MM ?r 5
N'
Lima,
0¿ SEj
-20r7-vlvlENDA
Z0l7
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N" 0O4-2010-MIMDES, se dictaron med¡das para el func¡onamiento de las Sociedades de Beneficencia Pública y Juntas de Participación Social, aprobándose la conformación de su Directorio, el mismo que está integrado, entre otros, por un (01) representante designado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, ante la renuncia presentada por la señorita Gilia Ninfa Gutiérrez Ayala, como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Moquegua, se hace necesario designar a su reemplazo; De conformidad con lo d¡spuesto en la Ley N'30156, Ley de Organización Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo N" 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Viv¡enda, Construcción y Saneamiento, modificado por el Decreto Supremo N' 006-2015-VIVIENDA; y el Decreto Supremo N' 004-2010-
y
MIMDES;
SE RESUELVE:
Artículo l.- Aceptar la renuncia formulada por la señorita Gilia Ninfa Gutiérrez Ayala Barbarán, como representante del Ministerio de V¡vienda, Construcción y Saneamiento ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Moquegua, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Teresa Nora Gonzales Gonzales como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneam¡ento, ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Moquegua.
Artículo 3.- Notificar la presente Resolución al Minister¡o de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para los f¡nes pertinentes.
\
Artículo 4.- D¡sponer que la Oficina General de Estadística e publique lnformática la presente Resolución en el Portal lnstitucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de su publicación en el d¡ario oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese
^
Ministro dc Vivlcnd¡,
cón!trucclón
y
Srnrsmianto