, "Normas para la aprobó la Directiva No 210-2005-cADER/OAAEA/MGl-ME Tramitación e Investigación de Denunciasy Reclamos", y la Resolución de Secretaría General N" 0335-2008-ED, que aprobóel Manual de Procedimientos denominado "Atención y Reclamos". de Denuncias Artículo 3.- Disponerque, en un plazo no mayor a veinte (20) días hábiles contadosa partirde la publicación de la presenteResolución, la Oficinade Apoyoa la Administractón de la Educación,en coordinación con la Comisiónde Atenciónde Denunciasy Reclamos- CADERdel Ministerio de Educación, elaborenel proyectodel Manual de Procedimientos denominado"Atenciónde Denunciasy Reclamos",y proponganla modificación de los "Lineamientos de acciónen caso de maltratofísico y/o psicológico, hostigamiento sexualyio violaciónde la libertadsexuala estudiantes de las instituciones educativas", aprobadospor ResoluciónMinisterial N' 0405-2007ED. Artículo 4.- Las Comisionesde Atenciónde Denunciasy Reclamos- CADER que se conformenen el ámbitode jurisdicción de los GobiernosRegionales,podrán emplearla Directivaaprobadapor el artículo1 como modelopara el diseñode sus nrnnodirniontnc

Artículo 5.- Disponerque la Oficinade Prensay Comunicaciones publiquela Directivaaprobadapor el artículo 1 en el Portal Institucional del Ministeriode Educación(www.minedu.oob.pe/normatividadA, en la mismafecha de publicación de la presenteresolución en el DiarioOficialEl Peruano. y publíquese. Regístrese, comuníquese

\

TRICIA SALAS O'BRIEN Ministra de Educación

005S"za1z-Eü DIRECTIVA NOOO3.2OI 2.MINEDU/VMGI.CADER 'PROCEDIMIENTO PARALAATENCIÓN DELSECTOR DEDENUNCIAS CONTRA SERVIDORES Y FUNCIONARIOS EDUCACIÓN"

DIRECTIVANOOO3-201 2-MINEDUruMGI-CADER P R O C E D I M I E N TPOA R AL A A T E N C I Ó ND E D E N U N C I A S C O N T R AS E R V I D O R E S Y F U N C I O N A R I OD SE L S E C T O RE D U C A C I Ó N 1,

FINALIDAD para la atenciónde las denunciasformuladaspor Establecerel procedimiento la ciudadaníacontra los servidoresy funcionariospúblicosdel Ministeriode Educación,de la DirecciónRegionalde Educaciónde Lima Metropolitana, de y de las las Unidadesde GestiónEducativaLocal de Lima Metropolitana Instituciones EducativasPúblicasy las Públicasde GestiónPrivadade Lima Metropolitana,a través de las Comisionesde Atenciónde Denunciasy Reclamos(en adelante,las CADER).

2.

OBJETIVOS

2.1

Contribuira la transparenciay probidadde los servidoresy funcionarios públicosdel SectorEducación, en el ejerciciode las funciones.

2.2

icjentificar ios proceciimienios ante ias apiicabiesa ias denunciaspreseniacias CADER.

2.3

Delimitarlas competencias de las CADER,en el marcode los procedimientos que adrninistrativos forman parte de la rectoría sectorialdel Ministeriode Educación.

'r.

ALCANCE

3.1

Ministerio de Educación,

32

DirecciónRegionalde Educaciónde LimaMetropolitana (en adelante,DRELM) y las Unidadesde GestiónEducativaLocalde LimaMetropolitana (en adelante, UGEL),en tanto no culmineel procesode su transferencia a la Municipalidad Metropolitana de Lima. InstitucionesEducativasPúblicasv Públicasde Gestión Privadade Lima Metropolitana. BASE LEGAL -

Constitución Políticadel Perú. por Ley No25212. Ley N'24029, Leydel Profesorado, modificada Decreto Ley No 25762, Ley Orgánica del Ministeriode Educación m o d i f i c a dpoo r L e yN ' 2 6 5 1 0 . Ley N" 27444,Leydel Procedimiento Administrativo General. Ley No28044,Ley Generalde Educación. Ley N" 29062,Ley que modificala Ley del Profesorado en lo referidoa la carrerapúblicamagisterial. DecretoLegislativo y de N' 276, Ley de Basesde la CarreraAdministrativa Remuneraciones del SectorPúblicoy sus modificatorias. Decreto Supremo No 005-90-PCM,que aprueba el Reglamentode la CarreraAdministrativa.

