Lineamientos Generales para la Organización de las Micro Redes

para la Organización de las Micro Redes"" y su anexo ""Modelo de Manual de. Organización y Funciones"". RESOLUCIÓN MINISTERIAL. Nº 443-2001-SA/DM.
2KB Größe 0 Downloads 0 vistas
"SALUD Aprueban ""Lineamientos Generales para la Organización de las Micro Redes"" y su anexo ""Modelo de Manual de Organización y Funciones"" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 443-2001-SA/DM Lima, 26 de julio del 2001 Visto el Oficio DGSP Nº 2476-05-2001, de la Dirección de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que en el marco del proceso de modernización de los servicios públicos de salud, es necesario disponer de normas para la organización de los establecimientos del primer nivel de atención, que introduzcan modalidades flexibles de organización que promuevan la gestión local y una atención integral de calidad; Estando a lo informado por la Dirección General de Salud de las Personas, y por la Oficina General de Planificación; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 584 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-92-SA; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: 1º.- Aprobar el documento denominado ""Lineamientos Generales para la Organización de las Micro Redes"" y su anexo ""Modelo de Manual de Organización y Funciones"", que forma parte de la presente resolución, correspondiendo su aplicación a los establecimientos de salud del primer nivel de atención del Ministerio de Salud en el ámbito nacional. 2º.- Encargar a la Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Dirección Ejecutiva de Servicios de Salud y en coordinación con la Oficina General de Planificación, la difusión y supervisión del cumplimiento del documento normativo aprobado en el numeral anterior. 3º.- Las Direcciones de Salud, Direcciones Regionales y Subregionales de Salud del país son responsables de la implementación y cumplimiento de los documentos aprobados en el primer numeral, en sus respectivos ámbitos. 4º.- Toda orientación o directiva sobre elaboración de manuales de organización y funciones de establecimientos

que operen bajo la modalidad de Comunidad Local de Administración de Salud, deberá sujetarse a los citados lineamientos en lo que corresponda. Regístrese y comuníquese. EDUARDO PRETELL ZÁRATE Ministro de Salud"