0056'2¡,12-ED "pRocEDrMrENTo yFUNcroNARros 'ARA tootriSEitJuJ#*o,l'lt''KSi,ttt-itlHli¡rt?tA DEL sEcroR EDUCACIÓN''

-

5.

DecretoSupremoNo 019-90-ED,que apruebael Reglamento de la Ley del Profesorado. Decreto Supremo No 006-2006-ED,que aprueba el Reglamentode y Funcionesdel Ministerio Organización y sus modificatorias. de Educación Resolución Ministerial que crea la Comisiónde Atención No 0074-2005-ED, de Denuncias v Reclamos- CADER.

D I S P O S I C I O N EGSE NE R A L E S Las denunciasreguladasbajo la presenteDirectivase presentaránante una CADERya sea en el Ministeriode Educación, en la DRELMo en las UGEL de LimaMetropolitana, segúncorresponda.

5.2

La CADER del Ministeriode Educaciónestará a cargo de un Coordinador General,quien velará por el cumplimientode la presenteDirectivaen las CADERde la DRELMy de las UGELde LimaMetropolitana.

5.3

Las CADERestaránconformadas como mínimo,por el siguientepersonal: - 01 (un)abogadocoordinador. - 01 (un)abogadoadjunto. - 01 (un)personalde apoyo.

5.4

Sin perjuiciode lo señaladoen el numeralprecedente,las CADER también podrán estar integradaspor profesionales que se de otras especialidades consideren parael cumplimiento necesarios de sus funciones.

5.5

El personalde las CADER de la DRELMy las UGEL de Lima Metropolitana, dependeráadministrativa y funcionalmente del Ministerio de Educación.

c.o

El personalque conformalas CADERse encuentraprohibidode formar parte de otra comisiónu órgano colegiadode investigación de denunciasque se constituya en la entidaddondese encuentren laborando.

5.7

El Viceministro de Gestiónlnstitucional, el DirectorRegionalde Educaciónde Lima Metropolitana y los Directoresde las UGELde LimaMetropolitana, según y en el ámbitode su jurisdicción, corresponda proporcionarán el apoyo y las que sean necesariasa las CADER,con la finalidadde coadyuvar condiciones en el cumplimiento de sus funciones.

5.8

La denuncia presentadaante las CADER no sustituye el derecho del denunciante oara: a.

Presentarlos recursosadministrativos contemplados en el artículo207ode la Leydel Procedimiento Administrativo General. b. lmpugnarla decisióncorrespondiente ante el Poder Judicialrnedianteel ProcesoContencioso Administrativo, una vez agotadala vía administrativa, conformeal artículo218o de la Ley del Procedimiento Administrativo General. c . P r e s e n t a rd e n u n c i a a n t e e l M i n i s t e r i oP ú b l i c o p a r a q u e i n i c i e l a s pertinentescuandoexistanindiciosde la comisiónde un investigaciones delito.

0 C 5 E- Í i 1 3 " 1 : ; DIRECTIVA N"OO3.2Ol2.MINEDUIVMGI.CADER .,PROCEDIMIENTO PARALAATENCIÓN DEDENUNCIAS coNTRAsERVIDoRES Y FUNcIoNARIos DELSEcToR EDUCACIÓN"

6.

D E L A C O M P E T E N C ID AE LAS CADER

6.1

Las CADER son responsablesde recibir,verificar,investigary procesarlas denuncias referidas a las actividadesrealizadas por los servidores y f u n c i o n a r i opsú b l i c o sd e l M i n i s t e r i d o e E d u c a c i ó nl ,a D R E L M ,l a s U G E L y l a s InstitucionesEducativasPúblicasy Públicasde Gestión Privada de Lima Metropolitana, quienesincumplansus deberes,contravengan sus obligaciones funcionaleso incurranen las prohibicionesestablecidasen las siouientes normas. a)

Deberesde los profesoresestablecidosen el artículo14o de la Ley del Profesorado, en concordancia con el artículo44ode su Reglamento. b) Deberesde los profesorescontenidosen el artículo32o de la Ley que modifica la Ley del Profesoradoen lo referido a la carrera pública Magisterial. Obligaciones de los servidorespúblicosestablecidas en el artículo21ode la Ley de Basesde la CarreraAdministrativa y Remuneraciones del Sector Público. d ) Prohibiciones de los servidorespúblicoscontenidosen el artículo23ode la Ley de Bases de la CarreraAdministrativa y Remuneraciones del Sector Público.

6.2

En los procedimientos referidosa la Administración de RecursosHumanos, tales como nombramientos, contratos, reasignaciones, permutas, racionalización, declaratoriade excedenciay distribuciónde cuadrode horas de clase; las cADER solamente asumirán competenciarespecto a lo establecidoen el numeralanteriorcuandoel denunciantehaya culminadoel trámite correspondienteante las ComisionesEvaluadoraso los órganos competentesen el Ministeriode Educación,la DRELM y las UGEL de Lima Metropolitana, conformea las normasaplicables en dichoscasos. Las CADERno son competentes para: a) Emitir o declarar la nulidad de actos administrativoso resoluciones; disponer la contrataciónde docentes; resolver contratos, proponer nombramientos, permutaso destaques,así como para imponersanciones administrativas b) conocer denuncias referidas al trámite o gestión de expedienteso procedimientos administrativos, las cualesdeben ser tramitadasconforme al procedimientode queja por defectosde tramitación,reguladoen el artículo158ode la Ley N" 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. c ) C o n o c e rd e n u n c i a sv i n c u l a d a as l i n c u m p l i m i e ndt oe l a L e v N ' 2 7 8 1 5 . L e v d e l c ó d i g od e É t i c ad e l a F u n c i ó nP ú b l i c ay s u R e g l a r " n i o a p r o b a d op o r Decreto Supremo No 033-2005-PCM,las cuales deben tramitarse conformeal procedimiento señaladoen dichasnormas. d) Conocerdenunciasrelacionadasal manejode recursosy uso de bienes públicosque se encuentranen el ámbitode competencia y responsabilidad d e l o s Ó r g a n o sd e C o n t r o l n s t i t u c i o n aclo, n f o r m ea l o r d e n a m i e n ti o urídico vigente.

0056 _2012.E0 DIRECTIVA NO003.2012-MINEDU/VMGI.CADER .'PROCEDIMIENTO PARALAATENCIÓN DEDENUNCIAS CONTRA SERVIDORES Y FUNCIONARIOS DELSECTOR EDUCACIÓN"

7.

DE LAS ETAPASPARA LA ATENCIÓNDE UNA DENUNCIA Todadenunciapresentada anteuna CADER,seguirálas siguientes etapas: -

7.1

Presentación de la Denuncia. Tramitación de la Denuncia. Elaboración del InformeFinal.

Presentaciónde la Denuncia.-

7.1.1 La denunciapuede ser presentadapor cualquierpersonanaturalo jurídica contra los funcionarioso servidoresdel sector Educación,ante la CADER correspondiente y de conformidad con lo señaladoen la presenteDirectiva. 7.1.2 La denunciase puedepresentarpor vía verbalo escrita. 7.1.3 La presentaciónde denuncia por vía verbal, se realizade manera presencial ante la CADERcorrespondiente, productode lo cual, se emitiráun Acta que contendrála informaciónque la sustentaasí como la copia del DNI del denunciantey los documentos probatoriospertinentesde la denuncia presentada. 7.1.4 En los casosque la denunciasea por vía escrita,ésta se podrápresentarante la Oficinade TrámiteDocumentario de la entidado la que hagasus veces,a fin de ser remitidaa la CADER,o medianteel PortalInstitucional del Ministerio de Educación. 7.1.5 Para su tramitación,las denunciasdeberán contener como mínimo, lo siguiente: a.

Identificación clara del denunciante.- En caso de ser persona natural, deberá señalarsus datos completos,entre ellos, nombresy apellidos, númerode DocumentoNaciona!de ldentidad(DN!)o Carnéde Extranjería, domicilio, teléfonosy correoelectrónico de contacto,si lo tuviera. En el caso de las personasjurídicas,la denunciaserá presentadapor su representante legal, quien debe acreditartal condiciónmediantecopia simple del certificadode vigencia de poderes emitido por Registros Públicos, así como los datosde su representada. lnformación y/o sobre el(los) funcionario(s) servidor(es) comprendidos en los hechos.- Comprendetanto los datos de identidad como del cargo y/o funciónque desempeñael(los)denunciado(s). De no que contar con estos datos, se señalarála información se considere necesaria para identificare individualizara los presuntos infractores, partícipes, y/o testigosde los hechosmateriade la denuncia. agraviados Descripción de los hechos.- Breve narraciónconcretay cronológicade l o s h e c h o sm a t e r i ad e d e n u n c i aq, u e d e b ei n c l u i rl a s p r u e b a so e v i d e n c i a s que sustentenla denuncia.En caso no se adjunten las pruebas o e v i d e n c i a sa n t e s m e n c i o n a d a ss, e d e b e r á c o n s i g n a re l l u g a r d o n d e puedanser obtenidaso corroboradas.

005$-2012-ED DIRECTIVA NO003.2012-MINEDU/VMGI.CADER "PROCEDIMIENTO PARALAATENCIÓN DEDENUNCIAS CONTR,A SERVIDORES Y FUNCIONARIOS DELSECTOR EDUCACIÓN"

Lugar, fecha, firma y huella digital.- Los documentos a presentarse deberánconsignarel lugar y fecha de presentación, mientrasque todo denunciante deberásuscribirel documentoe impregnarsu huelladigital. Las personasque no sepan escribirpodrán consignarúnicamentesu huelladigitaly para aquellaspersonasimpedidasde firmare imprimirsu huella digital, bastará con que se consigne las circunstancias de tal impedimento. 7.1.6 Las declaraciones que se encuentrencontenidasen las denunciasverbaleso escritas,tendráncalidadde Declaración Jurada. 7.1.7 En todoslos casos,el denunciante tendráun plazomáximode cuarentay ocho (48) horasde presentadasu denunciaparasubsanarcualquieromisiónde los requisitosmínimos antes señalados;caso contrario,la denuncia no será tramitada. 7.2

Tramitaciónde la denuncia.-

7.2.1 Las denunciassólo serántramitadaspor la CADERcuandocuentencon todos los requisitosmínimosseñaladosen la presenteDirectiva;por lo que, en los casosque transcurrael plazo señaladoen el numeral7.1.7 sin que se haya subsanadola omisiónadvertida,la CADER notificaráal denuncianteque su denunciano serátramitaday pasaráinmediatamente al archivo. 7.2.2 Previo a su tramitación,el Coordinadorde cada CADER distribuyelas denunciasrecibidasentre los esoecialistascorresoondientes teniendo en cuentalo siguiente. a. Si conformea la presenteDirectivase recibeuna denunciasobre hechos cuyo conocimiento no es de competenciade las CADER, la misma será derivada inmediatamenteal órgano competente, para que proceda conformea sus atribuciones. Esta derivacióndeberáser notificadapor la CADERal denunciante. b. En caso que la CADER determineque de los hechospresentadosen la denunciano existe mérito suficientepara su tramitación,no se efectuará verificación ni se solicitarán descargos;emitiendodirectamente un Informe que justifiqueel archivamientode la misma, el cual será notificadoal interesado. Dichoinformeno podráser materiade recursoimpugnatorio alguno,en la medidaque el mismono constituyeun actoadministrativo ni el denunciante es sujeto de un procedimientoadministrativo, conforme a la Ley det Procedimiento Administrativo General. 7 . 2 . 3 D e c o n s i d e r aqru e l a d e n u n c i ae s d e s u c o m p e t e n c i al a, C A D E Rp o d r ás o l i c i t a r las opinionestécnicas de los órganos y dependenciasdel Ministeriode que será tomadaen cuenta Educaciónque estimenconvenientes. lnformación a l m o m e n t od e e m i t i re l I n f o r m eF i n a l . 7.2.4 Posteriormente, las CADER solicitaránpor escritoa los funcionariospúblicos y/o servidoresinvolucradosen la denuncia,que presentensus descargosy

005S.Z0I2.ED DIRECTIVA NO003.2012-MINEDU/VMGI.CADER "PROCEDIMIENTO PARALAATENCION DEDENUNCIAS CONTRA SERVIDORES Y FUNCIONARIOS DELSECTOR EDUCACIÓN''

demásinformación que estimenpertinentes, en un plazoúnicoe improrrogable de cinco(5) díashábites. 7.2.5 Una vez concluidodicho plazo,habiéndoserecibidoo no los descargos,se procederá a examinar las pruebas ofrecidas por el denunciante confrontándolas que hubieraproporcionado con la información el denunciado. 7.2.6 Cuando los hechos sean concurrenteso simultáneoscon la denuncia presentada,el Coordinadorde la CADER dispondráque el especialista responsableconstatein situ los hechosmateriade la denuncia,recabando informacióny tomando conocimientodirecto e imparcialde los mismos, dejándoseconstanciade ello en un Acta de Verificación,la cual deberá contenerla siguienteinformación: a. Lugar,fechay horaen que se efectúala verificación. b. . Motivode la denunciao reclamo. c. Nombres y apellidos de quienes intervienenen la verificación,con indicación de su cargo. d. Hechos, circunstancias y documentosreferidosa los extremos de la denunciao reclamo. e. Firmade los participantes. 7.3

Elaboracióndel InformeFinal.-

7.3.1 Culminadala tramitación de la denuncia,la CADERelaboraráun InformeFinal debidamente motivado,pronunciándose expresamente sobrela necesidado no de recomendar al superiorjerárquicoel envíode los actuadosa la Comisiónde Procedimientos Administrativos Disciplinarios competente,para que proceda confoi'mea sus atribuciones. 7.3.2 El InformeFinal emitidopor la CADER será sometidoa consideración del DespachoViceministerial de Gestiónlnstitucional, del titularde la DRELMo de los Directores de las UGELde LimaMetropolitana. segúncorresponda. 7.3.3 Los casos en que la CADER recomiendeen su InformeFinal que no se dé y el superiorjerárquicoesté de acuerdo inicioa un procedimiento disciplinario, con tal opinión,serán notificadosal denunciantemedianteuna comunicación emitidapor el superiorjerárquico.En los casosen que recomiendela apertura de un procedimiento disciplinario, el mismo será tramitadosegún las normas vigentesaplicables. 7.3.4 Asimismo, la CADER puede recomendar al superior jerárquico la y implementación de cambioso mejorasen los procedimientos administrativos prácticasde gestiónque hayan sido materiade investigación, cuando así corresponda. 8.

RESPONSABILIDADES

8.'1

Los Coordinadores de las CADERvelaránpor el cumplimiento de la presente Directiva en el ámbitode su competencia.

82

Los responsables de los órganos,unidadesorgánicasy demás dependencias d e l M i n i s t e r idoe E d u c a c i ó nl a , s a u t o r i d a d edse l a D R E L My d e l a s U G E L d e L i m a M e t r o p o l i t a ndae b e r á nb r i n d a rl a s f a c i l i d a d edse l c a s o p a r a l a o b t e n c i ó n

0C56'2012'ED DIRECTIVA N"OO3-2O12.MINEDU/VMGI-CADER "PROCEDIMIENTO PARALAATENCIÓN DEDENUNCIAS CONTRA SERVIDORES Y FUNCIONARIOS DELSECTOR EDUCACIÓN"

de información y documentación necesariapara que las CADER atiendanlas denunciasque se presentenen el marcode la presenteDirectiva. En tal sentido,la informacióny documentación que requieranlas CADER deberáser entregadaen un plazomáximode 07 (siete)días hábiles,contados a partirde la fecha en que se haya recibidoel requerimiento respectivo,bajo responsabilidad funcional.

8.3

El DespachoViceministerial de GestiónInstitucional, en coordinación con las instanciaspertinentes,dictarálas normascomplementarias que asegurenel cumplimiento de lo dispuestopor la presenteDirectiva.

8.4

Los Coordinadoresde las CADER llevarán un archivo de las denuncias presentadas anteellos,así comode los actuadoscomopartede las mismas.

9.

D I S P O S I C I O N ECSO MP L E ME N T A R I A S

9.1

Los expedientes actualmente en trámiteantelas CADERque no se encuentren dentrode los supuestosestablecidos en el numeral6.1,debenser reasignados por el Coordinadorrespectivoa los órganoscompetentespara su atención, notificándose de ello al denunciante, en un plazo no mayorde 07 (siete)días hábilescontadosa partirde la vigenciade la presenteDirectiva.

.2

Las consultasrelacionadas con las materiasreguladaspor la presenteDirectiva podránser efectuadasa travésdel númerogratuito0-800-13687 o por medio del PortalInstitucional : wwr¡¡. minedu.oob. oe.

9.3

Las disposicionescontenidas en la presente Directiva se realizaráncon inciependenciade ias normas sobre procedimientos administrativos disciplinariosaplicables al Ministeriode Educación u otras de similar naturaleza.